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Orientación Universidad
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cuadro administraciones, Ejercicios de Administración de Empresas

Asignatura: Elementos de derecho positivo, Profesor: , Carrera: Administración y Dirección de Empresas, Universidad: UNIRIOJA

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 04/03/2018

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UNIVERSIDAD DE LA RIOJA MASTER TUTELA ADMINISTRATIVA
SEMINARIO DE DERECHO ADMINISTRATIVO Curso 2017-2018
ESQUEMA DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA
I. ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO
(Ley 50/1997, del Gobierno y arts. 54-80, Ley 40/2015 LRJSP)
CENTRAL
Órganos activos
Gobierno o Consejo de Ministros
(Ley 50/1997)
-Presidente (estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno, RD 766/2017, de 28 de julio.
-Vicepresidencia(s) (Vicepresidencia del Gobierno, RD 1824/2011, 21 diciembre)
-Ministros
-(eventualmente, «otros miembros» que establezca la ley)
Ministerios
(arts.57-68
LRJSP)
Asuntos Exteriores y de Cooperación - Justicia - Defensa H acienda y Función Pública - Interior Fomento Educación, Cultura y Deporte Empleo y Seguridad Social Energía y Turismo y Agenda Digital Agricul-
tura y Pesca, Alime ntación y Medio Ambiente Presidencia y para las Administraciones Territoriales Economía, Industria y Competitividad- Sanidad, Servicios Sociales e I gualdad (RD 415/2016, de 3 de noviembre,
de reestructura de los Departamentos ministeriales. Téngase en cuenta, además, el RD 426/2016 de 11 de noviembre y los sucesivos RRDD de desarrollo de la estructura orgánica de cada Ministerio).
Estructura básica
(art. 58 LRJSP y
RD 426/2016, de11
noviembre, y el
específico de cada
Ministerio)
Órganos de colaboración y apoyo
-Comisiones Delegad as del Gobierno (RD 1886/2011, de 30 de diciembre, modificado por RD 385/2013, de 31 de mayo): Asuntos Económicos Consejo de Seguridad Nacional (en su condición de CD del
Gobierno para la Seguridad Nacional) - Asuntos de Inteligencia - Política Científica y Tecnológica - Política de Igualdad Asuntos Culturales.
-Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios : la preside la Vicepresidente Gobierno; la Secretaría corresponde al Subsecretario de Presidencia. Funciones (art. 8 Ley 50/1997)
-Comisiones Interministeriales (de Coordinación de la Administración Periférica del Estado, art. 78 LRJSP Coo peración al Desarrollo Cambio Climático otras)
-Secretariado del Gobierno: órganos de apoyo a Consejo Ministros, Comisiones Delegada s y Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios (art. 9 Ley 50/1997)
-Gabinetes: órganos de apoyo Presidencia Gº, Vicepresidentes, Ministros y Secretarios de Estado, art. 10 Ley 50/1997 y art. 2 RD 766/2017 y 14 RD 1887/2011.
Órgano consultivo general: Consejo de Estado (Ley Orgánica 3/1980, mod ificada por otras posteriores)
Órgano de control económico interno: Intervención General e Intervenciones delega das de la Administración del Estado (Ley 47/2003, de 26 noviembre, General Presupuestaria, Título VI, arts. 140 y sigs.).
TERRITORIAL
•Órganos activos
Delegado del Gobierno (od, rango Subsecre-
tario) en CCAA, Ceuta y Melilla.
(arts. 69,71-73, 76-79 LRJSP y RRDD
617/1997, 1330/1997 y 942/2010; OM 7-11-
1997). Competencias:73 LRJSP
-Secretaría General (podrá desempeñarla el Subdelegado ): órgano gestión servicios comunes, de la que dependen los «Servicios territoriales integrados», art. 71.4 LRJSP.
-Áreas funcionales: Fomento; Industria y Energía; Agricultura (y Pesca); Sanidad; Alta Inspección de Educación (dependen de l Subdelegado del Gº en CCAA pluriprovinciales).
-Comisión Territorial de Asistencia (CCAA pluriprovinciales), integrada por Delegado Gº, Sub delegados Go, Directores Insulares y otros órganos, 79.1 LRJSP. Funciones 79.2
-Comisión de Asistencia (CCAA uniprovinciales), integrada por Delegación Gº, Secretario General y titulares órganos y servicios territoriales integrados o no.
-Gabinete Delegación del Gobierno, órgano de apo yo o asistencia.
-Asesoría Jurídica (Servicio Jurídico del Estado, Abogacía del Estado)
-Intervención económica (Intervención General de la Administración del Estado)
Subdelegados del Gobierno
Art. 69 y 74 LRJSP, CCAA pluriprovinciales y
uniprovinciales, si población, gestión
singularidades geo-socio-económicas
Competencias: 75 LRJSP
•En la provincia sede de la Delegación del Gobierno:
-Comisión de Asistencia al Subdelegado del Gobierno, 79.3 LRJSP
-Directores de Área (de los que dependen los servicios provinciales y demás oficinas ámbito infraprovincial
•En las demás provincias:
-Secretaría General
-Vicesecretaría
-Comisión de Asistencia: Subdelegado del Gobierno, Secretario General y responsables provinciales de los servicios integrados y no integrados
Directores Insulares, art. 70 LRJSP: en las islas de Menorca, Ibiza-Formentera, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, El Hierro y La Gomera.
«Servicios no integrados»
-supraprovinciales: Jefatura Superior de Policía, Delegaciones de Justicia, Delegaciones de Defensa.
-provinciales: Delegaciones de Hacienda, Comisarías de la Policía Nacional, Direcciones Provinciales (a extinguir).
-infraprovinciales: Administraciones de Hacienda-AEAT, Comisarías locales de la Policía Nacional.
•Órganos de coordinación: Comisión Interministerial de Coordinación de la Administración Periférica del Estado ( 78 LRJSP y RD 119/2003); Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales (RD 3489/2000)
EXTERIOR
Misiones Diplomáticas (Permanentes o Especiales); Representaciones y Misiones Permanentes; Delegaciones; Oficinas Consulares, Instituciones y organismos públicos de acción en e l exterior, Ley 2/2014, 25 de marzo, de la Acción y de l Servicio
Exterior Estado.
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UNIVERSIDAD DE LA RIOJA MASTER TUTELA ADMINISTRATIVA

SEMINARIO DE DERECHO ADMINISTRATIVO Curso 2017-

ESQUEMA DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA

I.^

ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO^ ( Ley 50/1997, del Gobierno y

arts. 54

-^80

,^ Ley

LRJSP)

CENTRAL

  • Órganos activos

Gobierno o Consejo de Ministros (Ley 50/1997)

  • Presidente (estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno, RD 766/2017, de 28 de julio.
  • Vicepresidencia (s) (Vicepresidencia del Gobierno, RD 1824/2011, 21 diciembre)
  • Ministros
  • (eventualmente, « otros miembros » que establezca la ley)

Ministerios (arts. 57 - 68 LRJSP)

Asuntos Exteriores y de Cooperación - Justicia - Defensa – Hacienda y Función Pública - Interior – Fomento – Educación, Cultura y Deporte – Empleo y Seguridad Social – Energía y Turismo y Agenda Digital – Agricul- tura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente – Presidencia y para las Administraciones Territoriales – Economía, Industria y Competitividad- Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (RD 415/2016, de 3 de noviembre, de reestructura de los Departamentos ministeriales. Téngase en cuenta, además, el RD 426/2016 de 11 de noviembre y los sucesivos RRDD de desarrollo de la estructura orgánica de cada Ministerio).

Estructura básica (art. 58 LRJSP y RD 426/2016, de noviembre, y el específico de cada Ministerio)

  • Ministro [os/ac], art.61 LRJSP (art.55 LRJSP: os : órgano superior / od : órgano directivo / ac : alto cargo)
  • Secretaria (s) de Estado [os/ac], (creadas RD 1558/1977, de 4 de julio), art. 62 LRJSP
  • Subsecretaría [od/ac], arrt. 63 LRJSP
  • Secretaría/s General/es [od/ac], srt, 64 LRJSP
  • Secretaría General Técnica [od/ac], art. 65 LRJSP
  • Direcciones Generales [od/ac], art, 66 LRJSP
  • Subdirecciones Generales [od], art. 67 LRJSP Servicios , Secciones y Negociados. Estructurados en unidades administrativas: puestos de trabajo o dotaciones de plantilla bajo una Jefatura común (órgano administrativo si ejercen funciones con efectos para terceros, arts. 56 en relación con el art. 5.1 y 2 LJSP).
  • Órganos de colaboración y apoyo
  • Comisiones Delegadas del Gobierno (RD 1886/2011, de 30 de diciembre, modificado por RD 385/2013, de 31 de mayo): Asuntos Económicos – Consejo de Seguridad Nacional (en su condición de CD del Gobierno para la Seguridad Nacional) - Asuntos de Inteligencia - Política Científica y Tecnológica - Política de Igualdad – Asuntos Culturales.
  • Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios : la preside la Vicepresidente Gobierno; la Secretaría corresponde al Subsecretario de Presidencia. Funciones (art. 8 Ley 50/1997)
  • Comisiones Interministeriales (de Coordinación de la Administración Periférica del Estado, art. 78 LRJSP – Cooperación al Desarrollo – Cambio Climático – otras)
  • Secretariado del Gobierno : órganos de apoyo a Consejo Ministros, Comisiones Delegadas y Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios (art. 9 Ley 50/1997)
  • Gabinetes : órganos de apoyo Presidencia Gº, Vicepresidentes, Ministros y Secretarios de Estado, art. 10 Ley 50/1997 y art. 2 RD 766/2017 y 14 RD 1887/2011.
  • Órgano consultivo general : Consejo de Estado (Ley Orgánica 3/1980, modificada por otras posteriores)
  • Órgano de control económico interno : Intervención General e Intervenciones delegadas de la Administración del Estado (Ley 47/2003, de 26 noviembre, General Presupuestaria, Título VI, arts. 140 y sigs.).

TERRITORIAL

•Órganos activos

Delegado del Gobierno (od, rango Subsecre- tario) en CCAA, Ceuta y Melilla. (arts. 69,71- 73 , 76 - 79 LRJSP y RRDD 617/1997, 1330/1997 y 942/2010; OM 7- 11 - 1997). Competencias:73 LRJSP

  • Secretaría General (podrá desempeñarla el Subdelegado): órgano gestión servicios comunes, de la que dependen los « Servicios territoriales integrados », art. 71.4 LRJSP.
  • Áreas funcionales: Fomento; Industria y Energía ; Agricultura (y Pesca) ; Sanidad; Alta Inspección de Educación (dependen del Subdelegado del Gº en CCAA pluriprovinciales).
  • Comisión Territorial de Asistencia (CCAA pluriprovinciales), integrada por Delegado Gº, Subdelegados Go, Directores Insulares y otros órganos, 79.1 LRJSP. Funciones 79.
  • Comisión de Asistencia (CCAA uniprovinciales), integrada por Delegación Gº, Secretario General y titulares órganos y servicios territoriales integrados o no.
  • Gabinete Delegación del Gobierno, órgano de apoyo o asistencia.
  • Asesoría Jurídica (Servicio Jurídico del Estado, Abogacía del Estado)
  • Intervención económica (Intervención General de la Administración del Estado)

Subdelegados del Gobierno Art. 69 y 74 LRJSP, CCAA pluriprovinciales y uniprovinciales, si población, gestión singularidades geo-socio-económicas Competencias: 75 LRJSP

•En la provincia sede de la Delegación del Gobierno:

  • Comisión de Asistencia al Subdelegado del Gobierno, 79.3 LRJSP
  • Directores de Área (de los que dependen los servicios provinciales y demás oficinas ámbito infraprovincial •En las demás provincias:
  • Secretaría General
  • Vicesecretaría
  • Comisión de Asistencia: Subdelegado del Gobierno, Secretario General y responsables provinciales de los servicios integrados y no integrados Directores Insulares, art. 70 LRJSP: en las islas de Menorca, Ibiza-Formentera, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, El Hierro y La Gomera.

«Servicios no integrados»

  • supraprovinciales: Jefatura Superior de Policía, Delegaciones de Justicia, Delegaciones de Defensa.
  • provinciales: Delegaciones de Hacienda, Comisarías de la Policía Nacional, Direcciones Provinciales (a extinguir).
  • infraprovinciales: Administraciones de Hacienda-AEAT, Comisarías locales de la Policía Nacional. •Órganos de coordinación : Comisión Interministerial de Coordinación de la Administración Periférica del Estado (78 LRJSP y RD 119/2003); Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales (RD 3489/2000) EXTERIOR Misiones Diplomáticas (Permanentes o Especiales); Representaciones y Misiones Permanentes; Delegaciones; Oficinas Consulares, Instituciones y organismos públicos de acción en el exterior, Ley 2/2014, 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior Estado.

II. ADMINISTRACIONES AUTONOMICAS

Ej.: Admini

stración de La Rioja

(Ley 8/

, 28 octubre y Ley 3/2003, 3 de marzo)

- Órganos activos - Presidente. Gabinete del Presidente - Consejo de Gobierno - Presidente. - [Vicepresidente(s)] - Consejeros

Consejerías

Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior — Administración Pública y Hacienda — Consejería de Salud — Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia — Educación, Formación y Empleo — Desarrollo Económico e Innovación — Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente — Fomento y Política Territorial (Decreto del Presidente 6/2015, de 10 de julio).

Estructura orgánica (Decretos 22 a 29/ 2015, 21 julio)

  • Consejero
    • ( Viceconsejero)
    • Secretaría General Técnica
    • Direcciones Generales: Servicio, Áreas, Secciones y Negociados
    • ( Subdirectores Generales)
    • Órganos de apoyo directo (político o técnico)
  • Órganos de coordinación y apoyo
  • Comisiones Delegadas del Gobierno: Asuntos Sociales; Asuntos Económicos; Gobierno Abierto; Adquisiciones e Inversiones (D. 43/2016, de 11 de noviembre)
  • Comisión de Coordinación (de los Secretarios Generales Técnicos)
  • Secretariado del Gobierno
  • Órganos consultivos : Consejo Consultivo de La Rioja
  • Órganos de control económico interno : Intervención General de la Administración de la C.A. de La Rioja

III. ADMINISTRACIONES LOCALES

(LRBRL, Ley 7/1985 y leyes regionales

desarrollo

La Rioja, Ley 1/2003. 3 de marzo

Provincias

Órganos necesarios : •Presidente •Vicepresidente •Pleno de la Diputación Provincial •Junta de Gobierno •Comisiones Informativas de estudio, informe o consulta Órganos complementarios : los que se creen, de acuerdo con la legislación autonómica o con el reglamento orgánico

Municipios

Órganos necesarios: En todos los municipios :

  • Alcalde
  • Tenientes de Alcalde
  • Pleno (Alcalde, Tenientes de Alcalde, concejales)
  • Comisión Especial de Cuentas.

Municipios de más de 5.000 habitantes

  • Junta de Gobierno Local:
  • Órganos de estudio, informe o consulta asuntos del Pleno y seguimiento de la gestión del Alcalde, la Comisión de Gobierno y los Concejales con delegación (En municipios de menos de 5.000 habitantes, pueden crearse estos órganos cuando así lo disponga su Reglamento Orgánico o lo acuerde el Pleno)

Municipios de gran población (Título X LBRL). Además de los órganos necesarios:

  • Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
  • Órgano de gestión económico-financiera y presupuestaria
  • Órgano de gestión tributaria
  • Intervención General Municipal
  • Órgano resolución reclamaciones económico-administrativas
  • Consejo Social de la Ciudad Órganos complementarios : los que se creen, de acuerdo con la legislación Comunidad Autónoma o con el Reglamento Orgánico Islas: Cabildos y Consejos Insulares Otras Entidades Locales : De ámbito supramunicipal ( Comarcas , Áreas Metropolitanas , Mancomunidades ) o inframunicipal ( Entidades Locales Menores , Juntas Vecinales , Concejos , Parroquias ...)

IV. ADMINISTRACIÓN IN

STITUCIONAL

O INSTRUMENTAL

(arts. 81

- 83 LRJSP)

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, sector público institucional estatal, art. 84- 139 LRJSP y arts. 2 y 3 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria CCAA (La Rioja, Ley 3/2003) ADMON. LOCAL

Organismos Públicos Estatales Sector Público estatal, entes privados ¿no Admón.? (^) ●Organismos públicos :

  • Organismos autónomos
  • Entidades Públicas empresariales
  • Consorcios: si adscritos AGCAR ●Ámbito sanitario:
  • Fundaciones públicas (FHP Calahorra), Ley 50/1988, adaptación de las EPE.
  • Fundaciones privadas (Ley 15/1997). ●Sector Público (no Admón.) :
  • Sociedades «públicas» regionales (personalidad jurídica privada).
  • Fundaciones «públicas» regionales (ex Ley 1/2007, 12 febrero, son «privadas»)

Art. 85, 85. bis y 85. ter LRBRL, (sigue modelo LOFAGE y ahora LRJSP).

●Organismos públicos:

  • OOAA
  • EPE
  • Consorcios: adscritos EL ●Organismos privados:
  • sociedades municipales: ●Sector público local (no Administración)

●Organismos Autónomos (arts. 98-102 LRJSP), con personalidad y régimen jurídico públicos: Fondo de Garantía Salarial, Confederaciones Hidrográficas, Consejo Superior de Deportes, entre otras; las entidades gestoras de la Seguri- dad Social (actualmente, TGSS,INSS, INGS, IMSERSO, ISM) son en realidad organismos autónomos atípicos, DA 13ª LRJSP. ●Entidades Públicas empresariales (art. 103 - 108 LRJSP, con personalidad jurídica pública aunque sujetan su actividad al Derecho Privado, excepto en ciertas materias: RENFE-Operadora y ADIF, AENA, ICO, SEPES, SEPI, entre otras. Autoridades Administrativas Independientes (art. 109 y 110 LRJSP), funciones de regulación o supervisión de carác- ter externo sobre sectores económicos o actividades, por requerir su desempeño de independencia funcional o una espe- cial autonomía. ( Banco de España ; Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia ; Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal ; Consejo de Seguridad Nuclear ; Agencia Española de Protección de Datos ). ● Consorcios : entes públicos con personalidad jurídica propia creadas por varias AAPP o entes del sector público institu- cional, entre si o con participación de entidades privadas, cuando estén adscritas a entidad AGE, 118-127 LRJSP. ● Universidades Públicas no transferidas , 84 LRJSP.

●Sociedades mercantiles estatales: Participación supe- rior al 50 por ciento capital social, sea directa o indirecta- mente, arts. 111-117 LRJSP. Se rigen por el Derecho privado, aunque excepcionalmente pueden ejercer potesta- des administrativas (problemática arts. 2.2, 112.4, 113 y 128.2 LRJSP y 9.2 EBEP). ●Fundaciones del sector público estatal, 128 - 136 LRJSP, personalidad privada, según Ley 50/2002, de 26 de diciembre. No pueden ejercer potestades públicas, 128. LRJSP. ● Fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal , 137-139 LRJSP

V. ADMINISTRACION CORPORATIVA : Colegios Profesionales; Cámaras Oficiales (Comercio, Industria, Servicios y Navegación); Cofradías Pescadores; Comunidades de Regantes; Juntas de Compensación; Consejos Reguladores; Federaciones Deportivas.