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Orientación Universidad
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derecho internacional de panamá, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho

derecho internacional de panamá universidad de panamá

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 08/07/2021

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Pontificia Universidad Católica Argentina
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES DEL ROSARIO
PROGRAMA
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
(Aprobado por Resolución de Decanato Nº 6392)
ABOGACIA A partir de 2017 5º AÑO – Segundo Semestre
________________________________________________________________________________
DIVISIONES: TODAS
________________________________________________________________________________
1. OBJETIVOS GENERALES DE LA MATERIA
Adquirir una visión sistemática general de la gestión de las convergencias de los
conflictos de jurisdicciones y de leyes.
Conocer los fundamentos estructurales y fundamentales campos de aplicación del
Derecho Internacional Privado, acrecentado actualmente con el Derecho de la
Integración.
Comprender los valores que muy particularmente pone en juego la materia, especialmente
en el juego del denominado derecho a la tolerancia.
Identificar, analizar e interpretar en conexión con los principios generales del Derecho,
las normas y principios que regulan la determinación del derecho aplicable a las
relaciones jurídicas entre privados, sobre las cuales dos o más estados reclaman
jurisdicción o sobre aquellas en que ningún Estado lo hace.
Analizar las problemáticas del campo internacional iusprivatista, considerando sus
dimensiones normológicas, sociológica y axiológica.
Adoptar caminos investigativos y de profundización respecto de los contenidos de la
Parte Especial del Derecho Internacional Privado de la materia.
2. CONTENIDOS
UNIDAD I
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Pontificia Universidad Católica Argentina

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES DEL ROSARIO

PROGRAMA

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

(Aprobado por Resolución de Decanato Nº 6392)

ABOGACIA A partir de 2017 5º AÑO – Segundo Semestre

________________________________________________________________________________

DIVISIONES: TODAS

________________________________________________________________________________

1. OBJETIVOS GENERALES DE LA MATERIA

 Adquirir una visión sistemática general de la gestión de las convergencias de los

conflictos de jurisdicciones y de leyes.

 Conocer los fundamentos estructurales y fundamentales campos de aplicación del

Derecho Internacional Privado, acrecentado actualmente con el Derecho de la

Integración.

 Comprender los valores que muy particularmente pone en juego la materia, especialmente

en el juego del denominado derecho a la tolerancia.

 Identificar, analizar e interpretar en conexión con los principios generales del Derecho,

las normas y principios que regulan la determinación del derecho aplicable a las

relaciones jurídicas entre privados, sobre las cuales dos o más estados reclaman

jurisdicción o sobre aquellas en que ningún Estado lo hace.

 Analizar las problemáticas del campo internacional iusprivatista, considerando sus

dimensiones normológicas, sociológica y axiológica.

 Adoptar caminos investigativos y de profundización respecto de los contenidos de la

Parte Especial del Derecho Internacional Privado de la materia.

2. CONTENIDOS

UNIDAD I

EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: CONCEPTO, HISTORIA, CIENCIA Y

AUTONOMÍAS

1. Concepto preliminar: los casos jusprivatistas con elementos extranjeros.

2. Objeto del Derecho Internacional Privado.

3. Historia y prospectiva.

4. Ciencia del Derecho Internacional Privado: teorías unitaria, bipartitas y tripartitas.

5. Sistema (la concepción normológica).

6. Autonomías: primaria y secundaria.

Bibliografía específica:

 BOGGIANO, Antonio, “El Derecho Internacional Privado ante el Desafío de la Globalización”, LL Actualidad, 24-10-00, p.2; “Presentación al derecho Internacional A.D.2.000 en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Derecho de las relaciones entre los ordenamientos jurídicos”, LL, 3-4-00, p.1; “Historia y Sistema del DIPr”. ED, 90- 889; La Conferencia de La Haya y el Derecho Internacional Privado en Latinoamérica, Bs.As., La Ley, 1993.  BRITOS, Cristina, “Prncipios del Derecho Internacional Privado en el proyecto de Código”, LL, 13-2-14, 1.  CHALITA, Graciela E.- NOODT TAQUELA, María Blanca, “Unificación del Derecho Internacional Privado. CIDIP-I, II y III”, Bs.As. , Universidad, 1988.  CIURO CALDANI, Miguel Ángel, "Bases para la estrategia en el Derecho, con especial referencia al Derecho Internacional Privado", B C I F J y F S, Nº 23, pág. 17; “Comprensión histórica de las teorías del objeto de la ciencia del Derecho Internacional Privado", en "Boletín...”cit., No.6, 1985, ps.65 y ss; “Estudios de Filosofía del Derecho Internacional privado”, Rosario, FIJ, 1997; “Métodos constitutivos del Derecho Internacional Privado”, Rosario, Fundación para el Estudio del Derecho Internacional Privado, 1978; "Werner Goldschmidt y "La Consecuencia Jurídica de la Norma del Derecho Internacional Privado"", B C I F J y F S, Nº 13, pág. 36; "Filosofía de la historia de las fuentes del Derecho Internacional Privado", en "Boletín..." cit., No.20, ps. 63/64; "Reflexiones sobre las fuentes del Derecho Internacional Privado", en “Boletín..." cit., No.10, ps. 35 y ss; "Sistematicidad y espacialidad del Derecho Internacional Privado argentino de fuente convencional", en "Boletín..." cit., No.10, ps. 39 y ss.  DREYZIN de KLOR, Adriana, “Los principales desarrollos dentro del derecho Internacional privado en el próximo siglo en Argentina”, en “Revista mexicana de Derecho Internacional Privado” no.especial 2000, p.51.  FERNÁNDEZ ROZAS, José Carlos, “Orientaciones del Derecho Internacional Privado en el umbral del Siglo XXI”, en “Revista mexicana de derecho Internacional Privado”, No.especial 2000, p.7.  GARRO, Alejandro, “El Derecho Internacional privado en los Estados Unidos: balance y prospectivas”, en “Revista mexicana de Derecho Internacional Privado” Nº especial 2000, p.97.  GOLDSCHMIDT, Werner, “Metodología del Derecho Internacional Privado”, LL, 1985-B,

 MENICOCCI, Alejandro Aldo, Werner Goldschmidt y la codificación del Derecho Internacional Privado, Investigación y Docencia, 15, U.N.R., Facultad de Derecho, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1990, p. 23 a 33.  OPERTTI BADAN, Didier, “El derecho uniforme y el Derecho Internacional Privado”, Revista de Derecho Comercial y de la Empresa, separata; “La CIDIP V: Una Visión en Perspectiva”, en “Revista Uruguaya de Derecho Internacional Privado”, Año 1, No.1, 1994, ps.13 y ss.

Hacia un nuevo orden internacional y europeo. Homenaje al Profesor M. Díez de Velazco”, Madrid, Tecnos, 1993.  GIMÉNEZ CORTE, Cristián, Usos comerciales, costumbre jurídica y nueva "lex mercatoria". Con especial referencia al Mercosur , Bs. As., Ed. Ábaco de Rodolfo Depalma, 2010; “Los usos comerciales y el derecho de fuente convencional en el Mercosur”, Revista de Derecho Comercial y de las Obligaciones, 197, p.75; "Lex mercatoria, garantías independientes y coacción extra- estatal", Revista de Derecho Internacional y del Mercosur", Año 6, No.3, p.41.  HERBERT, Ronald, FRESNEDO de AGUIRRE, Cecilia, “Flexibilización teleológica del Derecho Internacional Privado latinoamericano”, Avances del Derecho Internacional Privado en América Latina. Liber Amicorum Jürgen Samtleben , Montevideo, Fondo de Cultura Universitaria, 2002, 55.  HOOFT, Eduardo Raimundo, “El conflicto de fuentes en Derecho Internacional Privado: Los Principios Generales del Derecho como dirimentes axiológicos”, http://www.derechocivilcba.com.ar/docs/conflicto_fuentes_comis_der_intern_hooft.doc  MAEKELT, Tatiana B. De, “Conferencia Especializada de DIPr.”. Caracas 1979; “El futuro del nuevo derecho Internacional privado venezolano en el próximo siglo”, en “Revista mexicana de Derecho Internacional Privado” no.especial 2000, p.115.  MENICOCCI, Alejandro Aldo, Aportes relativos al conflicto de fuentes en el derecho internacional privado, en Investigación y Docencia, Nº 42, Facultad de Derecho, UNR, 2009, p. 41 a 54; "Werner Goldschmidt y la codificación en el Derecho Internacional Privado", I y D, Nº 15, p. 23; “ Lex posterior non derogat legi priori : el singular tratamiento del ámbito temporal adoptado por la Cidip sobre normas generales de Derecho Internacional privado”, en “Revista del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social de la Facultad de Derecho de la UNR”, Nº28, 2004/5, p.43.  NOODT TAQUELA, María Blanca, “CIDIP-IV: Hacia la unificación del Derecho Internacional privado en América”, ED, 136-849.  PARRA ARANGUREN, Gonzalo “La Codificación del Derecho Internacional Privado en América”. Universidad Central de Venezuela. Caracas. 1982; “La Primera Conferencia Especializada Interamericana sobre DIPr.”. Caracas. Actas Procesales del Derecho Vivo. Vol. XVI, Nº 46 al 48, Julio 1975, ps. 307 y ss; “La Segunda Conferencia Especializada Interamericana sobre DIPr. CIDIP II. 1 c, 1979, ps. 83 y ss.  PEREZNIETO CASTRO, Leonel, “Nota sobre el Derecho Internacional privado mexicano actual”, Avances del Derecho Internacional Privado en América Latina. Liber Amicorum Jürgen Samtleben , Montevideo, Fondo de Cultura Universitaria, 2002, 153.  SAMTLEBEN, Jürgen, “Internationales Privatrecht in Lateinamerika”, separata.  SANTOS BELANDRO, Rubén, Bases fundamentales del Derecho Internacional Privado Interamericano , Montevideo, Asociación de Escribanos del Uruguay, 2001; “Vigencia de los Tratados de Montevideo de 1889 y 1940 a la luz de las CIDIP I, II y III”, Separata de la Revista de información Legislativa. Senado Federal de Brasil. Julio/ Setiembre de 1989.  SMITH, Juan Carlos, “Anteproyecto de ley nacional de Derecho Internacional Privado”, LL, diarios de 10 y del 17 de marzo de 1976.  SOSA, Gualberto Lucas, “Las normas generales de Derecho Internacional Privado en el proyecto de codificación del Derecho Internacional Privado en Argentina”, Avances del Derecho Internacional Privado en América Latina. Liber Amicorum Jürgen Samtleben , Montevideo, Fondo de Cultura Universitaria, 2002, 191; “La CIDIP IV y el centenario de los Tratados de Montevideo”, en “Jurisprudencia Argentina”, 1990-I-687.  SOTO, Alfredo Mario, “Bases constitucionales del derecho internacional privado”, LL, Suplemento de la Universidad del Salvador, 26-4-06; "El nuevo derecho internacional privado italiano de fuente interna", ED, 165-907; "Comentarios sobre la nueva ley federal suiza de Derecho Internacional Privado", en "Investigación..."cit., Nº 10, 1989, ps. 39 y ss. (en colaboración).

UNIDAD III

JURISDICCIÓN INTERNACIONAL

1. Jurisdicciones: directa e indirecta; únicas, exclusivas y concurrentes; uni y multilaterales.

2. Jurisdicción judicial internacional:

 Autonomía de la voluntad desde el punto de vista jurisdiccional

 Reglas generales personales, reales y conductistas.

3. Problemas generales:

 Calificaciones, “cuestiones previas”,

 Litispendencia internacional

 Foro de atracción, cosa juzgada, fraude jurisdiccional ( forum shopping ),

 Foro de necesidad.

 Forum non conveniens

4. Jurisdicción arbitral: Cláusula y compromiso arbitral. Arbitraje institucional y arbitraje “ad

hoc”. Arbitraje de derecho y arbitraje de equidad. Derecho aplicable a la validez de la cláusula,

al procedimiento y al fondo del asunto.

5. Jurisdicción internacional y medidas coercitivas respecto de bienes con relación a Estados

extranjeros y organizaciones internacionales

Jurisprudencia:

(*) Ver especialmente DeCITA, 04.2005, 762.

(jur.) AudienciaProvincialBadajoz, Seccion3a, 23/03/2001, Rosario Soccer Asociados S.A. c.

Iván C. G., LL 2003-C.

CNCiv. y Com. Fed. , sala I, febrero 17-2000 - Louge A. Beltran y otro c. Gobierno de Su

Majestad Británica s/ Incidente de Embargo, ED, 191-249.

CS, 1999/10/06 - Blasson, Beatriz L. G. c. Embajada de la República Eslovaca, LL, miércoles

26 de abril de 2000, Pág. 12

CS. , 1999/12/02 - Manauta Juan y otros c. Embajada de la Federación Rusa, LL, viernes 4 de

agosto de 2000, Pág. 4.

(inmun.jur.Est.) C.Nac..Cont.Adm.Fed., sala 1ª, 30-8-05.- Davidoff Constantino v.Reino Unido

de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, JA, 26-10-05, 42.

CNCom. , Sala C, 23-3-99-Exportadora Buenos Aires S.A., c. Holliday Inn Worldwide Inc., LL,

11-2-00, p.7, ED, Lunes 28 de febrero de 2000, Pág. 1

(jur.) CS, 26/10/2004, Royal & Sun Alliance Seguros Uruguay S.A. c. Transportes Patrón

SACIF y otros, La Ley Online.

CNFed. Civ. y Com., sala I, 2000/12/12 - Royal & Sun Alliance Seguros Uruguay c.

Transportes Patrón S.A. y otros. , LL, 2001-D, 123.

CNCom, sala C, marzo 15-1991 - Quilmes Combustibles, S.A. c. Vigan, S.A., ED, 150-304.

Bibliografía específica:

 ALBORNOZ, Jorge R., ALL, Paula M., “La inmunidad de jurisdicción y de ejecución de los Estados extranjeros a la luz de la legislación y la jurisprudencia argentina”, DeCITA, 04.2005,

 ALL, Paula M., “Las normas de jurisdicción internacional en el sistema argentino de fuente interna”, DeCITA, 04.2005, 422.

derecho argentino”, LL, 1989- A; “Nuevas Orientaciones en materia de Inmunidad de jurisdicción de los Estados”, Anuario de Derecho Internacional Público , T° 1, p.115.  GUAIA, Carlos I., “Nuevo Reglamento de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI)”, LL suplemento de la USAL, 7-3-12.  HOOFT, Eduardo Raimundo, “El arbitraje en el Derecho Internacional Privado y en el Mercosur”, XV Congreso ordinario de la AADI, 1999, separata.  KLEINHEISTERKAMP, Jan, “Conflict of Treaties on International Arbitration in the Southern Cone”, Avances del Derecho Internacional Privado en América Latina Liber Amicorum Jürgen Samtleben , Montevideo, Fondo de Cultura Universitaria, 2002, 667.  LEONARDI de HERBÓN, Hebe M., FELDSTEIN de CÁRDENAS, Sara, “Cómo y Cuándo Demandar a un Estado Extranjero”, Bs.As., Abeledo-Perrot, 1996.  MARZORATI, Osvaldo, "Derecho de los Negocios Internacionales", Bs. As., Astrea, 1993; "Consideraciones sobre la Inmunidad de Jurisdicción y Ejecución de los Estados", ED, 202-648; "Inmunidad de jurisdicción vs.inmunidad de ejecución (acerca de los embargos y la situación actual del Estado argentino con motivo del incumplimiento de sus obligaciones contractuales)", ED, 207-596.  MENICOCCI, Alejandro Aldo, Emplazamiento en juicio al estado extranjero, La Ley Litoral, Año 12, Nº 9, octubre 2008, p. 957 a 963.  MORELLO, Augusto M., “Arbitraje internacional. Superar puntos críticos y contribuir a su difusión”, ED, 185-1171.  NAJURIETA, María Susana, “Inmunidad de jurisdicción y ejecución de Estados y organizaciones internacionales”, Relato de las IV Jornadas Nacionales de Derecho Internacional Privado”, AADI, Buenos Aires 20-21 de septiembre de 2002.  NOODT TAQUELA, María Blanca, “Determinación del derecho aplicable al fondo del asunto en el arbitraje internacional de la CCI”, DeCITA, 5/6, 2006, 583; comentario arbitraje en CNCom, sala D, 05/11/2002, "Reef Exploration Inc.c/Cía.Gral.de Combustibles S.A.", DeCITA , 01.2004, p.344.  PERUGINI ZANETTI, Alicia Mariana, “Arbitraje comercial internacional en el MERCOSUR”, Avances del Derecho Internacional Privado en América Latina Liber Amicorum Jürgen Samtleben , Montevideo, Fondo de Cultura Universitaria, 2002, 633.  PIAGGI, Ana I., “Evoluciones recientes del arbitraje comercial internacional en Latinoamérica”, Revista de Derecho del Mercosur, No.6, 2000, p.147; “La vinculación entre UNCITRAL y el Arbitraje Comercial Internacional: Una relación exitosa”, ED, 200-575; “UNCITRAL y el futuro derecho comercial”, Bs.As., Depalma, 1994; y ESTOUP, Luis, Derecho Comercial contemporáneo. Comercio electrónico. Arbitraje comercial internacional. Garantías independientes. Concurrencia. La hora del balance , Bs.As., La Ley, 2001.  RAPALLINI, Liliana Etel, Arbitraje de Derecho Privado Comercial Internacional y Regional , La Plata, Lex, 2001.  RIVERA, Julio César, “Arbitraje internacional. Criterios opuestos reflejados en dos sentencias relevantes”, LL, 17-3-08, 7.  SANTOS BELANDRO, Rubén, “Arbitraje Comercial Internacional”, Montevideo, Fundación de Cultura Universitaria; Arbitraje Comercial Internacional, México , Pereznieto Editores, 1997; Seis lecciones sobre arbitraje privado (interno e internacional), Asociación de Escribanos del Uruguay. Montevideo, 2002; Bases Fundamentales de la mediación, conciliación y arbitraje (Interno e Internacional) , Asociación de Escribanos del Uruguay, Montevideo, 2002.  SOTO, Alfredo Mario, “El abuso del derecho y la autonomía en materia jurisdiccional internacional”, (nota a fallo), LL, 2003-C, 702.  TAWIL, Guido S., ZULETA, Eduardo, El arbitraje comercial intyernacional , Bs. As., Abeledo- Perrot, 2008.  TELLECHEA BERGMAN, Eduardo, “Normas procesales internacionales”, JA, 1990-IV, 857.  URIONDO de MARTINOLI, Amalia, "Solución de controversias", en "Anuario Argentino de Derecho Internacional", No.extraordinario, 1996, ps.183 y ss.

 UZAL, María Elsa, “Solución de Controversias en el Comercio Internacional”, Bs.As. , Ad-Hoc, 1992; "La inmunidad de jurisdicción y ejecución de Estados extranjeros", LL, 13-5-03, p.1.  VÍTOLO, Daniel Roque, “Quiebra trasnacional, “forum shopping” y el centro principal de intereses del deudor”, LL, 15-3-06, 1.  WEINBERG de ROCA, I.M., La inserción del Derecho Procesal en el Derecho Internacional Privado , en “Derecho Internacional”, Bs.As. , Instituto de Derecho Internacional y de la Navegación. Biblioteca de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, 2002, p.15; "La elección del tribunal competente en las convenciones internacionales", ED, 207-627.

forum shopping http://www.legalreformnow.com/issues/globalforum.cfm ;

forum non conveniens http://www.legal-definitions.com/F/forum-non-conveniens.htm ;

http://www.iaba.org/LLinks_forum_non_OAS.htm ;

http://www.gasandoil.com/ogel/samples/freearticles/roundup_05.htm ;

http://www.lectlaw.com/def/f091.htm ; http://www.dgslaw.com/articles/339255.html.

UNIDAD IV

PROBLEMAS GENERALES DEL DERECHO APLICABLE: SOLUCIONES,

MÉTODOS, VALORACIONES Y CALIFICACIONES

1. El derecho aplicable: las soluciones sociológicas, los métodos normológicos y el complejo

valorativo.

2. Estructura, funciones y clases de normas: directas e indirectas; normas unilaterales y bi o

multilaterales, de importación y de exportación.

3. Los problemas generales del derecho aplicable: el problema de las calificaciones.

Bibliografía específica:

 BOGGIANO, Antonio, “La Reforma del Derecho Privado. Historia del Derecho, Derecho Comparado y Derecho Internacional Privado como metodología”, LL, 26-3-2010, 1; “Calificación de la Herencia en el Derecho Internacional Privado, más allá de la antinomia: unidad- pluralidad sucesoria". JA, 12- 197.  BORRÁS RODRÍGUEZ, Alegría, "Calificaciones, reenvío y orden público en el derecho interregional español", Bellaterra, Universidad Autónoma de Barcelona, 1984.  CIURO CALDANI, Miguel Ángel, "Significados jusfilosóficos del Derecho Internacional Privado y sus problemas generales", en "Investigación..." cit., No.11, 1989, ps. 57 y ss.  GOLDSCHMIDT, Werner, “El primer caso de calificaciones en la jurisprudencia argentina”, ED, VIII, ps.943 y ss.  MENICOCCI, Alejandro Aldo, "Reflexiones sobre el problema de las calificaciones en el derecho internacional privado", en ""El derecho privado ante la internacionalidad, la integración y la globalización. Homenaje al profesor Miguel Ángel Ciuro Caldani", Bs.As., La Ley, 2005,

 NAJURIETA, María Susana, “El pluralismo metodológico en el Derecho Internacional Privado actual”, ED, 161-1064.  UZAL, María Elsa: “El pluralismo en el Derecho Internacional Privado como una necesidad metodológica”, ED, 161- 1051.

 Consideración de las normas internacionalmente imperativas de terceros Estados.

2. Los problemas generales del derecho aplicable: características negativas de la consecuencia

jurídica de la norma indirecta.

 El orden público internacional. Su historia. La retorsión. La reciprocidad.

 La cláusula de excepción.

Jurisprudencia

* SCMendoza, sala I, 28-4-05.- Sabate Sas S.A.en: Covisan S.A.p/conc.p/verif.tardía, LL, 29-7-

05, 6, ED, 214-372.

C.Nac.Civ., sala E, 3-7-2001-Cameron, Claudia E., con nota de Miguel Ángel Ciuro Caldani,

JA, 13-2-2002, p.

Bibliografía específica:

 ALFONSÍN, Quintín, "Ensayo sobre la teoría del reenvío en derecho privado internacional", en "Revista de la Facultad de Derecho de México", 1954, ps.152 y ss.  CIURO CALDANI, Miguel Ángel, "Notas para la comprensión dialéctica de los tipos legales jusprivatistas internacionales", I y D, Nº 1, pág. 7.  CÓRDOBA, Julio César, “Verificación de créditos extranjeros en un concurso preventivo. Reciprocidad y aplicación de oficio del derecho extranjero”, DeCITA, 5/6, 2006, 453.  FEUILLADE, Milton C., “Aplicación del Derecho Público extranjero”, Prudentia Iuris , 73, 2012, 83.  GOLDSCHMIDT, Werner, "El orden público internacional en el Derecho Internacional Privado", ED, 109-889; “El artículo 1455 del Código Civil y el derecho internacional privado”, LL, 1983-C, 530.  MENICOCCI, Alejandro Aldo, La prueba del derecho extranjero en el proceso, Procedimiento Probatorio, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la P.U.C.A., 1998, p. 161 a 191.  MUÑOZ, Gerardo Fabián "Derecho Internacional Privado y Constitución Nacional", I y D, Nº 15, pág. 39  OYARZÁBAL, Mario J.A., “El reconocimiento en la Argentina de la paternidad de hijos concebidos en el extranjero por inseminación artificial de pareja de homosexuales hombres”, LL Actualidad, 21-2-06.  SAGÜÉS, Néstor P., "El control de constitucionalidad de la "norma importada", LL, 2003-D,

 SALORT de ORCHANSKY, Gabriela, "El criterio de la reciprocidad. la carga de su prueba y las facultades judiciales", LL, 29-7-05, 6.  SOTO, Alfredo Mario, “Derecho Internacional Privado. La importación del derecho extranjero”, Bs.As.-Madrid, Ciudad Argentina-USAL, 2001; “Una sentencia en homenaje a los 70 años del uso jurídico”, ED, 214-383; "El orden público y las relaciones de consumo en el derecho internacional privado", Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, Nº17/18, 2005-2006, 389-405. ()  URIONDO de MARTINOLI, Amalia, “Régimen patrimonial del matrimonio. Conflicto móvil”, ED, 176-1011.  UZAL, María Elsa, "Apostillas sobre la reciprocidad en el artículo 4 de la ley de concursos, las transferencias de fondos y la prueba del derecho extranjero", LL, Suplemento de concursos y quiebras, 8-7-05, p.49. ()  WEINBERG de ROCA, Inés, "Reenvío o cantidad de derecho extranjero aplicable", LL, 1984-B, ps.974 y ss.

UNIDAD VII

COOPERACIÓN JURISDICCIONAL INTERNACIONAL

1. Cooperación y asistencia jurisdiccional de primer grado: documentos extranjeros, exhortos

en general, prueba e información del derecho extranjero, actividad procesal a distancia.

2. Cooperación y asistencia jurisdiccional de segundo grado: medidas cautelares.

3. Cooperación y asistencia jurisdiccional de tercer grado: reconocimiento y ejecución de

sentencias y laudos extranjeros

4. Problemas generales de la cooperación y asistencia jurisdiccional: jurisdicción local,

jurisdicción en el país de origen, cosa juzgada o ejecutoriedad en el país de origen,

litispendencia y cosa juzgada en el país requerido, indefensión en el país de origen,

indefensión en el país requerido, orden público.

Jurisprudencia

Ver especialmente DeCITA, 04.2005, 762.

(reconocimiento de sentencia) CS, 5-4-05.- Holiday Inns Inc.c.Ebasa Exportadora Bs.As. S.A.,

LL, 12-9-05, 6.

* C.Nac.Civ., sala E, 3-7-2001-Cameron, Claudia E., con nota de Miguel Ángel Ciuro Caldani,

JA, 13-2-2002, p.74; LL, 26-12-01, p.15.

Bibliografía específica:

 CIURO CALDANI, Miguel Ángel, "Deber de respetar el Federalismo en la estructura de la autoridad central en la aplicación de los acuerdos de cooperación internacional", B C I F J y F S, Nº 21, pág. 22.  CLARIÁ, Eduardo, "Apostilla", Revista del Notariado , 872, 31; "Protocolo de Las Leñas (Mercosur)", Revista del Notariado , 872, 35.  DREYZIN de KLOR, Adriana, “La ausencia de normas de reconocimiento y ejecución de sentencias en el proyecto de Código de DIPr argentino”, DeCITA, 04.2005, 469; y SARACHO CORNET, Teresita, “Cooperación. El último Convenio de la Conferencia de La Haya aprobado por argentina”, LL, 2002-B-985; "Algunas reflexiones sobre el Protocolo de Medidas Cautelares", Revista de Derecho Privado y Comunitario , 8, 519; "Reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras", Tratado de derecho privado notarial. Derecho internacional privado , dirigido por Ana Raquel Nuta y coordinado por Julieta Gallino, Bs.As., Ad-Hoc, 2006, 489; "La regulación normativa de las medidas cautelares", Tratado de derecho privado notarial. Derecho internacional privado , dirigido por Ana Raquel Nuta y coordinado por Julieta Gallino, Bs.As., Ad-Hoc, 2006, 527.  FEUILLADE, Milton C., Cooperación jurisdiccional internacional , Bs. As., Ábaco, 2011; “La prueba en el proceso con elementos extranjeros”, LL, 11-2-09, 1; “Ley que rige el proceso en casos jusprivatistas internacionales”, LL, 28-8-08, 1; “Los documentos extranjeros en el proceso”, LL, 17-10-07, 1; “Derecho Procesal Internacional y Cooperación Jurisdiccional Internacional”, Zeus, 26-9-07; “Reflexiones en torno al exequátur”, Zeus, 6-12-06; “Exequátur de sentencias arbitrales en la convención de Nueva York de 1958 sobre reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros”, Zeus, 7-6-07, 2.  FRESNEDO de AGUIRRE, Cecilia, "La cooperación cautelar internacional en el Mercosur", El Derecho Procesal en el Mercosur , Santa Fe, UNL, 1997, p.396.

UNIDAD VIII

PERSONAS HUMANAS Y JURÍDICAS

1. Personas humanas. Capacidad. Incapaces. Nombre. Ausencia y presunción de fallecimiento.

2. Personas jurídicas de derecho público. Estados extranjeros y organizaciones internacionales

(remisión).

3. Personas jurídicas de derecho privado.

Jurisprudencia:

* CS, 10-8-04.-Rolyfar S.A.c.Confecciones Poza S.A., LL, 9-9-04, p.8.

CNCiv, Sala F, 30-6-03, Rolyfar S.A. c. Confecciones Poza, s/ejecución hipotecaria, ED, 6-8-

03, p.1.; LL, Sociedades extranjeras, No.especial, noviembre de 2003, p.9.

* R. 1149. XXXIX RECURSO DE HECHO - "Rolyfar S.A. c/ Confecciones Poza S.A.C.I.F.I" -

CSJN - 10/08/

* C.Nac.Civ., sala E, 3-7-2001-Cameron, Claudia E., con nota de Miguel Ángel Ciuro Caldani,

JA, 13-2-2002, p.

Bibliografía específica:

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 UZAL, María Elsa, “La legalización de documentos públicos extranjeros. Su supresión por la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961”, ED, 129-697.

UNIDAD X:

CONTRATOS INTERNACIONALES

1. Contratos en general:

 Jurisdicción internacional

 Autonomía de la voluntad conflictual y material

 Derecho aplicable

2. Compraventa internacional.

3. Contratos bancarios, E-Commerce, intermediación, representación, transporte, seguro y

reaseguro, contratos celebrados con consumidores, contratos de trabajo, etc.

4. Títulos valores.

Jurisprudencia:

(cpravta.) Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala E 10/10/1985, Espósito e

hijos, S. R. L., Antonio c. Jocqueviel de Vieu, LL 1986-D, 49.

* CNCom. , Sala C, 23-3-99-Exportadora Buenos Aires S.A., c. Holliday Inn Worldwide Inc. ,

LL, 11-2-00, p.

CS, marzo 15-994 - Tactician Int. Corp. y otros c. Dirección General de Fabricaciones Militares,

LL, 1995-C, 128.

Bibliografía específica:

 AGUIRRE RAMÍREZ, Fernando, FRESNEDO de AGUIRRE, Cecilia, “El transporte terrestre y el transporte multimodal”, Revista uruguaya de Transporte y Seguros, 1991, p.150.  BOGGIANO, Antonio, Contratos Internacionales, Bs.As. , Depalma, 1966; “Contrato Internacional de Trabajo”, LL, 1987- C, 777; “Compraventa Internacional de acciones”, LL, 1989-E, 191.  CIURO CALDANI, Miguel Ángel, Los contratos conexos en la Filosofía del derecho y el derecho internacional privado , Rosario, FIJ, 1999; "Aportes para la comprensión axiológico- histórica de la Convención Interamericana sobre Derecho aplicable a los contratos internacionales", en "Boletín de la Sección Derecho Internacional Privado de la AADI", No.5, 1995, ps. 27 y ss; "Bases jusfilosóficas para la comprensión de la jurisdicción internacional en materia contractual", Investigación y docencia, Nº 20, pág. 15; "Derecho Internacional Privado de los contratos en general en el Mercosur", I y D, Nº 24, pág. 37; "El contrato y la jurisdicción en el Derecho Internacional", B C I F J y F S, Nº 20, pág. 49; "Filosofía del Derecho Internacional Privado de las obligaciones", B C I F J y F S, Nº 6, pág. 9; "El derecho internacional privado argentino acerca de la validez de los contratos y la integración", Caderno da Pós-Graduacao em Direito PPGDir./UFRGS, vol.I, Número II, setiembre 2003, p.229; "Hacia la protección equilibrada del consumidor en el Derecho Internacional Privado", I y D, Nº 18, pág. 35; "La Convención de las Naciones Unidas sobre los contrato de compraventa internacional de mercadería y el Derecho Internacional Privado", I y D, Nº 9, pág. 45; “Perspectivas trialistas de la jurisdicción internacional en el comercio electrónico”, http://www.uces.edu.ar/jornadas_de_derecho_civil/index.htm

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de 1995; y FERNÁNDEZ ARROYO, Diego, (Dir.), Contratos y arbitraje en la era global , Asunción, CEDEP y ASADIP, 2012.  SCHÖTZ, Gustavo, “Las facturas cambiarias internacionales y la convención de Panamá de 1975”, Revista del Derecho Comercial y de las Obligaciones , Año 33, 189/192, 2000; y WOUTERLOOD SAPAG, Pedro, “Las cláusulas de prórroga a jurisdicción en contratos de consumo internacionales celebrados en la Internet”, http://www.uces.edu.ar/jornadas_de_derecho_civil/index.htm  SCOTTI, Luciana, Contratos electrónicos , Bs. As., Eudeba, 2012.  SOSA, Gualberto Lucas, “El régimen internacional de la compraventa de mercaderías: la ley aplicable”, en “Jus”, 42, 1991, ps.21 y ss.  SOTO, Alfredo Mario, "Elaboración de contratos internacionales", JA, Nº especial "Elaboración de instrumentos contractuales" coord. por Ariel Ariza, 24-6-09, 31-36; "El orden público y las relaciones de consumo en el derecho internacional privado", Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, Nº17/18, 2005-2006, 389-405; "¿Aplicación o consideración de normas intervencionistas extranjeras en los contratos internacionales?", en "Universitas Iuris", No.2, Rosario, Facultad de Derecho UNR, 1995, ps.41 y ss; "Derecho Internacional Privado para las pequeñas y medianas empresas de Rosario", en "Investigación y docencia", No.31, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1998, ps.65 y ss.(en colaboración). (*)  UZAL, María Elsa, "Jurisdicción y derecho aplicable en las relaciones jurídicas por Internet", ED, 208-719; “Algunas reflexiones sobre la autonomía de la voluntad en la contratación internacional (Con particular referencia al Mercosur)”, ED, 179-1184.  WEINBERG de ROCA, Inés Mónica, “Los contratos internacionales y los tratados”, ED, 175-

 WILL, Michael, R., “International Sales Law under CISG”, 1996

UNIDAD XI

RESPONSABILIDAD CIVIL NO CONTRACTUAL

1. Responsabilidad civil no contractual.

2. Accidentes de tránsito. Responsabilidad por el producto. Contaminación transfronteriza.

Otros supuestos: responsabilidad por financiación abusiva, daños por competencia desleal,

daños producidos por el ejercicio abusivo del derecho, daños producidos por

quebrantamiento de la buena fe, responsabilidad por daños nucleares, protección de datos

personales, etc.

Jurisprudencia:

* CNCiv. , sala I, abril 14-1998 - Rivas Cordero Santiago c. Natanson, Jorge Gustavo o Gustavo

Jorge Osvaldo s/daños y perjuicios. , ED, 182-752.

JNEspCivyCom, Nro50, 10/10/1983, Reger de Maschio, Wally D. y otro, c. Annan, Guillermo

A., LL, 1986-B.

Bibliografía específica:

 CIURO CALDANI, Miguel Ángel, "Perspectiva jusfilosófica de la responsabilidad por hechos ilícitos en Derecho Internacional Privado", I y D, Nº 13, pág. 19  MENICOCCI, Alejandro Aldo, SOARES DA SILVA, Mónica Alexandra, “Mitigación del alcance de la regla de doble accionabilidad en los hechos ilícitos cometidos en el extranjero en el derecho internacional privado inglés”, en “Derecho y Empresa”, 1/2, Rosario, Universidad

Astral, 1994; Ley aplicable y soluciones alternativas en las obligaciones extracontractuales (En: Boletín “Zeus”, Nº 6743, 20 de julio de 2000); El proyecto europeo sobre Ley Aplicable a las Obligaciones Extracontractuales (En Revista del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social de la U.N.R., Nº 24, julio 2000, p. 147 a 156).  RAPALLINI, Liliana Etel, "Tratamiento de las obligaciones extracontractuales en el derecho Internacional Privado, regional y Comunitario Argentino", ED, 202-763.  SOTO, Alfredo Mario, "Responsabilidad civil internacional por contaminación transfronteriza", en GOLDSCHMIDT, Werner, Derecho internacional privado, 10a.ed.actualizada por Alicia M. Perugini Zanetti, Bs. As., Abeledo Perrot, 2009, 816-818; "El análisis económico del Derecho Internacional Privado de la responsabilidad civil surgida de obligaciones no convencionales en el proyecto de reforma al Código Civil de la comisión designada por decreto 468/93 del P.E.N.", en "Anuario Facultad de Ciencias Económicas del Rosario Pontificia Universidad Católica Argentina", I, 1997, ps.65 y ss.  URIONDO de MARTINOLI, Amalia, PEREYRA, Luis Cruz, Responsabilidad extracontractual emergente de accidentes de tránsito , Córdoba, Lerner, 2007.  UZAL, María Elsa, “Determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual en el Derecho Internacional Privado”, ED, diario del 30 de octubre de 1990.

UNIDAD XII

DERECHOS REALES E INTELECTUALES

1. Derechos Reales.

2. Garantías.

3. Derechos de autor y conexos, Propiedad industrial.

4. Bienes culturales. Tiempo compartido

Jurisprudencia:

CNCiv. , Sala G., mayo 9-1990. -Banco Exterior Uruguay, S.A.c.Carbonell, Julio y otro.

CNFed.Civ.y Com., sala I, 24-10-02.- Merck & Co.Inc.c.Instituto Nac.de la Propiedad

Industrial, LL, 20-3-03, p.

Bibliografía específica:

Ver especialmente DeCITA 7/8.

 BOUZA VIDAL, Nuria, Las Garantías Mobiliarias en el Comercio Internacional , Madrid, Marcial Pons, 1991.  CIURO CALDANI, Miguel Ángel, “Filosofía de las garantías mobiliarias, con especial referencia al Derecho Internacional Privado”, Libro de Ponencias XIX Jornadas Nacionales de Derecho Civil, t.II, p.401, Rosario, 2003; "Notas para la comprensión jusfilosófica de la protección internacional de la propiedad intelectual", Investigación y Docencia, Nº 2, pág. 21; "Perspectiva filosófica del Derecho Internacional Privado acerca de la titularidad del derecho de autor en las relaciones entre el autor de la obra de arte...", B C I F J y F S, Nº 19, pág. 97  CORREA, Carlos, Acuerdo TRIPs, Régimen Internacional de la propiedad intelectual , Bs.As., Ciudad Argentina, 1996.  DI FILIPPO, Marcello, “Gli acquisti in Italia di beni immobili da parte di stati stranieri”, Revista di diritto internazionale, Anno LXXXI, fasc.2, 1998, 429.  GIMÉNEZ CORTE, Cristián, “La protección del patrimonio cultural desde el Derecho Internacional Privado”, Investigación y docencia , No.35, Rosario, FIJ, 2002, p.41.