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documentos academicos derecho, Apuntes de Derecho Laboral

trabajos académicos de derecho

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 24/04/2021

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SEÑOR
JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO DE ......
......
E.S.D.
PROCESO: ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA
DEMANDANTE: ....................
DEMANDADO: ..........................
…………………..VALENCIA GRAJALES, obrando en mi calidad de apoderado del señor
------, de conformidad con el poder que anexo, por medio del presente escrito manifiesto
que interpongo DEMANDA ORDINARIA LABORAL EN PROCESO DE PRIMERA
INSTANCIA en contra de........................................, ubicado en la ciudad de ---------,
representado legalmente por el señor ---------, mayor de edad, identificado con cedula de
ciudadanía número ………………… o por quien haga sus veces al momento de la
notificación de la presente demanda, con fundamento en los siguientes:
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SEÑOR JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO DE ...... ...... E.S.D. PROCESO: ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA DEMANDANTE: .................... DEMANDADO: .......................... …………………..VALENCIA GRAJALES, obrando en mi calidad de apoderado del señor ------, de conformidad con el poder que anexo, por medio del presente escrito manifiesto que interpongo DEMANDA ORDINARIA LABORAL EN PROCESO DE PRIMERA INSTANCIA en contra de........................................, ubicado en la ciudad de ---------, representado legalmente por el señor ---------, mayor de edad, identificado con cedula de ciudadanía número ………………… o por quien haga sus veces al momento de la notificación de la presente demanda, con fundamento en los siguientes: HECHOS

  1. El señor ---------, laboró de manera personal e ininterrumpida mediante contrato de trabajo verbal al servicio del ---------., desde el 26 de octubre de ---- hasta el 01 de marzo de ----.
  2. El demandante durante la relación laboral, se desempeñó en las instalaciones del ---------. en las funciones como portero y oficios varios, realizando tareas específicas tales como: Abrir y cerrar la puerta, anunciar la llegada de visitantes, permitir o negar el ingreso de personas, recibir los domicilios, regar el jardín, sacar la basura, lavar la caneca de la basura, barrer, trapear el edificio, barrer las hojas que caían de los árboles, etc.
  3. A mi poderdante le fue terminado el contrato de trabajo de manera unilateral y sin justa causa el día 1 marzo de ----.
  4. A mi poderdante durante la relación laboral se le daba vivienda para que habitara en un cuarto que hacía parte del edificio.
  5. Mi poderdante durante la relación laboral prestó sus servicios, los fines de semana de sábado a lunes, incluyendo festivos, y si había festivo lunes laboraba hasta el día martes, ingresando el sábado a las 3 de la tarde y con salida el día lunes a las 7am y si el fin de semana incluía lunes festivo, la salida era el día martes a las 7am.
  6. Es de aclarar que mi poderdante debía tener disponibilidad horaria de 24 horas, pues debía estar atento en todo momento de la reja de entrada al edificio y permitir o no el ingreso o salida de las personas en el edificio.
  1. Mi poderdante durante la relación laboral, nunca fue inscrito a un fondo de cesantías como tampoco se le consignaron dichas cesantías, razón por la cual habrá lugar a la sanción que establece el artículo 99 nral 3º de la Ley 50 de 1990.
  2. En razón a que a mi poderdante se le despidió sin justa causa, el demandado deberá cancelar a mi poderdante la respectiva indemnización.
  3. Mi poderdante debió suscribir el documento de liquidación de prestaciones sociales en razón a fin de obtener dinero para su sustento, más nunca ha renunciado a sus derechos laborales y es por esto que solicitó los oficios del Ministerio de Trabajo y ahora demanda en proceso ordinario, por lo cual se debe dejar sin efectos la cláusula establecida al pie de la liquidación pues se vulneran los derechos mínimos e irrenunciables del trabajador. PRETENSIONES Con fundamento en los hechos narrados, Solicito del señor juez, realizar las siguientes declaraciones y condenas:
  4. Se declare que entre mi poderdante y el demandado ----------------------------------. existió un contrato de trabajo verbal a término indefinido, que tuvo vigencia entre el 26 de octubre de ---- hasta el 1 de marzo de ----.
  1. Se declare que mi poderdante fue despedido sin justa causa y en consecuencia se condene al pago de la indemnización establecida en el artículo 64 del código sustantivo de trabajo.
  2. Se condene al pago del reajuste salarial, de acuerdo al real salario que debió cancelarse a mi poderdante, así como a los recargos y horas extras laboradas por mi poderdante.
  3. Se condene al demandado al pago de la prima de servicios, así como el reajuste de las prestaciones sociales y vacaciones de acuerdo al real salario que debió devengar mi poderdante.
  4. Que se condene al pago del auxilio de transporte el cual nunca se canceló durante la relación laboral.
  5. Se condene al demandado a la cancelación de las semanas no cotizadas al fondo de pensiones por el tiempo que tuvo vigencia la relación laboral.
  6. Que se condene al demandado al pago de la indemnización moratoria causada tanto por el pago deficitario de salarios, y prestaciones sociales así como por no informar el estado de pago de las cotizaciones de seguridad social y parafiscalidad a la terminación del contrato al tenor del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
  7. Se condene al demandado al pago de la sanción moratoria por la no consignación de cesantías en un fondo privado, al tenor del artículo 99, Nral. 3 de la ley 50 de 1990.

comparado con el real tiempo suplementario no incluido, genera el pago de los reajustes de salario y prestaciones sociales.

  1. (1 folio) citación y constancia de no comparecencia del demandado a la audiencia de conciliación señalada por el ministerio de trabajo, de fecha 12 de enero de 2016. Documento con el cual se demuestra la mala del empleador y su intención de no querer pagar los derechos laborales del demandante.
  2. (4 folios) liquidación de prestaciones sociales, entregadas el día 20 de abril de ---- - allí consta el inicio de labores, pero la fecha de terminación no es la real, tampoco el tiempo de servicios ni se incluyó el tiempo suplementario como factor salarias de liquidación, además demuestra que al accionante no se le canceló prima de servicios.
  3. (3 folios) Derecho de petición con fecha de recibido 16 de diciembre de 2014, en donde reclama el no pago del tiempo suplementario y recargos, así como permiso para salir en las noches.
  4. (4 folios) Poder conferido a mi favor.
  5. (1 folio) Amparo de pobreza
  6. Copia de la demanda y anexos para traslado al demandado. TESTIMONIALES: Sírvase señor Juez recepcionar los testimonios de las siguientes personas, todas mayores de edad, domiciliadas en ---------, quienes en cumplimiento del artículo 212 del Código General del Proceso declararán sobre los hechos de la demanda consistentes en el tiempo de labores, funciones realizadas, despido sin justa causa, horarios. Nombre:………………………. Dirección: ………………

Domicilio:………………………….. Nombre:…………………………….. Dirección: ……………… Domicilio:…………………….. INTERROGATORIO DE PARTE Solicito señor juez, que en la audiencia de que trata el artículo 72 del Código Procesal del Trabajo, se permita la práctica de la prueba de interrogatorio de parte al demandado, la cual versará sobre los hechos de la demanda. DOCUMENTOS QUE SE ENCUENTRAN EN PODER DE LA DEMANDADA Y QUE DEBERÁN APORTARSE CON LA CONTESTACIÓN. Comedidamente solicito del despacho se aplique en su integridad lo dispuesto por el artículo 31 nral 2 del parágrafo 1º y parágrafo 3º[5] del mismo artículo del Código Procesal

PROCEDIMIENTO COMPETENCIA Y CUANTÍA El proceso a seguir es el ordinario de primera instancia. La cuantía se estima superior a los 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes. De conformidad con el artículo 5º del Código Procesal del Trabajo, La competencia es suya señor Juez, en razón al domicilio de la demandada el cual es la ciudad de --------- y por ser éste el lugar de prestación del servicio. DIRECCIONES Y NOTIFICACIONES Demandante: Calle Demandada: : Calle Apoderado: Email: …………………. Del Señor Juez, atentamente: …………….. VALENCIA GRAJALES

C.C. T.P. [1] Código Sustantivo del Trabajo. ARTICULO 159. TRABAJO SUPLEMENTARIO. Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal. [2] Código Sustantivo del Trabajo. ARTICULO 127. ELEMENTOS INTEGRANTES. Artículo modificado por el artículo 14 del Ley 50 de 1990.: Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones. [3] “3. En caso de que exista la posibilidad de alegar la justa causa, qué derechos le asisten a los trabajadores que le deban ser reconocidos al liquidarse el contrato?

  1. De los derechos de los trabajadores (porteros), que les asista en el momento de la liquidación del contrato de trabajo, en cualquiera de los casos anotados, es decir, en caso de que se considere la existencia de una justa causa y cuando se estime que no se da, cuáles pueden ser objeto de conciliación y cuáles no? Para las preguntas 3 y 4, a los trabajadores que prestan sus servicios como vigilantes, les asisten los mismos derechos laborales de cualquier trabajador, luego en la elaboración de la liquidación final de prestaciones, deberá tenerse en cuenta los siguientes rubros: Auxilio de cesantías, intereses de cesantías, prima de servicios, vacaciones y las indemnizaciones a que haya lugar, derechos que deberán ser calculados en la proporción que corresponda, de acuerdo con las condiciones de cada trabajador y podrán ser objeto de un acuerdo conciliatorio, aquellos derechos inciertos y discutibles, (Concepto 253180

El {empleador} esta obligado a entregar al trabajador una relación de horas extras laboradas, con las mismas especificaciones anotadas en el libro de registro.


Lecturas complementarias:

Si usted de verdad quiere dominar las connotaciones de un proceso laboral, le sugerimos estudiar nuestras siguientes publicaciones: La notificación de la admisión de la contestación y señalamiento de audiencia se hace por estados (proceso laboral) Qué pruebas se requieren para una demanda laboral? Trabajadores de embajadas - si es competente la justicia laboral colombiana para conocer demandas contra embajadas La estabilidad laboral reforzada también aplica para los contratos de labor u obra del trabajador bajo debilidad manifiesta, incluso sin previa calificación médica (colombia) El acoso laboral (concepto, clases y sanciones) - Colombia Acoso laboral (maltrato, persecución, discriminación, entorpecimiento laboral, inequidad, desprotección) El recurso de apelación en materia laboral comprende no solo lo apelado sino también los derechos laborales mínimos e irrenunciables Que es un autodespido o despido indirecto? Cómo lograr el derecho a la indemnización? (Contrato de trabajo) Autorización para laborar horas extras – preguntas frecuentes Puede el juez de oficio declarar la nulidad del acta de conciliación laboral? MODELO DE DEMANDA ORDINARIA LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA - CON TODOS LOS REQUISITOS - INTEGRADA CON EL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO del Circuito Laboral de E.S.D. Ref.: Ordinario laboral de ........................., contra .......................... Yo, ...................................., mayor vecino de ......................, identificado con la cédula de ciudadana No. .................... de ..............., inscrito con Tarjeta Profesional .................... del Consejo Superior de la Judicatura, respetuosamente presento a usted el poder especial que me ha conferido el señor ......................................., mayor y vecino de ............................, para demandar en proceso laboral diario al señor ..................................., también mayor y vecino de ............................Acepto dicho poder y pido me sea reconocida la correspondiente personería. Y, en uso del mandato en referencia, expongo a usted los siguientes: HECHOS 1o) Mi poderdante, el señor ............................, empezó a trabajar al servicio del señor ............................ en la población de .................... el día ......... de ................. de ........ y

fue despedido por el empleador el día ......... de ................. de ........, habiendo por tanto permanecido en su trabajo sin interrupción alguna durante ......... años. 2o) Las labores encomendadas a mi poderdante y que este desempeñó cumplidamente eran las de ....................... en la fábrica de .................. que el demandado tiene en esta ciudad en la .............................................. 3o) Las labores en referencia que mi poderdante desempeñó durante esos diez (10) años, eran las de vigilar la entrada y l Medellín, xxxxxxxxxxxxx de 201xxx Señor (a) JUEZ MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE MEDELLIN La Ciudad Asunto: Demanda Proceso: Ordinario laboral de única instancia. Demandante: XXXXXXXXXXXXXXXXXX Demandado: XXXXXXXXXXXXX, propietario del establecimiento de comercio: el establecimiento de comercio XXXXXXXXXXX (si es una sociedad, el nombre de la empresa con el NIT y el nombre del representante legal o quien haga sus veces al momento de la notificación de la demanda)

1. POSTULACIÓN XXXXXXXXXXXX , mayor de edad y domiciliado en la ciudad de XXXXXXX, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, y actuando en nombre y representación del señor (a): XXXXXXXXXXXXXX , persona que igualmente es mayor de edad y vecina de la ciudad de Medellín, y quien mediante mandato me otorgó poder amplio y suficiente para actuar, de manera muy respetuosa presento ante su despacho demanda en proceso Ordinario laboral de única instancia, en contra de XXXXXXXXXXXXXX propietario del establecimiento de comercio: XXXXXXXXXX(si es una sociedad, el nombre de la empresa con el NIT y el nombre del representante legal o quien haga sus veces al momento de la notificación de la demanda) , para que mediante el trámite del proceso Ordinario Laboral de única instancia reconozca y declare que existió un contrato de trabajo verbal ( ó escrito, según sea el caso) a término indefinido con mi mandante, y que le sean reconocidos las prestaciones sociales, la seguridad social y las demás sanciones por el no pago de las mismas teniendo en cuenta los siguiente presupuestos 2. FÁCTICOS PRIMERO: El día XXX de XXXX del año XXXX, el señor(a , comenzó a laborar por medio de un contrato verbal ( ó escrito, según sea el caso) de trabajo a término indefinido, con el señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, desempeñándose en las labores de ( se describe el cargo para el cual fue contratado), en el establecimiento de comercio XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con una asignación básica mensual de $ xxxxxxxxxxxxx pesos.

señor (a) juez, condenar al señor: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, propietario del establecimiento de comercio XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, para que sea condenado al pago de las prestaciones sociales, de la siguiente forma: Asignación básica mensual de $xxxxxxxxxxxxx + $xxxxxxAux Transporte Días laborados= xxxxxxdías Prestación Fórmula Total Cesantías DT: xxxxxxX SBL: $XXXXXXXXXXXXXXX / $xxxxxxx Intereses a las Cesantías C:xxxxxxxxx X DT: xxxxxxX 0.12 / 360 $xxxxxxx Vacaciones SBL: $xxxxxxxxx X xxxxxx/ 720 $xxxxxxxxx Prima Xxxxxxxxx SBL: xxxxxxxxxxxxx xxxxxx/ 360 $xxxxxxxxxx total: $xxxxxxxxxxxxxx SEGUNDO: En ese mismo sentido, le solicito señor (a) juez, condene al señor: XXXXXXXXXXXXXXX, propietario del establecimiento de comercio XXXXXXXXXXXXXXX, para que sea condenado al pago de la indemnización contenida en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, dado a que la terminación del contrato del contrato no se justifica en las causales que impone el articulo 61 del código sustantivo del trabajo para la terminación con justa causa. TERCERO: En ese mismo sentido, le solicito señor (a) juez, condene al señor: XXXXXXXXXXXXXXX, propietario del establecimiento de comercio XXXXXXXXXXXXXXX, para que sea condenado al pago de la indemnización contenida en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, dado a que la misma, desde la fecha en que se terminó el contrato de trabajo hasta la actualidad, no ha realizado el pago de las prestaciones sociales, a la señora XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX, teniendo en cuenta lo siguiente: Ultimo salario mensual de la señora XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX, era de $XXXXXXXXXXXXXXX Desde el día XXXX de septiembre de XXXXX y hasta el día XXXX de XXXX de XXXX, día que se presentó la renuncia.

  • Para a fecha de la presentación de la demanda, van corridos un total de XXXX días de retraso. Teniendo en cuenta lo anterior, la sanción por el no pago de las prestaciones corresponde: Salario Mensual: $xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Valor día: $XXXXXXXXXXXXXXXXXX Indemnización moratoria por el no pago de las prestaciones sociales. Art. 65 CST. Un día de salario por cada día de retardo. xxxxxxxxxxx días en total. Valor día: $xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxx CUARTO: Le solicito señor (a) juez, condenar al señor: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, propietario del establecimiento de comercio XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, para que sea condenado a la suma de $xx dejada de percibir por concepto de salario

QUINTO : Que se condene al señor: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, propietario del establecimiento de comercio XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, para que sea condenado, a pagar las sumas debidamente indexadas por concepto de prestaciones sociales. SEXTO: Que se condene al señor: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, propietario del establecimiento de comercio XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, para que sea condenado, al pago de todo aquello que el juez pueda probar como Extra y Ultra Petita. SEPTIMO : Que el señor: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, propietario del establecimiento de comercio XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, para que sea condenado al pago de las costas y agencias en derecho del presente proceso. OCTAVO : Que se condene al demandado al pago respectivo de las cotizaciones a pensiones ante la xxxxxxxxxxxxxxxxx, desde el: desde el día xxxxxxx de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx del año xxxxxxx hasta el día xxxxxxxxx de xxxxxxxxx de xxxxxxx. Se condene a la parte demandada, a las costas procesales.

4. FUNDAMENTOS Y RAZONES DE DERECHO Se hace referencia a las normas que aplican al caso en concreto y se debe dar la razón jurídica de porqué la norma, aplica al caso en concreto. En derecho fundamento la demanda en lo preceptuado las siguientes disposiciones normativas:  Código Sustantivo del Trabajo, Art 22, 23, 24, 38, 47, 64, 65, 249 Y 186.  Código de Procedimiento Laboral, Art 12, 25, 26, 27, 50, 70, 71, 72, 73 y siguientes de la Ley 789 de 2002.  Ley 50 de 1990, Art. 99 Numeral 2º y 3º.  Ley xxxxxxxxx0 de 1993.  Ley 15 Art. 2 de 1959 y reglamentada por el Decreto 1258 de 1959.  Decreto 116 de 1976, Art. 5º. La parte legitimada por activa dentro del presente proceso, tiene derecho a que le sean reconocidas las prestaciones sociales, consagradas en las normas laborales, pues entre las partes existió un contrato de trabajo verbal ( ó escrito, según sea el caso) a término indefinido y la empleadora no canceló los créditos correspondientes, respetuosamente solicito al señor (a) juez, se tengan las siguientes razones de derecho: 1. Artículo 22. Del C.S.T. Definición del Contrato. Se define como aquel en el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio a otra persona, bajo continuada subordinación y dependencia de la segunda y mediante una remuneración; contrato que fue prestado por el señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX , a órdenes de la Empresa XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. 2. Artículo 23. Del C.S.T. Elementos esenciales del contrato. a) La actividad personal del trabajador, ósea, realizada por sí mismo; b) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador; c) Un salario como retribución al servicio. Elementos que se configuran por la parte actora a cabalidad, y por ende, se configura la existencia de un contrato de trabajo, verbal ( ó escrito, según sea el caso) y a término indefinido. 3. Artículo 24. Del C.S.T. Presunción. Se presume que toda relación de trabajo personal está regido por un contrato de trabajo, es decir que solo basta la

transcurridos veinticuatro (24) meses contados desde la fecha de terminación del contrato, el trabajador no ha iniciado su reclamación por la vía ordinaria o si presentara la demanda, no ha habido pronunciamiento judicial, el empleador deberá pagar al trabajador intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificados por la Superintendencia Bancaria, a partir de la iniciación del mes veinticinco (25) hasta cuando el pago se verifique. Por eso considero pertinente mediante el proceso Ordinario Laboral de Única Instancia se pueda efectuar el reconocimiento de las prestaciones y derechos que le asisten a el (la) señor(a) XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, lo anterior con fundamento en las normas enunciadas como fundamento de derecho del presente proceso. De igual forma es imperioso que el pago de las prestaciones sociales, es un beneficio que asiste a todo trabajador, y que las mismas se constituyen en una obligación para el Empleador ante todo vínculo laboral. Según lo establece el Art. 186 del C.S.T., la parte actora tiene derecho a recibir VACACIONES proporcionales por el tiempo laborado.

  • ARTICULO 249. “REGLA GENERAL. Todo empleador está obligado a pagar a sus trabajadores, y a las demás personas que se indican en este Capítulo, al terminar el contrato de trabajo, como auxilio de cesantía, un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción de año”.
  • Artículo 306. “De la prima de servicios a favor de todo empleado. El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado. PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”. 8. Como el empleador no canceló las prestaciones sociales al finalizar el contrato de trabajo, debe pagar al demandante la sanción establecida en el Art. 65 del C.S.T. 9. Dado a que el empleador no pago el valor correspondiente a la seguridad social a la actora por todas las asignaciones salariales, debe cancelar de manera retroactiva dichos aportes al Fondo de Pensiones donde se encuentre afiliado mi mandante que es Protección, pues las normas laborales indican que cuando exista un contrato de trabajo, obligatoriamente se debe afiliar al sistema de seguridad social Integral, Ley 100 de 1993. 10. Ley 52 de 1975. INTERES A LAS CESANTIAS: “ Artículo primero. A partir del primero de enero de 1975 todo patrono obligado a pagar cesantía a sus trabajadores conforme al Capítulo VII Título VIII, Parte 1º. Del Código Sustantivo del Trabajo y demás disposiciones concordantes, les reconocerá y pagará intereses del 12% anual sobre los saldos que, en 31 de diciembre de cada año, o en las fechas de retiro del trabajador o de liquidación parcial de cesantía, tenga este a su favor por concepto de cesantía. 2º. Los intereses de que trata el inciso anterior deberán pagarse en el mes de enero del año siguiente a aquel en que se causaron; o en la fecha del retiro del trabajador o dentro del mes siguiente a la liquidación parcial de cesantía, cuando se produjere antes del 31 de diciembre del respectivo período anual, en cuantía proporcional al lapso transcurrido del año.

3º. Si el patrono no pagare al trabajador los intereses aquí establecidos, salvo los casos de retención autorizados por la Ley o convenidos por las partes, deberá cancelar al asalariado a título de indemnización y por una sola vez un valor adicional igual al de los intereses causados”.

  • El ARTÍCULO 13 de la Ley 100 de 1993 modificado por el artículo 2 de la Ley 797 de 2003, consagra: “CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES. El Sistema General de Pensiones tendrá las siguientes características: a. La afiliación es obligatoria para todos los trabajadores dependientes e independientes”. En el presente caso, la señora: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, tenía la calidad de trabajadora dependiente y existía la obligación de su empleador, para afiliarla a uno de “cualquiera de los regímenes previstos”, que de manera “libre y voluntaria” escogiera la trabajadora, en virtud del literal b) de las normas antes mencionadas. A su vez, el ARTÍCULO 15 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 3 de la Ley 797 de 2003. Consagra: “AFILIADOS. Serán afiliados al Sistema General de Pensiones:
    1. En forma obligatoria: Todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos. Así mismo, las personas naturales que presten directamente servicios al Estado o a las entidades o empresas del sector privado, bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios, o cualquier otra modalidad de servicios que adopten, los trabajadores independientes y los grupos de población que por sus características o condiciones socioeconómicas sean elegidos para ser beneficiarios de subsidios a través del Fondo de Solidaridad Pensional, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales”. Subrayas fuera del texto. De otra parte, el ARTÍCULO 17 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 4 de la Ley 797 de 2003, establece: “OBLIGATORIEDAD DE LAS COTIZACIONES. Durante la vigencia de la relación laboral y del contrato de prestación de servicios, deberán efectuarse cotizaciones obligatorias a los regímenes del sistema general de pensiones por parte de los afiliados, los empleadores y contratistas con base en el salario o ingresos por prestación de servicios que aquellos devenguen”. Negrillas fuera del texto. Por último, el ARTÍCULO 22 de la Ley 100 de 1993, dispone: “OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR. El empleador será responsable del pago de su aporte y del aporte de los trabajadores a su servicio. Para tal efecto, descontará del salario de cada afiliado, al momento de su pago, el monto de las cotizaciones obligatorias y el de las voluntarias que expresamente haya autorizado por escrito el afiliado, y trasladará estas sumas a la entidad elegida por el trabajador, junto con las correspondientes a su aporte, dentro de los plazos que para el efecto determine el Gobierno. El empleador responderá por la totalidad del aporte aun en el evento de que no hubiere efectuado el descuento al trabajador”. Subrayas fuera del texto. 6. PRUEBAS Solicito decretar y practicar como tales las siguientes:  DOCUMENTALES: