Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Escrito de subrogacion, Ejercicios de Derecho Procesal Penal

Modelo de escrito para variación de defensa

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 12/07/2021

Eziul
Eziul 🇵🇪

1 documento

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Expediente Judicial : 206-2013
Sumilla : Subrogación de
Abogado Defensor
SEÑOR JUEZ PENAL PRESIDENTE DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO
SUPRAPROVINCIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNASEDE
CENTRAL
Jean Paul Pino Franco, identificado con D.N.I. Nº
42905816, en el presente proceso seguido en mi
contra, por la presunta comisión del delito de
Defraudación Tributaria; ante usted con el debido
respeto me persono y digo:
I.- PETITORIO
Que, por convenir a mi derecho e intereses, SUBROGO a mis anteriores abogados nombrados en
autos, y al amparo del Artículo 139º, inciso 141 de la Constitución Política del Perú, concordante con
los artículos 290º2 y 2933 de la Ley orgánica del Poder Judicial, recurro a su honorable despacho a
efectos de nombrar como mis nuevos abogados defensores a: Abog. Jorge Luis Fernandez
Sucapuca, con registro C.A.L. Nº 65225 y Abog. Edward José Velarde Flores, con registro
I.C.A.T. 2023, domicilio procesal en Agrupamiento Jorge Basadre, Block B Oficina 201 /
Cercado de Tacna, domicilio procesal electrónico, constituido por las casillas electrónicas 46618,
y N°54713, a efectos de que puedan ejercer las facultades establecidas en el artículo 844 del Código
Procesal Penal, dentro del presente proceso penal.
POR TANTO:
Pido tomar en cuenta lo antes mencionado, a fin de poder recibir todas las facilidades necesarias para
el mejor desempeño de la defensa.
Tacna, 29 de abril del 2019
1 Artículo 139º Son principios y derechos de la función jurisdiccional:
14. El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso. Toda persona será informada inmediatamente y
por escrito de la causa o las razones de su detención. Tiene derecho a comunicarse personalmente con un defe nsor de su elección y a ser
asesorada por éste desde que es citada o detenida por cualquier autoridad.
2 Artículo 290º En los procesos sin necesidad de la intervención de su cliente, el abogado puede presentar, suscribir y ofrec er todo tipo de
escritos pon excepción de aquellos para los que se refiere poder especial con arreglo a ley.
3 Artículo 293º El Abogado tiene derecho a defender o prestar asesoramiento a sus patrocinados ante las autoridades jud iciales,
parlamentarias, políticas, administrativas, policiales y militares y ante las entidades o corporaciones de de recho privado y ninguna autoridad
puede impedir este ejercicio, bajo responsabilidad.
4 Artículo 84. Derechos y deberes del abogado defensor
El abogado defensor goza de todos los derechos que la ley le confiere para el ejercicio de su profesión, especialmente de los siguientes:
1. Prestar asesoramiento desde que su patrocinado fuere citado o detenido por la autoridad policial.
2. Interrogar directamente a su defendido, así como a los demás procesados, testigos y peritos.
3. Recurrir a la asistencia reservada de un experto en ciencia, té cnica o arte durante el desarrollo de una diligencia, siempre que sus
conocimientos sean requeridos para mejor defender. El asistente deberá abstenerse de intervenir de manera directa.
4. Participar en todas las diligencias, excepto en la declaración prestada durante la etapa de investigación por el imputado que no defienda.
5. Aportar los medios de investigación y de prueba que estime pertinentes.
6. Presentar peticiones orales o escritas para asuntos de simple trámite.
7. Tener acceso a los expedientes fiscal y judicial para informarse del proceso, sin más limitación que la prevista en la ley, así como a obte ner
copia simple de las actuaciones en cualquier estado o grado del procedimiento.
8. Ingresar a los establecimientos penales y dependencias policiales, previa identificación, para entrevistarse con su patrocinado.
9. Expresarse con amplia libertad en el curso de la defensa, oralmente y por escrito, siempre que no se ofenda el honor de las personas, ya
sean naturales o jurídicas.
10. Interponer cuestiones previas, cuestiones prejudiciales, excepciones, recursos impugnatorios y los demás medios de defensa permitidos
por la ley.
El abogado defensor está prohibido de recurrir al uso de mecanismos dilatorios que entorpezcan el correcto funcionamiento de la
administración de justicia."

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Escrito de subrogacion y más Ejercicios en PDF de Derecho Procesal Penal solo en Docsity!

Expediente Judicial Nº : 206- Sumilla : Subrogación de Abogado Defensor

SEÑOR JUEZ PENAL PRESIDENTE DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO

SUPRAPROVINCIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA – SEDE

CENTRAL

Jean Paul Pino Franco , identificado con D.N.I. Nº 42905816, en el presente proceso seguido en mi contra, por la presunta comisión del delito de Defraudación Tributaria; ante usted con el debido respeto me persono y digo:

I.- PETITORIO

Que, por convenir a mi derecho e intereses, SUBROGO a mis anteriores abogados nombrados en autos, y al amparo del Artículo 139º, inciso 14^1 de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos 290º^2 y 293^3 de la Ley orgánica del Poder Judicial, recurro a su honorable despacho a efectos de nombrar como mis nuevos abogados defensores a: Abog. Jorge Luis Fernandez Sucapuca , con registro C.A.L. Nº 65225 y Abog. Edward José Velarde Flores , con registro I.C.A.T. Nº 2023, domicilio procesal en Agrupamiento Jorge Basadre, Block B – Oficina 201 / Cercado de Tacna, domicilio procesal electrónico, constituido por las casillas electrónicas Nº 46618, y N°54713, a efectos de que puedan ejercer las facultades establecidas en el artículo 84^4 del Código Procesal Penal, dentro del presente proceso penal.

POR TANTO:

Pido tomar en cuenta lo antes mencionado, a fin de poder recibir todas las facilidades necesarias para el mejor desempeño de la defensa.

Tacna, 29 de abril del 2019

(^1) Artículo 139º Son principios y derechos de la función jurisdiccional:

14. El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso. Toda persona será informada inmediatamente y por escrito de la causa o las razones de su detención. Tiene derecho a comunicarse personalmente con un defensor de su elección y a ser asesorada por éste desde que es citada o detenida por cualquier autoridad. (^2) Artículo 290º En los procesos sin necesidad de la intervención de su cliente, el abogado puede presentar, suscribir y ofrecer todo tipo de escritos pon excepción de aquellos para los que se refiere poder especial con arreglo a ley. (^3) Artículo 293º El Abogado tiene derecho a defender o prestar asesoramiento a sus patrocinados ante las autoridades judiciales, parlamentarias, políticas, administrativas, policiales y militares y ante las entidades o corporaciones de derecho privado y ninguna autoridad puede impedir este ejercicio, bajo responsabilidad. (^4) Artículo 84. Derechos y deberes del abogado defensor El abogado defensor goza de todos los derechos que la ley le confiere para el ejercicio de su profesión, especialmente de los siguientes:

  1. Prestar asesoramiento desde que su patrocinado fuere citado o detenido por la autoridad policial.
  2. Interrogar directamente a su defendido, así como a los demás procesados, testigos y peritos.
  3. Recurrir a la asistencia reservada de un experto en ciencia, técnica o arte durante el desarrollo de una diligencia, siempre que sus conocimientos sean requeridos para mejor defender. El asistente deberá abstenerse de intervenir de manera directa.
  4. Participar en todas las diligencias, excepto en la declaración prestada durante la etapa de investigación por el imputado que no defienda.
  5. Aportar los medios de investigación y de prueba que estime pertinentes.
  6. Presentar peticiones orales o escritas para asuntos de simple trámite.
  7. Tener acceso a los expedientes fiscal y judicial para informarse del proceso, sin más limitación que la prevista en la ley, así como a obtener copia simple de las actuaciones en cualquier estado o grado del procedimiento.
  8. Ingresar a los establecimientos penales y dependencias policiales, previa identificación, para entrevistarse con su patrocinado.
  9. Expresarse con amplia libertad en el curso de la defensa, oralmente y por escrito, siempre que no se ofenda el honor de las personas, ya sean naturales o jurídicas.
  10. Interponer cuestiones previas, cuestiones prejudiciales, excepciones, recursos impugnatorios y los demás medios de defensa permitidos por la ley. El abogado defensor está prohibido de recurrir al uso de mecanismos dilatorios que entorpezcan el correcto funcionamiento de la administración de justicia."