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cosas que debes saber, Guías, Proyectos, Investigaciones de Ingeniería Mecánica

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Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2011/2012

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Jorgequispe
Jorgequispe 🇵🇪

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BPeruano
Lima, miércoles 21 de abrilde 2010 417519WNORMAS LEGALES
RELACIONDEVIAJESPORCOMISIONDESERVICIOSDEINSPECTORESDELADIRECCIONGENERALDEAERONAUTlCACML
ESTABLECIDOSENELTEXTOUNICODEPROCEDIMIENTOSADMINISTRATIVOSDELMINISTERIODETRANSPORTESYCOMUNICACIONES
.DIRECCIONDECERTIFICACIONESYAUTORIZACIONES.COMPRENDIDOSLOSDIASDEL24AL 28DEMAYOY SUSTENTADO
EN LOS INFORMESN" 064-201o.MTCl12.07 Y N" 184-201o.MTCl12.07
483670-11
Modifican la R.D.N"367-2010-MTC/15,
sobre implementación del botiquín en
los vehículos destinados a servicios de
transporte
RESOLUCiÓN DIRECTORAL
1011-2010-MTC/15
Lima, 13 de abril de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 3 de la Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre, Ley No. 27181, establece que la acci6n
estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se
orienta a la satisfacci6n de las necesidades de los usuarios
y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud,
así como, la protecci6n del ambiente y la comunidad en
su conjunto;
Que, mediante Decreto Supremo No. 017-2009-MTC,
se aprob6 el Reglamento Nacional de Administraci6n de
Transporte, cuyo objeto es regular el servicio de transporte
terrestre de personas, mercanclas y mixto de confonnidad
con los lineamientos previstos en la Ley No. 27181;
Que, el numeral 20.1.15 del articulo 20 del referido
Reglamento, establece que los requisitos de botiquln
serán regulados por Resoluci6n Directoral emitido por la
Direcci6n General de Transporte Terrestre del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones;
Que, en ese sentido, con la Resoluci6n Directoral
No. 367-2010-MTC/015, se aprob6 los requisitos
mlnimos del botiquln que deberán de portar en los
vehlculos destinados al servicio de transporte terrestre
de personas, mercanclas y mixto de ámbito nacional,
regional y provincial. Asimismo, el contenido mlnimo del
botiquln tuvo como sustento el Infonne No. 0038-2009-
JGCC-ESNAT-OTEED-OGDNIMINSA expedido por la
Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Tránsito
del Ministerio de Salud y ellnfonne del Departamento de
Seguridad de Naciones Unidas;
Que, por otro lado, el Ministerio de Salud ha
recomendado la revisi6n de los requisitos del botiquln
de primeros auxilios aprobado mediante Resoluci6n
Directoral No. 367-2010-MTC/015, en observancia a las
nonnas nacionales de salud; a raz6n de ello, la Direcci6n
General de Transporte Terrestre ha coordinado con los
representantes del sector salud a fin de annonizar las
nonnas nacionales en materia de salud con la realidad
fáctica del servicio de transporte terrestre, de esa fonna,
se consider6 necesario la reducci6n de algunos elementos
del botiquln, asl como la cantidad de los mismos, en
atenci6n a la naturaleza y ámbito del servicio de transporte
terrestre;
Que, asimismo, para la aplicaci6n de los requisitos
del botiquln de primeros auxilios, se ha coordinado con
los representantes del Ministerio de Salud la organizaci6n
de capacitaciones peri6dicas sobre el uso correcto de
los mismos, dirigida a los conductores del servicio de
transporte terrestre;
Que, del mismo modo, a efectos de contar con
un Instructivo de Primeros Auxilios que incluya la
particularidad de cada uno de los elementos que contiene
el botiquln dirigido al sector transporte terrestre, resulta
necesario la elaboraci6n del mismo en coordinaci6n con
el Ministerio de Salud a fin de garantizar la unifonnidad y
el uso correcto del botiquln de primeros auxilios; en ese
sentido, el citado instructivo se incorporará como requisito
del botiquln el 01 de julio de 2010;
Que, resulta necesario precisar que no se considerará
infracci6n cuando falten algunos de los requisitos del
botiquln siempre que, en el momento de la fiscalizaci6n,
se acredite que los mismos han sido utilizados durante la
prestaci6n del servicio de transporte terrestre, materia de
fiscalizaci6n;
Que, finalmente, resulta oportuno establecer la
implementaci6n de los requisitos del botiquln de primeros
auxilios hasta el 30 de mayo de 2010;
Que, estando a lo expuesto, corresponde modificar la
Resoluci6n Directoral No. 367-2010-MTC/15 que aprob6
los requisitos mlnimos de botiquln que deberán portar
los vehlculos destinados á los servicios de transporte
terrestre de personas y mixto de ámbito nacional, regional
y provincial, asl como de mercanclas;
Que, de confonnidad con la Ley No. 27181, Ley
General de Transporte y Tránsito Terrestre, La Ley No.
29370 -Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, el Reglamento de
Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Transporte y
Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo
No. 021-2007-MTC y el Reglamento Nacional de
Administraci6n de Transporte aprobado mediante Decreto
Supremo No. 017-2009-MTC;
SE RESUELVE:
Articulo 1.- Modificación de la Resolución
Dlrectoral No. 367-2010-MTC/15
Modificar los artlculos 1°, Y de la Resoluci6n
Directoral No. 367-2010-MTC/015, en los siguientes
ténninos:
"Articulo 1°._ (oo.)
....-
Articulo 2°._ (oo.)
ORDEN INICIO FIN VIATICOS SOliCITANTEINSPECTORCIUDAD PAIS DETALlE RECIBOSDE
INSPECCIONN' (US$) ACOTACIONNOs.
TUUA(US$)
Inspecci6ntécnicaporrenovaciónde
Coo$moodeCoobmde
US$800.00 GonzáJesAlva, aeronavesdelaflotaB767oonmatricul 547-548-549-550-551-
219-201O-MTC/12.07
24-May
28-May US$31.00 LANPERUS.A.LuisEduardo Santiago Chile CUZ!N, CUZT ydelaflotaA-319con 552-553-554-3054
matriculaCUVE; imismoinspecci6n
técnicadeEstaci6ndellneaybasee
inspecci6nalTMA
REQUISITOS CANTIDAD
1 Alcoholde70' de500mi 1
2 Jabónantiséotico 1
Gasasesterilizadasfraccionadasde
3 10cmx 10cm 20
4 AD6sitoEsterilizado10x10cm 5
5 ESDaradraDO2.5cmx 5m, 2
6 Vendaelástica4 x 5 yardas 2
7 Bandasadhesivas(curitas) 20
8 TIierasDuntaromade3 Duloadas 1
I ans quirúrgicosesterilizados7 1/2
9 ares 1
10Alaod6nx 50aro 1
REQUISITOS CANTIDAD
1 Alcoholde 70' de 120mi 1
2 Jabónantiséptico 1
3 Gasasesterilizadasfraccionadasde 5
10cm x 10cm
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B Peruano

Lima, miércoles 21 de abril de 2010 WNORMAS LEGALES^417519

RELACIONDEVIAJESPORCOMISIONDESERVICIOSDEINSPECTORESDELADIRECCIONGENERALDEAERONAUTlCACML ESTABLECIDOSENELTEXTOUNICODEPROCEDIMIENTOSADMINISTRATIVOSDELMINISTERIODETRANSPORTESYCOMUNICACIONES

.DIRECCIONDECERTIFICACIONESYAUTORIZACIONES.COMPRENDIDOSLOSDIASDEL24AL28DEMAYOY SUSTENTADO

EN LOS INFORMESN" 064-201o.MTCl12.07Y N" 184-201o.MTCl12.

Modifican la R.D. N"367-2010-MTC/15,

sobre implementación del botiquín en

los vehículos destinados a servicios de

transporte

RESOLUCiÓN DIRECTORAL N° 1011-2010-MTC/

Lima, 13 de abril de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el articulo 3 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley No. 27181, establece que la acci6n estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacci6n de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como, la protecci6n del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, mediante Decreto Supremo No. 017-2009-MTC, se aprob6 el Reglamento Nacional de Administraci6n de Transporte, cuyo objeto es regular el servicio de transporte terrestre de personas, mercanclas y mixto de confonnidad con los lineamientos previstos en la Ley No. 27181; Que, el numeral 20.1.15 del articulo 20 del referido Reglamento, establece que los requisitos de botiquln serán regulados por Resoluci6n Directoral emitido por la Direcci6n General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en ese sentido, con la Resoluci6n Directoral No. 367-2010-MTC/015, se aprob6 los requisitos mlnimos del botiquln que deberán de portar en los vehlculos destinados al servicio de transporte terrestre de personas, mercanclas y mixto de ámbito nacional, regional y provincial. Asimismo, el contenido mlnimo del botiquln tuvo como sustento el Infonne No. 0038-2009- JGCC-ESNAT-OTEED-OGDNIMINSA expedido por la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Tránsito del Ministerio de Salud y ellnfonne del Departamento de Seguridad de Naciones Unidas; Que, por otro lado, el Ministerio de Salud ha recomendado la revisi6n de los requisitos del botiquln de primeros auxilios aprobado mediante Resoluci6n Directoral No. 367-2010-MTC/015, en observancia a las nonnas nacionales de salud; a raz6n de ello, la Direcci6n General de Transporte Terrestre ha coordinado con los representantes del sector salud a fin de annonizar las nonnas nacionales en materia de salud con la realidad fáctica del servicio de transporte terrestre, de esa fonna, se consider6 necesario la reducci6n de algunos elementos del botiquln, asl como la cantidad de los mismos, en atenci6n a la naturaleza y ámbito del servicio de transporte terrestre; Que, asimismo, para la aplicaci6n de los requisitos del botiquln de primeros auxilios, se ha coordinado con los representantes del Ministerio de Salud la organizaci6n de capacitaciones peri6dicas sobre el uso correcto de los mismos, dirigida a los conductores del servicio de transporte terrestre; Que, del mismo modo, a efectos de contar con un Instructivo de Primeros Auxilios que incluya la particularidad de cada uno de los elementos que contiene el botiquln dirigido al sector transporte terrestre, resulta

necesario la elaboraci6n del mismo en coordinaci6n con el Ministerio de Salud a fin de garantizar la unifonnidad y el uso correcto del botiquln de primeros auxilios; en ese sentido, el citado instructivo se incorporará como requisito del botiquln el 01 de julio de 2010; Que, resulta necesario precisar que no se considerará infracci6n cuando falten algunos de los requisitos del botiquln siempre que, en el momento de la fiscalizaci6n, se acredite que los mismos han sido utilizados durante la prestaci6n del servicio de transporte terrestre, materia de fiscalizaci6n; Que, finalmente, resulta oportuno establecer la implementaci6n de los requisitos del botiquln de primeros auxilios hasta el 30 de mayo de 2010; Que, estando a lo expuesto, corresponde modificar la Resoluci6n Directoral No. 367-2010-MTC/15 que aprob los requisitos mlnimos de botiquln que deberán portar los vehlculos destinados á los servicios de transporte terrestre de personas y mixto de ámbito nacional, regional y provincial, asl como de mercanclas; Que, de confonnidad con la Ley No. 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, La Ley No. 29370 -Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Transporte y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo No. 021-2007-MTC y el Reglamento Nacional de Administraci6n de Transporte aprobado mediante Decreto Supremo No. 017-2009-MTC;

SE RESUELVE:

Articulo 1.- Modificación de la Resolución Dlrectoral No. 367-2010-MTC/ Modificar los artlculos 1°, 2° Y 3° de la Resoluci6n Directoral No. 367-2010-MTC/015, en los siguientes ténninos:

"Articulo 1°._ (oo.)

Articulo 2°._ (oo.)

ORDEN INICIO FIN (^) VIATICOS SOliCITANTEINSPECTORCIUDAD PAIS DETALlE (^) RECIBOSDE INSPECCIONN' (^) (US$) ACOTACIONNOs. TUUA(US$) Inspecci6ntécnicaporrenovaciónde Coo$moodeCoobmde US$800.00 (^) GonzáJesAlva, aeronavesdelaflotaB767oonmatricul 547-548-549-550-551- 219-201O-MTC/12.0724-May28-May US$31. LANPERUS.A. LuisEduardo Santiago Chile^ CUZ!N,^ CUZT^ y delaflotaA-319con^ 552-553-554- matriculaCUVE; imismoinspecci6n técnicadeEstaci6ndellnea y basee inspecci6nalTMA

REQUISITOS CANTIDAD

1 Alcoholde70' de500mi 1 2 Jabónantiséotico 1 Gasasesterilizadasfraccionadasde 3 10cmx 10cm 20 4 AD6sitoEsterilizado10x10cm 5 5 ESDaradraDO2.5cmx 5 m, 2 6 Vendaelástica4 x 5 yardas 2 7 Bandasadhesivas(curitas) (^20) 8 TIierasDuntaromade3 Duloadas (^1)

9 I aresans quirúrgicosesterilizados7 1/2 1 10 Alaod6n x 50 aro (^1)

REQUISITOS CANTIDAD 1 Alcoholde 70' de 120 mi (^1) 2 Jabónantiséptico 1 3 Gasasesterilizadasfraccionadasde (^5) 10 cm x 10cm

417520

8 Perwm W NORMASLEGALES Lima, miéftoles 21 de aIri de 2010

Articulo 3°._ (oo.)

Articulo 2.- Implementaclón del botlquln en los

vehlculos destinados a los servicios de transporte

terrestre de personas y mixto de ámbito nacional,

regional y provincial, asl como de mercanclas

Lostransportistas del servicio de transporte terrestre

de personas y mixto de ámbito nacional, regional y

provincial, asl como de mercanclas implementarán el

contenido del botiquln hasta el 30 de mayo del 2010.

Articulo 3.- Elaboración dellnstn.Jctivo de primeros

auxilios

En coordinacióncon el Ministeriode Salud se elaborará

el instructivo de primeros auxiiios para el servicio de

transporte terrestre de personas y mixto de ámbito

nacional, regionaly provincial,asl como de mercancias, el

mismo que será incorporado como requisito del botiquin

el01 de juliodel 2010.

Articulo 4.- Precisión respecto de requisitos

faltantes en el botlquln

Preclsese que no se considerará infraccióntipificada

con el Código S.2 del Anexo 11del Reglamento Nacional

de Administraciónde Transporte aprobado por Decreto

Supremo No. 017-2009-MTC,referida a no contar con el

botiquin equipado para brindar primeros auxilios, cuando

falten algunos de los requisitos del botiquin,siempre que,

en el momento de la fiscalización,el transportista acredite

que los mismos han sidoutilizadosdurante la prestacióndel

serviciode transporte terrestre, materia de fiscalización.

Articulo 5.- Publicación

Dispóngase la publicaciónde la presente Resolución

Directoral,en la página Web del Ministeriode Transporte y

Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe).de conformidad

con lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 001-2009-

JUS.

Articulo 6.- Vigencia

La presente Resolución Directoralentrará en vigencia

al dia siguiente de su publicación.

Registrese, comuniquese y publlquese.

ENRIQUE G. MEDRI GONZALES

Director General Dirección General de Transporte Terrestre

VIVIENDA

Aprueban transferencias financieras a favor de EMAPISCO S.A. y de la EPS SEMAPACH S.A. para la elaboración de expedientes técnicos de diversos proyectos

RESOLUCiÓN MINISTERIAL N° 069-2010-VIVIENDA

Lima, 20 de abril de 2010

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el numeral 2.1 del articulo 2 del

Decreto de UrgenciaN°089-2009, los recursos del "Fondo

para la Reconstrucción - Sismo 15 de agosto de 2007"son

incorporados en los pliegos presupuestarios que realicen

las actividades, proyectos y programas priorizados por

el Directoriode FORSUR o quien haga sus veces, en la

fuente de financiamiento Recursos Determinados, para

cuyoefecto FORSUR comunica, mediante resolución de su

más alta autoridad, al Ministerio de Economla y Finanzas,

para que a través de la Dirección Nacional de Tesoro

Público, efectúe directamente la asignación financiera

correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la entidad pública beneficiaria a través de la unidad ejecutora o Gobiemo Local respectivo y por el monto que determine FORSUR conforme al Acuerdo de su Directorio o de quien haga sus veces. Cada asignación financiera será publicada en el portal institucional del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el numeral 2.2 del articulo 2 del Decreto de

Urgencia N° 089-2009 dispone que cuando la actividad,

proyecto o programa esté a cargo de una empresa pública de saneamiento o por el Banco de Materiales, la asignación financiera con cargo a los recursos sef\alados en el numeral precedente, se efectúa directamente a

favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y

Saneamiento, para que a su vez dicho ministerio transfiera

financieramente los recursos conforme a lo establecido en el articulo 3 del Decreto de Urgencia N° 046-2009 Y por

resolución de su Titular que se publica en el Diario Oficial

El Peruano;

Que, mediante los Oficios N° 368-2010IFORSUR-

CG Y N° 369-2010/FORSUR-CG, el Coordinador General del FORSUR informa que en el marco de lo dispuesto por el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, la Dirección Nacional de Tesoro Público

del Ministerio de Economla y Finanzas, ha realizado la

asignación financiera a favor del Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento por un monto de SI. 909

448,92 para ser destinado a la elaboración de nueve (09) expedientes técnicos de los proyectos de agua y saneamiento en los distritos de Pisco, San Andrés y

Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco, departamento de

lca, según lo dispuesto por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 028-2010-FORSURlPE y SI. 85200,00 para ser destinado a la elaboración de seis (06) expedientes técnicos de los proyectos de agua y saneamiento en los

distritos de Chincha Baja, Pueblo Nuevo y Gracio Prado,

de la provinciade Chincha, departamento de lca, según lo

dispuesto por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°

030-201Q-FORSURlPE, con cargo a recursos del "Fondo para la Reconstrucción - Sismo de agosto de 200r, siendo las Unidades Ejecutoras de los expedientes técnicos en mención EMAPISCO S.A. y la E.P.S. SEMAPACH S.A. respectivamente; Que, con fecha 4 de marzo de 2010 se suscribió el

Convenio N° 044-2010 entre el Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento, EMAPISCO S.A. y el

FORSUR, con el objeto de establecer los lineamientos administrativos y de operatividad que deberán seguir las partes para la transferencia de recursos destinados a financiar la elaboración de 09 expedientes técnicos de los proyectos que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución; sef\alándose en su dáusula

quinta, que el monto de financiamiento asciende a SI.

909 448,92 con cargo a los recursos del "Fondo para la

Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007°;

REQUISITOS CANTIDAD

4 Apósito Esterilizado 10x 10 cm

5 Esparadrapo2.5cmx5 m. 1

6 Venda elástica 4 x 5 yardas 1 7 Bandasadhesivas(curitas) 10 8 Tijet'aspuntaromade 3 pulgadas 1

9 Guantes quirúrgicosesterilizados7 1 1/2(pares)

10 Algodón x 50 gr. 1

REQUISITOS CANTIDAD 1 Alc0hoI de 70. de 120 mi 1 2 Jabón antiséptico 1

3 Gasas esterilizadas fraccionadas de 10 10 cm x 10cm 4 Esparadrapo2.5 cm x5 m. 1 5 Vendaelástica4 x 5 yardas 1 6 Bandasadhesivas(curitas) 5 7 Tijeraspunta romade 3 pulgadas 1

8 Guantes quirúrgicosesterilizados7 1 1/2(pares) 9 Algodón por 50 gramos 1