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Derecho fiscal ejemplos, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho

CONOCER LOS CONCEPTOS TEÓRICOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO FISCAL QUE PARTICIPAN EN EL ESTUDIO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, ASÍ COMO LA INTERACCIÓN DEL DERECHO FISCAL CON OTRAS DISCIPLINAS.

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 11/03/2022

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DERECHO FISCAL - LNIM 016 - LD1 PRIM. 2022
DOCENTE I LORENA GONZALEZ MURRIETA
ALUMNO I SALAZAR CASTELLANOS EDGAR RICARDO
202056203
UNIDAD 1
ACTIVIDAD N.ª 1 TABLA DE CONCEPTOS
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DERECHO FISCAL - LNIM 016 - LD1 PRIM. 2022

DOCENTE I LORENA GONZALEZ MURRIETA

ALUMNO I SALAZAR CASTELLANOS EDGAR RICARDO

UNIDAD 1

ACTIVIDAD N.ª 1 TABLA DE CONCEPTOS

CONCEPTOS GENERALES Y DIVERSAS DISCIPLINAS DEL DERECHO

FISCAL

| CONOCER LOS CONCEPTOS TEÓRICOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO

FISCAL QUE PARTICIPAN EN EL ESTUDIO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, ASÍ COMO

LA INTERACCIÓN DEL DERECHO FISCAL CON OTRAS DISCIPLINAS.

CONCEPTO DEFINICION CARACTERISTICASPRINCIPALES EJEMPLO
DERECHO FISCAL
Y TRIBUTARIO

El derecho fiscal es un conjunto de normas que regula la recaudación, gestión y el control de los ingresos públicos de los Estados y las Administraciones Públicas. El derecho tributario es un conjunto de normas que regula la recaudación, gestión y el control de los tributos impuestos a los contribuyentes por el Estado. El derecho tributario está enfocado a regular los tributos impuestos a los contribuyentes y el derecho fiscal regula todos los ingresos del Estado (no solo los tributos). Aun así, siendo la mayoría de los ingresos del Estado procedente de los tributos, se puede estudiar de manera conjunta el derecho tributario y el derecho fiscal. El derecho tributario está enfocado a regular los tributos impuestos a los contribuyentes y el derecho fiscal regula todos los ingresos del Estado (no solo los tributos). Aún así, siendo la mayoría de los ingresos del Estado procedente de los tributos, se puede estudiar de manera conjunta el derecho tributario y el derecho fiscal. El derecho tributario funciona con dos partes claramente diferenciadas:

  1. Sujeto activo | Estado
  2. Sujeto Pasivo | Contribuyente.  Pertenece al derecho público, especialmente al derecho financiero.  Sus normas son imperativas, no pueden ser pactadas o negociadas entre partes.  Sigue un principio de equidad.  Faculta establecer contribuciones de carácter obligatorio por ley.  Establece sanciones y multas a los contribuyentes si no cumplen con sus obligaciones tributarias. Por ejemplo, pago de derechos por la expedición de cédulas profesionales, actas de nacimiento, pasaportes, registro público y otros. DERECHO PATRIMONIAL Es la actividad del derecho financiero que regula y administra el patrimonio del Estado.

2 | P Á G I N A

UNIDAD 1 | CONCEPTOS GENERALES DE DERECHO FISCAL

El Acto Administrativo en Materia Fiscal El acto administrativo en materia fiscal es el término empleado para referirse al acto emitido por la autoridad fiscal. Mediante un acto administrativo la autoridad comunica, ordena, resuelve o ejecuta acciones cuando se configuran en la realidad las hipótesis normativas aplicables al caso concreto. Por ejemplo, los requerimientos de pago que el Servicio de Administración Tributaria o el Instituto Mexicano del Seguro Social hace al contribuyente. Notificaciones en Materia Fiscal Es el acto por medio del cual la autoridad fiscal da a conocer un acto o resolución a los contribuyentes a efecto de que se encuentren en posibilidad de dar oportuna respuesta a dicho acto o resolución o bien puedan interponer los medios de defensa previstos por la ley. La autoridad puede dar a conocer a los contribuyentes los actos administrativos de forma personal, por correo certificado, de forma electrónica a través del buzón tributario, por correo ordinario o telegrama, por estrados, por edictos o por instructivos. El Código Fiscal establece las formalidades que deben seguirse para llevar a cabo las notificaciones. Si las notificaciones no cumplen con esas formalidades podrán ser impugnadas por los contribuyentes a través de los medios de defensa legal establecidos para tal efecto. Por ejemplo, cuando el Servicio de Administración Tributaria hace del conocimiento del contribuyente una multa a su cargo. Facultades de Comprobación de las Autoridades Fiscales Es la facultad de verificar que los contribuyentes, los responsables solidarios o los terceros con ellos relacionados cumplan con las disposiciones fiscales o aduaneras y en su caso, la autoridad tiene la facultad de determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como de comprobar la comisión de delitos fiscales y proporcionar información a otras autoridades fiscales. La autoridad fiscal podrá practicar visitas domiciliarias, revisiones de gabinete, revisiones electrónicas a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados; recabar de funcionarios, empleados públicos y fedatarios informes y datos que posean con motivo de sus funciones; practicar u ordenar que se practique avalúo o verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte, entre otros. Por ejemplo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o las autoridades fiscales de las entidades federativas podrán solicitar en una visita domiciliaria a los contribuyentes que exhiban datos y documentos que acrediten que están presentando sus declaraciones y que han pagado impuestos conforme a la ley. Las Infracciones y Delitos Fiscales Facultad de aplicar multas a los contribuyentes por infracciones a las disposiciones fiscales, independientemente de que se exija el pago de las contribuciones respectivas y sus demás accesorios. Las leyes fiscales establecen las conductas u omisiones que constituyen infracciones y los montos de las multas que han de aplicarse a las mismas.

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UNIDAD 1 | CONCEPTOS GENERALES DE DERECHO FISCAL

Medios de Defensa Fiscal Son medios de defensa en materia fiscal el recurso de revocación, el juicio contencioso administrativo y el amparo. El Amparo en Materia Fiscal es otra de las instancias con las que cuentan los gobernados para impugnar actos de autoridades fiscales por violación directa de garantías; leyes que por su expedición causen perjuicio al gobernado. LA LEY Se encarga de emitir leyes que sean útiles a la sociedad, y así el Estado pueda cumplir con su obligación de satisfacer al gasto público, como la ley de ingresos para recaudar las contribuciones que se legislen y la ley de egresos para erogar el gasto, así como el mandato constitucional para contribuir al gasto público de manera equitativa y proporcional.

 Generalidad: la ley

comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.

 Obligatoriedad: tiene

carácter imperativo- atributivo, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. EL REGLAMENTO Es una norma o conjunto de normas jurídicas de carácter abstracto que expide el Poder Ejecutivo en uso de sus facultades, cuya finalidad es la exacta observancia de las leyes expedidas por el Poder Legislativo LA JURISPRUDENCIA Es el conjunto de sentencias y demás resoluciones judiciales emitidas en un mismo sentido por los órganos judiciales de un ordenamiento jurídico determinado.

 Explicativa, en cuanto

que aclara y fija el alcance de la ley cuando ésta es oscura.

 Supletoria, en cuanto da

solución a los casos no previstos por la ley.

 Diferencial, adapta la ley

al caso concreto, evitando que su aplicación indiferenciada consagre injusticias.

 Renovadora, la ley

envejece rápidamente, pero merced a la acción de la jurisprudencia, se prolonga su vigencia en el tiempo, haciéndose más flexibles y duraderos sus preceptos.

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UNIDAD 1 | CONCEPTOS GENERALES DE DERECHO FISCAL

público para realizar sus actividades. Desde un punto de vista cuantitativo, los impuestos constituyen con mucha diferencia el principal componente de los ingresos públicos. financiamiento del gasto publico y percibidos por un ente. a cambio le pagan un sueldo donde se beneficia la empresa y el estado. DEUDA PUBLICA Son todas las obligaciones insolutas del sector público contraídas en forma directa o a través de sus agentes financieros. Es una herramienta del gobierno para diferir sus gastos en el tiempo y así poder cumplir el conjunto de funciones que le son encomendadas. La deuda pública puede clasificarse:

  1. Por su origen, en interna o externa, de acuerdo a la residencia del poseedor de la deuda (en función de la ubicación y no de la nacionalidad del acreedor).
  2. Por periodo de contratación, en corto o largo plazo. El primero se obtiene a plazo menor de un año, el segundo a un plazo de un año o más.
  3. Por la fuente de financiamiento, según la naturaleza de los acreedores financieros.
  4. Por moneda de contratación, según la divisa en la cual se contrató el crédito.
  5. Por país, a partir del origen de la institución financiera acreedora.
  6. Por instrumento, en función a las características jurídicas de los instrumentos que describen la relación que existe entre el acreedor y el deudor (pagarés, bonos, valores gubernamentales y los contratos o líneas de crédito). INGRESOS PATRIMONIALES Los ingresos patrimoniales son aquellos que proceden de la explotación de los bienes que constituyen el patrimonio de los Entes públicos, no pudiendo calificarse como bienes de dominio o uso público. Además, se rigen por el Derecho privado.  Bienes patrimoniales y de dominio público a nivel estatal  Bienes patrimoniales y de dominio público a nivel local  Bienes patrimoniales y de dominio público a nivel autonómico Son aquellos que obtiene el Estado por la explotación de su patrimonio, es decir, de la explotación de los bienes de su dominio privado, como lo es Petróleos Mexicanos. TRIBUTOS Los tributos son la mayor fuente de ingresos de un estado. Es una aportación dineraria a las arcas de la administración pública establecida por ley. Esto significa que una ley fijará un supuesto de hecho que al realizarse por el contribuyente generará la obligación de pagar un tributo. Existen tres tipos de tributos que se diferencia por el supuesto de hecho que genera la obligación de contribuir al estado de manera pecuniaria:
  7. Impuestos | El supuesto de hecho en los impuestos es variado, pero suelen ser actos que demuestran la capacidad económica del contribuyente como por ejemplo la compra de una casa.
  8. Tasas | El supuesto de hecho es la utilización de

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UNIDAD 1 | CONCEPTOS GENERALES DE DERECHO FISCAL

manera privativa de un bien de dominio público. Por ejemplo, si un bar quiere utilizar espacio público de la calle para poner unas mesas y ampliar su zona de negocio, deberá pagar una tasa.

  1. Contribuciones especiales | El supuesto de hecho es la realización de obras públicas que generan en el contribuyente un beneficio o aumenta el valor de sus bienes. Por ejemplo, si en una calle donde hay un restaurante no hay un buen alumbrado público y este se cambia y mejora además el pavimento de la calle, subirá el valor del local privado. IMPUESTOS Contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de echo prevista por la misma. El servicio prestado debe de disfrutarse directa e incivilmente, el servicio debe de prestarlo la administración activa o centralizada, el cobro debe estar fundado en la ley, pago obligatorio. Cuando una persona come en un restaurante y pide la cuenta y el establecimiento en la factura le cobra un porcentaje de IVA por propina. CONTRIBUCIONES Es un tipo de aportaciones económicas o colaboraciones que realiza una persona física y moral en relación con el estado Derecho de Trámite Aduanero, Derecho de Almacenaje, cédulas profesionales, pasaportes, actas de nacimiento, alumbrado público, pro-servicios del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, derechos para la explotación de los bienes nacionales.

DERECHO FISCAL PRINCIPIOS QUE ESTUDIA

CONSTITUCIONAL

Los principios establecidos en la ley Fundamental y que

son aplicables al derecho tributario vigente en una época

y país determinado.

ADMINISTRATIVO

Funciones que realizan los servidores de la administración

publica que se encarga de la determinación y de la

recaudación de los tributos, y de su tutela, entendiéndola

en su sentido mas amplio.

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UNIDAD 1 | CONCEPTOS GENERALES DE DERECHO FISCAL

a cumplir con sus leyes, debido a que esto nos ayude o afecte. Es importante el

estudio de estos conceptos para una correcta gestión tanto individualmente y

como pais, para que nuestra sociedad pueda subsistir en términos financieros

consecuente de los impuestos que se imponen a los ciudadanos, tal como en un

trabajo al prestar un servicio al estado imponiendo un impuesto, dichos impuestos

que se recaudan dentro de los límites de las normas impositivas vigentes.

Además de ser importante ya que entendemos el derecho fiscal como la

protección individual y comercial del contribuyente, tanto como empresas, dando

así una guía para que no reciban sanciones, multas y recargos, así como

clausuras, decomisos, intervenciones administrativas, inhabilitación, etc.

| REFERENCIAS

 DERECHO FISCAL. (S. F.-A). MEXICO.JUSTIA.COM. RECUPERADO 6 DE MARZO DE

2022, DE HTTPS://MEXICO.JUSTIA.COM/DERECHO-FISCAL/#:~:TEXT=POR

%20EJEMPLO%2C%20PAGO%20DE%20DERECHOS,PREVISTAS%20EN%20LAS

%20LEYES%20FISCALES.

 DERECHO FISCAL. (S. F.-B). MEXICO.JUSTIA.COM. RECUPERADO 6 DE MARZO DE

2022, DE HTTPS://MEXICO.JUSTIA.COM/DERECHO-FISCAL/#:~:TEXT=LOS

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UNIDAD 1 | CONCEPTOS GENERALES DE DERECHO FISCAL

%20IMPUESTOS%20SON%20LAS%20CONTRIBUCIONES,CONTRIBUCIONES%20DE

%20MEJORAS%20Y%20DERECHOS.

 ¿QUÉ ES LA DOCTRINA EN EL DERECHO? (2021, 10 MARZO).

BLOG.LEMONTECH.COM. RECUPERADO 6 DE MARZO DE 2022, DE

HTTPS://BLOG.LEMONTECH.COM/QUE-ES-LA-DOCTRINA-EN-EL-DERECHO/

 ¿QUÉ SON LOS DERECHOS COMO CONTRIBUCIONES? (S. F.).

TAREASJURIDICAS.COM. RECUPERADO 6 DE MARZO DE 2022, DE

HTTPS://TAREASJURIDICAS.COM/2017/11/05/QUE-SON-LOS-DERECHOS-COMO-

CONTRIBUCIONES/#:~:TEXT=ALGUNOS%20EJEMPLOS%20DE%20DERECHOS

%20SON,EXPLOTACI%C3%B3N%20DE%20LOS%20BIENES%20NACIONALES.

 RIOS, V. (2015, 1 AGOSTO). DEUDA PÚBLICA. SIL.GOBERNACION.GOB.MX.

RECUPERADO 6 DE MARZO DE 2022, DE

HTTP://SIL.GOBERNACION.GOB.MX/GLOSARIO/DEFINICIONPOP.PHP?

ID=74#:~:TEXT=DEUDA%20P%C3%BABLICA&TEXT=SON%20TODAS%20LAS

%20OBLIGACIONES%20INSOLUTAS,FUNCIONES%20QUE%20LE%20SON

%20ENCOMENDADAS.

 TRUJILLO, E. (S. F.-A). DERECHO FISCAL. ECONOMIPEDIA.COM. RECUPERADO 6

DE MARZO DE 2022, DE HTTPS://ECONOMIPEDIA.COM/DEFINICIONES/DERECHO-

FISCAL.HTML

 TRUJILLO, E. (S. F.-B). DERECHO TRIBUTARIO.

HTTPS://ECONOMIPEDIA.COM/DEFINICIONES/DERECHO-TRIBUTARIO.HTML.

RECUPERADO 6 DE MARZO DE 2022, DE

HTTPS://ECONOMIPEDIA.COM/DEFINICIONES/DERECHO-TRIBUTARIO.HTML

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UNIDAD 1 | CONCEPTOS GENERALES DE DERECHO FISCAL