Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


edad antigua, Apuntes de Historia del Derecho

Asignatura: Historia del derecho, Profesor: , Carrera: Derecho + Ciencias políticas y la Administración Pública, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 15/11/2016

javier.camarasa
javier.camarasa 🇪🇸

3.6

(14)

45 documentos

1 / 11

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
INTRODUCCIÓN
EDAD ANTIGUA
Historia del derecho
Profesora: María Pilar Hernando Serra
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa

Vista previa parcial del texto

¡Descarga edad antigua y más Apuntes en PDF de Historia del Derecho solo en Docsity!

INTRODUCCIÓN

EDAD ANTIGUA

Historia del derecho

Profesora: María Pilar Hernando Serra

PUEBLOS PRIMITIVOS

Pueblos ibéricos : Celtíberos, Carpetanos, Edetanos, Turdetanos, Galaicos,

Vacceos, Lusitanos…

  • (^) Año 1000 a.C.: Fenicios (Cádiz)
  • (^) Siglo VIII a.C.: Griegos (Ampurias)
  • (^) Siglo III a.C.: Cartagineses (Cartagena, Sagunto, Xàtiva…)
  • (^) Siglo II a.C.: Roma (Valencia, Tarragona, Zaragoza, Mérida, Córdoba, Sevilla…)
  • (^) El derecho de los pueblos primitivos ibéricos era un derecho consuetudinario

no escrito, casuístico, muy rudimentario, de origen divino, rige el principio de

la personalidad del derecho.

  • (^) El derecho de la península después de las entradas de fenicios, griegos y

cartagineses será un derecho colonial, se aplicará el derecho de la metrópoli.

IMPERIO ROMANO

IMPERIO ROMANO Imperio Romano : Derecho imperial. Concesión general de ciudadanía romana, el año 212 d.C. por Antonio Caracalla. Desde el año 78 d.C. hasta el 399, se dictan 28 constituciones imperiales dirigidas exclusivamente a la Hispania romana. En el año 380 Teodosio proclama al cristianismo como la religión oficial del Imperio. En el 395 se divide el Imperio en Oriente y Occidente. Colecciones de derecho Imperial: Código Teodosiano y Código de Justiniano. Derecho romano vulgar : Declive del Imperio. Caída del Imperio romano de Occidente, año 476. Reinos visigodos en la península, hasta la invasión musulmana en

  1. Derecho romano recopilado por los visigodos: Breviario de Alarico o Lex Romana Visigothorum, año 506.

PUEBLOS GERMÁNICOS: LOS VISIGODOS

  • (^) Los pueblos germánicos eran pueblos del norte, mercenarios del Imperio romano que se infiltraron y asentaron en los territorios del Imperio. Ostrogodos y lombardos en Italia; francos y borgoñeses en la Galia; suevos, vándalos y alanos, y posteriormente visigodos, en Hispania. Algunas veces se les concedió territorio del Imperio a través de pactos.
  • (^) Los Visigodos entraron en la península a través de un pacto con Roma en el año 418. Estos pactos tenían por objeto auxiliar militarmente al Imperio frente a otras invasiones bárbaras más violentas. Se les concedían tierras y autonomía. Conservaban su propio derecho (germánico-consuetudinario) y sus propios dirigentes. A su vez estos pueblos sufrieron una importante romanización. Su asentamiento definitivo es en el 507.

PUEBLOS GERMÁNICOS: LOS VISIGODOS

  • Regía en el derecho visigodo el principio de la personalidad del derecho ( ius sanguinis ) frente al principio de la territorialidad del derecho romano imperante desde el año 212 ( ius soli ). Con las invasiones bárbaras volvió a aplicarse el principio de la personalidad. Después de la caída del Imperio Romano los dirigentes visigodos asumieron la dirección del territorio. Con el desarrollo de la legislación visigoda volvió a aplicarse el principio de la territorialidad. El reino visigodo se convirtió al cristianismo en el año 589, en el III Concilio de Toledo.
  • El derecho visigodo era un derecho germánico, de carácter consuetudinario que se convertirá por su contacto con la cultura jurídica romana en derecho romano vulgar. Con el tiempo pasará a ser un derecho escrito y legislado por los reyes.

LEGISLACIÓN VISIGODA

  • (^) Leyes Teodoricianas de Teodorico I y Teodorico II: reparto de tierras, sucesiones, etc. Años 419-451; 453-466.
  • (^) Código de Eurico. Año 476. 56 leyes. Predominan los elementos germánicos. Eurico se convierte en prefecto de las Galias tras la caída del Imperio Romano.
  • (^) Breviario de Alarico. Lex Romana Visigothorum. Año 506. Recopilación de leyes hispanorromanas.
  • (^) Código de Leovigildo. Año 576. Corrección del código de Eurico. Más moralizante. Más de 300 leyes.

LEGISLACIÓN VISIGODA EL LIBER IUDICIORUM Liber Iudiciorum o Lex Visigothorum. Año 654, aprobado en el VIII Concilio de Toledo. San Braulio, obispo de Zaragoza revisó el texto. Chindasvinto y Recesvinto. Reformado por Ervigio. Dedicado especialmente a la práctica forense. Tiene 526 leyes., 12 libros divididos en 53 títulos por materias. Derecho público: organización del estado; Derecho privado, penal y procesal. Deroga el Código de Leovigildo y el derecho romano ( Lex quoniam).