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Ensayo acerca del amparo laboral
Tipo: Apuntes
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Sartenejas, 1 de octubre de 2018 Legislación Laboral Nombre: Anyeli Reyes Amparo Laboral El término Amparar, proviene del latín que significa favorecer, proteger, defender. Acogerse al favor o protección de alguien. El amparo es la institución que tiene su ámbito dentro de las normas del Derecho Constitucional y que va dirigida a proteger la libertad individual o patrimonial de las personas cuando han sido desconocidas por una autoridad, sin importar su índole, que actúa fuera del ámbito de sus atribuciones legales, y de esta forma está haciendo vulnerable las garantías y derechos de las personas establecidas en la Constitución. Por esto mismo, el Amparo Laboral es el mecanismo constitucional que tiene por finalidad asegurar a las personas el pleno disfrute de sus derechos constitucionales, protegiéndolos de toda restricción o amenaza ilegal o arbitraria por parte de órganos estatales o particulares, con excepción de las libertadas amparadas por el habeas corpus y el habeas data La Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, fue publicada en gaceta Oficial N° 33.891 del 22 de enero de 1988; es una ley de gran trascendencia y profundo contenido democrático. Este instrumento dota a los trabajadores de un el mejor medio de defensa de los derechos y garantías constitucionales, mediante la acción de amparo, con la cual se busca proteger al individuo de la arbitrariedad y la injusticia a través de un procedimiento breve sumario, el cual no exige grandes formalismos, que terminen por asfixiar al que desee hacer uso del recurso. El Derecho del trabajo es el más social de todos los derechos, siendo esta una rama autónoma que rige y garantiza los derechos más importantes del hombre, entre los cuales están: el derecho al empleo, el derecho al salario justo, el derecho a las 8 horas de trabajo, derecho a la estabilidad, libertad sindical, y entre otros que se encuentran consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. De modo que Nuestra Constitución consagra en su artículo 27 el recurso del amparo al establecer: "Toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun de aquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente en esta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos". El mismo artículo señala en su segundo párrafo el procedimiento y características del amparo al expresar: "El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad, y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella". Culmina el artículo: "Todo tiempo será hábil y el tribunal lo tramitará con preferencia a cualquier otro asunto. La acción de amparo a la libertad o seguridad podrá
ser interpuesta por cualquier persona, y el detenido o detenida será puesto bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna. El ejercicio de este derecho no puede ser afectado, en modo alguno, por la declaración del estado de excepción o de la restricción de garantías constitucionales."