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Este documento ofrece una definición detallada de los delitos informáticos, sus tipos y cómo prevenirlos. Además, se mencionan las leyes y códigos contra estos delitos en un proceso de investigación penal. Se incluyen casos de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos en Venezuela.
Tipo: Monografías, Ensayos
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Mora Nikol 29.799. Durán wilmary 27.409. Jaimes Luis 27.798. Bermúdez Jenifer 32.130. Zambrano Iván 26.595. Gómez rikelver 30.092. Gelves José 25.153. AMBIENTE: 3 INVESTIGACION PENAL PROCESO: I- MAYO DE 2021
Contenido Pág. INTRODUCCIÓN DELITO INFORMATICO……………………………………………………………………………… 4 ¿QUE ES UN HACKER?.................................................................................
El campo de la investigación criminal se hace más amplio con el paso del tiempo, y más aún con la creación de nuevas tecnologías, pues, a pesar de que las innovaciones tecnológicas permiten el desarrollo de las sociedades, facilitar las tareas y/o jornadas cotidianas laborales y domésticas, también se convierten en armas para aquellas personas inescrupulosas que se aprovechan de las mismas para sabotear y/o penetrar en la privacidad de una persona o empresa con el fin de delinquir y obtener beneficios ilícitos. No obstante, los entes criminalísticos, hoy día, están dotados de personal experto y tecnología de avanzada que permiten rastrear y hallar aquellos actores sin rostro que ejecutan sus maniobras delincuenciales detrás de las redes cibernéticas. Un breve esbozo de lo que tratan los delitos informáticos y la temática afín, se dará a conocer en el presente trabajo, señalando las definiciones básicas del tema y las leyes que sancionan este tipo de acto criminal.
Se define a los delitos informáticos, como todos aquellos actos ilícitos cometidos mediante el uso inadecuado de la tecnología, atentando contra la privacidad de la información de terceras personas, dañando o extrayendo cualquier tipo de datos que se encuentren almacenados en servidores o gadgets. Estos tipos de delitos representan riesgos potenciales para la sociedad, las empresas y los gobiernos. Finalmente, los delitos informáticos representan toda acción anti- jurídica, vía cibernética, con la intención de destruir y, en algunos casos, desprestigiar y chantajear a usuarios de medios electrónicos y de redes de Internet. Cuando se habla de delito informático, Fuentes, Mazún y Cancino (2018) la definen como “el conjunto de comportamientos que genera delito penal y, que debe ser tratado legalmente ya que el mismo tiene por objeto daños a terceras personas, ocasionando diferentes lesiones y, en algunos casos pérdidas de bienes jurídicos”. Es necesario aclarar, que este tipo de delitos suceden en el ciberespacio. Los tipos de delitos informáticos son: El acceso no autorizado: no se tiene acceso sin derecho a un sistema o a una red cualquiera, violándose todas las medidas de seguridad existentes. Generalmente son operadas por genios de la informática conocidos como Hackers. El daño a los datos o programas informáticos: es la eliminación o barrado total, descomposición, deterioro o erradicación de los datos o de los programas informáticos, sin que la persona ejecutante tenga derecho o acceso a realizar esa acción. El sabotaje informático: va direccionado a la alteración y eliminación total de datos o programas. Producen una interferencia, para bloquear los sistemas informáticos con la finalidad de obstruir el funcionamiento de las redes en su totalidad. La interceptación no autorizada: se refiere a la captación que se realiza sin autorización previa, tomando en consideración mecanismos tecnológicos tradicionales. El espionaje informático: es la adquisición, revelación y transferencia de información cibernética, de tipo confidencial, comercial; sin permiso o autorización del propietario de la información, con el propósito de causar pérdidas económicas o de obtener algún beneficio oneroso. 5
decidió en noviembre de 2015 luchar contra el Estado islámico de manera online. Anonymous en sí mismo no tiene una estructura fija. Los miembros de este grupo de hackers colaboran de forma descentralizada ¿COMO PREVENIR DELITOS INFORMÁTICOS? Lo importante para prevenir delitos informáticos, es conocer la manera de proteger y resguardar de manera efectiva, ya sea de forma legal o por intermedio de programas de seguridad interna, la información que se tiene en los servidores y en la red; pues el simple hecho de perder la privacidad en este sentido, aumenta notablemente el riesgo de un ataque cibernético, por intermedio de técnicas que permiten el acceso a la información. A todas estas, para disminuir los riesgos, en el caso de estar expuestos ante estos delitos informáticos, en primera instancia, resulta interesante el conocer Leyes, Decretos y Regulaciones que buscan legalizar el uso de la información tecnológica. Un ejemplo de todo esto, se encuentra en Venezuela, donde las regulaciones en esta materia, permiten desarrollar habilidades y nuevos conocimientos, en cuanto al uso del Internet. Existe una política de Estado, la cual se refiere al acceso y uso de Internet en el territorio nacional. Así mismo, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2009) en sus los artículos 108 y 110, expresa el uso de los servicios para ofrecer acceso universal en la búsqueda del conocimiento en la investigación científica, humanística y tecnológica. Las principales causas del delito informático son la falta de atención en redes sociales, E-mails y nubes de información, que en la mayoría de los casos son las ventanas abiertas que los usuarios, de manera irresponsables permiten para que los infractores puedan cometer el delito. El desconocimiento es el factor preponderante de todo esto, ya que por el simple hecho de que el uso de redes es muy común, permite a los ciberdelincuentes buscar y obtener la forma de emplear sus capacidades y conocimientos para cometer los delitos. ¿QUÉ ES UNA OFERTA ENGAÑOSA? 7
El delito de oferta engañosa consiste en hacer, por parte de los fabricantes o comerciantes, alegaciones falsas o manifestar características inciertas sobre sus productos o servicios en las ofertas o publicidad sobre los mismos. Los elementos constitutivos de este delito son: El sujeto activo ha de ser un fabricante o comerciante. Se trata de un delito especial propio. El sujeto pasivo tiene carácter colectivo: se trata de los consumidores. La conducta delictiva exige la concurrencia de los siguientes requisitos: o Debe existir una publicidad u oferta con relación a productos o servicios. o La publicidad u oferta se debe hacer con falsedad, es decir, con alegaciones falsas o manifestación de características inciertas sobre tales productos o servicios. Una falsedad burda, fácilmente perceptible por los consumidores en general o que implique una exageración de las bondades del producto, enteramente asimilable por esa misma generalidad de consumidores, carecería de entidad para entender una posible causación de un perjuicio grave y manifiesto, de aquí que no podría configurar la infracción delictiva. Debe provocar un perjuicio grave o manifiesto para los consumidores. Debe concurrir el dolo, que consiste en una actuación realizada con conocimiento de la concurrencia de los anteriores elementos. Quien actúa con ese conocimiento, actúa con dolo, siendo suficiente el dolo eventual. ¿QUÉ ES UNA EXPERTICIA INFORMATICA FORENSE? La Informática Forense surge como una disciplina auxiliar de la justicia moderna, para contrarrestar los desafíos y técnicas de los delincuentes informáticos; garante de la verdad circundante de la evidencia de carácter digital, que es mucho más susceptible de sufrir alteración y/o modificaciones por la connotación que de acuerdo a la practicidad y cotidianidad se le asigna, pero que eventualmente se pudiese aportar como medio de prueba en un proceso judicial. No obstante, dentro del proceso de investigación criminal en la República Bolivariana de Venezuela, la Informática Forense permite realizar experticias específicas sobre: telefonía celular, sistemas de seguridad de circuito cerrado, 8
Investigar el delito desde cualquier perspectiva es una tarea compleja. Pero, el hecho de investigar la Delincuencia Transnacional y el Crimen Organizado en cuanto a la delictividad cibernética, es un fenómeno que en los últimos tiempos ha tenido un avance significativo, tomando en cuenta la manifestación de la globalización, la cual no solo ha tenido beneficios, sino también ha contribuido a la masificación de esta misma clase de delitos. Durante los últimos años se ha ido perfilando en el ámbito internacional un cierto consenso en las valoraciones político-jurídicas de los problemas derivados del mal uso que se hace de las computadoras, lo cual ha dado lugar a que, en algunos casos, se modifiquen los derechos penales nacionales. Las posibles implicaciones económicas de la delincuencia informática, su carácter internacional y, a veces, incluso transnacional y el peligro de que la diferente protección jurídico-penal nacional pudiera perjudicar el flujo internacional de información, condujeron en consecuencia a un intercambio de opiniones y de propuestas de solución. De esta forma, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) en 1986 publicó un informe titulado Delitos de Informática: análisis de la normativa jurídica, en donde se reseñaban las normas legislativas vigentes y las propuestas de reforma en diversos Estados Miembros y se recomendaba una lista mínima de ejemplos de uso indebido que, los países podrían prohibir y sancionar en leyes penales, como por ejemplo el fraude y la falsificación informáticos, la alteración de datos y programas de computadora, sabotaje informático, acceso no autorizado, interceptación no autorizada y la reproducción no autorizada de un programa de computadora protegido. Adicionalmente, en 1992, la OCDE elaboró un conjunto de normas para la seguridad de los sistemas de información, con intención de ofrecer las bases para que los Estados y el sector privado pudieran erigir un marco de seguridad para los sistemas informáticos el mismo año. En Venezuela se respalda el campo jurídico en el tema en cuestión, con la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos, decretada en Gaceta Oficial Nº 37.313 por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana De Venezuela, el 30 de octubre de 2001, la cual, tiene por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualesquiera de sus componentes, o de los delitos cometidos mediante el uso de dichas tecnologías. 10
Esta ley, señala claramente en el Titulo II DE LOS DELITOS, Capítulo I De los Delitos Contra los Sistemas que Utilizan Tecnologías de Información, lo siguiente : Artículo 6. Acceso indebido. Toda persona que sin la debida autorización o excediendo la que hubiere obtenido, acceda, intercepte, interfiera o use un sistema que utilice tecnologías de información, será penado con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta unidades tributarias. Artículo 7. Sabotaje o daño a sistemas. Todo aquel que con intención destruya, dañe, modifique o realice cualquier acto que altere el funcionamiento o inutilice un sistema que utilice tecnologías de información o cualesquiera de los componentes que lo conforman, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias. Incurrirá en la misma pena quien destruya, dañe, modifique o inutilice la data o la información contenida en cualquier sistema que utilice tecnologías de información o en cualesquiera de sus componentes. La pena será de cinco a diez años de prisión y multa de quinientas a mil unidades tributarias, si los efectos indicados en el presente artículo se realizaren mediante la creación, introducción o transmisión intencional, por cualquier medio, de un virus o programa análogo. Artículo 8. Favorecimiento culposo del sabotaje o daño. Si el delito previsto en el artículo anterior se cometiere por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas establecidas, se aplicará la pena correspondiente según el caso, con una reducción entre la mitad y dos tercios. Artículo 9. Acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos. Las penas previstas en los artículos anteriores se aumentarán entre una tercera parte y la mitad, cuando los hechos allí previstos o sus efectos recaigan sobre cualesquiera de los componentes de un sistema que utilice tecnologías de información protegido por medidas de seguridad, que esté destinado a funciones públicas o que contenga información personal o patrimonial de personas naturales o jurídicas. Artículo 10. Posesión de equipos o prestación de servicios de sabotaje. Quien importe, fabrique, distribuya, venda o utilice equipos, dispositivos o programas, con el propósito de destinarlos a vulnerar o eliminar la seguridad 11
No existe dispositivo en el mundo que pueda comunicarse con otro sin tener una IP. Las direcciones IP son los nombres numéricos que se asignan a un dispositivo a modo de “matrícula” para que pueda ser llamado por otros dispositivos. Existen dos tipos de IP: las direcciones IP públicas y las direcciones IP privadas. Tanto las direcciones IP públicas como las privadas están construidas en cuatro bloques numéricos. Cada bloque es un número del 0 al 255 y está separado por un punto (“.”). Por ejemplo, una dirección IP pública podría ser 63.45.12.34 y una dirección IP privada, 192.168.0.11. Una dirección IP pública. Una IP pública es la identificación que te asigna tu proveedor de internet para ser reconocido en Internet. Normalmente estas direcciones IP suelen ser rotadas por tu ISP (proveedor de internet) cada vez que reinicias el router o cada cierto tiempo. A estas direcciones IP se las conoce como direcciones IP dinámicas. Una dirección IP privada. Una dirección IP privada es exactamente lo mismo que las direcciones IP públicas, solo que estas se caracterizan por ser fijas para cada dispositivo y no son accesibles desde Internet. Esta red asigna una dirección IP fija e irrepetible a cada dispositivo para que se puedan reconocer entre ellas. 13
Un delito informático es un acto criminal penado en cualquier parte del mundo, sin embargo, los hackers no siempre cometen delitos informáticos, pues el termino hacker se refiere a aquel individuo especialista en investigar y hallar fragilidades en los sistemas operativos y en las conexiones web; sólo que algunos utilizan su habilidad para delinquir, mientras que otros disponen de su habilidad para reparar dichas fallas y resguardar los bienes de terceros, es decir, laboran con ética. En Venezuela, las leyes permiten el libre uso del internet con fines educativos y de aprendizaje, sin embargo, cuando se utilizan las tecnologías para efectuar algún hecho punible doloso, la ley también se encarga de imponer las debidas sanciones para penar dichos actos. El mundo cibernético es cada vez más utilizado, sin embargo, muchos desconocen las formas de proteger su información y sus bienes expuestos en el ciberespacio, es por ello que es imprescindible la concienciación acerca de las medidas de protección ante cualquier delito informático potencial.
Delito Informático Hacker Prevención de los Delitos Informáticos