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Este documento ofrece una introducción al concepto de cooperación y alianzas entre empresas, con un enfoque especial en los acuerdos contractuales. Aprenderemos sobre la evolución del concepto de cooperación, los motivos por los que las empresas cooperan, y las diferentes modalidades de acuerdos. Además, examinaremos ejemplos concretos de acuerdos contractuales como franquicias, licencias y subcontratación.
Tipo: Diapositivas
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1- El proceso de globalización y su impacto en la gestión empresarial. 2- Crecimiento empresarial: concepto y formas de crecimiento de las empresas. 3- Alianzas y cooperaciones entre empresas. Su justificación. 4- La internacionalización de la empresa.
Evolución del concepto de cooperación
La aceptación general , según la RAE. Afirma que cooperación equivale a operar conjuntamente con cualquier otra persona, y es un fenómeno que va unido al de la asociación.
Desde mediados del S.XIX se empezó a dar a la cooperación un significado económico , designándose como una nueva forma de asociación la sociedad cooperativa.
Según la opinión de diverso autores tales como Fernández Sánchez, García Canal y Yoshino y Rangan la cooperación adopta distintos matices.
Estrategias de simbiosis entre 2 o más compañías que entablan acuerdos con o sin intercambio accionarial, para aprovechar y compartir sus competencias distintivas, creándose de este modo sinergias.
Principales motivos para cooperar las empresas:
Diversificar y compartir riesgos. Evitar duplicar esfuerzos y compartir costes. Aprovechar la complementariedad de la otra parte. Aprovechar lo que mejor sabe hacer el otro para completarnos. Explotar economías de escala. Al unirse también se aúnan esfuerzos y por tanto hay capacidad para producir más o sacar más servicios a mejor precio. Motivos políticos provocan que sea más fácil o ventajoso cooperar con empresas de otros países para penetrar en sus mercados. Muchas veces es más fácil negociar en ese país a través de alianzas. Alterar o influir en la competencia para así mejorar las compañías cooperantes su posición competitiva. Acceso a conocimientos y habilidades de nuevos socios fruto de la cooperación. Se quiere aprovechar los conocimientos que tienen los otros pero a cambio también damos nuestra ventaja competitiva.
La clasificación presentada por los profesores Navas y Guerras (1999) donde atendiendo a la forma del acuerdo suscrito entre los socios distinguen entre:
Acuerdos contractuales. Acuerdos accionariales. Multiplicidad de acuerdos, lo que da lugar a las Redes.
Tipos de cooperación según la forma del acuerdo suscrito entre los socios:
a) Acuerdos contractuales: las empresas firman contratos que no implican intercambio accionarial ni inversión de capital en ninguna compañía nueva o existente. Por ejemplo, franquicias, contratos de larga duración sorbe actividades concretas, subcontrataciones, spin-off, consorcios. b) Acuerdos accionariales: el proyecto de colaboración implica la adquisición de acciones de una compañía por parte de al menos uno de los socios participantes. Por ejemplo, joint-ventures y las participaciones minoritarias. c) Multiplicidad de acuerdos: redes que se crean a partir de una pluralidad de acuerdos de cooperación entre los más diversos participantes (empresas, individuos, instituciones públicas, entidades financieras, etc.).
A través de los acuerdos las organizaciones comparten sus recursos y sus actividades para desarrollar una estrategia que les lleve a conseguir un beneficio común. En este tipo de acuerdos existe una amplia y variada gama de posibilidades y formas de alianza. Las más reconocidas y usadas para conseguir el objetivo del crecimiento:
1. La franquicia. Es un tipo de cooperación entre empresas a través de la cual una de ellas (empresa franquiciadora) cede a otra (empresa franquiciada) el derecho a la comercialización de determinados productos o servicios, bajo unas determinadas condiciones y a cambio de unas compensaciones económicas. Estas compensaciones económicas comprenden un pago inicial y canon sobre las ventas por parte del franquiciado hacia el franquiciador, a cambio de la explotación de una marca, conocimientos técnicos y formación del personal.
En este tipo de acuerdos se debe recoger el know-how del franquiciador, indicar las fuentes de suministro de los productos, aportar los derechos de propiedad industrial relacionados con el objeto del contrato, definir las contraprestaciones económicas, establecer el cuadro de exclusividades y los medios de control sobre la gestión del franquiciado.
Para el franquiciado: Ventajas: Permite al pequeño empresario competir en una economía globalizada siendo propietario de su negocio, Se aprovecha de la formación, recursos, imagen y know-how del franquiciador. Tiene apoyo del franquiciador para gestionar el negocio y resolver problemas. Inconvenientes: Se puede llegar a crear excesiva dependencia del franquiciador. Un aspecto negativo o imprevisto que surja afectará a toda la franquicia, y por tanto, al franquiciado. Para el franquiciador: Ventajas: Dispone rápidamente de una gran red de distribución de productos propios, sin la necesidad de asumir cuantiosas inversiones. Inconvenientes: Debe renunciar al control total de la distribución de su negocio.
Las licencias pueden ser de distintos tipos: Limitada o ilimitada , según se otorgue para todo el territorio nacional o sólo para una parte. Exclusiva o no exclusiva , si es exclusiva el titular de la licencia no podrá otorgar otras licencias y sólo podrá explotar la invención si en el contrato se hubiera reservado expresamente ese derecho. Para un período de tiempo limitado o ilimitado. Puede otorgarse para un período de tiempo limitado o no estipularse en el contrato el período de tiempo y ser éste ilimitado.
4. Subcontratación/ Outsourcing. El outsourcing o subcontratación es un contrato mediante el cual una empresa (contratista) encarga a otra (subcontratada) la realización de una actividad en unas condiciones preestablecidas.
Esta forma de cooperación será acogida cuando resulte más beneficioso externalizar una función completa que realizarla, siempre que esa tarea no sea estratégicamente relevante para el negocio.
El outsorcing favorece a las grandes empresas: Aumenta su flexibilidad. Reducen su activo fijo y los stocks de la actividad subcontratada, centrándose de esta forma en actividades que le resulten más interesantes y les reporte más beneficios.
Los beneficios que reporta la subcontratación para el contratista: La mejora del manejos… Aspectos a considerar n el momento de seleccionar un proveedor para externalizar una función: Las empresas deben asegurarse de que éste entiende sus necesidades y posee las habilidades adecuadas para resolver los problemas de la compañía. …
Un acuerdo de subcontratación debe de contener…
Tipos de subcontrataciones: Subcontratación en cascada , aquella en la cual las empresas auxiliares subcontratan a su vez a otras empresas. Esto podría provocar nuevas cascadas generando una red de empresas participantes.
Subcontratación avanzada , se define como aquella que implica que el subcontratado también participa en la concepción, en el diseño y en la calidad de lo que se va a fabricar, a partir de las especificaciones del contratista.
5. Spin-off. Consiste en fomentar y apoyar desde una gran empresa a trabajadores cualificados propios para que la abandonen y creen su propia empresa.
También incluye aquellos proyectos que tienen por finalidad la independencia de alguno de los departamentos o divisiones de la empresa; normalmente en estos casos
la empresa matriz suele aportar ayuda técnica y financiera para el nuevo proyecto , de esta forma, aunque en un principio pudiese parecer que el spin off es una desinversión de la empresa matriz, el hecho de requerir los servicios de la nueva empresa creada por parte de la matriz, hace incluir esta figura dentro de los acuerdos de cooperación entre empresas.
6. Consorcios. El consorcio es un tipo de alianza entre varias empresas que formalizan una relación a largo plazo, creándose una organización conjunta integrada por todas ellas.
Se caracteriza por una pluralidad de socios , y suele implicar la realización de actividades de gran envergadura, para lo que normalmente se usan acuerdos con un objetivo claramente definido, y los socios suelen delegar al consorcio las actividades encomendadas.
Su objetivo es desarrollar un proyecto único e indivisible que por su dimensión rebasa las posibilidades individuales de las empresas.
7. Contratos de gestión o de management. El contrato de gestión es un acuerdo por el que el propietario de una empresa cede a otra su gestión , pasando a depender de esta última su plantilla generalmente. Suele darse en el sector turístico.
El contrato de management es similar, con la diferencia de que el propietario sólo cede la dirección y comercialización de su negocio a la otra compañía, manteniéndose la plantilla inicial y desplazándose sólo los cuadros directivos de la gestora en el número pactado en el contrato.