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Dentro de los procedimientos de Contratación Pública la cotización de servicios es uno de los procedimientos comunes, que será aplicado para servicios no normalizados excepcionalmente para servicios normalizados solo cuando la Subasta Inversa Electrónica, realizada con anterioridad, fue declarada desierta.
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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Introducción Dentro de los procedimientos de Contratación Pública la cotización de servicios es uno de los procedimientos comunes, que será aplicado para servicios no normalizados excepcionalmente para servicios normalizados solo cuando la Subasta Inversa Electrónica, realizada con anterioridad, fue declarada desierta. Según el Instituto Nacional de Contratación Pública (2011, pág. 2) la cotización es: El procedimiento de contratación mediante el cual se escoge la oferta más favorable para la entidad, presentada por los proveedores habilitados en el RUP de acuerdo a los pliegos establecidos en el proceso precontractual por la Entidad Contratante. El procedimiento de evaluación es realizado a través del Portal electrónico COMPRASPUBLICAS. Este procedimiento, al igual que otros procedimientos ya sean dinámicos o comunes, posee sus particularidades en las fases preparatoria, precontractual y contractual; es importante resaltar estas particularidades para poder comprender la diferencia de este procedimiento con el resto. Desarrollo Dentro de la fase preparatoria es importante resaltar la importancia de que para participar en este tipo de procesos los proveedores deben ser previamente habilitados en el Registro Único de Proveedores, pero solo podrán ser habilitados para participar en este procedimiento si cumple con los requisitos establecidos en el pliego de la entidad contratante. El proceso de cotización de servicios comenzará con la publicación de la oferta en el Portal de Contratación Pública; dentro de este primer paso la entidad contratante deberá generar los pliegos, en la formulación de pliegos se establecerán los requisitos y condiciones que los oferentes deben cumplir, las especificaciones de los servicios que deben contratar, las etapas y términos del procedimiento y el tipo de adjudicación. Además de lo ya mencionado en los pliegos también constará información como las condiciones o límites de la subcontratación, en este caso no se podrá dar una subcontratación, pues solo es permitido para obras; las garantías y los parámetros de calificación también serán parte de los pliegos. Tras la publicación de la oferta y de los pliegos, los proveedores que cumplan con los requerimientos de los pliegos deberán entregar las ofertas a través del portal en el día y hora señalado. Para que se dé la aprobación y publicación de los pliegos, según el Artículo 50 de la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública, estos deberán ser aprobados por la máxima autoridad o el funcionario competente de la entidad contratante, y se adecuarán a los modelos obligatorios emitidos por el SERCOP. En la cotización se conformará una comisión técnica, el motivo por el cual se crea una comisión, y no solamente se delega a un funcionario la supervisión del proceso, es que debido al monto que se maneja en este tipo de procesos se necesita de criterios diversos para una supervisión adecuada.
Esta comisión técnica estará conformada por un profesional de la máxima autoridad que funge como presidente, el titular del área requirente o su delegado, un profesional afín a la contratación, el especialista. Si no tiene un profesional afín objeto de contratación de la nómina puede contratar uno de afuera, o a su vez, puede de cierta manera nombrar subcomisiones de apoyo si así lo desearía. Tras la publicación de la oferta se deberá seguir con la apertura de la oferta, la cual será el tiempo que se dará para que los proveedores revisen los pliegos, hagan preguntas y presenten sus ofertas, después se da una fase de convalidación de errores, se entrega las ofertas y comienza la fase de calificación. Para la calificación de este tipo de procesos los parámetros de calificación se manejarán bajo la formulación del cumple, no cumple mas puntaje. En la calificación se valorará la experiencia general, la experiencia específica, experiencia del personal técnico y 5 puntos para otros parámetros establecidos por la entidad. La cotización al trabajar bajo el principio de contratación preferente deberá contemplar los márgenes de preferencia al privilegio que tendrán las micro y pequeñas, medianas empresas, artesanos, economía popular y solidaria, lógicamente domiciliados en el territorio. Para que las pequeñas o medianas empresas y los actores de la economía popular y solidaria puedan ser considerados por su localidad deberán comprobar que han prestado sus servicios en la localidad requerida por al menos seis meses. Bajo este margen de preferencia en los procesos de cotización, existirán tres parámetros de calificación: