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Estructura del acto moral en base a lo visto en clase
Tipo: Apuntes
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Es el acto voluntario que se lleva a cabo en una situación de conflicto entre la razón y lo que genéricamente puede llamarse inclinaciones (pasiones, tendencias, sentimientos, intereses, deseos, etc.) teniendo en cuenta la ley moral. Sólo un ser racional posee la facultad de obrar por la representación de las leyes, esto es, por principios; posee una voluntad. Como para derivar las acciones de las leyes se exige razón, resulta que la voluntad no es otra cosa que razón práctica. El acto moral supone conciencia, libertad y responsabilidad en quien lo ejecuta y, siendo todo esto, en definitiva, una actuación del individuo puede producirse en ocasiones un conflicto entre las decisiones de éste y las necesidades e imposiciones de la sociedad. ESTRUCTURA DEL ACTO MORAL Para la mejor comprensión del acto moral, podemos distinguir los siguientes elementos que integran el acto moral: a) El sujeto moral: El sujeto moral es el individuo dotado de conciencia moral. Este sujeto no es un ente abstracto o ideal, sino un ser concreto, ubicado en una determinada circunstancia histórica y social. Por ello también se le llama sujeto real. b) Motivos o intenciones: Cuando nos preguntamos qué es lo que nos lleva a actuar o a perseguir determinado fin, nos estamos refiriendo a los motivos o intenciones de nuestros actos. Podemos decir que un mismo acto puede realizarse por diferentes motivos: buenos o malos, consientes o inconscientes. Pero, en todo caso, los motivos inconscientes son desterrados del mundo moral, por lo que el acto moral, se centrará solamente en los motivos consientes del sujeto. c) Conciencia del fin que se persigue: Se entiende por ello la anticipación ideal del resultado que se pretende alcanzar. La conciencia del fin del acto moral el carácter de voluntario. El sujeto moral tiene capacidad para sopesar los alcances, las consecuencias, las secuelas que pueda traer consigo su acto moral y de esa manera poder prever situaciones indeseables que en muchos casos pueden ser graves. Cabe señalar que este momento del acto moral es de vital importancia para cualquier sujeto moral, puesto que todavía no se ha realizado efectivamente el acto, pudiendo, así, orientarlo hacia un sentido más positivo. d) Decisión:
La decisión le otorga al acto moral su carácter autónomo y voluntario, ya que la decisión debe ser expresión de la propia voluntad y responsabilidad del sujeto, y no de una voluntad ajena (heteronomía). Podríamos definir la decisión como la capacidad que tiene el sujeto para actuar por sí mismo, en concordancia con lo que cree que es la mejor elección o alternativa. e) Elección: La decisión implica una elección entre varios fines posibles. En un acto moral uno siempre se pregunta: ¿cuáles son los fines preferibles para llevar a cabo el acto? Como el hombre está condenado a ser libre, no puede sustraerse de la elección. Solo que no hay una guía o norma necesaria que nos sirva de apoyo para realizar cada elección. La elección descansa en la pura libertad del sujeto. f) Medios: Se necesita, además, la conciencia de los medios para realizar el fin elegido. Los medios deben ser tan morales como los fines. Recuérdese que Maquiavelo considera que los fines justifican los medios. g) El resultado: El empleo de los medios permite alcanzar, al fin, el resultado deseado. El acto moral se consuma en el resultado, o sea, en la realización del fin perseguido. Las teorías consecuenciales o éticas de los resultados, que sostienen que la licitud o ilicitud de una acción depende únicamente del resultado, o consecuencia que tenga. Dentro de este criterio el delincuente es castigado, porque el castigo tiene como resultado impedir la realización de otros delitos semejantes. AUTONOMÍA Y HETERONOMÍA MORAL El nomos moral: autonomía y heteronomía:
importante, pero sólo en la medida en que reflexionemos sobre ellas y las aceptemos si creemos que son válidas para hacernos mejores personas, nos convertiremos en seres autónomos. Autonomía equivale, pues, a “autolegislación”, a darse a sí mismo las propias leyes. No obstante, cuando hablamos de leyes, estamos indicando que valen universalmente, porque una ley no puede valer para una sola persona. En el caso de la moral, las leyes han de valer universalmente porque son aquéllas que cualquier persona debería cumplir para ser verdaderamente humana. Por eso, con la expresión “autonomía moral” nos referimos a la capacidad que tenemos las personas de guiarnos por aquellas leyes que nos daríamos a nosotros mismos porque nos parecen propias de los seres humanos. No tiene, pues, nada que ver con “hacer lo que me venga en gana”, ni tampoco con la independencia frente a toda norma. Comportarse de forma autónoma es una posibilidad que cada ser humano puede realizar o no. Las conductas heterónomas están siempre relacionadas con situaciones de servidumbre, mientras que los seres autónomos se comportan como seres dueños de sus propios actos. En definitiva, el término “autonomía” es sinónimo de libertad: es libre quien se da a sí mismo sus propias leyes y las sigue, siempre que entendamos por “sus propias leyes” aquéllas que extendería a todos los seres humanos. De ahí que podamos valorar el tránsito de la heteronomía a la autonomía moral como un progreso, como un ganar en madurez, que puede lograrse individual y socialmente. Los individuos tenemos una conciencia capaz de progresar, pero también las sociedades tienen una conciencia que puede ir madurando desde la heteronomía a la autonomía: desde regirse por tradiciones, autoridades y costumbres no asumidas reflexivamente desde principios humanizadores, hasta guiarse por ese tipo de principios. En el caso de las sociedades, HABERMAS ha elaborado lo que él llama una “Teoría de la evolución social”, en la que muestra que las sociedades han ido aprendiendo moralmente. Sin embargo, nos vamos a ocupar sólo de la evolución de la conciencia individual hacia la autonomía moral. LA GÉNESIS DEL JUICIO MORAL SEGÚN PIAGET: La evolución del juicio moral en el niño pasa por dos fases bien diferenciadas: 1 FASE HETERÓNOMA (4-8 años): las reglas (sean de juego o de comportamiento) son inviolables y ‘sagradas’, porque han sido establecidas por una autoridad externa y superior al niño. La ‘justicia’ se identifica con la sanción más severa. 2 FASE AUTÓNOMA (9-12 años): el niño interioriza las reglas, pero las modifica con el consentimiento de los otros. La ‘justicia’ es ahora un método de búsqueda de un trato igual o equitativo para todos.