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Una descripción detallada del marco institucional de la unión europea, sus objetivos, instituciones y organismos. Se explica la función de cada uno, desde el consejo europeo y el consejo de ministros, que defienden los intereses de los estados miembros, hasta la comisión europea, que representa el interés general y gestiona los asuntos comunes. Además, se mencionan el parlamento europeo, los tribunales, el banco central europeo y otros organismos, y se destacan los caracteres del sistema institucional.
Tipo: Apuntes
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Marco Institucional de la UE
OLAF: Oficina que se ocupa de fraudes fiscales, inspecciones, corrupción. Agencias Europeas: institución pública con procedimientos muy rápidas de actuación, ya que son cuestiones técnicas. Caracteres del sistema institucional Originalidad Dialéctica intereses nacionales: intereses de la integración. Distribución de funciones entre las instituciones, sistema de pesos y contrapesos, “el método comunitario” Equilibrio institucional: colaboración leal. Las instituciones deben respetarse, no desplazar a otros y cada institución europea debe hacer la función que le corresponda. La doble legitimidad: nos basamos en una legitimidad democrática, es importante la presencia de los territorios, la intergubernamentalitas Principio de igualdad: todas las instituciones son iguales. El respeto de la legalidad LA COMISIÓN EUROPEA: Tiene 28 miembros, 28 comisarios. Uno de los comisarios hace el papel de alta representante de la Unión Europea para cuestiones exteriores, además de prensa. Se elige en parte por el parlamento europeo pero también por el Consejo Europeo, que lo proponen. La alta representante por un lado es la vicepresidenta de la comisión europea y por otra parte es la presidenta de asuntos exteriores. Estos 28 comisarios se eligen siempre a través de unas elecciones en el Parlamento Europeo. El presidente de la Comisión es una persona que ha pasado por unas elecciones populares y además la aprobación del Parlamento europeo. Los comisarios han de ser independientes, abandonar todo cargo nacional y dedicarse en exclusiva a la comisión europea, no pueden recibir ningún tipo de mandato ni de intereses empresariales. Además no pueden seguir instrucciones del Gobierno, deben preocuparse del interés general siempre. Los comisarios no tienen un poder normativo individual, tienen un poder colegiado. No actúan individualmente. Sus poderes son en grupo. Las decisiones se adoptan por mayoría, para evitar confusiones está prohibido saber quién ha votado y cuántos votos ha habido para evitar reproches y críticas. La sede principal está en Bruselas, se organiza de manera interna y tiene en torno a 30.000 funcionarios. Poderes de la comisión El poder de iniciativa, el poder de ejecución, la Comisión, guardiana de los Tratados. Gestiona la relación exterior política y económica comercial a través de SEAE (Servicio Europeo de Acción Exterior) Derecho de Iniciativa o Propuesta Fundamento jurídico: art. 17.2, 289,292, 293, 294.2, TFUE y disposiciones concretas Significado. Contrapeso al Consejo. Garantía de interés general, presunción. Dueña de la propuesta, deber jurídico, consultas 295 TFUE