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Cuadros Guio Camargo, Ejercicios de Derecho Civil

Informacion necesaria para resolver los cuadros guia de la docente Rosa Elizabeth Guio Camargo

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 22/05/2023

sara-yurieth-betancur-munoz
sara-yurieth-betancur-munoz 🇨🇴

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LOS DERECHOS SUBJETIVOS SON aquellas facultades, poderes o intereses protegidos mediante el
derecho objetivo, los cuales son propios de ciertos titulares, y por ende sirven para satisfacer sus
necesidades.
LOS ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL ASPECTO INTERNO DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS SON:
- TITULARIDAD: El sujeto de derecho debe tener la capacidad de querer, lo cual se aplica
tanto a los seres humanos como a ciertas organizaciones (personas jurídicas). La
personalidad jurídica se atribuye a los individuos porque son capaces de tomar decisiones
voluntarias, y a las organizaciones debido a su estructura y capacidad de establecer metas
colectivas. Por ende, no se concibe dentro del sistema legal que se otorgue derechos
subjetivos a sujetos de derecho que no posean la capacidad de querer o que no sean
capaces de adquirirla en el futuro.
- EJERCICIO: El ejercicio de un derecho subjetivo, en especial de aquellos de naturaleza
patrimonial, solo puede ser realizados, al igual que en la titularidad, por un sujeto de
derecho con la capacidad de querer, ya que con ello se busca que únicamente el titular del
derecho tenga control y ejercicio sobre el mismo. Sin embargo, en casos de incapacidad
mental absoluta o relativa, el derecho es ejercido por un representante legal del individuo,
y las ventajas obtenidas pertenecen al titular.
- FUNCION: Todos los derechos subjetivos tienen la función de satisfacer las necesidades de
las personas, existiendo para asegurar el bienestar, defender intereses y contribuir al
cumplimiento de los fines de la vida, todo esto logrado mediante el “goce de derecho”, el
cual es, en síntesis, la satisfacción de las necesidades de las personas mediante la utilidad
o servicio que presta el derecho subjetivo.
LOS DERECHOS SUBJETIVOS
- DERECHOS SUBJETIVOS PÚBLICOS: Son aquellos que establecen una relación jurídica entre
los particulares y el Estado.
Ejemplo: Art. 23 CP
- DERECHOS SUBETIVOS PRIVADOS: Son aquellos que reculan las relaciones jurídicas entre
individuos durante sus relaciones privadas, buscando garantizar la autonomía y protección
de los intereses personales de los individuos en sus relaciones privadas. Pueden ser
regulados por normas de carácter imperativo o supletivo.
Ejemplo: Art. 26 CST (Supletiva)
- DERECHOS SUBJETIVOS ABSOLUTOS: Son aquellos que establecen un deber jurídico de
respeto en relación con todas las demás personas.
Ejemplo: Art. 11 CP
- DERECHOS SUBJETIVOS RELATIVOS: Son aquellos que establecen un deber jurídico
únicamente respecto a una determinada persona.
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LOS DERECHOS SUBJETIVOS SON aquellas facultades, poderes o intereses protegidos mediante el derecho objetivo, los cuales son propios de ciertos titulares, y por ende sirven para satisfacer sus necesidades. LOS ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL ASPECTO INTERNO DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS SON:

  • TITULARIDAD: El sujeto de derecho debe tener la capacidad de querer, lo cual se aplica tanto a los seres humanos como a ciertas organizaciones (personas jurídicas). La personalidad jurídica se atribuye a los individuos porque son capaces de tomar decisiones voluntarias, y a las organizaciones debido a su estructura y capacidad de establecer metas colectivas. Por ende, no se concibe dentro del sistema legal que se otorgue derechos subjetivos a sujetos de derecho que no posean la capacidad de querer o que no sean capaces de adquirirla en el futuro.
  • EJERCICIO: El ejercicio de un derecho subjetivo, en especial de aquellos de naturaleza patrimonial, solo puede ser realizados, al igual que en la titularidad, por un sujeto de derecho con la capacidad de querer, ya que con ello se busca que únicamente el titular del derecho tenga control y ejercicio sobre el mismo. Sin embargo, en casos de incapacidad mental absoluta o relativa, el derecho es ejercido por un representante legal del individuo, y las ventajas obtenidas pertenecen al titular.
  • FUNCION: Todos los derechos subjetivos tienen la función de satisfacer las necesidades de las personas, existiendo para asegurar el bienestar, defender intereses y contribuir al cumplimiento de los fines de la vida, todo esto logrado mediante el “goce de derecho”, el cual es, en síntesis, la satisfacción de las necesidades de las personas mediante la utilidad o servicio que presta el derecho subjetivo. LOS DERECHOS SUBJETIVOS
  • DERECHOS SUBJETIVOS PÚBLICOS: Son aquellos que establecen una relación jurídica entre los particulares y el Estado. Ejemplo: Art. 23 CP
  • DERECHOS SUBETIVOS PRIVADOS: Son aquellos que reculan las relaciones jurídicas entre individuos durante sus relaciones privadas, buscando garantizar la autonomía y protección de los intereses personales de los individuos en sus relaciones privadas. Pueden ser regulados por normas de carácter imperativo o supletivo. Ejemplo: Art. 26 CST (Supletiva)
  • DERECHOS SUBJETIVOS ABSOLUTOS: Son aquellos que establecen un deber jurídico de respeto en relación con todas las demás personas. Ejemplo: Art. 11 CP
  • DERECHOS SUBJETIVOS RELATIVOS: Son aquellos que establecen un deber jurídico únicamente respecto a una determinada persona.

Ejemplo: Art. 14 Cód. Inf. Y Adol.

  • DERECHOS SUBJETIVOS PATRIMONIALES: Son aquellos avaluables en una suma de dinero, se encuentran dentro del patrimonio del individuo y sirven para la satisfacción de necesidades materiales. Ejemplo: Propiedades y Créditos
  • DERECHOS SUBJETIVOS EXTRAPATRIMONIALES: Son aquellos no susceptibles a ser avaluados en una suma de dinero, por tanto, no son de naturaleza comercial. Ejemplo: La vida Art. 11 CP
  • DERECHOS SUBJETIVOS HUMANOS: Son aquellos que ocurren sobre el propio individuo en sí, y, por ende, son inherentes a la persona. Ejemplo: La vida Art. 11 CP
  • DERECHOS SUBJETIVOS FAMILIARES: Son aquellos que surgen como resultado de nuestras relaciones familiares, y, por ende, es a esta esfera de las relaciones sociales a la que afecta. Están relacionados con el matrimonio, el parentesco, la filiación, la adopción, la patria potestad y otros aspectos que involucran la institución familiar. Ejemplo: Derecho a contraer matrimonio. Art. 93 CP. DERECHOS PATRIMONIALES SUBJETIVOS
  • DERECHOS REALES: Los derechos reales son aquellos que nacen de la capacidad de los seres humanos para hacer uso de las cosas de la naturaleza y explotar las mismas para su provecho personal. Estos confieren a su titular un poder exclusivo sobre una cosa o bien determinado. Ejemplo: Propiedades.
  • DERECHOS PERSONALES: Son aquellos que establecen relaciones jurídicas entre dos o más personas, se refieren al poder que posee su acreedor sobre otros individuos con el fin de que les procure sus bienes o servicios. Los derechos personales se basan en obligaciones y compromisos entre las partes involucradas. Ejemplo: Prestamos
  • DERECHOS INMATERIALES: Son derechos que no están asociados a objetos físicos o tangibles, sino más bien a aspectos intangibles. Ejemplo: Ideas
  • DERECHOS UNIVERSALES: Se caracterizan prioritariamente por su objeto, ya que estos se ejercen sobre un determinado patrimonio. Ejemplo: la herencia