Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Derecho Romano, Apuntes de Derecho Romano

Asignatura: Derecho Romano, Profesor: Emilio Valiño, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2012/2013

Subido el 11/12/2013

javamar
javamar 🇪🇸

4.2

(31)

8 documentos

1 / 5

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
1
01/11/2010 1Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 1
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 1Dr. Alejandro Valiño 1
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 11Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 1Dr. Alejandro Valiño 1Dr. Alejandro Valiño 1Dr. Alejandro Valiño
Concepto de Derecho romano
•1ªacepción
–hecho histórico pasado
•desde la fundación de Roma (¿753 a.C.?)
•hasta la toma de Roma por los godos (476 d.C.)
•desde entonces, Roma es Bizancio (actual
Estambul) hasta la toma por los turcos (1453 d.C.)
–en este larguísimo período, el derecho no
pudo ser siempre el mism o
•el derecho es hijo de su espacio y de su tiempo
•a medida que cambia la sociedad, cambia el
derecho
01/11/2010 2Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 2
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 2Dr. Alejandro Valiño 2
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 22Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 2Dr. Alejandro Valiño 2Dr. Alejandro Valiño 2Dr. Alejandro Valiño
Vías para el cambio del Derecho
•Son las fuentes de producción del derecho
–distintas en cada etapa del Derecho romano
–iremos viendo en esta primera parte del programa
•las distintas etapas del Derecho romano
•las distintas fuentes de producción del Derecho romano
•las distintas fuentes de conocimiento que nos han llegado
•Nos detendremos especialmente en el Derecho
clásico
–las instituciones jurídico-privadas de este período
•son más desarrolladas (priman las fuentes de autoridad)
•tienen una mayor proyección (valor intemporal)
•son más técnicas que políticas (juristas libres)
01/11/2010 3Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 3
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 3Dr. Alejandro Valiño 3
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 33Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 3Dr. Alejandro Valiño 3Dr. Alejandro Valiño 3Dr. Alejandro Valiño
Concepto de Derecho romano
•2ªacepción designa cómo ha llegado a
nosotros el Derecho romano (fuentes de
conocimiento)
–el contenido de unos libros (literatura jurídica)
•elaborados por juristas (iu risconsu lti, iurisperiti)
•es una fuente de autoridad (iurisprudentia)
–otras ciencias auxiliares
•literatura latina
•epigrafía
•papirología
•arqueología
01/11/2010 4Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 4
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 4Dr. Alejandro Valiño 4
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 44Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 4Dr. Alejandro Valiño 4Dr. Alejandro Valiño 4Dr. Alejandro Valiño
Fuentes de conocimiento
–las fuentes de conocimiento importantes son
•el llamado Corpus Iuris Civilis
–elaborado en el siglo VI por Justiniano (Bizancio)
–el nombre de Corpus Iuris es medieval
–el adjetivo civilis es de época renac entista
–consta de 4 partes
–una de ellas (Digesto), recoge una antología de la
jurisprudencia clásica, pero retocada por los comisarios
de Justiniano
•las Instituciones de Gayo (Instituta Gaii)
–descubiertas a comienzos del siglo XIX
–es una obra elemental muy útil para conocer el derecho
arcaico y clásico, pues no fue retocada por los
justinianeos
01/11/2010 5Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 5
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 5Dr. Alejandro Valiño 5
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 55Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 5Dr. Alejandro Valiño 5Dr. Alejandro Valiño 5Dr. Alejandro Valiño
Tradición romanista
•3ªacepción
–‘tradición romanista’que ha desatado su
estudio e interpretación ha sta nuestros días
•punto de arranque: descubrimiento del Co rpus
Iuris en la Universidad de Bolonia (fines del siglo
XI)
•punto de cierre: la elaboración científica de la
Pandectística alemana
–acomodación de las fuentes romanas al momento
presente como doctr ina de base del BGB
–fuente de inspiración para el Codefrancés y sus
derivados
01/11/2010 6Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 6
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 6Dr. Alejandro Valiño 6
01/11/2010 Dr. Alejandro Valiño 66Dr. Alejandro Valiño
01/11/2010 6Dr. Alejandro Valiño 6Dr. Alejandro Valiño 6Dr. Alejandro Valiño
El Derecho romano en España
•Nuestro Código Civil es de 1889
–sigue la estela del Codefrancés
–lo mismo hicieron otros Códigos europeos e
iberoamerican os
–sigue la sistemática de las Instituciones de
Gayo
•personas
•cosas
•acciones
•En algunas Compilaciones forales sigue
vigente como derecho supletorio
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Derecho Romano y más Apuntes en PDF de Derecho Romano solo en Docsity!

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 111111111

Concepto de Derecho romano

• 1ª acepción

– hecho histórico pasado

• desde la fundación de Roma (¿753 a.C.?)

• hasta la toma de Roma por los godos (476 d.C.)

• desde entonces, Roma es Bizancio (actual

Estambul) hasta la toma por los turcos (1453 d.C.)

– en este larguísimo período, el derecho no

pudo ser siempre el mismo

• el derecho es hijo de su espacio y de su tiempo

• a medida que cambia la sociedad, cambia el

derecho

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 222222222

Vías para el cambio del Derecho

• Son las fuentes de producción del derecho

– distintas en cada etapa del Derecho romano

– iremos viendo en esta primera parte del programa

  • las distintas etapas del Derecho romano
  • las distintas fuentes de producción del Derecho romano
  • las distintas fuentes de conocimiento que nos han llegado

• Nos detendremos especialmente en el Derecho

clásico

– las instituciones jurídico-privadas de este período

  • son más desarrolladas (priman las fuentes de autoridad)
  • tienen una mayor proyección (valor intemporal)
  • son más técnicas que políticas (juristas libres) 01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 333333333

Concepto de Derecho romano

• 2ª acepción designa cómo ha llegado a

nosotros el Derecho romano (fuentes de

conocimiento)

– el contenido de unos libros (literatura jurídica)

• elaborados por juristas ( iurisconsulti , iurisperiti )

• es una fuente de autoridad ( iurisprudentia )

– otras ciencias auxiliares

• literatura latina

• epigrafía

• papirología

• arqueología 01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 444444444

Fuentes de conocimiento

– las fuentes de conocimiento importantes son

• el llamado Corpus Iuris Civilis

  • elaborado en el siglo VI por Justiniano (Bizancio)
  • el nombre de Corpus Iuris es medieval
  • el adjetivo civilis es de época renacentista
  • consta de 4 partes
  • una de ellas (Digesto), recoge una antología de la

jurisprudencia clásica, pero retocada por los comisarios

de Justiniano

• las Instituciones de Gayo (Instituta Gaii)

  • descubiertas a comienzos del siglo XIX
  • es una obra elemental muy útil para conocer el derecho

arcaico y clásico, pues no fue retocada por los

justinianeos

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 555555555

Tradición romanista

• 3ª acepción

– ‘tradición romanista’ que ha desatado su

estudio e interpretación hasta nuestros días

• punto de arranque: descubrimiento del Corpus

Iuris en la Universidad de Bolonia (fines del siglo

XI)

• punto de cierre: la elaboración científica de la

Pandectística alemana

  • acomodación de las fuentes romanas al momento

presente como doctrina de base del BGB

  • fuente de inspiración para el Code francés y sus

derivados

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 666666666

El Derecho romano en España

• Nuestro Código Civil es de 1889

– sigue la estela del Code francés

– lo mismo hicieron otros Códigos europeos e

iberoamericanos

– sigue la sistemática de las Instituciones de

Gayo

• personas

• cosas

• acciones

• En algunas Compilaciones forales sigue

vigente como derecho supletorio

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 777777777 Etapas del Derecho romano

  • Etapa clásica
    • recibe este nombre por su calidad y perfección
    • ‘clásico’ expresa
      • algo que es ‘de clase’
      • algo que es ejemplar y digno de ser imitado
    • la cultura clásica tiene como pilares
      • el derecho romano
      • la filosofía griega
    • el carácter ejemplar de la cultura clásica
      • está implicito en el Renacimiento y Neoclasicismo
      • supusieron una vuelta a aquellos cánones (^) 01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 888888888 Límites de la etapa clásica
  • Inicio: 130 a.C.
  • Lex Aebutia : introducción del procedimiento formulario
  • Reforma agraria de los Graco
  • Crisis de la República
  • Fin: 230 d.C.
  • generalizacion del procedimiento cognitorio
  • asesinato de Ulpiano y de Alejandro Severo
  • percepción de las consecuencias de la Constitutio Antoniniana 01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 999999999 Antes de la etapa clásica
  • El interés de la etapa arcaica radica
    • en que se gestan muchas instituciones perfeccionadas en época clásica
    • los juristas clásicos
      • no derogan las instituciones arcaicas (conservadurismo)
      • las extienden a nuevas situaciones a través de la interpretatio
    • en que la principal fuente de conocimiento es la lex XII Tabularum - es una recepción escrita de mores maiorum - su interpretación corresponde a los sacerdotes de la religión pagana 01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 101010101010101010 Antes de la etapa clásica
  • no puede hablarse todavía de ‘escuelas de jurisprudencia’
  • los pontífices monopolizan el conocimiento de los mores maiorum
  • los pontífices monopolizan el conocimiento de los formularios ( certa verba )
  • la forma de litigar de este período es el sistema de las legis actiones
  • lo poco que sabemos de él es a través de Gayo y de otras fuentes literarias
  • era un procedimiento primitivo, formalista y ritualista
  • se fusionaban elementos de la religión pagana con valores estrictamente jurídicos 01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 111111111111111111 Después de la etapa clásica
  • El interés de la etapa postclásica radica
    • en que sus instituciones se parecen más a las del Derecho moderno
    • en que ha eliminado las instituciones más anacrónicas (las de época arcaica)
  • Podemos distinguir cuatro etapas
    • dioclecianea
    • constantiniana
    • teodosiana
    • justinianea (Corpus Iuris) (^) 01/11/ 01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 121212121212121212 Etapa postclásica
  • Tipo de procedimiento característico: cognitio extra ordinem
  • se introdujo en el 130 d.C.
  • se generalizó en el 230 d.C.
  • La jurisprudencia se ha ‘burocratizado’
  • deja de haber ‘juristas libres’
  • todas las fuentes del derecho se concentran en el Dominus
  • el derecho
  • deja de ser científico (vulgarismo)
  • refleja la voluntad política del dominus

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 191919191919191919

Interacción de los tres elementos

• Los magistrados detentan el poder

político, pero

– son elegidos por el Pueblo romano

• los patricios en los comitia

• los plebeyos en los concilia plebis

– deben seguir los consejos del Senado

( senatusconsulta )

– su poder está limitado por tres principios

• gratuidad

• anualidad

• colegialidad ( intercessio )

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 202020202020202020

Clases de magistrados

• Maiores

– ostentan imperium (potestad máxima)

– son

  • los consules
    • generales en jefe del ejército
    • jurisdicción penal
    • fuente: lex
  • el praetor
    • surge en el 367 a. C. para canalizar los litigios de los cives
    • en el 242 a. C. aparece el con peregrini o de éstos entre sí praetor peregrinus para los conflictos
    • fuente: edictum
  • el dictator
    • suele ser uno de los cónsules durante 6 meses
    • el Senado le confiere el máximo poder en situaciones de

peligro ( senatusconsultum ultimum )

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 212121212121212121

Clases de magistrados

• Minores

– ostentan potestas (a secas)

– son

• censores

  • son elegidos cada 5 años
  • funciones

» elaborar el censo con indicación del patrimonio de los

cives

» controlar la moralidad pública

» arriendos administrativos ( locatio censoria )

» lectio senatus : proponer quién ha de cubrir las vacantes

del Senado

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 222222222222222222

Clases de magistrados

• aediles

  • provisión de alimentos a la ciudad
  • custodia de archivos
  • jurisdicción en las ventas de esclavos y ganado

• quaestores

  • recaudadores de impuestos
  • ciertas competencias en materia penal

• tribuno de la plebe

  • proponen los plesbiscitos en los concilia plebis
  • gozaban de

» sacrosanctitas

» intercessio frente a las decisiones de los magistrados

patricios

  • a fines de la República: una magistratura más (2º lugar) 01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 232323232323232323

Principado

• En el último siglo de la República

– prorrogatio imperii de los cónsules por las largas

campañas militares

– se recurre frecuentemente a dictaduras y triunviratos

– relajo de la moral tradicional con la llegada del influjo

helenístico

• Octavio Augusto inaugura el Principado

– se presentó como restaurador de la República

– pero en realidad favoreció la confusión entre

auctoritas - potestas al atraer para sí todos los títulos

de la República, acabando con la libertas

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 242424242424242424

Principado

• Títulos que le dan auctoritas

– Pontifex Maximus

– Princeps Senatus

• Títulos que le dan potestas

– el imperium proconsularis (como un cónsul)

• ello le da el mando directo de las provincias más

relevantes desde el punto de vista estratégico

– tribunicia potestas o sacrosanctitas

• intercessio sobre las decisiones de otros

magistrados

• inviolabilidad propia de los tribunos

01/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/201001/11/2010 (^) Dr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro ValiñoDr. Alejandro Valiño 252525252525252525

Dominado

• Fin del Principado

– asesinato del último de los Severos

– sucesión de jefes militares (50 años)

• Diocleciano

– inaugura una nueva forma política

– no se hizo llamar rex , sino dominus

– acaba con todos los vestigios de la República

– reorganización de todas las Provincias,

pasando Italia a ser una más (sujeta a tributo)