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Un resumen sobre el Derecho de Acción y Petición, tema tratado en la clase Introducción al Derecho de la Universidad Tecnológica de Honduras. Se explica el concepto de derecho de acción y derecho de petición, sus tipos y formas de ejercicio, características y procesos. Además, se detalla cómo elaborar una petición y cuáles son los límites y medidas cautelares.
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Johany Mariel Bonilla Cárcamo 202010040360 Keyla Carolina Castro Henríquez 202010010855 Ely Raquel Witty Bernárdez 202030020004 Betsabe Magdalena Valdez Laínez 202010110335 Kattia Stephanie Lara reyes 202030010138 Breny Loana Domínguez 201820040079 Hector Manuel Chacon Soriano 202010010009 Josué Antonio García Martínez 202030060152
Celeste Michell Flores García
Introducción al Derecho
Derecho de acción y petición
5/12/
El presente resumen se refiere al tema de los Derechos de acción y Petición que se pueden definir cómo el acceso a mecanismos jurídicos que tenemos como personas naturales o la facultad para dirigirse a instituciones privadas con el fin de solicitar un derecho fundamental y esencial como civiles. Con el seguimiento al presente resumen se darán a conocer los procesos con los cuales es necesario comenzar una petición o una acción, también se conocerán las formas en las cuales se deben ejercer tales derechos para crear un concepto bastante verídico y visible al mismo tiempo. Cómo todo tema a investigar la presente investigación tiene planteadas sus características enumeradas para tener una mayor satisfacción al momento de llenarnos de información. En los siguientes temas tendremos también los pasos para elaborar una petición, al mismo tiempo el fin de este presente tiene como función con respecto a los derechos la función de proteger los bienes jurídicos propios de las personas.
Publica: Aunque este derecho defienda intereses privados, se trata de un derecho de naturaleza pública, porque al inmiscuirse un juez para resolver el conflicto, como representante del poder nacional constituye el derecho procesal, que integra a su vez el derecho público.
Facultad de los ciudadanos para dirigirse respetuosamente a entidades públicas o privadas, con el fin de solicitar reconocimiento de un derecho fundamental. Características: Derecho de toda persona. Dirigido a las autoridades (Públicas o privadas). La respuesta debe ser pronta. Puede ser por medio de apoderado o a nombre propio. Este derecho de petición se puede realizar ante las autoridades, particulares que presten un servicio público o desarrollen funciones públicas, y ante organizaciones privadas, las cuales el legislador podrá garantizar los derechos fundamentales. Existen varios tipos de peticiones: Quejas : Son las presentadas ante las autoridades por conductas irregulares de sus empleados. Reclamos : Cuando se notifica a las autoridades de una prestación deficiente, o se cancela un servicio de forma injustificada. Manifestaciones : Cuando el solicitante hace ver ante las autoridades una medida o acción administrativa. Petición de información : Es cuando se le pide a las autoridades acceso a ciertos documentos públicos. Consultas : Se utiliza para recibir concepto por parte de las autoridades dentro de su competencia. Los tiempos para responder una petición: 15 días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
10 días para contestar peticiones de información. 30 días para contestar consulta. ¿Qué debo hacer cuando se vulnera el derecho de petición? Cuando las autoridades o particulares que prestan un servicio público vulneran o amenazan el derecho de petición, el peticionario afectado puede proceder a ejercer la acción de tutela para reclamar ante los jueces la protección inmediata de su derecho. Pasos para la elaboración de una petición : El derecho de petición se redacta con palabras respetuosas y con moderación, el contenido básico recomendado es: