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Demanda juicio sucesorio intestamentado
Tipo: Ejercicios
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P r e s e n t e CAMILA ELGUERA ROSAS y EMILIA, VICTORIA Y OSCAR todos de apellidos MORALES ELGUERA , mexicanos, mayores de edad, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en: Calle Serapio Rendón número 78, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06470, Ciudad de México y autorizando para los mismos efectos para recibir toda clase de documentos y valores al C. Licenciada en Derecho Desireé Vazquez Ríos con número de cédula profesional 983748592 expedida por la Dirección General de Profesiones, ante usted con el debido respeto comparezco para: E X P O N E R: Que por nuestro propio derecho, y así convenir a nuestros intereses jurídicos, venimos por medio del presente escrito a realizar la Denuncia de Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes del señor EDGAR MORALES GÓMEZ , la primera con el carácter de CÓNYUGE SUPÉRSTITE y los demás en nuestro carácter de DESCENDIENTES DIRECTOS EN PRIMER GRADO (HIJOS) , del Autor de la Sucesión me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho: HECHOS I. En fecha 23 de febrero de 2022 el señor EDGAR MORALES GÓMEZ falleció en la Ciudad de México, situación que se acredita con el atestado del Registro Civil que se acompaña al presente escrito como anexo I. II. El autor tenía el estado civil de casado al momento de su fallecimiento en virtud que contrajo nupcias con CAMILA ELGUERA ROSAS , según se acredita con el acta de matrimonio que se acompaña al presente escrito como Anexo 2. III. El matrimonio celebrado entre el autor de la sucesión y la señora C AMILA ELGUERA ROSAS se realizó bajo el régimen de sociedad conyugal.
IV. Del matrimonio celebrado entre el difunto y la señora CAMILA ELGUERA ROSAS se procrearon 3 (tres) hijos de nombres EMILIA MORALES ELGUERA, VICTORIA MORALES ELGUERA Y OSCAR MORALES ELGUERA ; según se demuestra con las actas de nacimiento que se adjuntan al presente escrito bajo anexos 3, 4 y 5. V. Manifiesto bajo protesta de decir verdad que el autor de la presente sucesión no procreo hijos fuera de matrimonio ni adoptó. VI. En relación a lo antes expuesto los denunciantes son las personas que tienen derecho a heredar en la sucesión del señor EDGAR MORALES GÓMEZ. D E R E C H O I. Sirve de fundamento a la presente denuncia de juicio sucesorio lo dispuesto en los artículos: 1281, 1281, 1283, 1284, 1288, 1599, 1607, 1608 y demás relativos del Código Civil de la Ciudad de México. II. El procedimiento se rige por lo dispuesto en 769, 784, 785, 786, 787, 788, 789 BIS, 799, 800, 801, 802 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en la Ciudad de México. Por lo expuesto, a usted C. Juez, atentamente pido se sirva: PRIMERO. Tenernos por presentada en los términos del presente escrito haciendo la denuncia de juicio sucesorio intestado a bienes de EDGAR MORALES GÓMEZ. SEGUNDO. Admitir a trámite la siguiente sucesión y ordenar se gire oficios al Archivo General de Notarías para que informe si el autor de la sucesión realizó testamento público abierto, público cerrado, ológrafo o público simplificado. TERCERO. Ordenar se notifique al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, para que tenga conocimiento de la presente sucesión. CUARTO. Con el presente escrito y documento que se acompañan dar vista al C. Agente del Ministerio Público de la Adscripción, para que se manifieste lo que a su representación social corresponda. QUINTO. En su oportunidad y previos los trámites emitir sentencia declarando como únicos herederos universales a los denunciantes. PROTESTAMOS LO NECESARIO.