Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


DERECHO TRIBUTARIO, Apuntes de Reglamento del Comercio Internacional

Asignatura: comercio internacional, Profesor: agustin agustin, Carrera: Derecho + Economía, Universidad: UC3M

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 08/09/2015

marcos_nicolas_carte_manqui
marcos_nicolas_carte_manqui 🇪🇸

3.6

(124)

85 documentos

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
CAPÍTULO XV
LA MONARQUÍA ABSOLUTA
Ejército y burocracia
Desde el siglo XIII ha ido afirmándose el poder real, apoyado en la burguesía
de las ciudades que pretenden romper el círculo feudal en que viven inmersas; pero
pactan con los señores o se llega a un equilibrio, insertándose en el antiguo régimen -lo
que se ha llamado la traición de la burguesía-. El monarca se afirma como instancia
indiscutible frente a los señores y les arrebata el poder político y la fuerza, porque es
más conveniente al sistema concentrarla, aun cuando se suprima una parte del poder de
los estamentos noble y clerical. La persona y la institución real logran este poder a
través de:
- Un ejército propio, que no depende de la nobleza, aun cuando sus mandos recaen
en nobles, por tradición guerrera y su indudable fidelidad a la corona.
- Una burocracia y, detrás de ella, en especial, una hacienda que respalde el poder y
los gastos.
Ya a fines del XV el ejército que reúnen los monarcas para la conquista de Granada
es realmente formidable: en 1482 a la toma de Alhama van 3.000 caballos y 4.000
peones, pero poco después para auxiliarla se juntan dos veces en poco tiempo 8.000
caballos y 10.000 peones. Contra Ronda en 1485 marchan 12 ó 13.000 caballos y
80.000 peones, con 1.500 carretas de artillería -según noticias de Pulgar y de
Bernáldez-. Málaga exige de 70.000 a 90.000 hombres.
Pero interesa destacar los cambios en el origen y reclutamiento de los ejércitos: está
desapareciendo el ejército feudal -las huestes o lanzas de los señores- y las milicias
concejiles. No son tan importantes, 1) porque consideran los reyes católicos que hay
un deber general de acudir al ejército: en 1503, contra la amenaza francesa, añaden que
"demás de la gente llamada, mandar apercibir a toda la gente de caballo y de pie de
todos nuestros reinos de dieciocho años arriba y de sesenta abajo", "porque para
defensa de nuestros reinos todos nuestros súbditos son obligados a nos servir"; 2)
porque cada vez más sufragan o pagan mercenarios que sirven por unos años en sus
filas. Por tanto, el ejército de los reyes católicos todavía está formado por los grandes
señores -Carlos I ya no apelará apenas a ellos-, las milicias concejiles, las órdenes
militares, cuyo maestrazgo retiene al rey, así como servicios permanentes de artillería
o de guarda... Definitivamente ya con Carlos I la corona paga sus ejércitos y no
necesita apenas recurrir a la caballería feudal o las huestes de los concejos. Además,
las novedades técnicas, como la artillería, han cambiado la forma de combatir.
Unas ordenanzas de 1503 regulaban el ejército. Se dividía en coronelías,
compuestas por compañías o capitanías de 500 hombres, con picas unos y otros con
arcabuces. Cada coronelía lleva 600 caballos. Desde 1534, los tercios integran de doce
a quince compañías -se ponen también mosqueteros- cada una de 250 a 300 hombres,
y están mandados los tercios por los maestres de campo. A partir de Carlos I el ejército
es mercenario. Si los reyes católicos utilizaron levas de uno de cada doce, esto
desaparece. De nuevo Carlos III, con sentido diferente, vuelve a los sorteos de uno de
cada cinco -quintos- que deben servir ocho años. La marina, en todo el período, está
servida por mercenarios a sueldo. La pena de galeras es usual para el castigo de
delincuentes, que impulsarían las naves como remeros.
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga DERECHO TRIBUTARIO y más Apuntes en PDF de Reglamento del Comercio Internacional solo en Docsity!

CAPÍTULO XV

LA MONARQUÍA ABSOLUTA

Ejército y burocracia Desde el siglo XIII ha ido afirmándose el poder real, apoyado en la burguesía de las ciudades que pretenden romper el círculo feudal en que viven inmersas; pero pactan con los señores o se llega a un equilibrio, insertándose en el antiguo régimen -lo que se ha llamado la traición de la burguesía-. El monarca se afirma como instancia indiscutible frente a los señores y les arrebata el poder político y la fuerza, porque es más conveniente al sistema concentrarla, aun cuando se suprima una parte del poder de los estamentos noble y clerical. La persona y la institución real logran este poder a través de:

  • Un ejército propio, que no depende de la nobleza, aun cuando sus mandos recaen en nobles, por tradición guerrera y su indudable fidelidad a la corona.
  • Una burocracia y, detrás de ella, en especial, una hacienda que respalde el poder y los gastos.

Ya a fines del XV el ejército que reúnen los monarcas para la conquista de Granada es realmente formidable: en 1482 a la toma de Alhama van 3.000 caballos y 4. peones, pero poco después para auxiliarla se juntan dos veces en poco tiempo 8. caballos y 10.000 peones. Contra Ronda en 1485 marchan 12 ó 13.000 caballos y 80.000 peones, con 1.500 carretas de artillería -según noticias de Pulgar y de Bernáldez-. Málaga exige de 70.000 a 90.000 hombres.

Pero interesa destacar los cambios en el origen y reclutamiento de los ejércitos: está desapareciendo el ejército feudal -las huestes o lanzas de los señores- y las milicias concejiles. No son tan importantes, 1) porque consideran los reyes católicos que hay un deber general de acudir al ejército: en 1503, contra la amenaza francesa, añaden que "demás de la gente llamada, mandar apercibir a toda la gente de caballo y de pie de todos nuestros reinos de dieciocho años arriba y de sesenta abajo", "porque para defensa de nuestros reinos todos nuestros súbditos son obligados a nos servir"; 2) porque cada vez más sufragan o pagan mercenarios que sirven por unos años en sus filas. Por tanto, el ejército de los reyes católicos todavía está formado por los grandes señores -Carlos I ya no apelará apenas a ellos-, las milicias concejiles, las órdenes militares, cuyo maestrazgo retiene al rey, así como servicios permanentes de artillería o de guarda... Definitivamente ya con Carlos I la corona paga sus ejércitos y no necesita apenas recurrir a la caballería feudal o las huestes de los concejos. Además, las novedades técnicas, como la artillería, han cambiado la forma de combatir.

Unas ordenanzas de 1503 regulaban el ejército. Se dividía en coronelías, compuestas por compañías o capitanías de 500 hombres, con picas unos y otros con arcabuces. Cada coronelía lleva 600 caballos. Desde 1534, los tercios integran de doce a quince compañías -se ponen también mosqueteros- cada una de 250 a 300 hombres, y están mandados los tercios por los maestres de campo. A partir de Carlos I el ejército es mercenario_._ Si los reyes católicos utilizaron levas de uno de cada doce, esto desaparece. De nuevo Carlos III, con sentido diferente, vuelve a los sorteos de uno de cada cinco -quintos- que deben servir ocho años. La marina, en todo el período, está servida por mercenarios a sueldo. La pena de galeras es usual para el castigo de delincuentes, que impulsarían las naves como remeros.

La corona multiplica sus asuntos y requiere una burocracia, hombres dedicados al manejo de papeles y que decidan de los mil asuntos que lleva consigo el poder. Las cortes de Toledo de 1480 creo que pueden considerarse corno auténtico punto de arranque de la nueva organización. Tras la jura del heredero regulaba ampliamente el consejo real, formado por un obispo, tres caballeros y hasta 8 ó 9 letrados... También la audiencia... No han sido creados el consejo y la audiencia en este momento, pero se reorganizan y son la primera base de una burocracia que va a crecer rápida... En el inicio, junto a la retórica al uso, parece asomar un deseo de ordenar las cosas, con la regulación de varias materias de gobierno: "...e por no incurrir en la sentencia del sabio, que dice: Juizio muy duro será fecho contra los que mandan la tierra, conviene a saber, si mala governación en ella posieren; y creyendo y conosciendo que en esto se fallará Dios de nos servido, y nuestros Reynos y tierra e pueblos que nos encomendó, 0 0 aprovechados y bien governados, tenemos contino pensa (^) 1 Fmiento e queremos con acuciosa obra esecutar nuestro cargo, faciendo e administrando justicia...". El primer consejo de Castilla se va a multiplicar en pocos años, estableciendo un gobierno polisinodial o de varios consejos, diversificados por su ámbito territorial: Castilla y Aragón los más antiguos, Navarra (1515), Portugal (1580 a 1665), Flandes (1555 a 1648), Indias (1524), Italia (1556) y para los territorios de encomiendas de las órdenes 0 0 militares el consejo de órdenes, ya desde el XV. También determi (^) 1 Fnadas materias poseen su propio consejo como el de inquisición (1478) o el de hacienda (1593). Los más importantes son el consejo de estado (1520), en que se reúnen nobles cercanos al monarca para tratar de las materias más altas de la política; y el consejo de guerra, que supone una reunión de este mismo, con presencia de militares. Junto a los consejeros - que despachan asuntos y juzgan- aparece un conjunto de secretarios, escribanos... Algunos de estos secretarios, Antonio Pérez por ejemplo, o Francisco de los Cobos o Mateo Vázquez, alcanzan gran importancia. En el XVII un secretario de estado y despacho va a encargarse del manejo de papeles cerca del rey y de los validos, que son nobles, sin cargo fijo, pero que gobiernan en vez del monarca.

La casa de Borbón significa la mayor fuerza de los secretarios, menor de los consejos... Aparecen ya desde inicios de siglo varios secretarios de estado y despacho, encargados de las distintas materias: estado, hacienda, gracia y justicia...

La corona necesita grandes sumas para su ejército y su burocracia, para su marina y sus consejos. La hacienda se regula por los reyes católicos, estableciendo un servicio de control, a través de contadores mayores y contadores de cuentas en Castilla; en la corona de Aragón es distinta: sendos bayles generales en cada reino administran el patrimonio real -pagan sus cargas o gastos y remiten los sobrantes al tesorero real-; asimismo sendos mestres racionals controlan sus cuentas y las de otras autoridades. Jorge Correa ha estudiado el patrimonio real de Valencia en el XVII. Las diputaciones, como representantes de las cortes de los reinos, administran el servicio que se concede al rey; algunas logran amplio desarrollo, por la multitud de impuestos que administran o por su representación del reino -Valencia no lograría esta, ya que los electos de los brazos se la arrogan-. Estas diferencias cesan con los Borbones -salvo Navarra y Vascongadas- ya que unifican el sistema mediante intendentes en las provincias y reinos y, en el centro, secretarios de hacienda. La nueva planta extiende los impuestos castellanos a estos territorios. Un presupuesto del XVIII nos indica la estructura del gasto público: la mayor parte se gasta en juros o deuda pública -préstamos a la corona, su interés y devolución-, así como en la casa real y sus palacios. El ejército, sus oficiales y armamento, guarniciones y salarios se llevan otra parte sustancial.