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La Constitución Política: Regla Fundamental del Estado, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Constitucional

La naturaleza y el papel de una constitución política en un Estado. Se discute que una constitución es una regla jurídica que determina la organización fundamental del Estado, regulando la creación de leyes y estableciendo los órganos superiores y sus competencias. Se incluyen definiciones de la constitución por Pascal, González Casanova y se discute su importancia para el Estado y la relación entre el Estado y la ley. Se mencionan algunas constituciones históricas de México y su evolución.

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 08/12/2021

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NORI CEDILLO VÁZQUEZ.
CARRERA: DERECHO
GRADO: 3° \ TURNO: SABATINO
Materia: DERECHO CONSTITUCIONAL
Profesor: VICTOR ALONSO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ.
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¡Descarga La Constitución Política: Regla Fundamental del Estado y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

NORI CEDILLO VÁZQUEZ.

CARRERA: DERECHO

GRADO: 3 ° \ TURNO: SABATINO

Materia: DERECHO CONSTITUCIONAL

Profesor: VICTOR ALONSO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Actividad 1.

CONSTITUCIÓN

Todo Estado precisa y tiene siempre una organización determinada por medio de la cual se manifiesta y realiza sus funciones. Esta organización se determina por una regla, que tiene carácter jurídico, y que recibe el nombre de constitución, pudiéndose, en consecuencia, definir esta, desde tal punto de vista, como la “ regla o norma jurídica que determina la organización fundamental del Estado”. Según Kelsen la Constitución puede ser contemplada en dos sentidos: en un sentido material y en un sentido formal. En su sentido material está constituida por los preceptos que regulan la creación de normas jurídicas generales y, especialmente, la creación de leyes. Además de la regulación

PASCAL

Define la constitucion como: "Conjunto de institucines y leyes fundamentale relativas a la adquisicion, transmicion y forma del poder, y a si funcionamiento".

BORIS MIRKINE
GUETZÉVITCH

Dice: "El Derecho Constitucional general no es una cosa inmutable, se modifica con las ideas y los fenómenos políticos de la vida".

GONZÁLEZ
CASANOVA

"La constitución es la estructura en forma del cuerpo social".

  1. La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de

Además de considerar una buena parte de los ordenamientos de la Constitución de 1857, la de 1917 establecía la forma de Gobierno, que siguió siendo Republicana, Representativa, Demócrata y Federal; su sistema económico y sobre todo las garantías individuales y sociales de los mexicanos.

DERECHO CONSTITUCIONAL.

El derecho Constitucional, es la rama del derecho encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales que rigen al Estado. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos como entre sus distintos órganos. Rige el ordenamiento jurídico de un país.

ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO CONSTITUCIONAL.

La existencia del derecho Constitucional como una disciplina jurídica autónoma no pudo existir, antes de que aparecieran las constituciones modernas, en tanto acuerdos jurídicos comunes para gobernar la vida de un Estado-nación. Por lo tanto, su nacimiento coincide por lo general, con el de la Constitución Británica del siglo XVIII, ampliamente estudiada por el Barón de Montesquieu, uno de los más importantes escritores y juristas de la ilustración francesa.

En esta breve investigación que estoy realizando, hay una pregunta en relación al Derecho Constitucional, que podría

solucionar muchas dudas, esta es: ¿Cuál es la finalidad
que persigue el Derecho Constitucional?

Pues bien, el Derecho Constitucional tiene como finalidad primordial el mantenimiento del Estado de Derecho y de las leyes fundamentales que rigen al ser humano. Para ello, propone generalmente la división y autonomía de los poderes públicos, que cumplen funciones de limitación y vigilancia reciproca, tanto como la soberanía nacional de los Estados, que dan a sus textos constitucionales la última palabra en materia jurídica, y no a los intereses de otras naciones más poderosas.

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

El principio de legalidad es un principio fundamental. Generalmente es reconocido en los ordenamientos supremos de los diferentes Estados; ello se debe a la relación de supra/subordinación entre los representantes del Estado y los gobernados en virtud de los cuales los primeros afectan la esfera jurídica de los segundos; esto es, el Estado al desplegar su actividad afecta los bienes y derechos del subordinado cuando se impone en el ejercicio del poder. El principio de legalidad está para intervenir en estas ocasiones, cuando no exista el apego debido a la legalidad por parte del Estado en la afectación al subordinado. Principio de Inviolabilidad , significa la imposibilidad de trastocar el régimen jurídico establecido y garantizar las libertades y la seguridad jurídica del régimen. Son los principios y las medidas que adopta un régimen, por medio de un texto del orden jurídico supremo, para impedir que se elimine el propio régimen legal; que se violenten los principios que el mismo establece. Sin embargo, inviolabilidad constitucional no significa inmovilismo constitucional, una Constitución puede modificarse, enmendarse, reformarse o modificarse, mediante las reglas que prevé esta misma, o habrá quien sostenga, el "derecho" inalienable a la Revolución, el

escritas en la Carta Magna. Esto es así, que ningún poder transitorio, por mayoritario que sea, tendría que contravenir a la Constitución misma, ya que regula los Poderes Públicos del Estado, también busca proteger el Estado de Derecho, así como restituir algún derecho que haya sido violentado por parte el Estado. Tal es, que, así como es de importante la Constitución para un Estado, es verídico que debe existir un Estado para que se rija bajo su propia Constitución, este mismo tiene sus propios elementos y cada uno es de vital importancia; se preguntaran ¿Por qué?, en primer lugar el Estado está compuesto por un territorio, que delimita hasta dónde llega su jurisdicción, y es lo que permite que exista el asentamiento de una población, que seria su segundo elemento, como tercer elemento esta su Gobierno que para el Estado es esencial que exista uno como tal, porque el gobierno es el encargado de hacer que lo que se estipula en la Constitución se cumpla como tal, de esa forma existe lo que es su último elemento que es la soberanía. Ya que si no existiera un cuerpo normativo como lo es la Constitución Política el Estado no se podría regir bajo una Soberanía justa, porque no se privaría a la población, así como al Gobierno, de respetarse y ser justos.

CONGRESO

CONSTITUYENTE.

Actividad 2.

CONGRESO CONSTITUYENTE, es un organismo de representantes

colegiados elegidos por el pueblo, que tiene como función redactar la nueva constitución, dotado para ello de plenos poderes o poder constituyente al que deben someterse todas las instituciones públicas. ¿QUIÉN CONVOCO Y EN QUÉ FECHA AL CONGRESO CONSTITUYENTE QUE NOS DIO COMO RESULTADO NUESTRA ACTUAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DE 1917? La convocatoria a elecciones de diputados para la formación de un Congreso Constituyente fue decretada por Carranza , el 14 de septiembre de 1916 y comunicada por la Secretaría de Gobernación por medio del Diario Oficial del gobierno preconstitucional. El Bando Solemne fue adherido por las autoridades constitucionalistas en los muros de las edificaciones en los pueblos y ciudades. Por este medio, hicieron extensiva la invitación de ejercer el voto al cuerpo electoral, prácticamente en medio de la guerra. La sede de este Congreso fue en el Teatro Iturbide (hoy Teatro de la República) en la Ciudad de Querétaro e inició sus actividades el 27 de noviembre de 1916. Del 10 de diciembre de 1916 al 31 de enero de 1917, en este periodo de tiempo se elaboró y aprobó la Carta Magna vigente en los Estados Unidos Mexicanos, desde el 5 de febrero de 1917.

1.- La primera es la Constitución de 1824, la cual se conoce también como Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, misma que entró en vigencia el 4 de octubre de 1824, la cual contenía siete capítulos y 171 artículos inspirados en la constitución española de Cádiz y la Estados Unidos. 2.- El 23 de octubre de 1835, la Carta Magna se sustituyó por la Constitución de 1836, también conocida como las Siete Leyes o Constitución de Régimen Centralista, la cual era de tendencia conservadora y establecía una división de cuatro poderes: legislativo, Ejecutivo, Judicial y el último conservador, éste podía regular las acciones del resto de los poderes. 3.- Con el triunfo de la Revolución de Ayutla en 1855, la Constitución de 1824 cobró vigencia, sin embargo, Ignacio Comonfort hizo un Estatuto Orgánico Provisional para gobernar, hasta que el 5 de febrero se aprobó la Constitución de 1857. (La batalla de Puebla fue hasta 1862). En su interior, este documento reestablecía al gobierno federal, democrático y representativo con sus tres poderes originales, así como las leyes de separación Estado-Iglesia, registro civil, libertad de cultos e imprenta y otros. 4.- Por último, se dio la Constitución de 1917, conocida como Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, esta además de brindar a la tradición jurídica de México y al constitucionalismo universal, es la primera Carta Magna en la historia, en incluir una de las mejores aportaciones al régimen legal de los derechos sociales. Originalmente contó con 136 artículos y 19 transitorios, que han sido modificados con el paso del tiempo. Para finalizar es importante hacernos esta última pregunta, ¿CÓMO ESTÁ INTEGRADA NUESTRA CONSTITUCIÓN, CUANTOS ARTÍCULOS INTEGRAN CADA UNA DE SUS PARTES? La Constitución se encuentra conformada por dos partes, conocidas como dogmática y orgánica. En la dogmática quedaron consignadas las garantías individuales y se reconocen derechos y libertades sociales. La parte orgánica corresponde a la división de los poderes de la unión y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado.

La Constitución contiene los principios y objetivos de la nación. Establece la existencia de órganos de autoridad, sus facultades y limitaciones, así como los derechos de los individuos y las vías para hacerlos efectivos. Contiene 136 artículos y 19 transitorios , distribuidos en nueve títulos:

1. Título Primero. Capítulo I. De los Derechos Humanos y sus Garantías. Capítulo II. De los mexicanos. Capítulo III. De los Extranjeros. Capítulo IV. De los Ciudadanos Mexicanos. 2. Título Segundo. Capítulo I. De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno. Capítulo II. De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional. 3. Título Tercero. Capítulo I. De la División de Poderes. Capítulo II. Del Poder Legislativo. Capítulo III. Del Poder Ejecutivo. Capítulo IV. Del Poder Judicial.

  1. Título Cuarto. De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado.
  2. Título Quinto. De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México.
  3. Título Sexto. Del Trabajo y de la Previsión Social.
  4. Título Séptimo. Prevenciones Generales.
  5. Título Octavo. De las Reformas de la Constitución. De la Inviolabilidad de la Constitución.