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Examenes mediación, Exámenes de Criminología

Asignatura: La mediació en l'àmbit penal/criminològic, Profesor: Angel Basterra, Carrera: Criminologia, Universidad: UA

Tipo: Exámenes

2016/2017

Subido el 29/06/2017

ivan_zaplana
ivan_zaplana 🇪🇸

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1. La Justicia Restaurativa implica reducir las respuestas al delito y despersonalizar el
procedimiento (T1) F (Implica ampliar las respuestas al delito y personalizar el
procedimiento)
2. Un criterio determinante para decidir sobre la idoneidad de la mediación penal es la
significación subjetiva del hecho al margen de su calificación jurídico-penal (T2) V
(Además de las condiciones subjetivas de las personas)
3. Si el menor que ha cometido el delito se niega a participar en el proceso de mediación,
éste se desarrolla igualmente sin su participación F (T4) (Se da por terminada la
mediación y se le tramitara la decisión al MF para seguir con el procedimiento)
4. Según el IIRP (instituto internacional de prácticas restaurativas) la justicia restaurativa
es un subgrupo dentro de las prácticas restaurativas
5. Para realizar un proceso de mediación penal en justicia juvenil, la víctima puede ser una
persona física o jurídica (T4) V (Además de sociedades….)
6. Los principios que deben tener en cuenta los Estados miembros de la Unión Europea al
desarrollar la mediación en materia penal están establecidos en la Recomendación Nº R
(99) 19 (V) T2
7. Los círculos de sentencia son una práctica restaurativa en la que el personal del sistema
de justicia comparte el poder y la autoridad con los miembros de la comunidad
8. Las víctimas son las destinatarias y beneficiarias principales de la Justicia Restaurativa
9. Las conferencias de grupos familiares son prácticas más restaurativas que la mediación
entre víctimas y ofensores
10. La técnica o herramienta más importante y necesaria en todo proceso de mediación es la
escucha activa T3 (V)
11. La selección del asunto que puede ser objeto de mediación penal compete al mediador
F (Es tarea del Juez)
12. La reparación exige que el menor reconozca el daño causado, pida disculpas y la
víctima las acepte (F) (Conciliación)
13. La persona mediadora es un tercero ajeno al conflicto que debe sugerir a las partes los
posibles acuerdos (V)
14. La participación de un delincuente en un proceso de JR no debe usarse como evidencia
de admisión de culpa en procedimientos legales subsecuentes (F) (Solo es un indicio)
15. La mediación penal no es posible cuando el perjudicado de la infracción penal es una
persona jurídica (F) (Si es posible)
16. Una pregunta como: ¿Tú en su situación que habrías hecho?, es una pregunta
justificativa F (Pregunta circular)
17. La mediación en asuntos penales no es posible en todas las fases del procedimiento
penal
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  1. La Justicia Restaurativa implica reducir las respuestas al delito y despersonalizar el procedimiento (T1) F (Implica ampliar las respuestas al delito y personalizar el procedimiento)
  2. Un criterio determinante para decidir sobre la idoneidad de la mediación penal es la significación subjetiva del hecho al margen de su calificación jurídico-penal (T2) V (Además de las condiciones subjetivas de las personas)
  3. Si el menor que ha cometido el delito se niega a participar en el proceso de mediación, éste se desarrolla igualmente sin su participación F (T4) (Se da por terminada la mediación y se le tramitara la decisión al MF para seguir con el procedimiento)
  4. Según el IIRP (instituto internacional de prácticas restaurativas) la justicia restaurativa es un subgrupo dentro de las prácticas restaurativas
  5. Para realizar un proceso de mediación penal en justicia juvenil, la víctima puede ser una persona física o jurídica (T4) V (Además de sociedades….)
  6. Los principios que deben tener en cuenta los Estados miembros de la Unión Europea al desarrollar la mediación en materia penal están establecidos en la Recomendación Nº R (99) 19 (V) T
  7. Los círculos de sentencia son una práctica restaurativa en la que el personal del sistema de justicia comparte el poder y la autoridad con los miembros de la comunidad
  8. Las víctimas son las destinatarias y beneficiarias principales de la Justicia Restaurativa
  9. Las conferencias de grupos familiares son prácticas más restaurativas que la mediación entre víctimas y ofensores
  10. La técnica o herramienta más importante y necesaria en todo proceso de mediación es la escucha activa T3 (V)
  11. La selección del asunto que puede ser objeto de mediación penal compete al mediador F (Es tarea del Juez)
  12. La reparación exige que el menor reconozca el daño causado, pida disculpas y la víctima las acepte (F) (Conciliación)
  13. La persona mediadora es un tercero ajeno al conflicto que debe sugerir a las partes los posibles acuerdos (V)
  14. La participación de un delincuente en un proceso de JR no debe usarse como evidencia de admisión de culpa en procedimientos legales subsecuentes (F) (Solo es un indicio)
  15. La mediación penal no es posible cuando el perjudicado de la infracción penal es una persona jurídica (F) (Si es posible)
  16. Una pregunta como: ¿Tú en su situación que habrías hecho?, es una pregunta justificativa F (Pregunta circular)
  17. La mediación en asuntos penales no es posible en todas las fases del procedimiento penal
  1. La manifestación de hostilidad en la fase de encuentro dialogado debe ser reprimida por parte del mediador (V) (Mediante varias técnicas)
  2. La JR busca la reparación del daño, la responsabilización del autor y la reconciliación con la víctima (V)
  3. La definición de JR y los servicios de justicia reparadora están recogidos en la Decisión Marco 2001/220/JAI (F) (Estatuto procesal de la víctima)
  4. En una mediación penal de menores que termina sin acuerdo debido a las exigencias de la víctima, se procede a dar por terminada la mediación y se reanuda el proceso penal (F) (Se continúa sin la intervención de la víctima)
  5. En mediación penal juvenil, si no se ha realizado de forma favorable el proceso de mediación, se informa a la Fiscalía de Menores y se continúa con el procedimiento legal establecido en la LORRPM
  6. En mediación penal juvenil los representantes legales del menor participan en las sesiones de mediación conjuntas (V)
  7. En los programas de mediación penal juvenil sin intervención de la víctima los acuerdos pueden consistir en un intercambio de explicaciones (F) (Con intervención de la víctima
  8. En los delitos de riesgo o de peligro abstracto la mediación se transforma en conciliación (V)
  9. En los casos en los que la persona acusada es reincidente se excluye la posibilidad de realizar la mediación (F) (También se pueden conseguir
  10. En la fase de información, dentro del proceso de mediación penal, se trabaja con el infractor la responsabilidad por el hecho y la empatía hacia la víctima F (En que consiste el proceso)
  11. En la fase de encuentro dialogado del proceso de mediación penal se recibe en primer lugar al infractor (F) (A la víctima)
  12. En la fase de acogida las preguntas sobre antecedentes penales y detenciones policiales se realizan sólo al infractor F (Es casi idéntica al de la víctima)
  13. En Justicia Juvenil, la iniciativa para poner en marcha la mediación corresponde en exclusiva al MF (F) (Equipos técnicos, letrado del menor, acusado, acusado particular….)
  14. En fase de ejecución de la medida, las funciones de mediación entre el menor y la víctima las realizará la entidad pública (F) (El juez a propuesta del MF o del letrado del menor….)
  15. En el proceso de mediación, la pregunta del milagro ayuda a las partes a proyectase en el mejor escenario posible del futuro (V)
  16. En el proceso de mediación penal es aconsejable no citar a la víctima hasta que se haya mantenido la entrevista con el acusado y éste haya confirmado su participación (V) (Para no hacer a la víctima moverse si al final no se lleva a cabo)