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Los derechos de protección establecidos en el código orgánico de la niñez y adolescencia en ecuador, los cuales buscan garantizar la integridad física, emocional y social de los menores. Se incluyen derechos como la vida, un entorno seguro, educación, salud, privacidad, entre otros. Además, se establecen medidas de protección frente a situaciones de abuso, maltrato y negligencia.
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Facultad de Jurisprudencia Carrera de Derecho Modalidad: Híbrida Derechos de Protección Profesor(a): Abg. Evelyn Chugá Materia: Derecho de la Niñez Integrantes: Jostin Martínez, Nikol Méndez, Stalin Mier, Sebastián Núñez, Alison Orozco Período Académico: Tercero Noviembre 2023 - Abril 2024
Derechos de Protección La finalidad del Código de la niñez y adolescencia, nos dispone sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia debe garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad. Para este efecto, regula el goce y ejercicio de los derechos, deberes y responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes y los medios para hacerlos efectivos, garantizarlos y protegerlos conforme al principio del interés superior de la niñez y adolescencia y a la doctrina de protección integra de cada uno de ellos pporque es de vital importancia que las niñas y niños conozcan sus derechos y deberes Básicamente, porque cuando ellas y ellos están informados, pueden estar mejor equipados para protegerse, además de identificar las diferentes situaciones que violan su bienestar ( World Vision Ecuador , s.f.) Los derechos de todos niños son normas o leyes de trato que cada niña y niño debe recibir por el simple hecho de ser niño. Son inherentes a todas las niñas y niños sin importar su origen socioeconómico, nacional, sexo, raza o religion estos derechos de la niñez están escritos y consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y cubren diferentes aspectos que son vitales para todas las niñas y niños. Aquí tenemos los más importantes: Derecho a la vida: Hablamos de que todas las niñas y niños tienen derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo Derecho a un entorno seguro: Todas las niñas y niños tienen derecho a vivir en un ambiente y contexto seguro, libre de cualquier tipo de violencia, abuso y negligencia. Derecho a la educación: cada niña y niño tiene derecho a acceder a una educación gratuita. Derecho a la salud: todas las niñas y niños tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, y a acceder a servicios para el tratamiento de enfermedades. Derecho a ser escuchados: niñas y niños tienen derecho a decir su opinión libremente en todos los asuntos que les afecten.
La participación de niños, niñas y adolescentes en programas, mensajes publici tarios, en producciones de contenido pornográfico y en espectáculos cuyos con tenidos sean inadecuados para su edad; La utilización de niños y niñas o adolescentes en programas o espectáculos de proselitismo político o religioso; La publicación o exhibición de noticias, reportajes, crónicas, historias de vida o cualquiera otra expresión periodística con imagen o nombres propios de niños, niñas o adolescentes que han sido víctimas de maltrato o abuso; La publicación o exhibición de imágenes y grabaciones o referencias escritas que permitan la identificación o individualización de un niño, niña o adolescente que ha sido víctima de maltrato, abuso sexual o infracción penal, ¡y cualquier otra referencia al entorno en el que se desarrollan; y, La publicación del nombre, así como de la imagen de los menores acusados o sentenciados por delitos o faltas. Aún en los casos permitidos por la ley, no se podrá utilizar públicamente la imagen de un adolescente mayor de quince años, sin su autorización expresa; ni la de un niño, niña o adolescente de dicha edad, sin la autorización de su representante legal, quien sólo la dará si no lesiona los derechos de su re presentado. En éste se establece una serie de prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen de los menores. Entre estas prohibiciones se encuentran acciones como la explotación laboral, la utilización de imágenes que atenten contra su dignidad, la exposición de su vida privada sin consentimiento, y la difusión de material que pueda afectar su integridad física o emocional, y por último también existen casos permitidos, de utilizar su imagen públicamente según lo determine la ley, siempre y cuando sea con autorización expresa y autorización de su representante legal, mediante esto se dar siempre y cuando no se lesione sus derechos. Art. 53.- Derecho a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar y las formas de comunicación. - Garantiza que los niños, niñas y adolescentes tengan derechos en cuanto a su privacidad y sobre todo busca su protección contra cualquier intervención no justificada que se presente acerca de su vida privada. No obstante, también reconoce la responsabilidad que tienen los maestros y los padres de supervisar y salvaguardar a los niños, niñas y adolescentes,
fomentando un equilibrio en el cual se pueda proteger su intimidad y que a la vez puedan gozar de una educación y un cuidado correspondientes. Art. 54.- Derecho a la reserva de la información sobre antecedentes penales. - Este articulo reconoce el derecho a la privacidad que tienen los adolescentes que se hayan encontrado involucrados en procesos legales, estableciendo medidas de protección en relación a la confidencialidad de sus antecedentes judiciales o policiales. Y debe existir una autorización judicial fundamentada para poder hacer publica dicha información, todo esto con la finalidad de dar a conocer un enfoque equitativo entre la privacidad y la justicia. Art. 55.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades o necesidades especiales. - Se reconoce la importancia de garantizar la inclusión, la igualdad y el respeto a la diversidad en los derechos de los niños, niñas y adolescentes, independientemente de sus circunstancias, contribuyendo a que puedan desarrollarse plenamente y actuar activamente en la sociedad, teniendo la oportunidad de alcanzar su máximo potencial. Art. 56.- Derecho de los hijos de las personas privadas de libertad. - El estado busca garantizar la protección, atención y asistencia especial hacia los niños, niñas y adolescentes cuyos progenitores se encuentren privados de su libertad, aplicando modalidades de atención que contribuyen a mejorar su entorno emocional y social, que se ha visto afectado. Art. 57.- Derecho a protección especial en casos de desastres y conflictos armados. - Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a protección especial en distintos momentos críticos, donde el Estado reconoce su responsabilidad por construir un futuro sostenible para aquellos que se han visto afectadas por las circunstancias. Es así que este derecho busca preservar la integridad y el desarrollo adecuado de la infancia y adolescencia, y a la vez promueve a que la sociedad proteja a sus miembros más jóvenes incluso en los momentos de adversidad. Art. 58.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes refugiados. - Se garantiza la protección y asistencia hacia los niños, niñas y adolescentes refugiados, así como a sus familiares. Reconociendo la importancia de proporcionar los recursos necesarios y de mantener la cohesión familiar para el disfrute pleno de los derechos de los menores.
grupo, así como fomentar relaciones basadas en el reconocimiento de su dignidad y el respeto a las diferencias. En síntesis, ambos artículos abogan por la protección y promoción de los derechos esenciales de niñas, niños y adolescentes. CRE Art. 92, CONA Art. 54 Ambos artículos resaltan el derecho de las personas a controlar la información sobre ellas. El Artículo 92 enfoca en el acceso y control de datos personales, permitiendo conocer su origen y destino, y solicitando la actualización o eliminación de la información. En concordancia, el Artículo 54 del CONA se centra en la reserva de antecedentes penales de adolescentes, indicando que la divulgación requiere autorización judicial y claras justificaciones. Ambos artículos comparten la preocupación por proteger la privacidad y control de la información personal. El Art. 46 de la CRE establece medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes teniendo en cuenta lo dispuesto en la constitución este articulo tienen concordancia con los Derechos de Protección del CONA Art. 52, 55 y 57 debido a las siguientes razones Art 52 (CONA): Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen. #7 del Artículo 46 (CRE): "Protección frente a la influencia de programas o mensajes”: Prohibición a la publicación o exhibición de noticias con imágenes o nombres propios de niños que han sido víctimas de maltrato o abuso y la protección contra la influencia de programas que promuevan la violencia. Art 55 (CONA): Derechos de los niños niñas y adolescentes con discapacidad. #3 del Artículo 46 (CRE): "Atención preferente para la plena integración social": Se resalta la importancia de garantizar la integración social y educativa de las personas con discapacidades o necesidades especiales. Art 57 (CONA): Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen.
#6 del Artículo 46 (CRE): "Atención prioritaria": Resalta la importancia de la atención prioritaria para niños, niñas y adolescentes en situaciones de desastres y conflictos armados. El Art. 66 de la CRE donde se hallan derechos y garantías Individuales, teniendo en cuenta lo dispuesto en la constitución este articulo tienen concordancia con los Derechos de Protección del CONA Art. 5 0 ,51 y 53 debido a las siguientes razones Art 50 (CONA): “Derechos a la integridad personal”
enfatizan el derecho a la integridad personal, incluyendo aspectos físicos, psicológicos, morales y sexuales y también prohíbe explícitamente la tortura y tratos crueles y degradantes a nivel constitucional. Art 51 (CONA): “Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen”. #5,6 y 18 del Artículo 66 (CRE): "Libre desarrollo de la personalidad y al honor y al buen nombre.: El numeral 5 y 6 expresa la libertad personal y el desarrollo integral de la personalidad, destacando la importancia de respetar la dignidad y la imagen propia y el numeral 18 del respalda esta protección al establecer el derecho al honor y al buen nombre, incluyendo la protección de la imagen. Art 53 (CONA): Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen. #20,21 y 22 del Artículo 66 (CRE): “Derecho a la inviolabilidad del domicilio e intimidad personal”: Se establece el derecho a la inviolabilidad de domicilio para todas las personas prohibiendo las injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada y dando privacidad a las formas de comunicación. Doctrina El autor sostiene que Korczak nos representa una comprensión de los derechos del niño que está más orientada al mundo de la vida, que va más allá de una construcción legalista fijada al Estado (Liebel, 2019). Nos habla sobre que los derechos del niño se enfocan en una comprensión arraigada en la vida misma.
Por otro lado, se puede destacar que existe una sólida concordancia entre los derechos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador (CRE) y los Derechos de Protección contenidos en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (CONA) que establecen medidas para asegurar los derechos de niñas, niños y adolescentes, destacando la importancia de garantizar los derechos y la dignidad de este grupo vulnerable. Estos puntos refuerzan el compromiso de resguardar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. Bibliografía Comalat, B. (2021). Los derechos de los niños y las niñas. Obtenido de https://www.peretarres.org/es/conocimiento/blog/los-derechos-de-los- niños-y-las-niñas-y-%20los-deberes- Liebel, M. (Mayo de 2019). Revista de Educación Social. Obtenido de https://eduso.net/res/revista/28/miscelanea/janusz-korczak-los-derechos- y-el-protagonismo-de-la-infancia UNICEF. (2020). ¿Qué son los derechos humanos? Obtenido de UNICEF: https://www.unicef.org/es/convencion-derechos-nino/que-son-derechos- humanos#:~:text=Los%20derechos%20humanos%20son%20indivisibles ,No%20hay%20derechos%20%E2%80%9Cpeque%C3%B1os%E2% %9D