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Delitos contra Seguridad Vial, Ejercicios de Derecho Penal

Ejercicios resueltos con delitos contra la Seguridad Vial

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 22/05/2023

yomismo4711
yomismo4711 🇪🇸

5 documentos

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Intervención policial con: ciclomotores, motocicletas, quads, minimotos y
similares.
1. Recibido el aviso de accidente, nos dirigiremos al lugar con la mayor
brevedad sin causar riesgos a los demás usuarios de la vía y haciendo uso de
las señales v-1 del patrulla, si fuese necesario.
          Comprobados los hechos,informaremos a Sala del 092 y   
estacionaremos el patrulla lo más cerca del accidente y sin que obstaculice a
otros vehículos de emergencias. Se puede usar como parapeto.
        En primer luagar, atenderemos a los heridos, regulación del tráfico,
reportaje fotográfico para el estadillo de campo y croquis.
        Mientras, el otro componente de la unidad o las unidades de apoyo, si
fuesen necesarias, pueden proceder a la identificación de los conductores
implicados, documentación de los vehículos, pruebas de detección de alcohol
y drogas...
        Si contamos con varias unidades, la interviniente realizará (trasladando al
detenido hasta Jefatura) confección del atestado por delito contra la
Seguridad Víal, lectura de derechos, detención o investgado no detenido
(citación para el juicio rápido), denuncias por infracciones detectadas así
como supeditadas a sentencia judicial, finalización del estadillo.    mientras la
unidad de apoyo garantizará la seguridad del tráfico mientras se retiran los
vehiculos, limpieza de vía y restablecimiento del tráfico.
          Información a sala del 092 de las actuaciones realizadas .
    2. Según la circular 10/2011 sobre criterios para la unidad de actuación
especializada del ministerio fiscal en materia de seguridad víal: por encima de
0,4 mg/l    aún sin anomalías en la conducción (estamos en un control de
prevención) se podría ejercitar la acción penal por los claros síntomas de la
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¡Descarga Delitos contra Seguridad Vial y más Ejercicios en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

Intervención policial con: ciclomotores, motocicletas, quads, minimotos y similares.

  1. Recibido el aviso de accidente, nos dirigiremos al lugar con la mayor brevedad sin causar riesgos a los demás usuarios de la vía y haciendo uso de las señales v-1 del patrulla, si fuese necesario. Comprobados los hechos,informaremos a Sala del 092 y estacionaremos el patrulla lo más cerca del accidente y sin que obstaculice a otros vehículos de emergencias. Se puede usar como parapeto. En primer luagar, atenderemos a los heridos, regulación del tráfico, reportaje fotográfico para el estadillo de campo y croquis. Mientras, el otro componente de la unidad o las unidades de apoyo, si fuesen necesarias, pueden proceder a la identificación de los conductores implicados, documentación de los vehículos, pruebas de detección de alcohol y drogas... Si contamos con varias unidades, la interviniente realizará (trasladando al detenido hasta Jefatura) confección del atestado por delito contra la Seguridad Víal, lectura de derechos, detención o investgado no detenido (citación para el juicio rápido), denuncias por infracciones detectadas así como supeditadas a sentencia judicial, finalización del estadillo. mientras la unidad de apoyo garantizará la seguridad del tráfico mientras se retiran los vehiculos, limpieza de vía y restablecimiento del tráfico. Información a sala del 092 de las actuaciones realizadas.
  2. Según la circular 10/2011 sobre criterios para la unidad de actuación especializada del ministerio fiscal en materia de seguridad víal: por encima de 0,4 mg/l aún sin anomalías en la conducción (estamos en un control de prevención) se podría ejercitar la acción penal por los claros síntomas de la

ingesta de alcohol. Valorando las circunstancias y confeccionando ficha de sintomatología, imputaría delito contra la seguridad víal del 379 del vigente código penal.

  1. Carecer del permiso de circulación: 1.15f del RGVeh. Carecer del seguro obligatorio: 2.1.5f S.O.A. Circular sin luces: 101.1.5A delRGCirc.
  2. Según Nota de Jefatura 4/20: En relación a la tipicidad penal de la conducta consistente en usar los vehículos "Minimotos" no procede acusación por delito del art. 384 a quienes los conduzcan sin haber optenido nunca licencia o permiso de conducción.
  3. Ante una tasa de alcohol de 0.64 mg/l de aire dependerá del etilómetro que hayamos usado para las pruebas: Etilómetro de menos de un año, sin reparar ni modificar, 0,64 mg/l implicaría acusación por delito del art. 379.2 de C.P. Etilómetro de más de un año y/o reparado, modificado o revisado, 0.64 mg/l implica infracción administrativa del art. 20.1.5a de RGCirc.
  4. Vehículo especila autopropulsado de dos o más ejes. Tipo 6400 o 6600. I.T.V. Hasta los 4 años exento, de 4 a 10, bienal y a partil de 10, anual. Debe llevar señales v-2 si no supera los 40 km/h y v-4 por limitación de velocidad. Usp obligatorio de casco, plazas según tarjeta de I.T.V. Permiso de conducir B.
  5. Conducir usando el móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con