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Concepto de Territorio y Espacio: Funciones del Territorio y Formas de Adquisición, Monografías, Ensayos de Ciencias Sociales

El concepto de territorio en el marco político, su importancia como elemento físico del Estado y sus funciones, incluyendo la de demarcar las fronteras y la adquisición de espacio. Se abordan los modos de adquisición de territorio, como la ocupación efectiva y la ampliación por causas naturales.

Tipo: Monografías, Ensayos

2020/2021

Subido el 28/05/2021

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5. EL RÉGIMEN JURÍDICO INTERNACIONAL
5.1. CONCEPTO DE TERRITORIO Y ESPACIO
Se denomina territorio a un área (incluyendo tierras, aguas y espacio aéreo) siempre
con la posesión del Estado. Es la delimitación geográfica en la cual se encuentra
asentada la población. Dentro de este concepto político, es componente esencial para la
conformación de un Estado.
Elemento físico del Estado.
Existen agrupaciones humanas en las que el territorio no es de importancia primordial,
por ejemplo para las organizaciones internacionales. El territorio es el elemento de primer
orden colocado al lado del elemento humano tratándose del Estado.
Los hombres llamados a componer el Estado deben estar permanentemente
establecidos en su suelo, el cual se llama patria (patria: tierra de los padres). No puede
hacerse una igualdad o semejanza del Estado con la iglesia en el aspecto territorial,
porque la misión y fines de la iglesia puramente espirituales, son diferentes de la misión y
fines del Estado, en los que se involucran fundamentalmente intereses materiales.
Función del Territorio.
El territorio tiene dos funciones:
De colindancia, es una función definir, en virtud de que circunscribe las fronteras,
los límites de la actividad estatal y también a la actividad de los Estados
extranjeros dentro del territorio nacional.
De establecimiento, consiste en establecer el asiento físico de su población, que la
misma necesita y el espacio geográfico donde tiene vigor el orden jurídico.
El Estado para realizar su misión y sus fines, tiene necesidad de un territorio, es decir,
de una porción determinada del suelo que le proporcione los medios necesarios para
satisfacer las necesidades de su población. El Estado que pierde su territorio desaparece,
pues ya no tiene espacio donde hacer valer su poder.
La naturaleza del derecho del Estado sobre su territorio.
Es un derecho de dominio que tiene el Estado, que se manifiesta en la facultad de
expropiación por causa de utilidad pública.
La limitación y organización del poder político dentro de una sociedad determinada,
buscando así como último y central objetivo asegurar la plena vigencia de los derechos
fundamentales, tiene diferentes maneras de darse y materializarse. Una de ellas toma
como variable para esa limitación y organización al territorio del Estado, conociéndose
habitualmente a las diversas posibilidades que puedan presentarse al respeto con la
denominación de Formas de Estado.
Ámbito espacial de validez del orden jurídico.
5.2. DERECHOS DEL MAR, DERECHO AÉREO Y DERECHO ULTRATERRESTRE
El mar Territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía,
de igual forma que en las aguas internas de su territorio. Según la Convención del Mar de
1982, el mar territorial es aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas
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¡Descarga Concepto de Territorio y Espacio: Funciones del Territorio y Formas de Adquisición y más Monografías, Ensayos en PDF de Ciencias Sociales solo en Docsity!

5. EL RÉGIMEN JURÍDICO INTERNACIONAL

5.1. CONCEPTO DE TERRITORIO Y ESPACIO

Se denomina territorio a un área (incluyendo tierras, aguas y espacio aéreo) siempre con la posesión del Estado. Es la delimitación geográfica en la cual se encuentra asentada la población. Dentro de este concepto político, es componente esencial para la conformación de un Estado.

Elemento físico del Estado.

Existen agrupaciones humanas en las que el territorio no es de importancia primordial, por ejemplo para las organizaciones internacionales. El territorio es el elemento de primer orden colocado al lado del elemento humano tratándose del Estado.

Los hombres llamados a componer el Estado deben estar permanentemente establecidos en su suelo, el cual se llama patria (patria: tierra de los padres). No puede hacerse una igualdad o semejanza del Estado con la iglesia en el aspecto territorial, porque la misión y fines de la iglesia puramente espirituales, son diferentes de la misión y fines del Estado, en los que se involucran fundamentalmente intereses materiales.

Función del Territorio.

El territorio tiene dos funciones:

 De colindancia, es una función definir, en virtud de que circunscribe las fronteras, los límites de la actividad estatal y también a la actividad de los Estados extranjeros dentro del territorio nacional.

 De establecimiento, consiste en establecer el asiento físico de su población, que la misma necesita y el espacio geográfico donde tiene vigor el orden jurídico. El Estado para realizar su misión y sus fines, tiene necesidad de un territorio, es decir, de una porción determinada del suelo que le proporcione los medios necesarios para satisfacer las necesidades de su población. El Estado que pierde su territorio desaparece, pues ya no tiene espacio donde hacer valer su poder.

La naturaleza del derecho del Estado sobre su territorio.

Es un derecho de dominio que tiene el Estado, que se manifiesta en la facultad de expropiación por causa de utilidad pública.

La limitación y organización del poder político dentro de una sociedad determinada, buscando así como último y central objetivo asegurar la plena vigencia de los derechos fundamentales, tiene diferentes maneras de darse y materializarse. Una de ellas toma como variable para esa limitación y organización al territorio del Estado, conociéndose habitualmente a las diversas posibilidades que puedan presentarse al respeto con la denominación de Formas de Estado.

Ámbito espacial de validez del orden jurídico.

5.2. DERECHOS DEL MAR, DERECHO AÉREO Y DERECHO ULTRATERRESTRE

El mar Territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía, de igual forma que en las aguas internas de su territorio. Según la Convención del Mar de 1982, el mar territorial es aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas

náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura.

De acuerdo a los datos tomados de las Naciones Unidas, los siguientes países reclaman mares territoriales de más de 12 millas náuticas: Benín, República del Congo, República del Ecuador (sólo entre las islas Galápagos y el continente), República de El Salvador, República de Liberia, República del Perú y Somalia, todos estos países reclaman un mar territorial de 200 millas náuticas. Togo reclama 30 millas y la República de las Filipinas un rectángulo de más de 12 millas en torno al archipiélago.

La expresión Derecho aéreo remite al conjunto de normas jurídicas que regulan la navegación aérea y el establecimiento y uso de sus infraestructuras, sea con fines civiles (comerciales o no) o militares. Dichas normas pueden ser tanto de origen nacional o interno (esto es, adoptadas unilateralmente por cada Estado), como de origen internacional (esto es, surgidas de acuerdos bilaterales o multilaterales entre varios Estados o de organizaciones constituidas por éstos, como la Organización de Aviación Civil Internacional), siendo este último tipo de normas aeronáuticas muy numerosas y relevantes por el frecuente alcance supranacional de los vuelos.

Aunque no sean normas jurídicas en sentido estricto y, por ello, no puedan considerarse integradas en el Derecho aeronáutico, muy relevante es la función autorreguladora de las directrices, criterios o reglas adoptados en el seno de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), a los que voluntariamente se someten las numerosas compañías aéreas que forman parte de la misma.

Principios Generales de la Legislación Aeronáutica

1.- Los Estados tienen soberanía exclusiva y absoluta sobre el espacio aéreo que cubre su territorio. Deriva del poder de Policía, facultad de sancionar normas.

2.- Los derechos del propietario del suelo deben ceder en beneficio de la circulación aérea

  • Facultad de establecer normas de restricción al dominio privado en beneficio de la circulación aérea.

3.- La aeronave no debe permanecer inactiva. A.- Criterio económico. B.- Materializa los motivos de interés general-

4.- El viaje siempre debe realizarse. Criterio económico: obtener recursos necesarios.

5.- La responsabilidad contractual y extracontractual derivada de los hechos y actos vinculados con la actividad aeronáutica es limitada. Pone en acto la autonomía de esta rama del derecho. Va en contra del principio de reparación integral del daño producido.

Derecho Espacial es una nueva rama jurídica que ha sido objeto de dudas y problemas, incluso en su denominación, pues unos autores la llaman Derecho Astronáutico, otros Derecho Interastral, Derecho Sideral, Derecho interplanetario, Derecho Cosmonáutico y Derecho Extraterrestre, entre más expresiones.

No tiene por objeto asegurar relaciones de un punto a otro del planeta, sino permitir al hombre explorar el Espacio exterior y alcanzar otros planetas, tras haber reiterados viajes a la luna. Se trata de una disciplina jurídica universal que gobierna las relaciones del Derecho Público y Privado, nacidas entre individuos y Estados por la utilización de cohetes equipados y aptos para abandonar el planeta Tierra y penetrar en el espacio

Se considera, generalmente, que el territorio terrestre del estado en el que se

produce la ampliación por causas naturales pertenece a éste, sin que sea

necesario ningún acto jurídico del referido estado tendente a consolidad la

ampliación. Como formación de terrenos de aluvión por los ríos o cuando surgen

islas de origen volcánico en las aguas internas de estos estados.

Para otros, no se produce automáticamente la extensión de la competencia

territorial, sino que es necesaria la ocupación seguida de animus occupandi.

No siempre se produce la accesión por causas naturales, sino que puede

intervenir la actividad del hombre, construyendo diques, muelles, etc.

"Un ejemplo de modo de accesión por causas naturales es el volcán en Isla de la

Palma, que al hacer erupción amplió la superficie del terreno de la Isla". Akekurst,

M. (Introducciones de Derecho Internacional Público); Pg. 228.

La frontera es un tránsito social entre dos culturas. Restringido al ámbito político, este término se refiere a una región o franja, mientras que el término límite está ligado a una concepción imaginaria.

Los Estados tienen una característica esencial: la soberanía, esto es, la facultad de implantar y ejercer su autoridad de la manera en la que lo crean conveniente. Para que el ejercicio de la soberanía por parte de los Estados no perjudique a otras naciones, se crean límites definidos en porciones de tierra, agua y aire. En el punto preciso y exacto en que estos límites llegan a su fin es cuando se habla de fronteras.

Las fronteras al contrario de lo que muchas veces se cree, no se demarcan únicamente cuando hay tierra de por medio, pues existen diferentes tipos de fronteras: aéreas, territoriales, fluviales, marítimas y lacustres.

Esto quiere decir que, en muchos casos, la frontera de un país con otro no se encuentra definida solamente donde hay tierra, pues en algunos casos esa división se efectúa utilizando ríos, mares, etc.

Las fronteras se caracterizan por el alto grado de vigilancia, para evitar entradas en masa de inmigrantes, de drogas, de mercaderías, etc.

El caso de la frontera aérea es utilizada para poder controlar el cielo del país (un avión que desee pasar por el espacio aéreo de un Estado ajeno a aquel de donde proviene debe pedir autorización, de lo contrario el gobierno de dicho Estado puede considerar que su espacio aéreo está siendo invadido, lo que puede conducir a que se tomen decisiones extremas que pueden llegar hasta el derribo de la aeronave).

Lo importante es saber que las fronteras son las que demarcan la soberanía y el territorio de un país, y que dicho territorio no es sólo terrestre, sino también aéreo, lacustre, marítimo y fluvial.

Para la delimitación de fronteras se utilizan, la mayoría de veces, aspectos visibles de la geografía de un país; por ejemplo, si hay muchas montañas, se emplea el pico más alto o el fin de la cadena montañosa.

En el caso de los ríos: si la frontera es un río, la división se hace en la vaguada (la parte más profunda de este), en caso de que ésta quede muy cerca de la costa de uno de los países se utiliza una línea imaginaria que divide el río por la mitad.

Con las fronteras marítimas y aéreas es diferente; en estos casos se establecen líneas imaginarias, jurídicamente establecidas y que son visibles en mapas y por medio de coordenadas. En el caso de las fronteras marítimas, la división se hace visible mediante boyas.

Tipos de fronteras

Existen también diversos tipos de frontera, a saber:

1 Frontera cultural

2 Frontera económica: Las Económicas, teniendo en cuenta condiciones económicas (tránsito comercial) pudiendo ser:

 Vivas o de acumulación, son las que se encuentran entre los Estados que no han agotado sus energías creadoras, este tipo de fronteras cuenta con población viviendo en ellas. Hay interpretaciones o influencias, contactos y oposiciones que se realizan en zonas fronterizas que pueden ameritar correcciones.  Frontera muerta, son las fronteras en las que no existe población que intercambie recursos ni cultura. Algunos ejemplos de esta son: Los campos de hielo en Santa Cruz y la Puna.

3 Frontera social

4 Frontera natural: es aquella que separa un territorio mediante un accidente geográfico como ríos, valles, montañas (Ejemplo: El río Bravo entre México y Estados Unidos o Grandes Lagos de Norteamérica entre Canadá y Estados Unidos.)

5 Frontera artificial: son calculadas mediante coordenadas geográficas. Para marcarlas, se puede construir murallas, boyas o monumentos (Ejempló: La frontera entre República Democrática del Congo y Uganda.)

Originalmente la palabra tiene una connotación militar, ya que hace referencia al "frente de batalla". Uno de los puntos fronterizos más célebres es el llamado "Checkpoint Charlie" que durante décadas sirvió de punto de control entre las dos partes separadas por el Muro de Berlín.

La frontera entre Estados Unidos y México discurre de este a oeste desde las ciudades estadounidenses y mexicanas respectivas de Brownsville, Texas y Matamoros, Tamaulipas, en el Golfo de México hasta las de San Diego, California y Tijuana, Baja California, en el océano Pacífico. Atraviesa grandes áreas urbanas y desiertos inhóspitos. Se encuentra a lo largo del río Bravo (Conocido en EE.UU. como río Grande), para luego

incluye colindancias de los estados de Chiapas (654 km), Tabasco (108 km) y Campeche (194 km) con los departamentos de San Marcos, Huehuetenango, Quiché, y Petén.