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Ejercicios practicos dipr, Ejercicios de Derecho Privado Internacional

Ejercicios practicos de la asignatura dereecho internacional privado

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 12/03/2024

ivan-gil-romera
ivan-gil-romera 🇪🇸

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Casos prácticos competencia
Iván Gil Romera
CUNEF
Don A.V.H., de nacionalidad francesa y residencia habitual en París, alquila una
casa de vacaciones en Mallorca. El contrato de arrendamiento tiene una duración
de cuatro meses (desde junio a septiembre, ambos incluidos). Tras el pago del
alquiler por adelantado y una vez Don A.V.H. en la citada casa, el arrendatario
comprueba que la misma no se corresponde con las características descritas por el
arrendador, domiciliado en Berlín motivo por el que Don A.V.H. quiere interponer
una demanda. 1.- En atención a la competencia judicial internacional, determine el
instrumento jurídico conforme al que Don A.V.H. habrá de interponer la demanda.
Razone jurídicamente la respuesta. 2.- ¿Ante qué tribunales podrá presentar la
citada demanda?
1. En este caso, la competencia judicial internacional se regirá por el Reglamento de
la Unión Europea nº 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, conocido
como Reglamento Bruselas I bis. Este reglamento establece las normas sobre
competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en
asuntos civiles y mercantiles dentro de la Unión Europea.
Según el art. 24 de dicho reglamento, Don A.V.H. puede presentar la demanda
ante los tribunales del Estado miembro donde esté situado el inmueble arrendado.
Como la casa de vacaciones se encuentra en Mallorca, serán los tribunales
españoles los que tengan competencia.
2. Don A.V.H. podrá presentar la demanda ante los tribunales españoles, ya que
la vivienda se encuentra en Mallorca.
Helmut H. y Hans H., ambos de nacionalidad alemana y residencia habitual
en Munich (Alemania), firman un contrato de arrendamiento de un inmueble
sito en el término municipal de Marbella (Málaga). La duración del contrato
de arrendamiento es de dos meses. Con estos datos a la vista, se pregunta: 1.- ¿Qué
tribunales serían competentes en caso de incumplimiento de contrato? Razone
jurídicamente, precisando el cuerpo legal aplicable. 2.- En caso de que, finalmente,
conocieran los tribunales españoles, ¿sería posible solicitar directamente
medidas cautelares (p. ej., embargo preventivo de la cuantía adeudada) ante
los tribunales alemanes? ¿Cuál sería la base jurídica que ampara esta pretensión?
1.- Según el artículo 24 del Reglamento Bruselas I bis, en materia de arrendamientos de
bienes inmuebles, los tribunales del Estado miembro en cuyo territorio esté situado el
bien inmueble tendrán competencia exclusiva. No obstante, en materia de contratos de
arrendamiento de bienes inmuebles celebrados para un uso particular durante un plazo
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Casos prácticos competencia Iván Gil Romera CUNEF Don A.V.H., de nacionalidad francesa y residencia habitual en París, alquila una casa de vacaciones en Mallorca. El contrato de arrendamiento tiene una duración de cuatro meses (desde junio a septiembre, ambos incluidos). Tras el pago del alquiler por adelantado y una vez Don A.V.H. en la citada casa, el arrendatario comprueba que la misma no se corresponde con las características descritas por el arrendador, domiciliado en Berlín motivo por el que Don A.V.H. quiere interponer una demanda. 1.- En atención a la competencia judicial internacional, determine el instrumento jurídico conforme al que Don A.V.H. habrá de interponer la demanda. Razone jurídicamente la respuesta. 2.- ¿Ante qué tribunales podrá presentar la citada demanda?

  1. En este caso, la competencia judicial internacional se regirá por el Reglamento de la Unión Europea nº 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, conocido como Reglamento Bruselas I bis. Este reglamento establece las normas sobre competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en asuntos civiles y mercantiles dentro de la Unión Europea. Según el art. 2 4 de dicho reglamento, Don A.V.H. puede presentar la demanda ante los tribunales del Estado miembro donde esté situado el inmueble arrendado. Como la casa de vacaciones se encuentra en Mallorca, serán los tribunales españoles los que tengan competencia.
    1. Don A.V.H. podrá presentar la demanda ante los tribunales españoles, ya que la vivienda se encuentra en Mallorca. Helmut H. y Hans H., ambos de nacionalidad alemana y residencia habitual en Munich (Alemania), firman un contrato de arrendamiento de un inmueble sito en el término municipal de Marbella (Málaga). La duración del contrato de arrendamiento es de dos meses. Con estos datos a la vista, se pregunta: 1.- ¿Qué tribunales serían competentes en caso de incumplimiento de contrato? Razone jurídicamente, precisando el cuerpo legal aplicable. 2.- En caso de que, finalmente, conocieran los tribunales españoles, ¿sería posible solicitar directamente medidas cautelares (p. ej., embargo preventivo de la cuantía adeudada) ante los tribunales alemanes? ¿Cuál sería la base jurídica que ampara esta pretensión? 1.- Según el artículo 2 4 del Reglamento Bruselas I bis, en materia de arrendamientos de bienes inmuebles, los tribunales del Estado miembro en cuyo territorio esté situado el bien inmueble tendrán competencia exclusiva. No obstante, en materia de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles celebrados para un uso particular durante un plazo

máximo de seis meses consecutivos, serán igualmente competentes los órganos jurisdiccionales del Estado miembro donde esté domiciliado el demandado, siempre que el arrendatario sea una persona física y que propietario y arrendatario estén domiciliados en el mismo Estado miembro. En este caso, como ambas partas están domiciliados en Alemania, los tribunales competentes serán los alemanes. 2.- En caso de que finalmente los tribunales españoles conozcan del asunto, la posibilidad de solicitar medidas cautelares, ante los tribunales alemanes dependerá de las normas de cooperación judicial entre Estados miembros de la Unión Europea. Según el Reglamento (UE) n.º 1215/2012, el artículo 35 permite a los tribunales de un Estado miembro solicitar medidas cautelares a los tribunales de otro Estado miembro. En este caso, los tribunales españoles podrían dirigirse a los tribunales alemanes solicitando medidas cautelares en virtud de las normas de cooperación establecidas en la Unión Europea. La base jurídica sería la cooperación judicial prevista en el propio reglamento. Una empresa francesa fabricante de una máquina especial para cocinar, se anuncia en prensa en nuestro país y también por correspondencia. Dicha correspondencia es recibida por el propietario de un hotel en el Valle de Arán, donde también tiene su vivienda. Adquiere la máquina con el fin de agilizar el servicio de comidas del hotel, pero también para su uso propio. La encarga, pero la recibe con algún defecto que impide su puesta en marcha. La empresa rechaza que pueda tener tal fallo. El adquirente decide ponerse en contacto con un abogado. Le pregunta a usted: 1.- ¿Cuál sería el instrumento sobre el que se fundamentaría la competencia judicial internacional? 2.- Sobre la base de tal instrumento, ¿son competentes los tribunales franceses o los tribunales españoles? 1.- En este caso, el instrumento también es el Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo. 2.- Según el art. 18 de dicho reglamento: La acción entablada por un consumidor contra la otra parte contratante podrá interponerse ante los órganos jurisdiccionales del Estado miembro en que esté domiciliada dicha parte o, con independencia del domicilio de la otra parte, ante el órgano jurisdiccional del lugar en que esté domiciliado el consumidor. En este caso, se podría presentar la demanda tanto ante los tribunales españoles como ante los franceses. CHP es una sociedad con domicilio en Madrid, que se encarga de comprar chalets en toda Europa con el fin de alquilarlos con fines turísticos. El pasado mes de marzo, Hans C., con domicilio en Hamburgo, contacta por internet con la sociedad española, que le ofrece el arrendamiento de un chalet en Ajaccio (Córcega, Francia). Examinadas las fotografías que le han enviado, Hans C. decide contratar el alquiler del chalet para todo el mes de agosto. CHP le envía una oferta por correo electrónico en la que se exige a Hans C. el previo pago de una renta de 2.500 euros y se incluye

caso si el contrato contuviera un pacto de sumisión a favor de los tribunales de Barcelona?