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ensayo sobre el harenting, Resúmenes de Teoría y Práctica del Entrenamiento Deportivo

ensayo sobre el sharenting para

Tipo: Resúmenes

2024/2025

Subido el 06/03/2026

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El Sharenting:
ANÁLISIS JURÍDICO-DOCTRINARIO Y SU
IMPACTO EN LOS DERECHOS DE LOS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES”
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ORTEGA MEDINA DARWIN FRANCISCO
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El Sharenting:

ANÁLISIS JURÍDICO-DOCTRINARIO Y SU

IMPACTO EN LOS DERECHOS DE LOS

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES”

UTPL

ORTEGA MEDINA DARWIN FRANCISCO

INTRODUCCIÓN  El sharenting consiste en que padres, madres o cuidadores publiquen en redes sociales fotografías, información o datos personales de niños, niñas y adolescentes. Aunque generalmente se hace para conservar recuerdos o expresar cariño, esta exposición puede afectar derechos esenciales como la intimidad, la imagen, el honor y la protección de datos, generando riesgos que comprometen la seguridad y la identidad digital de los menores.  La creación de una huella digital sin el consentimiento del niño puede provocar efectos duraderos, influir en su desarrollo y limitar su capacidad de decisión en el futuro. En este contexto, el principio del interés superior del niño establece que cualquier actuación que los involucre debe anteponer su bienestar y garantizar su protección, especialmente en el ámbito digital.

DERECHO A LA IMAGEN  El derecho a la imagen protege la representación visual del menor (fotos, videos, grabaciones), evitando su difusión sin autorización, ya que constituye un dato personal sensible.  La exposición pública puede afectar su autoimagen, desarrollo emocional y proceso de identidad, además de condicionar la forma en que terceros lo perciben.

Riesgos asociados:

  • Suplantación de identidad.

Uso de imágenes para fines ilícitos.

  • Reproducción y manipulación sin

control.

  • Publicaciones que generan burla o

estigmatización.

Estrategias de protección:

  • Evitar publicar rostros sin necesidad.
  • No compartir material que pueda

generar vergüenza futura.

  • Uso de herramientas de

difuminación o anonimización.

DERECHO AL HONOR  El honor se refiere a la valoración que los otros tienen del menor y la autoestima que el propio niño desarrolla.  Cualquier publicación que ridiculice, exponga o menosprecie al menor puede generar daños psicológicos, emocionales y sociales de carácter permanente. EJEMPLO DE VULNERACIÓN :^

  • Publicar errores escolares o comportamientos embarazosos.
  • Difusión de regaños, castigos o situaciones humillantes.
  • Comentarios que afecten su reputación MEDIDAS DE PROTECCIÓN -^ Evitar^ publicaciones^ que ridiculicen al menor. - Solicitar remoción de contenido ofensivo. - Acciones legales por difamación o vulneración de derechos personalísimos

Riesgos y Medidas de Prevención en torno al Sharenting  Definición del Sharenting Es la difusión pública de contenidos relacionados con menores por parte de sus cuidadores sin el consentimiento del niño o sin evaluar los riesgos.  Identidad digital y huella digital La identidad digital es la información disponible en línea sobre el menor; la huella digital es el rastro permanente que deja.  Ejemplos:

  • Fotos escolares, logros, rutinas.
  • Videos familiares.
  • Información médica o personal.

Riesgos del Sharenting Grooming, ciberacoso y explotación sexual: La exposición de imágenes o datos de menores facilita que personas malintencionadas los contacten o utilicen su contenido. Robo de identidad: Los datos publicados pueden ser usados para crear perfiles falsos o cometer fraudes. Estigmatización: Fotos o información vergonzosa pueden afectar su autoestima y ser usadas contra ellos en el futuro. Pérdida de privacidad futura: La huella digital creada sin su consentimiento limita su control sobre su identidad en línea.

Análisis de la Sentencia T-245A/  Antecedentes Caso en el que se discutió la publicación no autorizada de información de un menor por parte de familiares, vulnerando su intimidad y su derecho a la imagen.  Derechos analizados

  • Intimidad
  • Imagen
  • Libre desarrollo de la personalidad
  • Interés superior del niño  Pretensiones de las partes
  • Remoción del contenido publicado.
  • Protección reforzada de la privacidad del menor.
  • Reconocimiento del riesgo digital.  Decisión de primera y segunda instancia Los jueces ordenaron la eliminación del contenido, enfatizando que incluso los padres deben respetar los derechos del menor y que la exposición digital no puede justificarse por libertad personal de los adultos. El fallo reafirma que el interés superior del niño prevalece sobre la voluntad de los padres cuando existe riesgo o vulneración de derechos.

CONCLUSIONES:  El sharenting puede vulnerar derechos fundamentales de los menores, como la intimidad y la imagen, creando una huella digital que ellos no pueden controlar y que puede generar riesgos como ciberacoso, robo de identidad o estigmatización.  Los niños requieren una protección reforzada, por lo que los padres deben actuar con responsabilidad ética y legal al publicar contenido, priorizando siempre el interés superior del niño.  La Sentencia T- 245 A/ 22 reafirma que incluso en el ámbito familiar existen límites para compartir información de menores y que la libertad de los adultos en redes no puede afectar sus derechos. En conjunto, se destaca la necesidad de una mayor conciencia digital y del cumplimiento de la normativa para asegurar entornos seguros que respeten su privacidad y bienestar.

UTPL