Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


GROOMING ACTIVIDAD RESUMIDA, Esquemas y mapas conceptuales de Tecnologías de la Información y la Comunicación

GROOMING DEFINICION, CAUSAS, PREVENCION, CONSECUENCIAS

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2020/2021

Subido el 03/04/2022

antonella-dapolito
antonella-dapolito 🇦🇷

5

(1)

16 documentos

1 / 4

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
pf3
pf4

Vista previa parcial del texto

¡Descarga GROOMING ACTIVIDAD RESUMIDA y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Tecnologías de la Información y la Comunicación solo en Docsity!

Ó

El grooming es la acción deliberada de un adulto pervertido generalmente , que se contacta mediante un medio digital (TIC) que permita la interacción entre dos o más personas , como por ejemplo redes sociales, correo electrónico, mensajes de texto, foros, sitios de chat o juegos en línea; para abusar sexualmente de niños y adolescentes. Se suele hacer pasar por un menor creando uno o varios perfiles falsos , adaptando el lenguaje a la edad de la víctima, interesándose en sus gustos o preferencias presentes en la web, y utilizando fotos ajenas para logar vincularse con el mismo, con el fin de ganarse poco a poco su confianza para entablar una amistad , intentando aislar poco a poco al menor, desprendiéndolo de su red de apoyo (familiares, profesores, amigos). Como también pueden producirse por el hackeo de las cuentas de los jóvenes. Para luego involucrarlo en una actividad sexual enviando a través de un medio tecnológico material sexual al niño, niña o adolescente, desde hablar de sexo hasta compartir fotos o videos íntimos , grabarlo a través de la cámara web, derivadas de la extorsión o chantaje o amenaza a su víctima con compartir dicho material entre sus conocidos , obligándoles a enviarles más fotografías y vídeos de índole sexual o, concretar un encuentro físico sexual que puede llegar a generar en las víctimas consecuencias psicológicas y físicas.

Ó

Cambios en los hábitos:

  • Aumento o disminución en el uso de los dispositivos
  • Usa Internet o los dispositivos para acceder a ella de forma diferente.
  • Ausencia a clases
  • Abandono de actividades preferidas o evitación de situaciones sociales
  • Altibajos en el rendimiento escolar
    • Cambio en las actividades de ocio habituales
    • Modificación de los hábitos alimenticios.
    • Disminución de la capacidad y mantenimiento de su concentración.
    • Actitud diferente al uso de pantallas como la ocultación al adulto cuando se comunica por Internet o a través del móvil. Cambios en el estado de ánimo:
  • Cambios repentinos de humor como tensión o nervios permanentes, miedo o depresión.
    • Momentos de tristeza, apatía o indiferencia.
    • Reacciones agresivas. Cambios en sus relaciones:
  • Cambios extraños e inesperados de amistades o ausencia de ellas.
  • Falta de comunicación.
    • Falta de defensa o reacción exagerada frente a bromas o comentarios.
    • Cambios en su relación con los adultos.
  • Realizar talleres para instalar antivirus y programas de navegación segura en los dispositivos digitales.
  • Generar espacios de diálogo y escucha con ellos, para fortalecer un vínculo de confianza que les permita hablar de aquellos temas que les preocupan o para pedir ayuda. Saber qué páginas visitan y, preguntándoles a ellos, saber con quién hablan y sobre qué temas.
  • Enseñar a realizar un uso responsable de Internet y de las redes sociales. Brindarles información sobre los riesgos y aclararles cómo funcionan las herramientas de protección. El Grooming es un delito penado por la Ley N° 26.904. Sancionada el 13 de Noviembre de 2013 y promulgada el 4 de Diciembre de 2013. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Incorpórase como artículo 131 del Código Penal el siguiente: ‘Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos , contactare a una persona menor de edad , con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma .’ ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Í

https://www.argentina.gob.ar/grooming https://www.argentina.gob.ar/grooming/como-hablar-con-tus-hijos https://protecciondatos-lopd.com/empresas/grooming/ https://www.savethechildren.es/actualidad/grooming-que-es-como-detectarlo-y-prevenirlo https://gaptain.com/blog/como-saber-si-tu-hijo-o-hija-es-victima-de-grooming/