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Una reseña histórica de las diferentes formas de gobierno y su organización política y jurídica en la antigua roma, desde la monarquía arcaica hasta el imperio absoluto de occidente y oriente, incluyendo el periodo justiniano. Se detalla la estructura de poder, los roles de las instituciones y las fuentes de derecho de cada época.
Tipo: Apuntes
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Forma de gobierno u organización pca Constitucional.
Forma de Gobierno
Organigrama Derecho Fuentes
Monarquía -Rey -Colegios Sacerdotales -Asambleas: comicios curiados y comicios centuriados
-Senado
Arcaico. --
República -Magistrado
-Asamblea -Senado
Preclásico --
Principado -Princeps Magistrados.
clásico --
Imperio absoluto
Emperador Postclásico
1º 285- d.C. Occidente. 2º 285- 565 d.C Oriente
Imperio absoluto
Emperador Justiniano
Justinianeo 530-565 d.C
Monarquía Organigrama. 1 El rey, Es un personaje único, vitalicio, de carácter hereditario, que asumió todos los poderes de esta época, el más importante el religioso y el militar. 2 Son personas de gran prestigio social que son enviados a determinadas misiones. Estas personas llevaban el monopolio del derecho, que eran los que conocían los ritos sagrados que se llevaban a cabo en todos los negocios.
3 Comicios curiados son de organización territorial y los centuriados por las rentas de los ciudadanos, por el poder económico. Tuvieron cierta importancia para el derecho como en los testamentos.
4 Senado, Se agrupaba a las familias, era un órgano que asesoraba al rey y tenían el poder interregnum. Estaba formado por estas familias más importantes y más adelante llevaba toda la política este senado.
Características
Fusión total IUS/FAS(Norma jurídica/Norma divina)
Monopolio por parte del colegio pontifical, ausencia de publicidad y difusión de las normas.
Fuentes.
-Mores maiorum
-leyes regial.
-ley de las Xll tablas. Contiene todo el derecho de la tabla y va dividido por materias.
República organigrama
-Código Hemorgénianico.
-Código Teodosiano, Teod ll, 438 d.C. Compuesto por 16 libros divididos en títulos y en el número de la constitución imperial.
Iuras: opiniones de juristas.
426- Ley de citas Teodosio ll Gayo, Papimiano, Paulo, Ulpiniano y Modestino. En caso de empate, la opinión de Papimiano era la válida. Fuentes de emperador Justiniano.
Compilación Justinianea = Corpus Iuris Civilis (Cuerpo del derecho civil). Dividida en 4 partes:
1 Instituciones = Institutiones Manual de enseñanza del Derecho. 2 Digesto o Pandeltas
3 Códex =Código 4 Novellae = Novelas
Encuadre sistemático de los derechos reales.
1º En el ordenamiento jurídico romano Instituciones de Gayo* *1 Persona, 2 Res Derechos reales y derechos de obligaciones o personales. 3 Actiones. 2º En el ordenamiento jurídico actual 1 Derecho objetivo 2 derecho subjetivo Derecho real y Derecho de obligación. Clasificación de los derechos reales.
1 RE Derecho de propiedad.
2 Ius in RE/ Iura in RE Aliena Derechos reales sobre cosas ajenas, es decir, derechos reales sobre una cosa propiedad de otra persona.
a. El derecho de propiedad, es el derecho real por excelencia.
b. Aura in RE aliena 1 Más antiguo: Servidumbre prediales
2 Usufructo, usus, Derechos reales de garantía (Prenda e hipoteca) Superficie, enfitensis, habitatio.
Derechos reales
1 Concepto: consiste en la relación inmediata y directa con la cosa sobre la cual recae el derecho.
2 Características: 2.1 Desde el punto de vista de la conducta que puede exigir el titular de un derecho real, diremos que será siempre negativa o pasiva, es decir, de abstención de interferir entre el titular del derecho y la cosa. Esta actitud negativa puede desembocar en un PATI(soportar, tolerar) como una servidumbre predial de paso, y en un NON FACERE(no hacer) como una servidumbre ‘’altius non tollendi’’ De no elevar más alto.
2.2 Desde el punto de vista de los sujetos respecto a los cuales puede el titular de derecho real exigir esa conducta siempre negativa, diremos que:
a) En el derecho de propiedad Frente a la colectividad entera. b) En los iura in re aliena Frente a un número de sujetos no determinados a priori, pero que podrán estarlo en base a su relación con la cosa.
Derechos de obligación o personales
Derechos reales actiones in rem: 1 Por su objeto: conjunto de facultades sobre la cosa. 2 por los sujetos: contra un número indeterminado de sujetos. Derechos de obligación o personales Actiones in personam: 1 Por su objeto: Una persona y su prestación. 2 por los sujetos: Solo contra el obligado por el contrato o por el delito, ex contractu o ex delito.
Noción del derecho real