Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Derechos Humanos: Garantías Constitucionales en Colombia, Ejercicios de Derecho Constitucional

Este documento resume los Artículos de la Constitución Colombiana que establecen los derechos humanos fundamentales. Aborda temas como la vida, la libertad personal, la igualdad, la intimidad, la libertad de conciencia, la libertad de expresión, la seguridad social y los derechos colectivos y ambientales. El texto también incluye garantías específicas para la mujer, la tercera edad y la vivienda.

Tipo: Ejercicios

2018/2019

Subido el 16/09/2021

daniela-rincon-10
daniela-rincon-10 🇨🇴

3 documentos

1 / 8

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Universidad Militar Nueva Granada.
Teoría Constitucional.
Análisis de los derechos subjetivos extra patrimoniales de la constitución
política de Colombia de 1991.
TITULO % II
Capítulo I
De los Derechos, las garantías y los deberes.
De los derechos fundamentales
Artículo 11: Expone del rechazo de la pena de muerte, debido a que el derecho a
la vida es inviolable.
Artículo 12: Se prohíbe y se considera inaceptable someter a alguien a
desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes.
Artículo 13: Dictamina que todos las personas naces libres y son iguales ante la
ley, teniendo los mismos derechos, libertades y oportunidades sin la existencia de
discriminaciones por sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión,
ideología política o filosófica por ende el estado debe garantizar dichas
condiciones de igualdad.
Artículo 14: El derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica debe ser para
todos.
Artículo 15: Es un derecho de todos el derecho de la intimidad personal y familiar,
así mismo su buen nombre usando como soporte de la autoridad del estado para
hacerlos respetar, rectificando la seguridad de los archivos de las personas en
entidades públicas y privada, en dicha circulación de dato se debe respetar las
garantías consagradas en la constitución, por ende se debe respetar las
comunicaciones privadas solo podrán usadas con fines judiciales.
pf3
pf4
pf5
pf8

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Derechos Humanos: Garantías Constitucionales en Colombia y más Ejercicios en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

Universidad Militar Nueva Granada. Teoría Constitucional. Análisis de los derechos subjetivos extra patrimoniales de la constitución política de Colombia de 1991. TITULO II Capítulo I De los Derechos, las garantías y los deberes. De los derechos fundamentales Artículo 11: Expone del rechazo de la pena de muerte, debido a que el derecho a la vida es inviolable. Artículo 12: Se prohíbe y se considera inaceptable someter a alguien a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Artículo 13: Dictamina que todos las personas naces libres y son iguales ante la ley, teniendo los mismos derechos, libertades y oportunidades sin la existencia de discriminaciones por sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, ideología política o filosófica por ende el estado debe garantizar dichas condiciones de igualdad. Artículo 14: El derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica debe ser para todos. Artículo 15: Es un derecho de todos el derecho de la intimidad personal y familiar, así mismo su buen nombre usando como soporte de la autoridad del estado para hacerlos respetar, rectificando la seguridad de los archivos de las personas en entidades públicas y privada, en dicha circulación de dato se debe respetar las garantías consagradas en la constitución, por ende se debe respetar las comunicaciones privadas solo podrán usadas con fines judiciales.

Artículo 16: El libre desarrollo de la personalidad es un derecho que poseen todas las personas, siempre y cuando no se atente contra los derechos de los demás y el orden jurídico. Artículo 17: Es totalmente prohibida la esclavitud, la trata de humanos y la servidumbre Artículo 18: Se debe garantizar la libertad de conciencia, por ende nadie puede ser agredido o molestado por sus creencias o convicciones, ni se le puede obligar a actuar contra su conciencia. Artículo 19: Todas las personas tiene la libertad de profesar su religión y promulgarla de forma individual o general, por ende se garantiza la libertad de cultos. Artículo 20: Se debe dar la oportunidad y garantía a todas las personas la libertad de expresar y divulgar sus opiniones e ideologías de igual forma también el de fundar medios masivos de comunicación, siendo libres pero de igual forma teniendo responsabilidad social, por lo tanto no puede haber censura Artículo 21: Se asegura el derecho a la honra, y la ley propondrá su forma de protección. Artículo 22: La paz es un derecho y deber obligatorio. Artículo 23: Todos tiene la posibilidad justificado en un derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades y obtener una solución. Artículo 24: Los colombianos tienen derecho a circular libremente por el territorio. (De acuerdo a las limitaciones de la ley) Artículo 25: Es un derecho para todos el trabajo en condiciones dignas y justas, asa mismo es reconocido como una obligación social. Artículo 26: Todos tenemos la libertad para elegir una profesión u oficio, las autoridades competentes vigilaran y harán seguimiento al ejercicio de las actividades profesionales. Artículo 27: El estado tiene el deber de garantizar las libertades de enseñanza, aprendizaje, cátedra e investigación. Artículo 28: Todos somos libres, no se debe molestar a nadie ni a su familiar, ni llevarse arresto o prisión, ni siquiera ser detenido a menos de que exista un mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con todas las solemnidades legales.

Artículo 41: Se debe divulgar y fomentar las practicas que permitan el aprendizaje de principios y valores de la participación ciudadana, haciéndose obligatorio el estudio y conocimiento de la constitución en toda institución académica.

Capitulo II

De los derechos sociales, económicos y culturales.

Artículo 42. Se establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, me manera de desde el punto jurídico y social debe ser protegido y regulado desde el punto civil y social debido a su importancia, desde el inicio verificando su edad, capacidad, efectos civiles aun siendo matrimonio religioso y tendrá libertad para elegir el número de hijos que quiera tener. Artículo 43. La mujer no podrá sufrir discriminación alguna y en caso de embarazo, durante el y después de él, se le brindar protección, atención y cuidado por parte de Estado, recibirá un subsidio de alimentación si se encuentra desempleada o cuando sea madre cabeza de familia. Artículo 44. Establece a los niños los derechos fundamentales y también se dictaminan las conductas que están castigadas con el fin de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo de manera armónica y conforme a a lo que estipula la ley. Por último se establece que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Artículo 45. Este artículo habla sobre el comportamiento que debe tener la sociedad y el Estado con respecto a la protección y formación del adolecente en los organismos públicos y privados a los que este adolecente esté vinculado con la finalidad de que la juventud tenga un progreso. Artículo 46. Habla del comportamiento que debe tener el Estado, la sociedad y la familia con respecto a los adultos que pertenecen a la tercera edad, con la finalidad de integrarlos a las actividades comunitarias. Por último, se brindara protección social y alimentaria por parte del Estado en caso de que esta persona de tercera edad sea indigente. Artículo 47. En este el Estado establecerá unas políticas de previsión, rehabilitación e integración a las personas que se consideren disminuidos físicos o psicológicos con la finalidad de brindar atención especializada para tratar sus males.

Artículo 48. Se habla de la Seguridad Social como un servicio público que debe ser administrado, regulado y controlado por el Estado, a pesar de esto se podrá ser prestado por entidades públicas y privadas con la finalidad de garantizar a las personas su acceso y eficiencia conforme a los términos que establezca la ley. Se considera a la Seguridad Social como un derecho irrenunciable. Artículo 49. En este artículo se estipula que todas las personas tendrán acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud, pues el Estado así lo debe garantizar conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, por medio de políticas que regulen el Servicio de Salud. Artículo 50. Este artículo protege a los niños menores de un año que no estén afiliados a la Seguridad Social con el fin de prestar una atención gratuita en las entidades que reciban aportes del estado, con la finalidad de garantizar su salud. Artículo 51. En este se habla de que todo colombiano tiene derecho a la vivienda digan ya sea que el Estado promueva viviendas de interés social, sistemas de financiación o formas asociadas de ejecución de estos programas de vivienda. Artículo 52. Se habla del deporte y las manifestaciones recreativas como un derecho fundamental ya que hace parte de la educación y esta debe ser costeada por el estado, además, se les reconoce a todas las personas la recreación, practica de algún deporte y al aprovechamiento dentro de actividades democráticas. Artículo 53. En el estatuto del trabajo que expide el congreso se deben tener en cuenta los principios fundamentales de igualdad de oportunidades para los trabajadores, remuneración mínima y vital, calidad de trabajo, empleo estable, irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en las normas laborales. Artículo 54. En este artículo se obliga al Estado y a los empleadores a ofrecer formación técnica y profesional a las personas que se encuentren en edad de trabajar y por parte del Estado a proporcionar a los minusválidos un empleo conforme a sus condiciones de salud. Artículo 55. Se garantizara por parte del Estado los mecanismos de negociación colectiva para regular las relaciones laborales de manera pacífica. Artículo 56. Se garantiza en este artículo al derecho de huelga, salvo en las organizaciones destinadas a los servicios públicos esenciales que estén establecidos por el legislador. Se debe establecer entonces una comisión que está conformada por representantes de los empleadores y representantes de los trabajadores con el fin de fomentar las buenas relaciones laborales.

Artículo 67. Manifiesta que la educación es un derecho de la persona y un servicio público, ya que tiene una función social de formar a las personas en lo que concierne a la cultura y crecimiento social. Se habla de la reglamentación que tendrán las instituciones de carácter público a la hora de brindar este servicio. Artículo 68. Se establece que la educación también puede ser privatizada ya que los padres de los niños menores de 14 años podrán elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos. También aclara que en las instituciones públicas no se podrá obligar a los estudiantes a educación religiosa. Artículo 69. Se declara la autonomía universitaria, es decir que sus directivas pueden fijar sus propios estatutos pero conforme a la lo que la ley establezca. Por otra parte se habla de que el estado proporcionará ayuda para la investigación, facilitara mecanismos de financiación a universidades públicas o privadas. Artículo 70. El estado está en la obligación de promover y fomentar el crecimiento individual y personal de las personas a través de la educación ya sea artística, científica y personalmente con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades. Artículo 71. El estado creara planes de desarrollo económico y social a través de la fomentación de las ciencias y en general la cultura, por medio de incentivos para las personas e instituciones que desarrollen ciencia y tecnología. Artículo 72. Al Estado le corresponde proteger los bienes considerados como patrimonio cultural de la nación ya sean arqueológicos o culturales, los cuales se consideran inalienables, inembargables imprescriptibles. También podrá readquirirlos si están en manos de particulares. Artículo 73. El periodismo gozara de la libertad e independencia suficiente para que se pueda brindar una información veraz. Artículo 74. Los documentos públicos son de conocimiento de todas las personas salvo los que estipule la ley, como el secreto profesional, este es inviolable. Artículo 75. Salvo en los casos que estipule la ley, el espectro electromagnético es un bien público inalienable e imprescriptible sujeto de gestión y control por parte del estado. Artículo 76. La intervención estatal que se hará al espectro electromagnético en específico para el servicio de televisión, estarán a cargo de organizaciones de derecho público que tengan personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial y técnica.

Artículo 77. En este artículo se estipula, de qué manera será regulada la televisión conservando siempre las libertades consagradas en la constitución y garantizando y respetando los derechos de los trabajadores de invasión, tanto por los organismos de control como por el Gobierno Nacional. Capitulo III De los derechos colectivos y del ambiente Artículo 78: Los servicios ofrecidos y prestados serán regulados por la ley, así como la administración de la información pública para la comercialización, serán responsables quienes en la producción de bienes o comercialización de estos, atenten contra la salud, seguridad de los usuarios o consumidores. Artículo 79: Es un derecho de todas las personas de gozar de un ambiente sano, por ende la ley garantiza la participación de las comunidades en decisiones que pueden afectarlo, el estado también debe proteger la biodiversidad y contenido del ambiente, conservar las áreas ecológicas importantes y fomentar el cuidado de este. Artículo 80: El estado deberá hacer un proyecto de planeación para el control y utilidad de los recursos naturales, garantizado su conservación, renovación y manejo, previniendo los factores de deterioro ambiental imponiendo sanciones legales. Artículo 81: Se prohíbe la inmersión de residuos nucleares y desechos tóxicos las armas químicas, biológicas y nucleares, tanto en su fabricación, importación, posesión y uso, el estado deberá regular tal medida. Artículo 82: El estado tiene el deber de velar por la protección de la integridad de los espacios públicos y la regulación su destinación al uso común prevaleciendo sobre el interés particular, también las entidades públicas regularan la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano.