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resumen municipio con lo importante
Tipo: Apuntes
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****La regulación jurídica del** Municipio la encontramos recogida en las siguientes normas: *Constitución española de 1978
*La fusión de Municipios limítrofes a fin de constituir uno solo podrá realizarse: a) Cuando separadamente carezcan de recursos suficientes para atender los servicios mínimos exigidos por la Ley. b) Cuando se confundan sus núcleos urbanos como consecuencia del desarrollo urbanístico. c) Cuando existan notorios motivos de necesidad o conveniencia económica o administrativa.
Fuera de estos supuestos, los datos del Padrón son confidenciales. *Los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad. Si un ayuntamiento no llevara a cabo dichas actuaciones, el Instituto Nacional de Estadística, previo informe del Consejo de Empadronamiento, podrá requerirle previamente concretando la inactividad, y si fuere rechazado, sin perjuicio de los recursos jurisdiccionales que procedan, podrá acudir a la ejecución sustitutoria *Deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años cuando se trate de la inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.
i) Ferias, abastos, mercado s, lonjas y comercio ambulante. j) Protección de la salubridad pública. k) Cementerios y actividades funerarias. l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre. m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales. n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial. ñ) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS *Los Municipios pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas y, en particular, las relativas a la educación , la cultura , la promoción de la mujer , la vivienda , la sanidad y la protección del medio ambiente.