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Asignatura: Derecho Procesal Penal, Profesor: gascon inchausti, Carrera: Derecho, Universidad: UCM
Tipo: Apuntes
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JUZGADO DE INSTRUCCIÓN núm. 8 MADRID DILIGENCIAS PERVIAS núm. 584/ PROCEDIMIENTO ABREVIADO núm. 48/ AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN. El Fiscal, en las Diligencias Previas número 584/2010 en el trámite establecido en el art. 780. LECrim. e instruido de los hechos objeto de las mismas, solicita la APERTURA DEL JUICIO ORAL ante EL JUZGADO DE LO PENAL y conforme al art. 781 de la misma Ley formula ESCRITO DE ACUSACION contra D. Juan Pérez, con base en las siguientes CONCLUSIONES PROVISIONALES PRIMERA. El acusado en la presente causa D. Juan Pérez, mayor de edad y sin antecedentes penales, a quien sobre las 15:45 horas del día 14 de mayo de 2010 se fue practicado un registro en el domicilio de éste, el acusado, por la Policía con objeto de descubrir droga en él. No obstante, además de la droga, en el registro se terminó hallando una escopeta de cañones recortados, en perfecto estado de funcionamiento, para la que D. Juan no poseía la correspondiente licencia. SEGUNDA. Los hechos narrados en la conclusión primera son legalmente constitutivos DE UN DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA, previsto y penado en el art. 359 del Código Penal y UN DELITO DE TENENCIA ILÍCITA DE ARMAS, previsto y penado en el art. 563 del Código Penal TERCERA. Responde el acusado en concepto de AUTOR (art. 27 y 28 del Código Penal). CUARTA. No concurren en el acusado causas modificativas de la responsabilidad criminal. QUINTA. Procede imponer al acusado las penas de TRES AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE UN MILLÓN DE PESETAS POR EL DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA, y DE UN AÑO DE PRISIÓN MENOR POR EL DELITO DE TENENCIA ILÍCITA DE ARMAS. Y SOLICITO: que tenga por peticionada la apertura del juicio oral y por formulado escrito de acusación contra el imputado D. Juan Pérez así como por solicitadas las pruebas indiciarias para el acto del juicio, acordándose las pruebas de las mismas. OTROSÍ I DICE: Para el acto de Vista Oral, el Ministerio Fiscal propone los siguientes MEDIOS DE PRUEBAS, a fin de que el órgano de enjuiciamiento, y de acuerdo con el art. 785.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se admitan todos ellos por entender su pertinencia: 1º INTERROGATORIO del acusado. OTROSÍ II DICE: El FISCAL interesa se le remita copia del escrito de calificación que presente la defensa del acusado. En Madrid, a 21 de Mayo de 2013. EL FISCAL
Fdo. Leticia Benito Sanz