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demanda ejecutiva laboral para el pago de pension de vejez
Tipo: Apuntes
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Señor: JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO DE TUMACO. E.S.D. Ref.: Ejecutivo laboral de única instancia contra la Alcaldía Distrital de Tumaco. Demandante: CLEMENTINA QUIÑONES. Demandado: ALCALDIA DISTRITAL DE TUMACO. ELIANA SAMIRA YEPES ANGULO , mayor de edad, domiciliada y residente del municipio de Tumaco, identificada con cedula de ciudadanía N° 1.087.192.442 de Tumaco-Nariño, portadora de la tarjeta profesional N° 274.574 del C. S de la J., obrando en calidad de apoderada de la señora CLEMENTINA QUIÑONES , conforme al poder que acompaño, quien es mayor de edad y domiciliada en el municipio de Tumaco, procedo conforme a los requisitos de ley, a presentar DEMANDA EJECUTIVA LABORAL DE UNICA INSTANCIA, en contra de LA ALCALDIA DISTRITAL DE TUMACO , representado por la señora MARIA EMILSEN ANGULO GUEVARA igualmente mayor de edad y vecina de dicho municipio, con el debido comedimiento me dirijo al señor Juez para formular lo siguiente: PRETENSIONES:
$ 1.157.379 14 Mesadas $ 16.203. 201 9 $ 1.157.379 14 Mesadas $ 16.203. 202 0 $ 1.157.379 5 Mesadas $ 5.786. Total $ 51.387.
2. Artículo 1 de la ley 33 de 1985. 3. Artículo 35 de la Ley 100 de 1993. LEY 812 DE 2003. Artículo 81. RÉGIMEN PRESTACIONAL DE LOS DOCENTES OFICIALES. El régimen prestacional de los docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, que se encuentren vinculados al servicio público educativo oficial, es el establecido para el Magisterio en las disposiciones vigentes con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley. Los docentes que se vinculen a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, serán afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y
E-mail: notificacionesjudiciales@tumaconariño.gov.com. La suscrita: Calle Sucre pasaje cruz roja; Edificio Quiñones primer piso Oficina de Abogados. Celular: 318 402 3449 E-mail: [email protected]. Atentamente,
ELIANA SAMIRA YEPES ANGULO C.C N° 1.087.192.442 de Tumaco- Nariño T.P N° 274.574 del C.S de la J.