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Asignatura: Derecho Romano, Profesor: Gabriel Buigues Oliver, Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Apuntes
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Derecho: Forma en cómo las personas se relacionan y se relacionaron dentro de una determinada sociedad a la largo de un periodo histórico, y como regulaban y entendían las normas, deberes, etc.
Romano: Las personas de una sociedad, desde el nacimiento de Roma como entidad política hasta la promulgación por parte del emperador Justiniano.
Roma nació en el 753 a.C, en la región de Lacio, fundada por Rómulo y Remo, y donde se hablaba latín. La ciudad se encontraba junto al río Tiber, y estaba cerca del mar y de ríos por intereses comerciales que en un futuro influirían para su crecimiento con el comercio con otras regiones, pero a la vez Roma estaba algo alejada del mar para mantener la seguridad de sus habitantes. Al norte de Roma se encontraban los etruscos, y al sur los griegos, así como en el norte de África tenían algunas colinas los fenicios.
La primera etapa de la historia de Roma podemos decir que se organizaba por reyes, es decir, un sistema monárquico El total aproximado de años de la monarquía fue de unos 200 años, por los que pasaron 7 reyes. Los 4 primeros reyes (el primero fue Rómulo) que hubieron fueron los latinos propios de la región, y seguidamente se impusieron (debido a su presión por el norte) los últimos 3 reyes que fueron etruscos Los romanos se cansaron de la monarquía etrusca, y el último rey etrusco Tarquino el soberbio, que fue echado por los romanos debido al descontento y odio, dando así comienzo a la república (s. IV-V a.C a s.I a.C). durante la monarquía Roma heredo parte del arte, religión y cultura etrusca, así como sus alianzas con otros pueblos hicieron que esta creciera, y nacen algunos grupos humanos como esclavos, patricios (descendientes de las primeras familias de Roma, y eran ej, artesanos...) y plebeyos (no tenían patrimonio, muchas veces al servicio de los patricios).
Después de la decadencia y fin de la monarquía etrusca, 10 personas romanas se reunieron y estudiaron un nuevo régimen político, y debido a la influencia de los griegos por el sur (en aquellos momentos eran una gran potencia, básicamente en la época de Alejandro Magno) se decidió instalar una república (al igual que los griegos), por lo que se paso a constituir la Constitución republicana
Era un sistema político y de organización Res pública , (asunto del pueblo) en el cual todos los ciudadanos participaban, pues estos elegían a las personas que debían gestionar las cuestiones de la ciudad, y estos ciudadanos tenían el poder.
Para los romanos, este sistema político era para los hombres libres, porque mandaban los ciudadanos, no como en la monarquía que era el rey el que mandaba, por eso tal rechazo a la monarquía. (aunque el poder de los emperadores era prácticamente monárquico porque cada recaía más poder en una sola persona).
La diferencia entre esta república y las otras era que esta república surgía de la decisión de un colectivo de personas, no de un solo hombre, y que se formo en varios siglos, no en uno solo, y estos pensaban que para que la república perdurara, debía ser gestionada siguiendo unos pensamientos, los mismo que dieron origen a la ciudad (los magistrados que dirigen están al poder del pueblo).
Los grupos sociales que constituían Roma eran, por un lado la familia, ya que no era simplemente familia, porque además tenía influencia política, y por otro lado los pontífices. Las familias se dividían en clases dependiendo de su patrimonio las familias de 1ª clase y progresivamente en detrimento, y dependiendo de la clase social se tenían más o menos centurias.
ejecutivo, y tenían potestas (poder) según el nivel de magistratura tenias más o menos poder de actuar en nombre de la república, también se podía hacer carrera de magistratura. La magistratura se caracteriza por:
Tipos de magistraturas:
El sistema republicano está compuesto por tres grande pilares/tipos de poder: Maiestas, Imperium (potesta) y Auctoritas.
voluntad al elegir a sus gobernantes, los cuales se reúnen en asambleas populares para elegir a sus representantes, magistrados, y votar a las leyes. (aunque el voto tuviera más o menos valor dependiendo de la clase social).
fracasa, y a su muerte, es Constantino quien creara eficazmente el Dominado.
El Dominado era que todo el poder estaba bajo el Dominus y todo estaba burocratizado para controlar mejor el imperio. Roma empieza a decaer por su magnitud y coste de mantenimiento, pues el ejército era enorme y sus posibilidades de conquistas ya habían llegado al fin, por lo que al no invadir dejaron de entrar ingresos. Los impuestos fueron muchos y la gente se quejaba, y para evitar esto y facilitar la gestión se dividió el imperio en dos. Fue un sistema de tetrarquía, con dos cesares y ce-cesares (en prácticas), estos aprenden del césar y luego heredan. Luego se pacto que el que heredaba fuera el más capacitado no el hijo, pero algunos no hicieron caso y se termino la tetrarquía. En el s. 5 se produce la separación de los 2 imperios, en el 476 entran los barbaros y tiran al último emperador, instaurándose los reinos godos, pero el imperio de oriente por si situación geográfica y tener territorios donde comerciar se extendió el cesaropapismo, el poder político y religioso estaba mezclado y funcionó bien.
Justiniano pretenderá una monarquía universal basada en poder teocrático (pues el poder es de origen divino), y se acentuará aún más el totalitarismo, pues el fin es la instauración de una monarquía universal. Todo este proyecto de estructuración territorio, administrativo y religioso del Imperio es casi nulo sin un proyecto unificado de leyes, y esta obra poseía una gran consistencia en sus fundamentos, así como equilibrio entre lo nuevo y lo viejo de todo el saber jurídico romano, el cual constituirá el fundamento jurídico y marco legal imperial.
Lección 2. Las fuentes del derecho en Roma
Roma extendió sus dominios y mantuvo relaciones con el mundo griego, lo que aporto apertura mental frente a las propias, y fruto de ello es la ley de las 12 tablas. Del 451 a 449 a.C, 10 ciudadanos romanos elegidos como magistrados, quienes fueron a ciudades griegas a pedir leyes para que Roma tuviera leyes, y estas se escribieron en 10 tablas de marfil que se colocaron en la plaza públicamente, y al año siguiente se añadieron 2 más, quedando así el primer código legislativo de Roma, pero el poder político y religioso se confundían, pues la interpretación de las leyes de las 12 tablas recaía en los pontífices, pero en el s. III se produce la
secularización ( se aparta lo religioso de lo civil) dando seguridad jurídica, y fue esta secularización la que hizo que las 12 tablas tuvieran gran aceptación en otros países.
Los hechos que propiciaron esta apertura de Derecho romano y la desacralización:
básicamente sobre derecho público y en las asambleas de la plebe sobre problemas patrimoniales y relaciones entre particulares.
Actividades que desarrollan los juristas:
Dentro de la jurisprudencia del Principado hubieron 2 cuestiones que irrumpieron la libre jurisprudencia. El emperador se atribuyo el mismo poder que el Senado (Auctoritas principis), y este delegó este poder en juristas que el designaba, teniendo estos Ius respondendi (oficiales), los juristas con este poder sus dictámenes eran irrevocables, al contrario de los otros juristas sin auctoritas principis (no oficiales), la gente tiró mas por los oficiales, siempre ganaban, y todos pidieron el Ius respondendi y esto produjo la burocratización y fin de la jurisprudencia al pasar al ámbito público en un órgano llamado Cancillería imperial.
senadoconsulto, y principalmente relacionados con derecho público y al final derecho privado también, además los jueces debían de obedecer lo que el Senado decía.
cualquier persona particular con dudas podía dirigirse a la Cancillería mediante un escrito, la Cancillería respondía e iba firmada por el emperador, esto podía utilizarse en juicios sin ser dueño.
modificaban normas, sustituyendo los senadoconsultos y teniendo fuerza de ley.
Diocleciano a finales del s. 3 divide el imperio en dos (principado primero y después de la división dominado). A partir de Diocleciano las fuentes del derecho se distingue entre Leges (caracter imperativo) y Iura (fuentes de tipo particular). Las fuentes del derecho principalmente desaparecen, pues todo se reduce a leyes impuestas por el emperador.
ahora manda.
Debido a la invasión de la parte occidental se producirá una vulgarización del derecho, debido a: las tropas necesitan mantenimiento económico y esto significa mayor presión fiscal, el gobierno no puede reparar las grandes vías, bandolerismo, autodefensa de los pueblos... todo esto dio surgimiento a la costumbre contra ley. Estos pueblos que adoptan esta postura piensan que las leyes son para los grandes núcleos, y prefieren imponer las normas que realmente resuelven problemas y no las leyes cultas.
Ley de citas:
Justiniano fue emperador del antiguo imperio de Oriente, e intento revitalizar el antiguo imperio, y para ello pensó que debían de haber: Una forma política de ejército, y una forma jurídica, la cual llevo a cabo la Recopilación del Derecho Romano (Corpus Iuris). Encargo la recopilación de todas las leyes, pero que estas no se repitiera y bien organizadas, y posteriormente se creó la obra dividida en cuatro partes.
romano contra el rey, y tras varias disputas se impuso el Derecho real, quedando el otro supletorio y surge el Usus Modernus, que es la aplicación moderna del Digesto
Lección 3. Sistemas procesales romanos
Sistemas procesales romanos: Dos son los sistema o procedimientos judiciales: ordinario y extraordinario.
Ordinario: El desarrollo se lleva de modo privado sin intervención de poderes públicos, y bipartito y tenía lugar delante del pretor, el juez tiene principio de libre apreciación de la prueba, en extraordinario no.
Extraordinario: no es bipartito, solo hay una fase, el magistrado hace de juez, proceso burocrático sin iniciativa privada, proceso escrito. No hay libre apreciación de la prueba, ya vienen valoradas (documentos más valor...)
La iniciativa procesal corresponde al demandante, se divide en dos fases, la primera In Iure (de instrucción) se desarrolla ante el pretor, la segunda de prueba se desarrolla ante el juez, y el acto central que divide ambas partes es el Litis Contestatio.
El procedimiento se iniciaba a petición del demandante ante el pretor y la citación privada del demandado (ya que este debe saber que es demandado para sabe si seguir o ceder). El pretor corroboraba la capacidad de las partes, idoneidad de la reclamación, etc.
1º fase In Iure : El pretor recibe a las partes, exponen su posición y realiza la causa del Cognitio.
2º fase, Prueba :
1 parte: La prueba (testifical (peritos: testigos cualificados), documental) con principio de libre apreciación de la prueba por parte del juez.
2 parte: La sentencia:
El juez ha de ser romano, hombre, y nombrado por demandante y aceptado por demandado, y decide libremente la valoración de la prueba, además le corresponde presentar pruebas al demandante. La sentencia es obligatoria, ser en un lugar público, y debe ser acatada, pues no existe recurso de apelación.
Esta fórmula entregada al demandante, debía de levarla al juez y este procedía a leerla y abría el periodo de prueba. Las partes presentaban sus pruebas libremente, y en el sistema probatorio habían dos principios:
Se promulgó la Ley Julia de los juicios privados, la cual derogaba el sistema de legis actiones y generalizar e procedimiento ordinario. Las características son:
Finalizado el periodo de prueba el juez dictara sentencia por escrito y leída, y podrá ser condenatoria o absolutoria para alguna de las partes (no solo demandado), pudiendo señalar costas o agravamientos.
Fue un recurso frecuente y regulado en Roma, se caracteriza:
Lección 4. Sujetos del derecho
Concepto de persona
El derecho se refiere a las personas o a las cosas, y entre las personas hay libres o esclavos. El nacimiento determinada la calidad de persona siempre con ciertas condiciones como que tenga forma humana y que viva mínimo 24 horas fueras del feto. También vinculado al concepto de persona se encuentra el Capitis diminutio cuando la familia variaba, es decir cuando había un cambio en la composición de la familia, 3 tipos porque 3 con las cosas que tenemos (Captio diminutio):
3. Status Familiae: Es un grupo jerarquizado y el Pater familias tiene el poder absoluto y gobierna sobre las personas y patrimonio, así como los demás se encuentran sometidos a él. El poder absoluto es: Patria potestad, Manus y hacia los esclavos. - Patria potestad: El poder que tiene el paterfamilias sobre sus hijos y este poder se obtiene por nacimiento de hijo o adopción (adopción de un Sui Iuris o de un Alieni Iuris ). Hay dos tipos de personas dentro de una familia: - Sui Iuris : No están sometidos a ninguna potestad - (^) Alieni Iuris : Están sometidos a potestad, y solo se podía salir de esta potestad por la muerte del Paterfamilias o la emancipación.
Parentesco:
Dos clases de parentesco:
Tutela
Los Sui Iuris no están sometidos al Paterfamilias, pero dentro de estos están los Púberes e Impúberes los chicos son púberes a los 14 y las chicas a los 12. Solo si se es Púbere se tiene plenas capacidades, si no es, hace falta la figura de un Tutor que suele ser el tío agnado, así como si se es mujer (excepto si tiene familia numerosa +3 hijos o se pone bajo la potestad de un amigo suyo quien luego la liberaría), ya que su autorización hará falta para ciertos negocios, la fragilidad de la mujer, etc. Se podía ser tutor testamentario (el Pater dice en el testamento quien será el tutor), tutor legítimo (por ley el pariente agnado más cercano), o tutor oficial (dicho por el magistrado).
El tutor tenía la obligación de administrar el patrimonio del chico, y al finalizar la tutela se puede realizar acciones sobre este si se sospecha que no ha administrado bien el patrimonio, etc. (acción ajuste de cuentas).
Matrimonio y Manus
Era el poder que el hombre tenía sobre la mujer, se podía entrar al matrimonio Con manu o Sin Manu , la primera la mujer está bajo el poder del marido como si fuera una hija, la segunda la mujer mantenía su situación jurídica, y este poder se adquiría:
Además los matrimonios podían ser:
Capacidad patrimonial de hijos y esclavos
Estos podían recibir de padres/dueños pequeños patrimonios (Peculio ) que estos podían administrar
Lección 5. Las cosas y los derechos sobre las cosas
Concepto de cosa y sus diversas acepciones
Toda lo que pueda ser valorado económicamente, todo de lo que pueda ser objeto de una relación jurídica, etc
Criterios clasificatorios de las cosas