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Derechos qué tienen los policías, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Constitucional

Acerca de los derechos y deberes qué ejercen los miembros de la fuerza pública

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2022/2023

Subido el 15/05/2024

manuel-ramirez-89
manuel-ramirez-89 🇨🇴

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Comparación de las Sentencias C-492 de 2002 y C-134 de 2021 sobre la Actividad de
Policía
1. Naturaleza preventiva de la Actividad de Policía:
En la Sentencia C-492 de 2002, se destaca que la actividad de policía tiene
un carácter principalmente preventivo, dirigido a evitar la ocurrencia de
eventos que puedan perturbar el orden público.
La Sentencia C-134 de 2021 refuerza esta noción al subrayar la importancia
de la prevención, haciendo hincapié en que la actividad de policía debe
centrarse en la disuasión y la intervención temprana.
2. Alcance como procedimiento preventivo de registro de personas por la Policía:
Según la Sentencia C-492 de 2002, el registro personal preventivo se
considera una medida excepcional que solo puede llevarse a cabo cuando
existan razones fundadas para sospechar que la persona porta armas,
elementos o sustancias prohibidas.
Por otro lado, la Sentencia C-134 de 2021 detalla los requisitos para el
registro preventivo, incluyendo la necesidad de que el funcionario policial se
identifique, explique el motivo del registro y lo realice de manera respetuosa
y no discriminatoria.
3. Comandante de Estación de Policía, en relación con el cierre temporal de
establecimientos públicos:
La Sentencia C-492 de 2002 no aborda directamente el papel del
Comandante de Estación en esta cuestión.
En cambio, la Sentencia C-134 de 2021 establece que el Comandante de
Estación puede ordenar el cierre temporal de un establecimiento público
como medida preventiva cuando existan situaciones que representen riesgos
para la seguridad o el orden público.
4. Libertad económica en manos de la Policía - Límites al ejercicio:
En la Sentencia C-492 de 2002, se reconoce la libertad económica como un
derecho fundamental y se indica que el poder de policía debe ejercerse de
manera que no restrinja este derecho de manera desproporcionada.
La Sentencia C-134 de 2021 profundiza en el análisis de los límites al
ejercicio del poder de policía en relación con la libertad económica,
estableciendo que las medidas policiales solo pueden ser legítimas si son
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Comparación de las Sentencias C-492 de 2002 y C-134 de 2021 sobre la Actividad de Policía

  1. Naturaleza preventiva de la Actividad de Policía:  En la Sentencia C-492 de 2002, se destaca que la actividad de policía tiene un carácter principalmente preventivo, dirigido a evitar la ocurrencia de eventos que puedan perturbar el orden público.  La Sentencia C-134 de 2021 refuerza esta noción al subrayar la importancia de la prevención, haciendo hincapié en que la actividad de policía debe centrarse en la disuasión y la intervención temprana.
  2. Alcance como procedimiento preventivo de registro de personas por la Policía:  Según la Sentencia C-492 de 2002, el registro personal preventivo se considera una medida excepcional que solo puede llevarse a cabo cuando existan razones fundadas para sospechar que la persona porta armas, elementos o sustancias prohibidas.  Por otro lado, la Sentencia C-134 de 2021 detalla los requisitos para el registro preventivo, incluyendo la necesidad de que el funcionario policial se identifique, explique el motivo del registro y lo realice de manera respetuosa y no discriminatoria.
  3. Comandante de Estación de Policía, en relación con el cierre temporal de establecimientos públicos:  La Sentencia C-492 de 2002 no aborda directamente el papel del Comandante de Estación en esta cuestión.  En cambio, la Sentencia C-134 de 2021 establece que el Comandante de Estación puede ordenar el cierre temporal de un establecimiento público como medida preventiva cuando existan situaciones que representen riesgos para la seguridad o el orden público.
  4. Libertad económica en manos de la Policía - Límites al ejercicio:  En la Sentencia C-492 de 2002, se reconoce la libertad económica como un derecho fundamental y se indica que el poder de policía debe ejercerse de manera que no restrinja este derecho de manera desproporcionada.  La Sentencia C-134 de 2021 profundiza en el análisis de los límites al ejercicio del poder de policía en relación con la libertad económica, estableciendo que las medidas policiales solo pueden ser legítimas si son

necesarias, idóneas y proporcionales para alcanzar un objetivo constitucionalmente válido.