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cuadro de daños para completar con bibliografia
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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9.1.2 Según lo estudiado en las lecturas y conforme la opinión de los profesores Pizarro y Vallespinos, la reparación del daño consiste en: El cumplimiento de una obligación a cargo del responsable y a favor del damnificado, que tiene por objeto resarcir el daño injustamente al acreedor.
9.1.2 Según lo estudiado en las lecturas y conforme la opinión de los profesores pizarro y vallespinos, la reparación del daño consiste en: El cumplimiento de una obligación a cargo del responsable y a favor del damnificado, que tiene por objeto resarcir el daño injustamente al acreedor.
9.1.2 El cumplimiento de una obligación a cargo del responsable y a favor del damnificado de un daño injustamente causado, que función del derecho de daños nos conceptualiza: Función resarcitoria.
9.1.3 La finalidad de la reparación es: Resarcitoria.
9.1.4 Los caracteres de la función reparadora son: Patrimonialidad, el carácter subsidiario y la conversión del derecho a la prestación con el derecho a la indemnización y resarcitoria.
9.1.5 El principio de reparación plena e integral presenta ventajas y desventajas. Entre las primeras se encuentra: Toma en cuenta al damnificado en concreto y no a uno hipotético.
9.1.5 El Principio de Reparación Plena e Integral presenta ventajas y desventajas. Entre las primeras se encuentra: Permite la evaluación en concreto del perjuicio.
9.1.5 El Principio de Reparación Plena e Integral presenta ventajas y desventajas. Entre las primeras se encuentra: toma en cuenta al damnificado en concreto y no a uno hipotético.
9.1.5 ¿Cuál de las siguientes opciones representa una desventaja que el principio de reparación plena e integral presenta?: Alentaría a las víctimas y a las personas a su cargo a no retomar sus actividades, aun cuando ello fuese posible y deseable.
9.1.6 La reparación plena admite ciertos supuestos de limitación previstos expresamente por la norma, Uno de estas limitaciones se da: Por razones de equidad art 1742.
9.2 La cláusula penal tiene los siguientes caracteres: Voluntaria, accesoria, condicional, preventiva, subsidiaria, definitiva, relativamente inmutable y de interpretación restrictiva.
9.2.1 La reparación específica en especie o in natura consiste en: La ejecución de una obligación, generalmente de hacer, que tiene por finalidad la de volver las cosas al estado en que se hallaban antes de producirse el evento dañoso.
9.2.1 La reparación por equivalente consiste en: La entrega de un equivalente a la víctima, normalmente pecuniario, con entidad suficiente para la restauración del valor perjudicado.
9.2.1 Señale la opción correcta, existen en nuestra legislación dos sistemas para la reparación del daño, ellos son: 1- La forma específica o también denominada in natura. 2- Por equivalente o en dinero.
9.2.3 Determinada la existencia del daño, el juez debe traducir y liquidar dicho perjuicio en una indemnización, ¿qué denominación recibe esta actividad jurisdiccional?: Cuantificación del daño.
9.2.3 La norma dice que la reparación en especie es precedente excepto: Que sea parcial o totalmente imposible, excesivamente oneroso u omisivo, en cuyo caso se debe fijar en dinero.
9.3.1 El fundamento y la finalidad de la función resarcitoria es: Netamente resarcitoria.
9.3.1 Diversas cuestiones deben tenerse en cuenta a la hora de determinar esa indemnización entre estas se encuentra: El principio del interés.
9.3.1 Al dictar sentencia y fijar la indemnización el juez tuvo en miras la relación especial que tenía alma sobre el bien jurídico dañado por juan, ¿qué cuestión tuvo en cuenta el magistrado?: El principio de interés.
9.3.1 La naturaleza jurídica de la indemnización pecuniaria es: Una obligación de valor.
9.3.1 Diversas cuestiones deben tenerse en cuenta a la hora de determinar esa indemnización, entre estas se encuentra: El principio del interés (daño patrimonial directo, indirecto y daño moral), la indemnización, valoración y cuantificación del daño.
9.3.2 Constatar la existencia y entidad cualitativa del daño, es una tarea que jueces y abogados deben realizar para determinar luego la indemnización del daño ¿cómo se denomina esta tarea?: La valoración del daño.
9.3.2 Cuáles son los distintos tipos de lesiones o incapacidades que el ordenamiento jurídico reconoce?: Permanente, física, psíquica, total o parcial.
9.3.2 La indemnización por fallecimiento establecida en el código civil y comercial (art. 1745 del ccc) refiere que debe incluir: Lo necesario para alimentos del cónyuge, del conviviente, de los hijos menores de veintiún años de edad con derecho alimentario, de los hijos incapaces o con capacidad restringida, aunque no hayan sido declarados tales judicialmente.
9.3.2 El daño moral es resarcible en el código civil y comercial, estableciendo que el monto de la indemnización del daño moral debe fijarse ponderando: Las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas.
9.3.2 El daño moral resarcible en el código civil y comercial, estableciendo que el monto de la indemnización del daño moral debe fijarse ponderando: Las satisfacciones sustantivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas.
9.3.2 El daño emergente es: La pérdida o disminución del patrimonio de la víctima.
10.2.3 La sentencia que admite la acción preventiva tiene las siguientes características, uno de los enunciados es falso: Sentencia dictada de modo provisorio o definitivo, principal o accesorio, a pedido de parte o de oficio, en un proceso ya iniciado o promovido solo a esos efecto, art 1711 la acción preventiva procede cuando una acción u omisión anti jurídica hace previsible la producción de un daño, su continuación o agravamiento. No es necesaria la concurrencia de ningún factor de atribución.
10.2.3 Los requisitos para poder peticionar la acción preventiva son: Debe tratarse de una acción u omisión antijurídica y debe existir el peligro de daño.
10.2.4 Con la incorporación de la acción preventiva sustancial dispuestas en el art 1711 del ccyc, podemos sostener que: Las tutelas procesales existentes se mantienen con vigencia paralela a la acción preventiva sustancial.
10.2.6 La función preventiva del derecho de daños genera una situación problemática cuando es enfrentada a la libertad de prensa, pues aplicar la prevención para impedir una publicación puede ser violatorio del derecho constitucional y generar la llamada: Censura previa.
10.3.4 Además del daño punitivo regulado en el régimen de consumo, existen otros tipos de sanciones punitivas en nuestro sistema jurídico, entre las que se encuentran: La cláusula penal y las astreintes.
10.3.4 El instituto de los daños punitivos regulado en la ley de defensa del consumidor ha sido definido por el profesor Pizarro como: Sumas de dinero que los tribunales mandan a pagar a la víctima de ciertos ilícitos que se suman a las indemnizaciones por daños realmente experimentados por el damnificado, que están destinados a punir graves inconductas del demandado y a prevenir hechos similares en el futuro.
10.3.5 El art. 804 del CCyC regula sobre las acciones conminatorias o astreinte y dispone, seleccione las 4 respuestas correctas: 1- Las astreintes o acciones conminatorias no se generan por incumplimiento de una obligación o acto ilícito, 2. las astreintes se generan por el incumplimiento de una resolución judicial, cause o no perjuicio, 3. lo que justifica la imposición de la sanción no es el daño, sino el incumplimiento de la orden judicial, 4. nada obsta que si el incumplimiento de la orden judicial, configura un daño, pueda reclamarse además de la sanción conminatoria un resarcimiento.
11.1.1 Conforme lo establece nuestro código civil y comercial de la nación, es responsable directo: Quien incumple una obligación u ocasiona un daño injustificado por acción u omisión.
11.1.1 El nuevo Código regula la responsabilidad directa en el art. 1749, de él se desprende su concepto y alcances. Seleccione las 4 respuestas correctas 1- En esta norma quedan englobadas tanto la responsabilidad civil extracontractual por culpa o negligencia en la acción y omisión, como la responsabilidad civil contractual. 2- Quien incumple una obligación preestablecida u ocasiona un daño fuera de todo vínculo preexistente es responsable directo del perjuicio ocasionado. 3- Es responsable directo quien incumple una obligación. 4- Es responsable quien ocasiona un daño injustificado por acción u omisión.
11.1.2 El nuevo código adopta la unidad de fenómeno de ilicitud, esto implica que: Quien ejecuta la conducta dañosa coincide con quien debe responder y conforme el texto del nuevo código, se confiere unicidad al régimen de la responsabilidad contractual y extracontractual.
11.1.3 En relación a la pluralidad de responsables el código civil y comercial establece que, si la pluralidad deriva de causas distintas se aplican las reglas de: Las obligaciones concurrentes.
11.1.3 En relación a la pluralidad de responsables el código civil y comercial establece que, si varias personas participan en la producción del daño que tiene una causa única, se aplican las reglas de: Las obligaciones solidarias.
11.1.3 En caso de varias personas participan en la producción del daño de causas distintas: Se aplican las reglas de las obligaciones concurrentes.
11.1.3 En caso que varias personas participan en la producción del daño que tiene una causa única: Se aplican las reglas de las obligaciones solidarias.
11.1.3 Juan, Esteban y Marcos, mayores de edad, se encontraban dentro de un boliche. Conjuntamente deciden descolgar un cartel que se encontraba en el ingreso de un patio interno del establecimiento. Al momento de arrojar el cartel al suelo resulta fuertemente lesionada Laura, quien se encontraba sentada en el patio interno ante dicha situación: Laura puede accionar contra cualquiera de los amigos reclamando el total de la indemnización.
11.1.3 Respecto de la pluralidad de responsables el Código Civil y Comercial de la Nación dispone: Si varias personas participan en la producción del daño una causa única, se aplican las reglas de las obligaciones solidarias. Si la pluralidad deriva de causas distintas se aplican las reglas de las obligaciones concurrentes.
11.1.4 El código establece la responsabilidad del encubridor en cuanto su accionar del encubridor haya sido relevante para la producción del daño, esta relevancia o cooperación tiene que ver con: El aporte causal de la conducta con el daño causado a la víctima.
11.1.4 Teniendo en cuenta la figura del encubrimiento, según surge nuestro código: El encubridor responde en cuanto a su cooperación ha causado daño.
11.1.5 Se considera que la actividad es riesgosa o peligrosa como factor de atribución de la responsabilidad: Cuando por su propia naturaleza o por las circunstancias de su realización genera un riesgo o peligro para terceros.
11.1.6 Conforme al ordenamiento jurídico vigente se considera que el acto puede ser involuntario: Por falta de discernimiento o por falta de voluntad de la persona que lo realiza.
11.1.6 Respecto de la responsabilidad por daño involuntario, uno de los siguientes enunciados es falso: El acto involuntario por falta de voluntad genera obligación indemnizatoria a cargo de quien no puede resistir esa fuerza o amenaza.
11.1.6 Indique cuál de las siguientes opciones es correcta respecto de los daños causados por actos involuntarios: Es posible que el juez aplique la atenuación de la responsabilidad.
11.2.1 Respecto de la responsabilidad del progenitor afín la regla es: Responderá solo en caso de delegación en virtud del art. 674 del ccc y no podrá responder como "progenitor" en función del art. 1754 del ccc.
11.2.4 Dentro de la responsabilidad principal por el hecho del dependiente, podemos afirmar que: El principal responde por un factor objetivo de garantía.
11.2.4 Dentro de la responsabilidad principal por el hecho del dependiente, podemos afirmar que: La falta de discernimiento del dependiente no excusa al principal.
11.2.4 Respecto de la procedencia de la responsabilidad por hechos del dependiente, es requisito sine qua non la relación entre la función encomendada y el hecho dañoso: Verdadero.
11.2.4 Respecto de la procedencia de la responsabilidad por hechos del dependiente, es requisito sine qua non la existencia obligatoria de una obligación laboral entre el dependiente y el principal: Falso.
11.2.8 Conforme lo dispone el art 1756 del cc y c son también responsables como los padres: Los delegados en el ejercicio de la responsabilidad parental, los tutores, los curadores por el daño causado por quienes están a su cargo.
11.2.8 Según lo establecido por nuestro código civil y comercial de la nación, respecto de la responsabilidad de las personas encargadas: El establecimiento que tiene a su cargo personas internadas responde por la negligencia en el cuidado de quienes, transitoria o permanentemente, han sido puestas bajo su vigilancia y control.
11.2.8 Las disposiciones relativas a los padres son aplicables a los tutores y curadores, las condiciones para que sean responsables son: Responsables como los padres por el daño causado por quienes están a su cargo.
12.1.2 En los casos de daños provocados por el riesgo o vicio de la cosa, la responsabilidad es objetiva. En consecuencia las eximentes de responsabilidad son: El hecho total o parcial del damnificado, el caso fortuito extraño al riesgo o vicio propio de la cosa, el hecho del tercero por quién no se debe responder y el uso contra la voluntad expresa o presunta del dueño.
12.1.3 Conforme lo establecido en nuestro Código en lo referente al hecho de las cosas y actividades riesgosas, podemos afirmar: Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias.
12.1.4 Conforme lo establecido en nuestro Código en lo referente al hecho de las cosas y actividades riesgosas, podemos afirmar: La responsabilidad es objetiva.
12.1.4 El texto del código civil y comercial reemplaza la segunda y tercera parte del art 1113 del código de Vélez establece el riesgo creado y el vicio de las cosas el riesgo creado supone: El riesgo supone la eventualidad posibilidad que una cosa llegue a causar un daño.
12.1.4 Dentro de la responsabilidad derivada de la intervención de cosas, el dueño y el guardián: No responden si prueban que la cosa fue usada en contra de su voluntad expresa o presunta.
12.1.4 Frente a la responsabilidad derivada de la intervención de cosas, son responsables: El dueño y el guardián son responsables de manera concurrente por el daño causado por las cosas.
12.2.1 Los daños causados por los animales implican un factor de atribución: Objetivo.
12.3.3 La responsabilidad por daños causados por actividades riesgosas, recae sobre: Quien la realiza, se sirve u obtiene provecho de ella, por sí o por terceros, excepto lo dispuesto por la legislación especial.
12.4.2 En caso que una cosa caiga de un edificio y genere un daño: Responden los dueños y ocupantes de dicha parte del edificio de manera solidaria.
12.4.3 Conforme regula el código civil y comercial, si el daño proviene de un miembro no identificado de un grupo determinado responden: Solidariamente todos sus integrantes.
12.4.3 Dentro de la responsabilidad colectiva y anónima, nuestro código civil y comercial de la nación encuadra, seleccione las cuatro opciones correctas: 1- La actividad peligrosa de un grupo. 2- Cosa arrojada de un edificio. 3- Al autor anónimo. 4- Cosa suspendida.
12.4.4 Dentro de la actividad peligrosa de un grupo: Si un grupo realiza una actividad peligrosa para terceros, todos sus integrantes responden solidariamente por el daño causado por uno o más de sus miembros.
12.4.4 En la actividad peligrosa de un grupo: Solo se libera quien demuestra que no integraba el grupo.
12.4.4 José, Esteban y Andrés fueron el domingo a participar de la jornada futbolística en el estadio de su ciudad. Ubicados en el sector popular superior se produce un hecho de daño hacia una persona que se encontraba en la parte inferior de dicha tribuna. La persona lesionada pudo identificar al grupo (José, Esteban y Andrés) que arrojo la piedra, pero no pudo individualizar al autor, en este supuesto: Seleccione 3 opciones correctas: 1- José, Esteban y Andrés podrían responder de forma solidaria. 2- El damnificado podrá accionar en contra de cualquiera de los integrantes del grupo, reclamándole la totalidad de la indemnización. 3- José podrá liberarse de responsabilidad solo si demuestra que integraba el grupo.
12.5.7 En la responsabilidad civil por publicidad engañosa y por incumplimiento del deber de informar al consumidor: La^ información^ debe^ ser^ siempre^ gratuita^ para^ el^ consumidor^ y proporcionada con claridad necesaria que permita su comprensión.
12.6.1 El marco normativo aplicable a los daños derivados de los accidentes de automotores establece un factor de atribución: Objetivo.
14.1.1 Cuando nos referimos a la responsabilidad profesional estamos hablando de aquellas ocupaciones que requieren: Título habilitante otorgado por una universidad, sometimiento al régimen disciplinario o ético y con colegiación obligatoria.
14.1.1 Respecto de la responsabilidad de los profesionales liberales, una de las siguientes afirmaciones es falsa: Solo cuando la cosa que utiliza el profesional es viciosa, este responde en forma objetiva.
14.1.2 Indique cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto de los profesionales liberales: La actividad del profesional liberal no está comprendida en la responsabilidad por actividades riesgosas.
14.1.2 Respecto de la responsabilidad de los profesionales liberales, podemos afirmar que: Seleccione las cuatro opciones correctas: 1- Está sujeta a las reglas de las obligaciones de hacer. 2- Responde de manera objetiva cuando se haya comprometido a un resultado concreto. 3- Cuando el daño provenga del vicio de la cosa que utiliza el profesional, se aplican las reglas de la intervención de cosas. 4- La responsabilidad es por regla subjetiva.
14.1.2 Si el deudor no cumplió con la obligación en el plazo pactado, estamos ante un incumplimiento: Relativo de atraso.
14.1.3 Estela se realiza una intervención quirúrgica de embellecimiento de mamas, quien estuvo a cargo de la misma fue su médico cirujano, la operación fue todo un éxito, pero al cabo de unos días comienza a sentir… prótesis que le colocaron: La responsabilidad del médico quedara comprendida dentro de la responsabilidad derivada de la intervención de cosas, siempre que el daño haya sido consecuencia del vicio de una de las prótesis.
14.1.3 Por regla general en la responsabilidad profesional el factor de atribución es: Subjetivo.
14.1.3 Carla contrata los servicios profesionales de Mario, Contador Público, a los fines pueda resolverle un problema impositivo que tiene. En la primera entrevista, Mario le informa a su cliente que él no puede garantizarle un resultado exitoso ya que depende de un aparato administrativo ajeno a su persona para resolver el problema. Ante dicha situación: Mario responde por un resultado no deseado en caso de culpa o dolo.
14.1.3 ¿Cuáles de los siguientes son deberes profesionales que inciden sobre los estándares que fijan su conducta y que serán determinantes al momento de establecer responsabilidad civil? Selecciona las 4 respuestas correctas: 1- Deber de actuación profesional diligente. 2- Obligación de seguridad. 3- Deber de confidencialidad. 4- Deber de informar.
14.1.5 Si en la tarea o actividad el profesional comete un daño con una cosa: Se excluye la responsabilidad civil objetiva a título de "dueño" o "guardián" de la cosa.
14.5.2 Respecto de la responsabilidad de los contadores, señale la opción correcta: Se enmarca en el régimen general de la responsabilidad civil profesional.
15.1.1 El código civil y comercial dice que hay contrato de transporte cuando una parte llamada transportista o porteador se obliga a trasladar personas o cosas de un lugar a otro, y la otra, llamada pasajero o cargador, se obliga a pagar un precio o flete esta afirma es: Verdadera.
15.1.1 Las cláusulas que limitan la responsabilidad del transportista de personas por muerte o daños corporales se tienen: Por no escritas.
15.1.1 Para que se configure el transporte benévolo y gratuito es necesario: Manifestación de voluntad del transportista que invita o acepta trasladar a un tercero o a una cosa hasta un lugar determinado, el traslado debe realizarse a exclusivo interés del viajero, no de intención de celebrar un contrato y ausencia de contraprestación del transportado.
15.1.1 Dentro de la responsabilidad por accidentes de tránsito, podemos afirmar que: Se aplican los artículos referidos a la responsabilidad derivada de la intervención de cosas a los daños causados por la circulación de vehículos.
15.1.1 María es embestida fuertemente por un vehículo cuando se disponía a cruzar la calle por la senda peatonal, seleccione la respuesta correcta: El conductor responde conforme lo establecido por la responsabilidad derivada de la intervención de cosas.
15.1.1 En el trasporte terrestre, quienes tienen legitimación pasiva respecto del pasajero damnificado: El transportista, el chófer o conductor, el dueño y guardián del vehículo, el asegurador de cualquiera de los legitimados pasivos y el estado.
15.1.1 ¿Cuál de los siguientes enunciados respecto de la responsabilidad civil en el transporte benévolo y gratuito es correcto?: El factor de atribución es objetivo.
15.1.2 La responsabilidad por lesiones corporales o muerte que pueden experimentar los pasajeros en el transporte de agua se rige por... Señale la respuesta correcta: La ley 20.094, por las leyes complementarias, por los usos y costumbres y el derecho común por analogía, en forma supletoria.
15.1.3 La responsabilidad por los daños causados por el transporte aéreo dentro de la república argentina está regulado: En el código aeronáutico (ley 17825).
15.2.2 El contrato de espectáculo público se celebra entre el organizador del mismo y: El espectador.
15.2.2 Se discute si el art. 39 de la LRT es o no constitucional, en tal sentido la corte suprema de justicia de la nación ha dictado diversos fallos, entre los que podemos citar: Gorosito y Aquino.
15.3.1 En relación al transporte benévolo o de complacencia la csjn entiende que el factor de atribución es: Objetivo.
15.3.2 Respecto de la responsabilidad por accidentes deportivos: … Señale la opción correcta: Se considera daño en un accidente deportivo “el daño no intencional ocasionado a otra persona (deportista, árbitro, espectador, terceros, etc.) durante la realización de un certamen o competición deportivo por uno de los participantes.
15.5.1 Juan alumno de 11 años de edad, alumno de la escuela secundaria de su zona, asiste a un evento deportivo a realizarse en el campo de deportes del establecimiento. Al momento del almuerzo se desprende una ventana del comedor que estaba en mal estado, e impacta bruscamente sobre Juan. Ante dicha situación: El titular del establecimiento responde de manera objetiva.
15.5.2 En la responsabilidad civil de los establecimientos educativos regulada por el ccc el factor de atribución es: Objetivo y se exime solo con la prueba del hecho de la víctima.
15.5.2 Indique cuales de las siguientes afirmaciones son correctas, dentro de la responsabilidad de establecimientos educativos, seleccione las 4 correctas: 1- La responsabilidad es objetiva. 2- Responde el titular del establecimiento. 3- La normativa no se aplica a los establecimientos de educación superior. 4- La normativa no se aplica a los establecimientos de educación universitario.
15.5.2 Solo una de las siguientes afirmaciones sobre la responsabilidad de los establecimientos educativos es correcta ¿cuál?: El principal responsable es el dueño del establecimiento educativo.
15.5.2 Es un requisito indispensable para que opere la responsabilidad escolar: Que se trate de un alumno de un establecimiento educativo donde se imparta educación pública según cada ley educativa, el daño debe ser provocado o sufrido por un alumno del establecimiento, que además de ser menor de edad, debe estar en horas de clases, sean estas las principales de la autoridad escolar.
15.5.3 Dentro de la responsabilidad en los establecimientos educativos, el titular del establecimiento, sea este una persona física o jurídica, es: Legitimado pasivo dentro de este tipo de responsabilidad.
15.5.4 En la responsabilidad de los establecimientos educativos regulada por el código civil y comercial, el factor de atribución está claramente identificado y se basa en: El factor de atribución "garantía".
15.5.6 Conforme prevé el código civil y comercial, la responsabilidad del titular del establecimiento educativo y del alumno ante la víctima del daño es: Concurrente, respondiendo aquél en su calidad de organizador de la educación y éste como estudiante por el hecho propio por responsabilidad directa.
15.5.7 Es obligación para el establecimiento educativo: Contratar un seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a los requisitos que fije la autoridad en materia aseguradora.
15.5.7 Al regular la responsabilidad civil de los establecimientos educativos el código civil y comercial impone al titular del establecimiento educativo el deber de: Contratar un seguro de responsabilidad civil.
15.7.1 En la responsabilidad de las entidades financieras, podemos encontrar la responsabilidad nacida del contrato de caja de seguridad, de la cual podemos afirmar que: Es válida la cláusula de limitación de la responsabilidad del prestador hasta un monto máximo sólo si el usuario es debidamente informado y el límite no importa una desnaturalización de las obligaciones del prestador.
15.7.1 Dentro de la responsabilidad nacida del contrato de caja de seguridad, podemos indicar que es inválida la cláusula de limitación de responsabilidad de un monto máximo: Falso.
15.7.1 Dentro de la responsabilidad nacida del contrato de caja de seguridad, podemos afirmar que seleccione tres opciones correctas: 1- Es válida la cláusula de limitación de responsabilidad del prestador hasta un monto máximo, solo si el usuario es debidamente informado. 2- La prueba del contenido de la caja de seguridad puede hacerse por cualquier medio. 3- La cláusula que exime de responsabilidad al prestador se tiene por no escrita.
15.7.1 Respecto de la responsabilidad nacida del contrato de caja de segurida d podemos decir … Señale la opción correcta: El banco se obliga frente al cliente a darle seguridad, a garantizarle la inviolabilidad de la caja o cofre de seguridad. Se trata de una obligación de resultado.
17.3.1 La acción resarcitoria se extingue por las siguientes causas: Por renuncia que de ella haga el damnificado, por transacción y por prescripción.
17.3.1 La acción resarcitoria se extingue por prescripción, conforme el art.2561 del código civil y comercial el reclamo de la indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil prescribe a los: Tres años.
17.3.1 La acción resarcitoria se extingue por las siguientes causas: Por una renuncia que de ella haga el damnificado, recordemos que, en caso de varios damnificados, las acciones son independientes la una de los otros, con lo cual la renuncia de uno de ellos no perjudica a los demás.
17.4.3 La sentencia es acto procesal que pone fin al proceso, y han sido clasificada por la doctrina, la dictada en los procesos de daños es: Sentencia de condena.
18.1.2 Dentro de las relaciones entre las acciones civiles y penales, podemos afirmar que: La acción civil y la acción penal resultante del mismo hecho pueden ser ejercidas independientemente.
18.1.4 Si la acción penal precede a la acción civil, o es intentada su curso el dictado de la sentencia definitiva debe suspenderse en el proceso civil hasta la conclusión del proceso penal, salvo que: Medien causas de extinción de la acción penal.
18.2 La llamada prejudicialidad o presentencialidad tiene como excepción el siguiente supuesto: si median causas de extinción de la acción penal.
18.2 La accion penal tiene en miras a la víctima: Falso.
18.3 Al regularse los efectos de la condena penal, sobre el proceso civil, el ccc dispone: La sentencia penal condenatoria produce efectos de cosa juzgada en el proceso civil respecto de la existencia del hecho principal que constituye el delito y de la culpa del condenado.
18.3 Al regularse los efectos de la absolución del imputado en sede penal, sobre el proceso civil, el ccc dispone: Si la sentencia penal decide que un hecho no constituye delito penal o que no compromete la responsabilidad penal del agente, en el proceso civil puede discutirse libremente ese mismo hecho en cuanto generador de responsabilidad civil.
18.3 Sobre el tema "la sentencia penal absolutoria respecto del posterior pronunciamiento en sede civil" el nuevo código civil y comercial dice al respecto: Inexistencia del hecho, de autoría, de delito o de responsabilidad penal, si la sentencia penal decide que el hecho no existió o que el sindicado como responsable no participó, estas circunstancias no pueden ser discutidas en el proceso civil.
18.4 Al regular los efectos de la sentencia penal posterior a la sentencia civil, establece el nuevo código civil y comercial: la sentencia penal posterior a la sentencia civil no produce ningún efecto sobre ella, excepto: En el caso de revisión. 1. Si la sentencia civil asigna alcances de cosa juzgada a cuestiones resueltas por la sentencia penal y ésta es revisada respecto de esas cuestiones, excepto que derive de un cambio en la legislación. 2. En el caso previsto en el artículo 1775 inciso c) si quien fue juzgado responsable en la acción civil es absuelto en el juicio criminal por inexistencia del hecho que funda la condena civil, o por no ser su autor. 3. Otros casos previstos por la ley.
18.4 Respecto de los efectos de la sentencia penal posterior a la civil, el nuevo ordenamiento jurídico regula un enunciado es falso: Verdadero.