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Constitución de una Asociación Civil No Lucrativa, Apuntes de Derecho

Los estatutos y la constitución de una asociación civil no lucrativa. Detalla la estructura organizativa, los órganos de gobierno, las atribuciones de cada cargo, el régimen económico y patrimonial, así como los procedimientos para modificar los estatutos, disolver la entidad y nombrar liquidadores. Además, establece los derechos y obligaciones de los asociados, las causales de expulsión y el sistema de elección de la junta directiva. Este documento podría ser útil para estudiantes de derecho, administración de empresas, organizaciones sin fines de lucro y aquellos interesados en el marco legal y la gestión de asociaciones civiles en españa.

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 04/05/2024

elida-araceli
elida-araceli 🇬🇹

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MERO ___________ (xx) En la ciudad de ___________, Departamento de ____________, a
los ____ días del mes de ___________ del año dos mil _______, Ante m í: ________________,
Notario, comparecen: a) __________, se identifica con el Documento Personal de Id entificación
con Código Único de Identificación __________, extendido por el Registro Nacional de las
Personas de la República de Guatemala; b)…. Los comparecientes declaran ser de los datos de
identificación personal consignados, hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y que por
este acto vienen a constituir una Asociación civil no lucrativa de conformidad con las siguientes
cláusulas escriturarias: PRIMERA: Declaran los comparecientes que en este momento se
constituyen en Asamblea General, aprobando por unanimidad los siguientes puntos: a) Manifestar
su voluntad expresa de constituir una Asociación civil no lucrativa; b) Discusión y aprobación de
los estatutos de la Asociación; y c) Elección y toma de posesión de los miembros de la Junta
Directiva Provisional de la Asociación. SEGUNDA: Declaran los comparecientes que han
celebrado reuniones previas con el objeto de constituir una Asociación civil sin finalidades
lucrativas, cuyo objeto y fines puedan promover, ejercer y proteger sus interes es comunes, de
conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala y demás
leyes vigentes, razón por la cual, por unanimidad expresamente declaran su voluntad de constituir
una Asociación civil que se denominará: __________________. TERCERA: Someten a
conocimiento de los presentes, los estatutos que regirán la Asociación, los cuales después de
haber sido ampliamente discutidos, son aprobados por unanimidad por la Asamblea, los cuales
quedan de la siguiente forma: CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES: Artículo
uno. Denominación: La Asociación que por este acto se constituye se denominará:
____________________________, en adelante denominada simplemente la Asociación.
Artículo dos: Naturaleza. La Asociación es una organización de carácter privado, no lucrativa,
no religiosa, apolítica, social, cultural, educativa, humanitaria, de asistencia social y de desarrollo
integral de sus asociados. Artículo tres. Objeto. El objeto de la Asociación es
Comentado [H1]: Nombre y Datos generales, Artículo 29
numeral 2 Código de Notariado
Consignar el CUI en segmentos de CUATRO, CINCO Y CUATRO
dígitos, ejemplo: DOS MIL espacio CINCUENTA MIL UNO espacio
UN MIL DOS (2000 50001 1002)
Comentado [H2]: Comparecencia de un número de personas,
mayor al número de cargos que integran la Junta Directiva,
conforme a sus estatutos, Mínimo seis personas civilmente capaces,
ARTÍCULO 2 del Acuerdo Gubernativo 512-98
Comentado [H3]: LA DENOMINACIÓN DEBE SER LA MISMA EN
TODA LA ESCRITURA PÚBLICA, LA ABREVIATURA Y SIGLAS SON
OPCIONALES, EL USO DE COMILLAS, GUIONES U OTROS SIGNOS DE
PUNTUACIÓN Y EL ENLACE, SI SE INCLUYEN, CONSIGNARLO DE
MANERA UNIFORME EN TODO EL INSTRUMENTO PÚBLICO DE
CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO UNO DE LA ESCRITURA
CONSTITUTIVA
Comentado [H4]: LA DENOMINACIÓN DEBE SER LA MISMA EN
TODA LA ESCRITURA PUBLICA, LA ABREVIATURA Y SIGLAS SON
OPCIONALES, EL USO DE COMILLAS, GUIONES U OTROS SIGNOS DE
PUNTUACIÓN Y EL ENLACE SI SE INCLUYEN CONSIGNARLO DE
MANERA UNIFORME EN TODO EL INSTRUMENTO PUBLICO, SE DEBE
TOMAR EN CONSIDERACIÓN QUE ESTE ES EL NOMBRE DE LA
ENTIDAD. EN TODO EL INSTRUMENTO DONDE SE HAGA REFERENCIA
A LA DENOMINACIÓN SE DEBE BASAR EN LO ESTABLECIDO EN ESTE
ARTÍCULO (Artículo 1)
Comentado [H5]: EL OBJETO DEBE SER LA ACTIVIDAD PRINCIPAL
DE LA ENTIDAD, DEBE SER UNO SOLO Y ESTAR REDACTADO EN
FORMA CLARA Y PRECISA Y SER DE BENEFICIO EXCLUSIVO DE SUS
ASOCIADOS
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NÚMERO ___________ (xx) En la ciudad de ___________, Departamento de ____________, a los ____ días del mes de ___________ del año dos mil _______, Ante mí : ________________, Notario, comparecen: a) __________ , se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación __________, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; b)…. Los comparecientes declaran ser de los datos de identificación personal consignados, hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y que por este acto vienen a constituir una Asociación civil no lucrativa de conformidad con las siguientes cláusulas escriturarias: PRIMERA: Declaran los comparecientes que en este momento se constituyen en Asamblea General, aprobando por unanimidad los siguientes puntos: a) Manifestar su voluntad expresa de constituir una Asociación civil no lucrativa; b) Discusión y aprobación de los estatutos de la Asociación; y c) Elección y toma de posesión de los miembros de la Junta Directiva Provisional de la Asociación. SEGUNDA: Declaran los comparecientes que han celebrado reuniones previas con el objeto de constituir una Asociación civil sin finalidades lucrativas, cuyo objeto y fines puedan promover, ejercer y proteger sus intereses comunes, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala y demás leyes vigentes, razón por la cual, por unanimidad expresamente declaran su voluntad de constituir una Asociación civil que se denominará: __________________. TERCERA: Someten a conocimiento de los presentes, los estatutos que regirán la Asociación, los cuales después de haber sido ampliamente discutidos, son aprobados por unanimidad por la Asamblea, los cuales quedan de la siguiente forma: CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES: Artículo uno. Denominación: La Asociación que por este acto se constituye se denominará: ____________________________, en adelante denominada simplemente la Asociación. Artículo dos: Naturaleza. La Asociación es una organización de carácter privado, no lucrativa, no religiosa, apolítica, social, cultural, educativa, humanitaria, de asistencia social y de desarrollo integral de sus asociados. Artículo tres. Objeto. El objeto de la Asociación es

Comentado [H1]: numeral 2 Código de Notariado Nombre y Datos generales, Artículo 29 Consignar el dígitos, ejemplo CUI: DOS MIL en segmentos de espacio CINCUENTA MIL UNO espacio CUATRO, CINCO Y CUATRO UN MIL DOS ( 2000 50001 1002) Comentado [H2]: mayor al número de cargos que integran la Junta Directiva Comparecencia de un número de personas,, conforme a sus estatutos ARTÍCULO 2 del Acuerdo Gubernativo, Mínimo seis personas civilmente capace 512 - 98 s,

Comentado [H3]: TODA LA ESCRITURA PÚBLICA, LA ABREVIATURA Y SIGLAS SON LA DENOMINACIÓN DEBE SER LA MISMA EN OPCIONALES, EL USO DE COMILLAS, GUIONES U OTROS SIG PUNTUACIÓN Y EL ENLACE, SI SE INCLUYEN, CONSIGNARLO DENOS DE MANER CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO UNO DE LA ESCRITURAA UNIFORME EN TODO EL INSTRUMENTO PÚBLICO DE CONSTITUTIVA Comentado [H4]: TODA LA ESCRITURA PUBLICA, LA ABREVIATURA Y SIGLAS SON LA DENOMINACIÓN DEBE SER LA MISMA EN OPCIONALES, EL USO DE COMILLAS, GUIONES U OTROS SIG PUNTUACIÓN Y EL ENLACE SI SE INCLUYEN CONSIGNARLO DENOS DE MANERA UNIFORME EN TODO EL INSTRUMENTO PUBLICO, SE DEBE TOMAR EN CONSIDERACIÓN QUE ESTE ES EL NOMBRE DE LA ENTIDAD. EN TODO EL INSTRUMENTO DONDE SE HAGA REFERENCIA A LA DENOMINACIÓN SE DEBE BASAR EN LO ESTABLECIDO EN ESTE ARTÍCULO (Artículo 1) Comentado [H5]: DE LA ENTIDAD, DEBE SER UNO SOLO Y ESTAR REDACTADO EN EL OBJETO DEBE SER LA ACTIVIDAD PRINCIPAL FORMA CLARA Y PRECISA Y SER DE BENEF ASOCIADOS ICIO EXCLUSIVO DE SUS

____________________. Artículo cuatro. Fines: Los fines de la Asociación son: a) _________________; b) ______________________; c) ________________.. Todas las actividades que conlleven una prestación de servicios tanto en el objeto como en los fines, se realizarán de acuerdo con la naturaleza jurídica de la entidad de ser no lucrativa; previa autorización o licencia de la autoridad gubernamental correspondiente para la realización de dichas actividades. Artículo cinco. Plazo. La Asociación se establece por _________. Artículo seis. Domicilio. El domicilio de la Asociación se establece en el municipio de ________________, departamento de ________________ y su sede en _______________, en donde se desarrollarán sus sesiones y asambleas, sin embargo la Asociación podrá establecer subsedes, oficinas y delegaciones en cualquier parte del territorio de la República de Guatemala así como en el extranjero. CAPÍTULO SEGUNDO. DE LOS ASOCIADOS. Artículo siete. Requisitos de Ingreso : Para ingresar como asociado se establecen los siguientes requisitos: a) Solicitar por escrito su ingreso; b) Ser mayor de edad; c) Ser guatemalteco o extranjero; d) Ser responsable, confiable, de reconocida honorabilidad y honradez; e) Cancelar la cuota o contribución que establezca la Asamblea General; f) Estar debidamente inscrito en el libro de asociados autorizado para el efecto por el Registro de Personas Jurídicas; g) ________; h) ____________.. Se considerarán asociados activos, aquellos que estén inscritos en el libro de ingresos y egresos de la Asociación, que cuenten con la constancia que lo acredite como tal suscrita por el secretario y el presidente de la Junta Directiva y estar al día en el pago de cuotas ordinarias y extraordinarias que se establezcan. Artículo ocho. Derechos de los Asociados : a) Proponer, elegir y ser electos para optar a cualquier cargo en la Asociación; b) Participar con voz y voto en las sesiones de la Asamblea General; c) Mantenerse informado acerca de todos los asuntos que tengan relación con la Asociación; d) Representar a otro asociado; e) Interponer el recurso de apelación que establecen los presentes estatutos en el caso de sanción; f) ____________ g) _____________. Artículo nueve. Deberes de los asociados. Son deberes

Comentado [H6]: OBJETO, REALIZABLES, NO LUCRATIVOS «EXCLUIR ACTIVIDADES LOS FINES DEBEN SER EL DESARROLLO DEL COMERCIALES», NO SER DE FORMA GENERAL, DEBEN DE GUARDAR UN ORDEN Y CONGRUENCIA CON EL OBJETO, POR ENDE, SER DE BENEFICIO EXCLUSIVO DE SUS ASOCIADOS

Comentado [H7]: TIEMPO INDEFINIDO SE PUEDE CONSTITUIR POR MESES, AÑOS O

Comentado [H8]: SEDE DE LA ASOCIACIÓN, CONSID CONSIGNAR LA DIRECCIÓN EXACTA DE LAERANDO EL DOMICILIO DE LA MISMA

Comentado [H9]: ASOCIADOS OTROS REQUISITOS SI LO CONSIDERAN LOS

Comentado [H10]: OTROS SI LO CONSIDERAN LOS ASOCIADOS

que se ajusten a la ley y a los presentes estatutos y no se podrá alegar desconocimiento de las mismas ya que tienen carácter obligatorio para todos los asociados, aunque no hayan asistido a las sesiones en que fueron acordados o que hayan votado en contra. Artículo dieciséis. Representaciones : El asociado que por causa justa no pueda asistir a una Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, tiene derecho a ser representado por otro asociado activo por medio de carta poder haciendo ver el motivo de la ausencia. No se podrá ejercer más de una representación. Artículo diecisiete. Quórum : El quórum para que las sesiones de Asamblea General se consideren válidamente reunidas, deberá estar integrado por lo menos con la presencia del sesenta y cinco (65%) por ciento de los asociados activos presentes y representados. Si el día y hora fijados en la convocatoria no se reúne el quórum indicado, la sesión se celebrará una hora después, en el mismo lugar y fecha fijados con los asociados que se encuentren presentes o representados, sin necesidad de nueva convocatoria, exceptuando que el objeto de la asamblea sea modificar los estatutos de la entidad, en este caso concreto se atenderá a lo establecido en el capítulo sexto de la presente escritura. Artículo dieciocho : Atribuciones de la Asamblea General Ordinaria. Las atribuciones de la Asamblea General Ordinaria son: a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva; b) Autorizar las cuotas ordinarias y extraordinarias que deben pagar los asociados, propuestas por la Junta Directiva; c) Conocer y resolver los informes de actividades, estados financieros y contables, planes de trabajo y presupuestos que presente la Junta Directiva; d) Aquellos otros que correspondan de acuerdo a su calidad de máxima autoridad. Artículo diecinueve. Atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: a) Autorizar la enajenación o gravamen de cualquier bien mueble, inmueble o derecho de la Asociación; b) Acordar la modificación de los presentes estatutos y reglamentos; c) Aprobar los reglamentos que sean necesarios para la buena marcha de los asuntos de la Asociación; d) Aprobar la liquidación y disolución de la entidad; e) Resolver las impugnaciones que se presenten en contra de los actos

Comentado [H17]: ASOCIADOS EL PORCENTAJE QUE CONSIDEREN LOS

Comentado [H18]: ASOCIADOS Y ALGUNA OTRA, SI LO CONSIDERAN LOS

de la Junta Directiva; f) Acordar la cancelación de nombramientos vigentes o no; g) Conocer y resolver el procedimiento de expulsión de los asociados; h) Resolver aquellos asuntos que por su importancia no puedan ser pospuestos hasta la celebración de la próxima Asamblea General Ordinaria; Artículo veinte. Junta Directiva: La Junta Directiva es el órgano ejecutivo y administrativo de la Asociación y se integra con los siguientes cargos; a) Presidente; b) Vicepresidente; c) Secretario; d) Tesorero; y e) vocal I. Artículo veintiuno. Duración. Los miembros de la Junta Directiva durarán en sus cargos ______ (-) años, y su desempeño será ad-honorem. Podrán ser reelectos por un período más en forma consecutiva únicamente, para que se garantice la alternabilidad en los cargos. Artículo veintidós. Elección. El sistema de elección para integrar la Junta Directiva, será según decida la Asamblea General. La votación se hará en forma secreta. Resultarán electos quienes obtengan la mayoría simple de votos. Artículo veintitrés. Toma de Posesión. La Junta Directiva electa tomará posesión, a más tardar, _____ días después de la fecha de su elección; a excepción de la primera Junta Directiva, la cual lo hará inmediatamente. Artículo veinticuatro. Resoluciones de la Junta Directiva. Todas las resoluciones de la Junta Directiva, deberán tomarse por mayoría simple de votos. Para que la reunión de la Junta Directiva se considere válida se necesita de la presencia de los miembros que establezca la Asamblea General. Artículo veinticinco. Atribuciones de la Junta Directiva. Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Cumplir y hacer que se cumplan los reglamentos y las resoluciones de la Asamblea General; b) Promover actividades para mantener y ampliar los programas de la entidad; c) Dirigir la administración de la Asociación; d) Elevar el caso a la Asamblea General Extraordinaria en el procedimiento de remoción de asociados, e) __________ Artículo veintiséis. Atribuciones del Presidente. Son atribuciones del presidente las siguientes: a) Representar legalmente a la Asociación, ejerciendo su personería jurídica en todos los actos en que la misma tenga interés; b) Presidir las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; c) Autorizar con el secretario las actas de las sesiones de la Asamblea General y de la

Comentado [H19]: ASOCIADOS Y ALGUNA OTRA QUE CONSIDEREN LOS

Comentado [H20]: NUMERO DE VOCALES QUE SE NOMBRAN, NO UTILIZAR LA FRASE DEBE ESTABLECER CLARAMENTE EL ¨Y VOCALES¨; ESTABLECIDOS EL NÚMERO DE CARGOS DEBE COINCIDIR CON LOS EN JUNTA DIRECTIVA PROVISIONAL Comentado [H21]: MESES O AÑOS EN FORMA DETERMINADA, NO ESTABLECER EL PUEDE ESTABLECER EL PLAZO EN DÍAS, PLAZO DE FORMA INDEFINIDA, NI VITALICIA, PARA GARANTIZAR EL PRINCIPIO DE ALTERNABILIDAD DE LOS CARGOS QUE ES UN DERECHO DE LOS ASOCIADOS Comentado [H22]: ESTABLEZCAN LOS ASOCIADOS U OTRA FORMA DE REELECCIÓN QUE

Comentado [H23]: MIEMBROS EXPRESAMENTE AQUÍ PUEDE ESTABLECER EL NÚMERO DE

Comentado [H24]: Y OTROS SI LO CONSIDERAN LOS ASOCIADOS

financieramente con las cuotas que ordinaria y extraordinariamente aporten sus miembros, las contribuciones voluntarias, las donaciones, cualquier producto o rendimiento de los bienes propios y de los eventos en beneficio de sus asociados que se realicen y por cualquier otro ingreso lícito. Artículo treinta y dos. Destino del Patrimonio : El patrimonio de la Asociación y los bienes particulares que lo constituyen se destinarán exclusivamente a la consecución de su objeto y fines, quedándole expresamente prohibida la distribución de dividendos, utilidades, excedentes ventajas o privilegios a favor de sus miembros. Ningún miembro de la Asociación podrá alegar derechos sobre los bienes de la Asociación, aunque deje de pertenecer a ella o la misma se disuelva. Artículo treinta y tres. Fiscalización del Patrimonio. Los recursos patrimoniales de la Asociación serán fiscalizados por dos asociados que serán nombrados por la Asamblea General para un período de _____ años o en su caso por un Auditor externo nombrado por la propia Asamblea General a petición de uno de sus asociados. Artículo treinta y cuatro. Bienes Remanentes. En caso de disolución, la Asamblea General Extraordinaria deberá aprobar a que entidad deberán trasladarse los bienes remanentes, la que deberá tener fines similares a esta Asociación. CAPÍTULO QUINTO. DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO. Artículo treinta y cinco. Diferencias : Toda diferencia que surja entre los asociados o de estos para con la Asociación, se resolverá en forma amigable, aplicando la consensualidad y mediante la aplicación de métodos alternos de resolución de conflictos. Artículo treinta y seis. Pérdida de la Calidad de Asociado. La calidad de asociado activo se pierde por suspensión temporal o definitiva acordada por la Junta Directiva y Asamblea General, por liquidación, muerte, remoción o renuncia. Artículo treinta y siete. Recuperación de la Calidad : La calidad de asociado activo se recupera por cumplimiento del plazo por el cual fue suspendido o en su caso por cesar la causa que motivó la suspensión previa resolución de la Junta Directiva o de Asamblea General. Artículo treinta y ocho. De las Faltas : Se consideran faltas cometidas por los asociados las siguientes: a) El incumplimiento de estos estatutos y sus reglamentos, a lo resuelto por la Asamblea General; b) El incumplimiento a

Comentado [H31]: ASOCIADOS, SE SUGIERE SEA EL MISMO DE LA DURACIÓN D EL PLAZO QUE CONSIDEREN LOS E LOS CARGOS DE JUNTA DIRECTIVA Comentado [H32]: DEBE ESTAR A CARGO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y LA ELECCIÓN DE LA FISCALIZACIÓN DEL PATRIMONIO NO LOS FISCALES O AUDITOR EXTERNO, SE DE ASAMBLEA GENERAL BE REALIZAR EN

las disposiciones de la Asamblea General; c) El incumplimiento a lo resuelto por la Junta Directiva; d) Cuando se compruebe que están actuando contra los intereses de la Asociación; y e) El incumplimiento de compromisos que contraiga con la Asociación; f)_______________. Artículo treinta y nueve. Procedimiento de remoción de asociados. Al conocer el caso la Junta Directiva citará por escrito al asociado indicando las causas y dará el plazo de cinco días hábiles para que se presente ante la misma, en la audiencia el asociado dará sus argumentos y aportará sus medios de prueba si los tuviese, evacuada la misma se solicitará que se convoque a una Asamblea General Extraordinaria para que en la misma se conozca el caso y con mayoría simple, se determine si procede o no la remoción, contra esta resolución no procederá ningún recurso. Artículo cuarenta. Sanciones : La Junta Directiva podrá aplicar a cualquier asociado por faltas cometidas, según sea el caso, las siguientes sanciones: a) menores: Amonestación verbal, escrita, o pecuniaria; b) mayores: Suspensión de la calidad de asociado activo hasta por seis meses. Esta suspensión implica la imposibilidad de ejercer sus derechos establecidos en el artículo ocho de estos estatutos ; c) Pérdida total de la calidad de asociado, d)______________. Artículo cuarenta y uno. Procedimiento. Previo a dictar las sanciones respectivas, la Junta Directiva hará saber por escrito al asociado los cargos que haya en su contra, concediéndole un plazo de cinco días para que por escrito haga valer los argumentos de su defensa. Con su contestación o sin ella, la Junta Directiva dentro de los quince días siguientes dictará la resolución correspondiente. Se exceptúa del trámite anterior lo relativo a las amonestaciones verbales. Artículo cuarenta y dos. Recurso de Apelación. El afectado, dentro de los diez días siguientes de haber sido notificado de la disposición o resolución que le afecte, podrá interponer por escrito ante la Junta Directiva, recurso de apelación. La Junta Directiva elevará el expediente al conocimiento de la Asamblea General, la que estará obligada a conocerlo sin más trámite. En contra de lo resuelto por la Asamblea General en relación al caso de apelación, no procederá ningún otro recurso. Artículo cuarenta y tres. Actuaciones : Todas las actuaciones referentes a

Comentado [H33]: Y OTROS SI LO CONSIDERAN LOS ASOCIADOS

Comentado [H34]: QUE ESTABLEZCA LOS DERECHOS DE L VERIFICAR QUE COINCIDA CON EL ARTÍCULOOS ASOCIADOS Comentado [H35]: Y OTROS SI LO CONSIDERAN LOS ASOCIADOS

Asociación c) Cumplir con las obligaciones pendientes; d) Concluir las operaciones pendientes al tiempo de la disolución; e) Otorgar los finiquitos; f) Disponer que se practique el Balance General final; g) Rendir cuenta a la Asamblea General Extraordinaria de su administración liquidadora y someter a su consideración toda la documentación para su aprobación final; y h) Suscribir y presentar al Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación la documentación de la Asociación para cancelar su inscripción. CAPÍTULO OCTAVO. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS. Artículo cincuenta y uno. Junta Directiva Provisional. Los integrantes de la Junta Directiva Provisional aquí nombrada continuarán en el desempeño de sus cargos hasta la fecha en que la Asamblea General elija a la Junta Directiva titular y estos tomen posesión de los cargos. Los presentes proceden a elegir por unanimidad a las personas que ocuparán los diferentes cargos de la Junta Directiva provisional, con el objeto de que exista un órgano director que supervise las primeras actividades de legalización y registro de la Asociación, la cual queda integrada de la siguiente manera: Presidente: _____; Vicepresidente: _____; Secretario: _____; Tesorero: _____; Vocal I: _____.. Artículo cincuenta y dos. Interpretación : Cualquier problema de interpretación de los estatutos y sus reglamentos, deberá ser resuelto por la Junta Directiva. Si la interpretación genera controversia, deberá solicitarse dictamen a un Profesional del Derecho, para resolverla. CUARTA: DE LA ACEPTACIÓN. Los comparecientes aceptan y aprueban en su totalidad el contenido de la presente, especialmente, aceptan y aprueban los estatutos aquí establecidos. Yo el Infrascrito Notario, DOY FE : a) Que todo lo relacionado me fue expuesto; b) De haber tenido a la vista los documentos citados; c) Que di íntegra lectura al contenido de la presente escritura a los comparecientes, quienes enterados de su contenido, objeto, validez, y de la obligación de registrar el testimonio de la presente en el Registro de las Personas Jurídicas ente adscrito al Ministerio de Gobernación y la inscripción de la Asociación ante la Superintendencia de Administración Tributaria, lo aceptan, ratifican y firman.

Comentado [H38]: PROVISIONAL, DEBEN COINCIDIR CON LOS ESTABLECIDOS EN EL (LOS CARGOS DE JUNTA DIRECTIVA ARTÍCULO VEINTE DIRECTIVA) O EL QUE CORRESPONDA, DE LA JUNTA

ANTE MÍ