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FUNCIONAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO - LEY 40/2015 Y ENS
Tipo: Diapositivas
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Carlos Galán es Doctor en Informática, Abogado especialista en Derecho de las Tecnologías de la Información, Certified Information Security Manager (CISM) por ISACA y Consultor/Formador Homologado de la EOI. Autor de una decena de libros relacionados con las Tecnologías de la Información, su Derecho y sus aplicaciones, ha escrito asimismo una multiplicidad de artículos y comentarios en prensa y publicaciones especializadas. Ha desarrollado parte de su carrera profesional en el Grupo Telefónica, ocupando diversos cargos y participando en importantes proyectos nacionales e internacionales. Ha sido Vocal Asesor y Director de la Oficina de Modernización del Ministerio del Interior, donde, entre otras actividades, diseñó en Plan de Modernización de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y presidido la Comisión de Informática y Comunicaciones de la Seguridad de los Juegos Olímpicos de Barcelona ’92.
Ha sido profesor de la Facultad de Informática de la Universidad Politécnica de Madrid, de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de la UNED, de la licenciatura de Administración y Dirección de Empresas de la Universidad Complutense de Madrid y del Instituto de Postgrado de la Universidad Pontificia de Comillas.
Ha sido Director General de la Agencia de Certificación Electrónica ACE (primera Autoridad de Certificación de España), Vicepresidente de la Asociación de Entidades de Confianza Digital AECODI, Director General de Desarrollo y Tecnología de la Fundación General de la Universidad de Málaga y Presidente del Comité de Nuevas Tecnologías de Hispajuris, la mayor red de despachos de abogados de España.
En el terreno académico, ha sido profesor de Calidad, Seguridad y Protección de la Información , de la Ingeniería de Informática de la Universidad Pontificia de Salamanca. Actualmente es miembro del Área de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, institución en la que imparte Derecho de las TIC en el Grado de Derecho de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas, y Aspectos Legales de la Ingeniería Informática, en el Máster de Derecho de las Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, actividades que compagina con la escritura de monografías y artículos y el dictado de conferencias y cursos donde es ponente habitual en las materias relativas al Derecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Administración Electrónica, Firma Electrónica, Certificación Digital y Seguridad IT.
Ha sido asesor parlamentario en la redacción de la Ley 59/2003, de firma electrónica y, en la actualidad, es colaborador del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas -dónde es miembro del Grupo de Expertos del Plan de Acción de Administración Electrónica 213-2015- y del Centro Criptológico Nacional – del Centro Nacional de Inteligencia-, en Administración Electrónica y Ciberseguridad, colaborando asimismo con varias organizaciones públicas y privadas. Es Presidente de la Agencia de Tecnología Legal, vicepresidente de la Comisión de Contratación Electrónica de la Asociación Nacional de Empresas de Internet, miembro del Observatorio Notarial para la Sociedad de la Información y miembro del Observatorio de la Mesa de la Justicia del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Artículo 2. Ámbito Subjetivo
Concepto Ley 39/2015 - LPAC Ley 40/2015 - LRJSP
Firma [electrónica] (para acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento)
(Admitidos por las AA.PP.)
(10.1.a) Firma electrónica cualificada (y avanzada, basada en certificados cualificados) de persona física + persona jurídica + entes sin personalidad.
(10.1.b) Sello electrónico cualificado (y avanzado, basado en certificados cualificados)
(10.1.c) Otros sistemas validados por las AA.PP.
(Para la actuación administrativa automatizada)
(Del personal de las AA.PP.)
Interoperabilidad firma electrónica
Dr. Carlos Galán (ATL - UC3M)
Concepto Ley 39/2015 - LPAC Ley 40/2015 - LRJSP
Transmisiones de datos entre AA.PP.
Asistencia (por funcionario)
(12) funcionarios habilitados.
Derechos de las personas : A comunicarse con las AA.PP.
(13.a) Punto de Acceso Gral. Electrónico.
Derecho (y obligación) a la relación electrónica con las AA.PP.
(14.1) Personas físicas: voluntario. (14.2) Personas jurídicas + entidades sin personalidad + p.f. colegiadas + representantes + funcionarios: obligatorio.
Registro (16.1) Existencia de un Registro Electrónico Gral. en cada Administración.
Dr. Carlos Galán (ATL - UC3M)
Concepto Ley 39/2015 - LPAC Ley 40/2015 - LRJSP
Forma (de los actos administrativos)
(36) Los a.a. se producirán por escrito a través de medios electrónicos.
Notificaciones (condiciones generales de las…)
(41) Por medios electrónicos (y siempre que el interesado resulte obligado por esta vía).
Notificaciones (validez)
(41.b) constancia de: envío o puesta a disposición + recepción o acceso + fechas y horas + contenido íntegro + identidad del remitente y destinatario. Reglamentariamente en ciertos procedimientos para ciertos colectivos de personas físicas. (41.6) Los avisos de notificaciones a través de dispositivo electrónico o dirección de email.
Notificaciones (práctica)
(43) Por Comparecencia en la sede electrónica / a través de Dirección Electrónica Habilitada Única. Si NO acceso en 10 días rechazada. Podrá accederse a través del Punto de Acceso General Electrónico.
Dr. Carlos Galán (ATL - UC3M)
Concepto Ley 39/2015 - LPAC Ley 40/2015 - LRJSP
Expediente Administrativo
(70.1) Conjunto ordenado de documentos antecedentes de la resolución administrativa. (70.2) Tendrán formato electrónico + índice. Teniendo en cuenta el ENI.
Procedimientos competencia de cada Administración
(21) Relación de procedimientos en página web.
Órganos colegiados (convocatoria y sesiones)
Actas (de las sesiones de los órganos colegiados)
Concepto Ley 39/2015 - LPAC Ley 40/2015 - LRJSP
Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración
Transferencia de tecnología entre Administraciones
El medio
electrónico
como medio
habitual
Foto: Miguel A. Amutio
Dr. Carlos Galán (ATL - UC3M)
Contexto
¿Qué es la seguridad de la información?
Es la capacidad de las redes o de los sistemas de información
para resistir, con un determinado nivel de confianza,
los accidentes o acciones ilícitas o malintencionadas
que comprometan la disponibilidad, autenticidad, integridad y
confidencialidad de los datos almacenados o transmitidos
y de los servicios que dichas redes y sistemas ofrecen o
hacen accesibles.
SEGURIDAD TECNOLÓGICA Y JURÍDICA