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ej resueltos, Ejercicios de Administración de Empresas

Asignatura: Anàlisi comptable, Profesor: sergio a, Carrera: Administració i Direcció d'Empreses, Universidad: UV

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 20/04/2018

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INTRODUCCION A LA FISCALIDAD (UV)
EJERCICIOS REUELTOS
PROF. 15-16
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INTRODUCCION A LA FISCALIDAD (UV)

EJERCICIOS REUELTOS

PROF. 15-

Página 1

Pedro Perales Bertó

EJERCICIO 1

Damián Carnero tiene una empresa de alimentación. Declara el IVA utilizando el régimen

general de dicho impuesto.

Sabemos que en el cuarto trimestre ha efectuado las siguientes ventas (IVA no incluido):

Ventas al tipo general del impuesto ............................................................... 46.

Ventas al tipo reducido del impuesto ............................................................. 18.

Ventas al tipo superreducido del impuesto ...................................................... 9.

Y por otra parte ha efectuado las siguientes compras (IVA no incluido):

Compras al tipo general del impuesto ............................................................ 29.

Compras al tipo reducido del impuesto ............................................................ 7.

Compras al tipo superreducido del impuesto ................................................... 6.

Calcule el IVA a Ingresar/Devolver correspondiente a dicho trimestre.

NOTA IMPORTANTE: Con el objetivo de facilitar los cálculos, en todos los ejercicios de

IVA, se tendrán en cuenta los tipos impositivos vigentes desde septiembre de 2012,

aunque se trate de operaciones realizadas anteriormente.

IVA REPERCUTIDO – IVA SOPORTADO

IVA REPERCUTIDO:

Ventas al tipo general del impuesto 46.000 x 0,21 = 9. Ventas al tipo reducido del impuesto 18.000 x 0,10 = 1. Ventas al tipo superreducido del impuesto 9.440 x 0,04 = 377´

IVA TOTAL REPERCUTIDO = (9.660 + 1.800 + 377´6) = 11837´

IVA SOPORTADO:

Compras al tipo general del impuesto 29.000 x 0,21 = 6090 Compras al tipo reducido del impuesto 7.800 x 0,10 = 780 Compras al tipo superreducido del impuesto 6.730 x 0,04 = 269´

IVA TOTAL SOPORTADO = (6090 + 780 + 269´2)= 7.139´

RESULTADO:

IVA REPERCUTIDO – IVA SOPORTADO = 11837´6 - 7.139´2 = 4.698´4 a ingresar.

EJERCICIO 2

Pedro Pérez es propietario de una empresa de fabricación de carrocerías para camiones

Página 3

Pedro Perales Bertó

pero también en Italia, en este caso por importe de 39.000€ y en Marruecos por un importe de

22.500€. (Todas las operaciones se reflejan con el IVA no incluido).

Calcule el IVA a Ingresar/Devolver correspondiente a dicho trimestre.

IVA Repercutido

(Península)

211.000*0,21 = 44.

(Italia)

39.000 exento de IVA

(Marruecos)

22.500 exento de IVA

(Francia)

44.000*0.21 = 9.

TOTAL = 53.

IVA Soportado

(Península)

87.650*0.21 = 18.406,

(Francia)

44.000*0.21 = 9.

(Canadá)

63.800*0,21 = 13.

TOTAL = 41.044,

IVA Repercutido - IVA Soportado = 53.550 - 41.044,5 = 12.505,5 € a Ingresar

EJERCICIO 4

Indique si las rentas percibidas por las siguientes personas son no sujetas, exentas, o sujetas y no exentas en el IRPF español. En el último caso (rentas sujetas y no exentas), indique si se trata de rendimientos (matizando el tipo de rendimiento) o ganancias y pérdidas patrimoniales.

1) Luis Castells es tenista profesional español y participa en diversos torneos internacionales durante el año, aunque reside en España. Sus ingresos como tenista han sido de 2.000.000€ (ganancias en torneos) y 15.000.000€ en publicidad. Además recibe una beca del programa ADO de 25.000€ anuales.

  • Sus ingresos como tenista han sido de 2.000.000€ Renta sujeta y no exenta.

Página 4

Pedro Perales Bertó

Rendimientos por Actividades Económicas Profesionales. Art. 6.2 c) Pag.

  • 15.000.000€ en publicidad. Renta sujeta y no exenta. Rendimiento Actividad Económica.
  • beca del programa ADO de 25.000€ anuales Art.7 m): “Las ayudas de contenido económico a los deportistas de alto nivel…en las condiciones que se determinen reglamentariamente”. Por lo tanto, exenta.

2) Clara Montalvo, residente en España, ha recibido una herencia de su tía de 40.000€. Además ha obtenido un premio de la lotería primitiva de 60.000 € y un viaje de un concurso televisivo valorado en 1.500€.

  • herencia de su tía de 40.000€. Operación no sujeta. Art. 6.4.
  • premio de la lotería primitiva de 60.000€ Exenta. Art.7 ñ) “Premios: SELAE, CCAA, Cruz Roja, ONCE y la Unión Europea”.
  • viaje de un concurso televisivo valorado en 1.500€. Sujeta y no exenta. Ganancia Patrimonial. Art. 6.2 d). En especie están sujetas a ingresos a cuenta.

3) Primitivo Guerra es sargento del ejército español. Recibe como sueldo 30.000€ anuales, aunque durante 2 meses ha estado destinado en una misión humanitaria en Afganistán, por lo ha recibido una gratificación extraordinaria de 12.000€ del Ministerio de Defensa.

  • Recibe como sueldo 30.000€ anuales Sujeta y no exenta. Rendimiento del trabajo. Art. 6.2 (a).
  • Gratificación extraordinaria de 12.000€ del Ministerio de Defensa. Exenta. Art.7 o) “Las gratificaciones extraordinarias satisfechas por el Estado español por la participación de misiones humanitarias…se establezcan”. Art. 5 Reglamento.

4) Pedro Pintado, residente en Ávila, fue atropellado por un vehículo. Debido a sus lesiones recibió una indemnización de 25.000€ fijada por el juez. Las lesiones le impiden realizar su trabajo de minero, por lo que ha recibido durante 2012 una pensión de 5.000€ por incapacidad permanente.

  • Recibió una indemnización de 25.000€ fijada por el juez Exenta. Art.7 d) “Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales…de 29 de Octubre”.
  • Recibido durante 2012 una pensión de 5.000€ por incapacidad permanente sujeta y no exenta debido a que no es una incapacidad permanente absoluta. Rendimiento del trabajo. (Podría estar de dependiente en una tienda por ejemplo.)

5) Raquel Mayo está desempleada y convive con sus 2 hijos y su madre en Alboraya. Durante 2012 ha recibido las siguientes rentas.

a) Una indemnización por despido de 14.000€ (el Estatuto de los Trabajadores fijaba para alguien en sus circunstancias laborales una indemnización de 12.000€).

- Exentos hasta 12.000€. Art.7 e): “Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador…Estatuto para el despido improcedente”. El resto (2.000€) sujetos y no exentos.

b) 5.000€ anuales de subsidio por desempleo.

- Sujeta y no exenta. Rendimientos del trabajo. (No especifica que se realice en un único pago, del cual modo estaría exenta Art.7 n)). c) 1.500€ de una pensión compensatoria de su ex-marido fijada judicialmente. - Sujeta y no exenta. Rendimientos del trabajo (no tiene retención). d) Sus hijos reciben 1.000€ anuales cada uno de su padre, en virtud de anualidades por alimentos fijadas judicialmente. - Exenta. Art.7 k) “Las anualidades por alimentos percibidas por los padres en virtud de

Página 6

Pedro Perales Bertó

D. Rafael estuvo cotizando al sindicato del sector hasta el momento de su jubilación (150€).

SE PIDE: Calcular el Rendimiento Neto del Trabajo Personal del señor Jordá, así como las retenciones e ingresos a cuenta.

La indemnización de 70.000€ por despido estaría EXENTA en su totalidad según el Art. 7 e) que menciona la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de Trabajadores. En este caso sí que se cubre los 70.000€.

En lo referente a los gastos en abogados, sería deducible únicamente 300€ de los 1.200€. Según el Art 19 e) gastos de defensa jurídica del trabajador. Lim: 300€ anuales.

Los [ 8.900€ (sueldo) + 1.800€ (finiquito) ] S.S. (380€) retención 17% (1.819€)

Plan de pensiones 2.000€ (empresa) 4.000€ (empleado) TOTAL 6.000€

Según el Art. 51.1.1º Las aportaciones realizadas por los partícipes a planes de pensiones, incluyendo las contribuciones del promotor que se hubiesen sido imputadas en concepto de rendimiento del trabajo. Se puede reducir de la base imponible.

Prestación por desempleo desde mayo hasta octubre (4.800€) S.S. 270€ Retención 2% = 96€

Según el Art. 17.1 b) la prestación por desempleo es considerado rendimiento íntegro del trabajo.

Noviembre, jubilación anticipada (2.600€) Retenciones 2% = 52€

Cotizaciones al sindicato (150€) Según el Art. 19 d) es deducible.

Según el Art. 20, la reducción en este caso por rend. del trabajo será de 2.652€ puesto que su RNT > 13.260€

Rendimiento del Trabajo Rendimiento Integro 8.900€ (sueldo) 1.800€ (finiquito) 2.000€ (plan de pensiones, aportación empresa) 4.800€ (prestación por desempleo) 2.600€ (pensión, jubilación)

TOTAL 20.100€

- Gastos Deducibles 300€ (abogado) 380€ (Seg. Social finiquito) 270€ (Seg. Social pres. por desempleo) 150€ (cotización sindicato) TOTAL 1.100€ Rendimiento Neto 19.000€

Página 7

Pedro Perales Bertó

- Reducción 2.652€ No se pone el plan de pensiones, no es la base imponible Rend. Neto "Reducido" 16.348€

Retenciones 1.967€

Gastos deducibles

  • Cotizaciones a la Seguridad Social fueron de (380€ y 270€) 650€. Gasto deducible. Art.19.2.a) “Las cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades generales obligatorias de funcionarios”. - Cotización al sindicato DE 150€. Gasto deducible. Art. 19.2.d)
  • Gastos de defensa jurídica de 1200€. Gasto deducible hasta 300€ el exceso no. Art. 19.2.e)

Reducciones

  • Aportaciones al plan de pensiones de 6.000. Reducción. Art. 51.1.1º. - Reducción por rendimiento del trabajo. Art. 20.1.c)

Si RNT > 13.260 u otras rentas > 6.500 Reducción = 2.

EJERCICIO 6

Marc Mateu es médico en prácticas y trabaja para la ONG Médicos sin fronteras. Durante el año 2012 recibió de esta entidad 12.000€ por sueldos y 700€ por plus de productividad (porcentaje de retención: 12%). Durante los meses de julio y agosto el Ministerio de Asuntos sociales lo reclamó para que realizase una misión especial humanitaria en Somalia. Por ese motivo cobró una gratificación extraordinaria de 6.000€. Sabemos que pagó por su colegiación al Colegio Oficial de Médicos 350 € y que sus cotizaciones a la Seguridad Social fueron de 924€.

SE PIDE: Determinar los rendimientos netos del trabajo en el IRPF que le corresponden al señor Mateu así como los importes que le fueron retenidos.

Trabajo para ONG 12.000€ (sueldo) 12.700€

Página 9

Pedro Perales Bertó

  • Pago de 350€ por su colegiación al Colegio Oficial de Médicos. Gasto deducible, Art.19.2.d) “Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales…”
  • Cotizaciones a la Seguridad Social fueron de 924€. Gasto deducible. Art.19.2.a) “Las cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades generales obligatorias de funcionarios”.

Retenciones:

- Art.20.1b). Reducción por obtención de rendimientos de trabajo:

Si 9.180 < RNT 13.260 Reducción = 4.080 – 0,35 x (RNT – 9.180)

*no tiene nada que ver con el ejercicio

I.C. = % I.C + Valoración retribución en especie

EJERCICIO 7

Clara Sánchez es una trabajadora con un grado de minusvalía del 40% que está divorciada, tiene 33 años y 2 hijos, de 5 y 7 años. En su actual ocupación empezó a trabajar el mes de febrero, estando previamente en situación de desempleo y habiendo aceptado dicho puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual, por lo que tuvo que cambiar de residencia. Durante el ejercicio recibió las siguientes retribuciones por motivo de su trabajo: Sueldo íntegro: ...................................................................................................................................... 11.860, Cotizaciones a la Seguridad Social ...................................................................................................... 540, No existe obligación de efectuar retención por parte de la empresa.

SE PIDE: Determinar los rendimientos netos del trabajo en el IRPF que le corresponden a la señora Sánchez así como las posibles retenciones e ingresos a cuenta.

Sueldo 11.860€

Página 10

Pedro Perales Bertó

Art. 17.1 a) Sueldos y salarios rendimiento integro del trabajo.

Seguridad Social 540€ Art. 19 a) Cotizaciones a la Seg. Social o a Mutualidades Obligatorias de Funcionarios (asistencia médica de funcionarios). Deducible

Cambio de municipio Art 20.2 b) Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. La reducción se duplica (x2)

Minusvalía del 40% Art. 20.3 minusvalía >33% reducción 3.264€

Según el Art. 20, la reducción en este caso por rend. del trabajo será de [ 4080-0,35*(11.320-

  1. = 3.331x2 = 6.662€ ] puesto que 9.180€ < RNT < 13.260€

Rendimiento del Trabajo Rendimiento Integro 11.860€ (sueldo) TOTAL 11.860€

- Gastos Deducibles 540€ (Seg. Social) **TOTAL 540€ Rendimiento Neto 11.320€

  • Reducción 4080-0,35(11.320-9180) = 3.331x2 = 6.662€*

3.264€ (por discapacidad)

Rend. Neto "Reducido" 1.394€

Retenciones 0€ (no está obligada)

Gastos deducibles:

  • Cotizaciones a la Seguridad Social fueron de 540€. Gasto deducible. Art.19.2.a) “Las cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades generales obligatorias de funcionarios”.

Retenciones:

- Art.20.1b). Reducción por obtención de rendimientos de trabajo:

Si 9.180 < RNT 13.260 Reducción = 4.080 – 0,35 x (RNT – 9.180)

  • Cambio de municipio. Reducción. Art.20.2.b) “ Desempleados que acepten un trabajo que exija un cambio de municipio”. La reducción se duplica.

Página 12

Pedro Perales Bertó

SE PIDE: Calcular el Rendimiento Neto del Capital Mobiliario de Óscar, así como las retenciones e ingresos a cuenta soportados.

  1. Según el Art.25. 2 está considerado rendimiento íntegro del capital mobiliario por cesión a terceros de capital propio. ( 450€ )

  2. Según el Art. 25. 1 está considerado rendimiento íntegro del capital mobiliario por rendimiento obtenido por la participación en los fondos propios de cualquier entidad. Pero según el Art. 7 y) los primeros 1.500€ están exentos, por lo que los ( 294€ ) están EXENTOS

Los 36€ de gastos de administración y depósitos son Gastos Deducibles.

  1. Según el Art. 25. 2 está considerado rendimiento íntegro del capital mobiliario por cesión a terceros de capital propio.

RI = (10.000) - (9.657+13) = 330€

Los 6€ de gastos de administración y depósitos son Gastos Deducibles.

Rendimiento Neto del Capital Mobiliario Rendimiento Integro 450€^ (intereses procedentes de cuenta) 330€ (Letras del Tesoro)

TOTAL 780€

- Gastos Deducibles 36€ 6€ (Gastos de administración y depósito)(Gastos de administración y depósito) TOTAL 42€ Rendimiento Neto 738€

Retenciones (^) 2940.21 =4500.21= 61,7494,

TOTAL 156,24€

EJERCICIO 9

Eduardo Cardona ha realizado las siguientes operaciones durante 2012:

  1. En septiembre de 2011 Eduardo compró 1.000 acciones de RESPOIL, sociedad dedicada a la distribución de carburantes, por su valor de cotización (6 €/u.). Eduardo vendió estas acciones en octubre de 2012 a 6,6 €/u. Durante ese mismo ejercicio cobró, en concepto de dividendos íntegros, el importe de 375 €.
  2. El 20 de enero de 2012 Eduardo adquirió un pagaré de la empresa LAQUEVAL, S.A., por 6.000 € y cuyo plazo de amortización es de 4 años, estando retribuido un 8% nominal anual, pagadero cada seis meses (1er pago: 20/07/2012).
  3. Eduardo efectuó un préstamo a una empresa de un conocido suyo, de 48.000 €. Los intereses líquidos que le han abonado efectivamente ascienden a 700 €. La empresa le ha efectuado la correspondiente retención.
  4. Eduardo ha realizado este año una imposición de 4.800 € a un año en el banco, y a cambio le han entregado una batería de cocina cuyo coste para el banco ha sido de 180 €.
  5. Eduardo compró en diciembre de 2011 unos pagarés de una empresa constructora por un importe de 8.400 €, volviéndolos a vender en abril de 2012 por 12.000 €. En la adquisición soportó unos gastos de 4,8 € y en la transmisión unos gastos de 6 €.
  6. En noviembre de 2010, Eduardo adquirió una Letra del Tesoro por 9.500 €. Esta letra venció en mayo del presente año, por lo que se le reembolsó su nominal (10.000 €).

Página 13

Pedro Perales Bertó

  1. Eduardo soportó durante el ejercicio, en relación con todos los títulos mencionados anteriormente, unas comisiones de 70 € y unos gastos de administración y depósito de valores negociables de 200€.

SE PIDE: Calcular para el ejercicio 2012 el importe del Rendimiento Neto del Capital Mobiliario, así como las retenciones e ingresos a cuenta soportados.

  1. Según el Art. 25. 1 está considerado rendimiento íntegro del capital mobiliario por rendimiento obtenido por la participación en los fondos propios de cualquier entidad. Pero según el Art. 7 y) los primeros 1.500€ están exentos, por lo que los ( 375€ ) están EXENTOS
  • Cuando se venden las acciones se generan variaciones de patrimonio y no rendimientos del capital.
  1. Según el Art. 25. 2 está considerado rendimiento integro del capital mobiliario por rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios. (6.0000,08)/2 = 240€*

  2. Según el Art. 25. 2 está considerado rendimiento integro del capital mobiliario por rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios .(tenemos el Rendimiento Líquido 700€)

  3. Rendimiento del Capital en Especie (180€)

Valoración Art. 43 LIR Cálculo Art. 103 RIR

  1. Según el Art. 25. 2 está considerado rendimiento íntegro del capital mobiliario por cesión a terceros de capital propio.

  2. Según el Art. 25. 2 está considerado rendimiento íntegro del capital mobiliario por cesión a terceros de capital propio.

Art. 25.2 y Art.75.3.b) RIR no sujeta.

  1. Según el Art. 26 los gastos de administración y depósitos de valores son deducibles ( 200€ )

Rendimiento Neto del Capital Mobiliario

Rendimiento Integro

240€ (1 pago del pagaré) 886,08€ (préstamo a la empresa) 261,36€ (Rdo. integro de la batería de cocina) 3.589,2€ (compra-venta de los pagarés) 500€ (Letras del tesoro) TOTAL 5.476,

- Gastos Deducibles 200€ (Gastos de administración y depósito)

Página 15

Pedro Perales Bertó

  • Administrador: 700€ Art. 13.c) RIR.
  • Impuesto sobre bienes inmuebles: 340€ Art. 13.b) RIR.
  • Gastos de fontanero por arreglo de grifos: 300€ Art. 13.a) RIR.
  • Prima anual seguro incendio e inundación de la vivienda: 480€ Art. 13.f) RIR.
  • Amortización 2.298´648€ Art. 13.h) RIR y Art.

Suelo =

3%(88.000-7.500x88000/58000)= 2.298,

Reducciones :

  • Reducción del 60% 3.528´828 Art. 23.

b) Que compró la vivienda al contado y la arrienda como vivienda habitual a una persona de 26 años, quien obtiene unos rendimientos netos del trabajo de 19.000€.

Rendimiento íntegro :

  • 10.000€ Art.22.1. Rendimientos íntegros del capital inmobiliario.

Gastos deducibles :

  • Administrador: 700€ Art. 13.c) RIR.
  • Impuesto sobre bienes inmuebles: 340€ Art. 13.b) RIR.
  • Gastos de fontanero por arreglo de grifos: 300€ Art. 13.a) RIR.
  • Prima anual seguro incendio e inundación de la vivienda: 480€ Art. 13.f) RIR.
  • Amortización 2.298´648€ Art. 13.h ) RIR y Art.

Suelo =

Reducciones :

  • Reducción del 100% Art. 23.2.

Página 16

Pedro Perales Bertó

c) Que para adquirir la vivienda solicitó un crédito por el que ha pagado durante este ejercicio 14.200€ en concepto de intereses y 3.500 por amortización del principal. Arrienda el piso a su amiga de 53 años.

Rendimiento íntegro :

  • 10.000€ Art.22.2. Rendimientos íntegros del capital inmobiliario.

Gastos deducibles :

  • Administrador: 700€ Art. 13.c) RIR.
  • Impuesto sobre bienes inmuebles: 340€ Art. 13.b) RIR.
  • Gastos de fontanero por arreglo de grifos: 300€ Art. 13.a) RIR.
  • Prima anual seguro incendio e inundación de la vivienda: 480€ Art. 13.f) RIR.
  • Amortización 2.298´648€ Art. 13.h) RIR y Art.

Suelo =

  • 14.200€ en concepto de intereses Art. 13.a) RIR.

Reducciones :

  • Reducción del 60% 3.818´65 Art. 23.

Página 18

Pedro Perales Bertó

EJERCICIO 11

Marcela Gallego es propietaria de los siguientes inmuebles:

No nos importa su vivienda habitual, ya que no saca ningún rendimiento de ella.

Un apartamento y su correspondiente plaza de garaje situados en Alboraia. Marcela los adquirió en el año 2004 por 165.000€. El valor catastral revisado del apartamento es de 194.600€, de los cuales 162.200 corresponden a la edificación y 32.400€ al suelo. El valor catastral revisado del garaje es de 5.670€, de los cuales 960 corresponden al suelo. Marcela no utilizaba estos inmuebles, pero a partir de mayo los ha arrendado a una amiga por 420€/mes. Su amiga, que tiene 52 años, se ha traslado a vivir allí. Los gastos correspondientes a este apartamento y al garaje durante 2012 son, IVA no incluido:

Administrador: 610€

Prima anual seguro vivienda: 600€

Impuesto sobre bienes inmuebles de la vivienda: 252€

Impuesto sobre bienes inmuebles del garaje: 72€

Como consecuencia de un crédito hipotecario para la adquisición del inmueble, ha abonado 12.000€ en concepto de intereses y 6.000€ por amortización del principal.

Marcela también posee una casa en su pueblo natal que heredó hace dos años de su padre. El valor a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones fue de 48.000€. La cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que pegó fue de 493€. El valor catastral revisado de esta casa durante este ejercicio es de 27.000€, de los cuales 8.500€ corresponden al suelo.

Los gastos de la vivienda son:

IBI: 210€

Contribución municipal por alcantarillado: 180€

SE PIDE: Calcular los Rendimientos del Capital Inmobiliario y las Rentas Inmobiliarias Imputadas a Marcela.

Página 19

Pedro Perales Bertó

Rendimientos íntegros:

  • Art.22.1. Rendimientos íntegros del capital inmobiliario. Gastos deducibles:
  • Administrador: Art. 13.c) RIR.
  • Prima anual seguro vivienda: 600€ No sujeta Art.13.f) RIR.
  • Impuesto sobre bienes inmuebles de la vivienda: 252€ No sujeto Art. 13.b) RIR.
  • Impuesto sobre bienes inmuebles del garaje: 72€ No sujeto Art. 13.b) RIR.
  • 12.000€ intereses No sujeto Art. 13.a) RIR.
  • Amortización: Art. 13.h) y Art. 14 RIR

Valor catastral revisado = 194.600 (apartamento) + 5.760 (garaje) = 200.

162.200 edificación (apartamento) (garaje) 4.800 edificación 194.600 5. 32.400 Suelo 960 suelo

97´12% 2´87%

16´65% 16´66%

Valor catastral : 162.200 + 4.800 = 167.000€

Costes de adquisición : 133.574´57 + 3.952,88 = 137.527´45€

(97,12%) 165.000 (2´87%)

Apartamento 160.256´34 4.743´ garaje

Suelo 26.681´97 790´ Suelo

Edificación 133.574´57 3.952, Edificación

Valor catastral > Valor satisfecho