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documento para poder realizar bajadas, Apuntes de Leyes y Políticas Ambientales

documento para poder realizar bajadas

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 23/04/2025

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mariana-briones-3 🇨🇱

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OBJETIVO
MARCO LEGAL
PROTOCOLO DE VIGILANCIA
OCUPACIONAL POR EXPOSICIÓN A
FACTORES DE RIESGO DE TRASTORNOS
MUSCULOESQUELÉTICOS
¿CÓMO SE REALIZA LA
VIGILANCIA AMBIENTAL ?
¿QUIÉN TIENE LA
RESPONSABILIDAD DE
IMPLEMENTAR?
Flujo proceso implementación
protocolo TMERT
Microempresa (1-9 trab.)
Empresa Pequeña (10-49 trab.)
Empresa Mediana y Grande
Identificación Inicial Empresa Empresa
Identificación Avanzada Empresa/OAL Empresa
Evaluación Inicial OAL OAL
Evaluación Avanzada OAL OAL
La Subsecretaria de Salud Pública por medio de la Resolución Exenta N° 327, del 05.03.2024, publicada en
www.minsal.cl, el 11.03.2024; aprobó la actualización del “Protocolo de Vigilancia Ocupacional de
Trabajadores Expuestos a Factores de Riesgo de Trastorno Musculoesqueléticos”. Inicio de vigencia 11.03.2024.
A través de la identificación y evaluación de factores de riesgo, tales como el trabajo repetitivo de miembros
superiores, posturas estáticas, manejo manual de carga y de pacientes, vibración de cuerpo entero y vibración
mano brazo. Para ello se aplicarán las siguientes metodologías según los resultados del proceso de
identificación y evaluación del riesgo:
Todos aquellos trabajadores que se desempeñen en puestos de trabajo donde las condiciones de riesgo
resulten NO ACEPTABLES en la IDENTIFICACIÓN AVANZADA, en un plazo no superior a 5 días hábiles el OAL
en conjunto con la entidad empleadora deberán elaborar un listado de trabajadores expuestos que
requieren de vigilancia de salud. También deben ingresar los trabajadores con calificación de enfermedad
profesional musculoesqueletica, y su grupo de exposicion similar.
Los trabajadores que cumplan el criterio de ingreso se les realizará una evaluación de salud que consiste en
la aplicación de encuestas que permiten identificar síntomas relacionados con los trastornos
musculoesqueléticos.
¿QUIÉN DEBE INGRESAR
AL PROGRAMA DE
VIGILANCIA DE SALUD?
¿CÓMO SE REALIZA LA
VIGILANCIA DE LA SALUD?
Cada 6 meses, mientras se mantengan expuestos al riesgo. Si un trabajador egresa de la exposición, la
empresa debe dar aviso oportuno a Mutual para realizar la evaluación de salud en un plazo de hasta 15 días
contados desde el término de la exposición.
¿CUÁL ES LA
PERIODICIDAD DE LOS
CONTROLES?
Identicación de Riesgo Evaluación de Riesgo
Identicación Inicial Identicación Avanzada Evaluación Inicial Evaluación Avanzada
Identificación Inicial Identificación Avanzada Condición Aceptable ART ToolCheckList OCRA
Identificación Avanzada Condición Critica OWAS Strain Index
REBA NIOSH
MAC LT-ISO
RAPP Liberty Mutual
MAPO KIM
BD Vibraciones ISO-11226
Cuantitativa Vibraciones
Establecer un sistema integral de monitoreo y seguimiento que permita identificar, prevenir y controlar los
factores de riesgo ambientales y laborales asociados a enfermedades musculoesqueléticas.
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¡Descarga documento para poder realizar bajadas y más Apuntes en PDF de Leyes y Políticas Ambientales solo en Docsity!

OBJETIVO

MARCO LEGAL

PROTOCOLO DE VIGILANCIA

OCUPACIONAL POR EXPOSICIÓN A

FACTORES DE RIESGO DE TRASTORNOS

MUSCULOESQUELÉTICOS

¿CÓMO SE REALIZA LA

VIGILANCIA AMBIENTAL?

¿QUIÉN TIENE LA

RESPONSABILIDAD DE

IMPLEMENTAR?

Flujo proceso implementación protocolo TMERT

Microempresa (1-9 trab.) Empresa Pequeña (10-49 trab.)

Empresa Mediana y Grande

Identificación Inicial Empresa Empresa

Identificación Avanzada Empresa/OAL Empresa

Evaluación Inicial OAL OAL

Evaluación Avanzada OAL OAL

La Subsecretaria de Salud Pública por medio de la Resolución Exenta N° 327, del 05.03.2024, publicada en www.minsal.cl , el 11.03.2024; aprobó la actualización del “Protocolo de Vigilancia Ocupacional de Trabajadores Expuestos a Factores de Riesgo de Trastorno Musculoesqueléticos”. Inicio de vigencia 11.03.2024.

A través de la identificación y evaluación de factores de riesgo, tales como el trabajo repetitivo de miembros superiores, posturas estáticas, manejo manual de carga y de pacientes, vibración de cuerpo entero y vibración mano brazo. Para ello se aplicarán las siguientes metodologías según los resultados del proceso de identificación y evaluación del riesgo:

Todos aquellos trabajadores que se desempeñen en puestos de trabajo donde las condiciones de riesgo resulten NO ACEPTABLES en la IDENTIFICACIÓN AVANZADA, en un plazo no superior a 5 días hábiles el OAL en conjunto con la entidad empleadora deberán elaborar un listado de trabajadores expuestos que requieren de vigilancia de salud. También deben ingresar los trabajadores con calificación de enfermedad profesional musculoesqueletica, y su grupo de exposicion similar.

Los trabajadores que cumplan el criterio de ingreso se les realizará una evaluación de salud que consiste en la aplicación de encuestas que permiten identificar síntomas relacionados con los trastornos musculoesqueléticos.

¿QUIÉN DEBE INGRESAR

AL PROGRAMA DE

VIGILANCIA DE SALUD?

¿CÓMO SE REALIZA LA

VIGILANCIA DE LA SALUD?

Cada 6 meses, mientras se mantengan expuestos al riesgo. Si un trabajador egresa de la exposición, la empresa debe dar aviso oportuno a Mutual para realizar la evaluación de salud en un plazo de hasta 15 días contados desde el término de la exposición.

¿CUÁL ES LA

PERIODICIDAD DE LOS

CONTROLES?

Identificación de Riesgo Evaluación de Riesgo Identificación Inicial Identificación Avanzada Evaluación Inicial Evaluación Avanzada Identificación Inicial Identificación Avanzada Condición Aceptable ART Tool Check List OCRA Identificación Avanzada Condición Critica OWAS Strain Index REBA NIOSH MAC LT-ISO RAPP Liberty Mutual MAPO KIM BD Vibraciones ISO- Cuantitativa Vibraciones

Establecer un sistema integral de monitoreo y seguimiento que permita identificar, prevenir y controlar los factores de riesgo ambientales y laborales asociados a enfermedades musculoesqueléticas.

PROTOCOLO DE VIGILANCIA

OCUPACIONAL POR EXPOSICIÓN A

FACTORES DE RIESGO DE TRASTORNOS

MUSCULOESQUELÉTICOS

La entidad empleadora deberá contar con un programa de capacitación con los contenidos mínimos establecidos en el protocolo de vigilancia ocupacional TMERT. Criterios Trabajadores CPHS PRP Jefaturas Responsable Empresa Empresa OAL OAL Modalidad Presencial/ e-learning Presencial/ e-learning Presencial Teórico, e learnig

Tipo

Teórico /Práctico 50/50%

Teórico /Práctico 50/50%

Teórico/Práctico 50/50%

Teórico 100% Duración 8 hrs 8 hrs 40 hrs 16 hrs Vigencia cada 2 años cada 2 años cada 5 años cada 2 años

NOTIFICACIÓN A LA

AUTORIDAD

CAPACITACIÓN

Datos para la notificación

  • RUT Empresa.
  • Dirección de centro de trabajo en riesgo.
  • Puestos de trabajo en niveles de riesgos Crítico, NO Aceptable o Medio/Alto.
  • Nº de trabajadores expuestos.

Cuando en la Identificación Avanzada indique Nivel de Riesgo Crítico. Cuando en la Evaluación Inicial indique Nivel de Riesgo Medio/Alto o NO Aceptable Cuando en la Evaluación Avanzada indique Nivel de Riesgo Medio/Alto. El centro de trabajo, puestos de trabajo y número de trabajadores con resultados alterados en las encuestas de vigilancia de salud.

El OAL deberá notificar en un plazo máximo de 5 días hábiles a la casilla de correo electrónico [email protected] , cuando la entidad empleadora afiliada no cumpla con la implementación de las medidas prescritas en los tiempos determinados según los resultados.

El OAL deberá notificar mensualmente en los siguientes casos: