Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


examen, Exámenes de Historia del Derecho

Asignatura: Historia del Derecho, Profesor: Patricia Zambrana, Carrera: Derecho, Universidad: UMA

Tipo: Exámenes

2016/2017

Subido el 14/02/2017

carmen-gonzalez-4
carmen-gonzalez-4 🇪🇸

3.8

(26)

12 documentos

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1

Vista previa parcial del texto

¡Descarga examen y más Exámenes en PDF de Historia del Derecho solo en Docsity!

Observe las siguientes indicaciones: EXAMEN SIN HOJA DE LECTURA OPTICA. Duración del examen: 2 horas. Material admitido: Sólo Programa de la Asignatura. El examen consta de CUATRO preguntas: TRES teóricas y UNA práctica. De las tres preguntas teóricas que se proponen elegirá DOS para contestar. La CUARTA pregunta (comentario de texto) es obligatoria. Señale en la casilla correspondiente si ha realizado o no la Prueba de Evaluación Continua de esta Asignatura: Sil No [l PREGUNTAS TEÓRICAS 1. El derecho romano vulgar (Lección 5, lll, C). 2. El Código de Eurico (Lección 10, Il, B). 3. Entrada de los burgueses en la Curia: Origen de las Cortes (Lección 28, l, B). COMENTARIO DE TEXTO “Respecto de las cosas adquiridas por los príncipes (...) o de las que han de ser adquiridas en adelante, aquellas cosas que acaso dejare el príncipe sin disponer, si se comprobase que fueron adquiridas por la autorización regia, decretamos que pertenezcan únicamente al sucesor al trono. Y aquellas cosas que ellos mismos recibieron por sucesión de los bienes paternos, o de cualquier pariente, correspondan en derecho al mismo príncipe y a sus hijos o, si no hubiere hijos, también a los legítimos herederos, de igual forma que ocurre con las demás cosas, por la ley de sucesión. Y si dejara esto sin disponer, no pertenecerá al sucesor del reino, sino integramente a los hijos o al heredero de aquel que lo adquirió a título particular” (Concilio VIH de Toledo (653) canon 1214).