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Los conceptos básicos de la administración pública en Colombia, incluyendo la función administrativa, los empleados y funcionarios públicos, y los órganos de control fiscal. También aborda la descentralización territorial, clasificada en descentralización territorial, funcional, por colaboración y desconcentración, y describe las entidades territoriales como los departamentos, municipios y distritos.
Tipo: Resúmenes
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Descentralización territorial : se define como el otorgamiento de competencias o funciones administrativas a las autoridades territoriales Descentralización funcional o por servicios : esta consiste en la asignación de competencias o funciones administrativas a entidades o empresas que se crean para presentar establecimientos públicos del orden nacional, ejemplo las corporaciones autónomas regionales, las empresas industriales y comerciales del estado, las sociedades de economía mixta. Tercera clase de descentralización por colaboración : esta descentralización se presta cuando los particulares, ejercen funciones administrativas, ejemplo la cámara de comercia, las notarías. Desconcentración Se dice que es la radicación de competencias y funciones en dependencias en cuya ubicación se encuentra fuera de la sede principal de la entidad, es decir; cuando una entidad envía a un trabajador a cumplir las funciones de la empresa. Delegación Las delegaciones deben tener funciones similares o funciones complementarias La delegación siempre se hace por escrito Siempre se establecen las facultades o límites a la delegación Funciones que no se pueden delegar: la expedición de reglamentos de carácter nacional; lo que a usted le han delegado, las funciones que tengas expresa prohibición para delegar Diferencia entre desconcentración y delegación : la principal diferencia es que frente a los actos de desconcentración solo procede el recurso de reposición, mientras que para los actos delegados procede el recurso de reposición y en subsidio el recurso de apelación. Administracion publica nacional La administración se define como la posibilidad de adoptar y ejercer acciones que se requieran para manejar el estado, con el objetivo de alcanzar los fines de este mismo (artículo 2 de la constitución nacional). Así mismo la administración es el conjunto de autoridades u organismos del estado, cuya función primordial es la función es la administración de las entidades del estado. Autoridades del poder ejecutivo a nivel nacional : el presidente. Vicepresidente, ministros, departamentos administrativos, todas las entidades del orden nacional. Estructura de la administración publica
Sector central: presidencia de la república, vicepresidencia de la república, ministerios; departamentos administrativos, superintendencias, las unidades administrativas especiales Cuantos ministerios, cuantos departamentos administrativos, y superintendencias hay en Colombia actualmente. Colombia consta de 18 ministerios
Órganos autónomos generales Pueden nombrar su personal, administrar sus recursos de manera independiente.
Los servidores públicos no pueden hacer contribuciones, ni financiaciones a campañas políticas Los servidores públicos no pueden nombrar en cargos a personas que tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil Los servidores públicos que deban ser elegidos por corporaciones públicas suele ser elección debe ser precedida a una convocatoria pública para que sean escogidos por méritos Cuál es el régimen de inhalidades, incompatibilidades y conflicto de intereses de los funcionarios públicos
1. Inhabilidad es la incapacidad, ineptitud o circunstancias que impiden a una persona ser elegida o designada en un cargo público y en ciertos casos, impiden el ejercicio del empleo a quienes ya se encuentran vinculados al servicio. La jurisprudencia ha señalado que “Las inhabilidades son restricciones fijadas por el constituyente o el legislador para limitar el derecho de acceso al ejercicio de cargos o funciones públicas. También han sido definidas por esta Corporación como aquellos requisitos negativos para acceder a la función pública, los cuales buscan rodear de condiciones de transparencia, imparcialidad, igualdad y moralidad el acceso y la permanencia en el servicio público, de tal suerte que las decisiones públicas sean objetivas y tengan como resultado el adecuado cumplimiento de los fines del Estado que asegure la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo Cfr. Corte Constitucional. 2. La incompatibilidad ha sido definida jurisprudencialmente como “imposibilidad jurídica de coexistencia de dos actividades”. La Corte Constitucional ha señalado en relación a las consecuencias de la incompatibilidad, que “(…) si en ella se incurre, el propio ordenamiento contempla la imposición de sanciones que en su forma más estricta llevan a la separación del empleo que se viene desempeñando. En nuestro sistema, por ejemplo, la violación del régimen de incompatibilidades por parte de los congresistas ocasiona la pérdida de la investidura (artículo 183, numeral 1, de la Constitución) y, además, en cuanto sea pertinente, está sujeta a la imposición de las sanciones penales que la ley contempla. 3. Los conflictos de intereses ponen en riesgo la obligación de garantizar el interés general del servicio público y afectan la confianza ciudadana en la administración pública.
Por ello, es necesario que los servidores públicos y contratistas conozcan sobre las situaciones en las que sus intereses personales pueden influir en el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, en beneficio particular, afectando el interés público, con el fin de que puedan ser advertidos y gestionados en forma preventiva, evitando que se favorezcan intereses ajenos al bien común. Administración publica territorial Quienes son las entidades territoriales: Los departamentos: su creación corresponde al congreso para la creación deben contar con el visto bueno de la comisión de ordenamiento territorial del departamento nacional de planeación y los habitantes de ese territorio deben ser convocados a una consulta popular para que decidan si están o no de acuerdo con la creación de un nuevo departamento están reglamentados en el artículo 298 de la constitución política, y cumplen funciones administrativas de coordinación, complementariedad a los municipios y de intermediación entre la nación y los municipios. ley 617 del 2000 Su función principal son participar en la ejecución del plan departamental de desarrollo, prestar los servicios nacionales con sede en su territorio, desarrollar el sector económico en su territorio, prestar asistencia técnica, administrativa y financiera a los municipios de su territorio, proteger y conservar el medio ambiente del territorio departamental, cumplir con las funciones que el gobierno nacional le asigne. Los departamentos se clasifican en categorías, categoría especial, primera categoría, segunda categoría, tercera categoría y carta categoría Las regiones Los municipios Las provincias Los distritos Las áreas metropolitanas Los territorios indígenas Estas categorías son determinan de acuerdo a dos razones, 1era razón es el número de habitantes y la segunda es el valor de los ingresos corrientes de libre destinación. Categoría especial: se necesita que tenga más de dos millones de habitantes en el departamento y que sus ingresos sean superiores a 6.000 smmlv Primera categoría: más de 700.000 habitantes y más de 170.000 smmlv
Quinta categoría: población de más de 10.000 habitantes y más de 15.000 smmlv Sexta categoría; más de 10.000 habitantes y menos de 15.000 smmlv La estructura de los municipios es definida por el concejo municipal; que a su vez está conformada por los concejales municipales, así mismo el representante legal del municipio es el alcalde. En algunos municipios de categoría especial o primera existe un órgano de control que se llama contraloría municipal. Los distritos: distrito capital de Bogotá; distrito turístico y cultural de Cartagena; distrito turístico, cultural e histórico de santa Martha, distrito portuario de barranquilla; distrito portuario e industrial de buenaventura. Área metropolitana: se encuentran reguladas por la ley 1625 del 2013, se forman por dos o más municipios que se integran a un municipio principal y que tiene límites territoriales. Función de las áreas metropolitanas: