


























Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Son informes de área de biología
Tipo: Diapositivas
1 / 34
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!



























NOTA CIENTIFICA Reflexionar acerca de lo que es un ser vivo Reflect on what a living being is Steve Richard Bill Ramirez Areche Escuela de Biología en Acuicultura. Universidad Nacional del Santa (UNS). Esquina de la Av. Pacífico 508 - Nuevo Chimbote *Autor de Correspondencia: Email Bill Ramirez Areche [email protected] Email universitario 202122006@uns,edu.pe Resumen Les presento información concisa de los seres vivos. La información fue seleccionada. En términos evolutivos, la vida es, simplemente, una manifestación particular de la materia expresada en forma de organismos variantes durante una secuencia temporal inmemorial. El ser vivo la representa y continúa desde aquel pasado remoto hacia un futuro ignorado. El conjunto se denomina naturaleza. Frente a la vida, la muerte constituye una etapa necesaria para que el proceso biológico siga su curso expresando nuevas formas y aconteceres. En este contexto, avanzamos una reflexión que busca dar sentido al concepto de individuo como manifestación real de la vida frente al valor colectivo de una naturaleza abstracta. Palabras clave: Concepto de vida, evolución, naturaleza, ser vivo. Abstract I present concise information about living things. The information was selected. In evolutionary terms, life is simply a particular manifestation of matter expressed in the form of variant organisms during an immemorial time sequence. The living being represents it and continues from that remote past to an unknown future. The whole is called nature. Faced with life, death constitutes a necessary stage for the biological process to continue its course, expressing new forms and events. In this context, we advance a reflection that seeks to give meaning to the concept of the individual as a real manifestation of life against the collective value of an abstract nature. Keywords :Concept of life, evolution, nature, living being
Seguro que has oído hablar muchas veces de ecología, medio ambiente. Pero, ¿qué es exactamente el medio ambiente? A lo largo de esta unidad intentaremos acaparar algunas de tus dudas e ideas y que además comprendas la importancia que tienen estos conceptos para nuestro futuro como especie en particular y para el planeta en general. A lo largo de los años los seres vivos han sido capaces de adaptarse al medio en el que se encuentran. De esta manera los seres vivos pueden sobrevivir si el medio en el que viven se ve afectado o cambiado. Una variación o cambio en su medio como una erupción de un volcán, una sequía, una inundación, vientos fuertes, etc. Estos seres vivos se han visto forzadas a adaptarse para sobrevivir. Así como los animales y planta que sean adaptado con el pasar de los años creando defensas como el camuflaje, púas, picos más afilados, garras, dientes más afilados, hojas espinadas. Este tipo de adaptaciones es el resultado de la evolución que se a ido heredando de generación en generación, beneficiando a sus modelos actuales. Con esta actividad veremos a profundidad el tema de investigación es analizar los seres vivos y el ecosistema en el Perú, Lima 2021. La afectación de la calidad ambiental a nivel global y el Perú, es una realidad e involucra y concierne a la sociedad en general, pues el ser humano es el principal responsable de la transformación del ecosistema con el fin de satisfacer sus necesidades. La contaminación de la naturaleza, la pérdida de la diversidad biológica, el deterioro de los recursos naturales, la deforestación, entre otros daños ambientales; han generado una gran preocupación por el cuidado del medioambiente. La Constitución Política del Perú señala “que la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado y privilegia el derecho fundamental a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida” [Artículo 2, inciso 2)]. Para hacer frente a este derecho fundamental, se ha creado la política ambiental que regula las leyes y normas ambientales en beneficio de nuestro planeta y nuestra sociedad. En el capítulo I se evaluará la realidad problemática del Perú en cuanto al cuidado del medioambiente en el contexto socio – cultural. De esta realidad se ha podido formular el problema general sobre la influencia de la política ambiental en garantizar un ecosistema saludable en el Perú en el año 2021 y los problemas específicos en relación a las variables de estudio: leyes ambientales, normas ambientales, participación ciudadana, ecosistema, medioambiente y desarrollo sostenible y así poder determinar los objetivos de la presente investigación. En el capítulo II se presenta el marco teórico, donde se señala la fundamentación teórica con antecedentes nacionales e internacionales y presenta las normas jurídicas que serán sustento para esta investigación. Así mismo se desprende la hipótesis general y específica del presente estudio. En el capítulo III se presenta la metodología de la investigación, siendo ésta de tipo aplicada, dado que en este tipo de trabajo se buscó realizar la relación causa efecto, donde la variable independiente política ambiental influye en la variable dependiente ecosistema saludable en el Perú, Lima 2021. Finalmente, en el capítulo IV , se analizan los resultados y se detallan las conclusiones y recomendaciones de la presente investigación.
bosques. Asimismo, existe una gran necesidad de que el Estado impulse las políticas y normas que ayuden a lograr una gestión ambiental sostenible y mejorar la competitividad comercial, sacando ventaja a las oportunidades ambientales mundiales.
La problemática en relación al cuidado del medio ambiente surge después de la Primera Guerra Mundial, con el holocausto. A partir de la década de los 60, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) desarrolló un proyecto con el fin de proteger el patrimonio cultural, pues se evidenció la escasez de los recursos naturales y por consiguiente el deterioro del medio ambiente. En 1968, se creó el “Club de Roma”, como respuesta a la necesidad de proteger las zonas naturales y los sitios históricos. Su objetivo era “investigar, alentar métodos e interesar a funcionarios y grupos influyentes de los principales países sobre las perspectivas de la crisis en progreso que está afectando el medio ambiente”. Siendo tan evidente esta problemática en relación al cuidado del ecosistema, en 1972 se realizó la Conferencia General de la UNESCO, sobre la protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, “en donde se establecen las formas en que el hombre interactúa con la naturaleza y la necesidad fundamental de preservar el equilibrio entre la humanidad y el patrimonio cultural y natural”. Los documentos de Estocolmo y de París firmados en 1972, son el punto de partida en el ámbito del derecho internacional, sobre la protección y cuidado del medio ambiente y la estrecha relación con la protección de los seres humanos. Por ello se establecieron normas para evitar causar daños al ecosistema y utilizar de manera racional los recursos de la naturaleza en beneficio de las generaciones presentes y futuras. En la década de los 80, la Asamblea General de las Naciones Unidas anunció la Carta Mundial de la Naturaleza, en donde se afirma que “el deterioro de los sistemas naturales y el abuso de los recursos naturales debilitan las estructuras económicas, sociales y políticas de la sociedad”. Asimismo, refiere que “los beneficios a largo plazo que se pueden obtener de la naturaleza dependen de la protección de los procesos ecológicos y de la supervivencia de las diversas formas de vida, por lo que se debe impedir su explotación excesiva y la destrucción de los hábitats naturales”. En la década de los 90 se realiza la cumbre mundial más grande que se haya realizado, la cual contó con la participación de 179 países y se denominó “la Cumbre de la Tierra”. De esta cumbre surge La Declaración de Río, la cual consagra 27 principios, en los que establece “el derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la
naturaleza, el derecho de los países de aprovechar sus propios recursos de acuerdo a sus políticas ambientales y de desarrollo con la responsabilidad de no causar daños al medio ambiente de otros, y la protección del medio ambiente como parte integrante del proceso de desarrollo y no como una actividad aislada”. Además, en esta cumbre se suscribe la Agenda 21, donde se encuentran las normas y políticas para poder lograr un desarrollo sustentable. En este documento se menciona “que la población, el consumo y la tecnología son las principales determinantes del cambio ecológico, por lo que conmina a reducir las modalidades de consumo ineficaces y con desperdicio”. Por ello, impulsa políticas y programas que garanticen un equilibrio entre consumo y la capacidad de sustento de la tierra. En el 2000, se realizó el Primer Foro Global Ministerial de Medio Ambiente y se firmó la Declaración de Malmö. En dicho documento se establece “que el medio ambiente y los recursos naturales continúan deteriorándose a una velocidad alarmante, y que se debe prestar atención al consumo no sostenible entre los sectores más ricos de todos los países”.
El Perú es un país con un valioso patrimonio natural, que ofrece muchas posibilidades de desarrollo mediante el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Se encuentra dentro de los 15 países con mayor diversidad biológica del mundo, con una gran diversidad de flora y fauna y ecosistemas continentales y marítimos. Asimismo, es el noveno país del mundo en poseer bosques y cuenta con más de 7 millones de hectáreas que pueden ser aprovechadas para la agricultura. Sin embargo, a pesar de estos valiosos recursos con los que cuenta el país, la afectación de la calidad ambiental, la pérdida de la diversidad biológica, el deterioro de los recursos naturales, la deforestación, la contaminación del agua y del aire, entre otros problemas; han generado una gran preocupación por el cuidado del medioambiente. Por ello, el Perú ha firmado tratados internacionales en referencia a la gestión ambiental y en el año 2008 se creó el Ministerio del Ambiente, con la finalidad de salvaguardar el ambiente conciliando el desarrollo económico con la sostenibilidad ambiental. A pesar de ello, los problemas se acentúan cada vez más y es necesario que el Estado impulse las políticas y normas que ayuden a lograr una gestión ambiental sostenible.
A continuación, se presenta una síntesis de los principales puntos de vista de los autores sobre las variables de estudio: Leyes ambientales, normas ambientales, participación ciudadana, ecosistema, medioambiente y desarrollo sostenible.
Espinoza, V. (2014) : “El daño ambiental y la responsabilidad del Estado de acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador del año 2008.” , refiere al respecto: “los impactos ambientales negativos tienen profundos efectos para el ser humano y más importantes para todo el planeta. Los efectos que producen los impactos ambientales generados por una específica acción humana o bien un hecho de la naturaleza sobre el medio ambiente y puede ser positivo o negativo, de acuerdo a las características o consecuencias que tal efecto produzca. La contaminación ambiental afecta la salud de las personas, además de todas sus actividades, sean sociales, productivas o vitales. De tal manera que es indispensable desarrollar tales actividades encuadradas en un esquema jurídico, el cual se fundamenta en las normas constitucionales, debiendo toda la normativa del Estado adecuarse a tal esquema. Entonces, es preciso determinar el alcance y la responsabilidad del Estado en la prevención de contaminación, rehabilitación del ambiente y sanción a los culpables. (1972) La Declaración de Estocolmo, reconoce en relación a la normatividad ambiental, “la importancia del medio humano natural y artificial para el ejercicio de derechos humanos fundamentales y la necesidad de que los estados en su soberanía protejan y mejoren el medio humano y exploten sus propios recursos de acuerdo con su propia política ambiental, sin causar daños a otros estados y velando por la conservación, en beneficio de las generaciones futuras”. Según el glosario de la Guía Metodológica para la Auditoria Ambiental realizada por las Entidades Fiscalizadoras de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), “la política ambiental es el conjunto de todas las medidas que mantienen y mejoran el estado del medio ambiente para: reducir y eliminar daños ambientales existentes; prevenir perjuicios para el hombre y el ambiente; minimizar los riesgos para el hombre, animales, plantas, naturaleza y paisaje, medios ambientales y bienes, conservar y ampliar los espacios para el desarrollo tanto de las futuras generaciones como para la diversidad de especies silvestres y paisaje”. Asimismo, el Principio 1 de la Declaración de Estocolmo señala “que el hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar”. En referencia a la participación ciudadana refiere que el hombre “tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras”, y en el Principio 2 indica que “los recursos naturales de la tierra, incluidos el aire, el agua, la
actuación de todas las entidades públicas, con la finalidad de superar el actual sentimiento de alejamiento de los ciudadanos hacia los órganos políticos. La implementación de este mecanismo implica que los ciudadanos participen activamente en los procesos de toma de decisiones que incidirán significativamente en su calidad de vida. De esta forma, mediante la participación ciudadana se pretende fortalecer los canales de representación, democratizarlos y promover un pluralismo más equilibrado”. En relación a las leyes y normas ambientales , la Constitución Política del Perú señala “que la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado y privilegia el derecho fundamental a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida” [Artículo 2, inciso 2)]. Asimismo, precisa en relación al desarrollo sostenible , “que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, en el territorio nacional, así como el desarrollo sostenible de la Amazonía” [Artículos 66° al 69]. En cuanto al medio ambiente , la Constitución Política del Perú señala en el Artículo 67 que “el Estado determina la política nacional del ambiente, promoviendo el uso sostenible de sus recursos naturales”. Del mismo modo señala que “el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas” [Artículo 68] y “que el Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con una legislación adecuada” [Artículo 69]. La Ley N° 28611 , sostiene en relación a la participación ciudadana , “que es deber de la ciudadanía proteger el medio ambiente y de participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. Los ciudadanos deben actuar con buena fe, transparencia y veracidad conforme a las reglas y procedimientos de los mecanismos formales de participación establecidos”. El Artículo 9° de la Ley General del Ambiente N° 28611, indica en referencia al ecosistema , “que el objetivo de la Política Nacional del Ambiente es mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo”. Asimismo, precisa sobre el desarrollo sostenible del país , que se logra “mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona”.
Antes de la Constitución Política de 1979 se carecía de una base jurídica en relación con el medio ambiente, no obstante, el Perú estaba involucrado con normas jurídicas a nivel mundial, que directa o indirectamente trataban sobre asuntos ambientales, tales como: la Convención de la protección de la Flora, Fauna y Bellezas Escénicas de los Países de América (Washington, 1940) o de la Convención de Comercio Internacional de especies amenazadas de Fauna y Flora Silvestre, (Washington, 1973). En las leyes de la Constitución de 1979, se toca ya el tema sobre el medio ambiente (Título III, Capítulo VII, del Régimen Económico), en donde se declara “que los recursos naturales son patrimonio de la Nación y pertenecen al Estado, el cual evalúa, preserva y fomenta su racional aprovechamiento. Asimismo, promueve su industrialización para impulsar su desarrollo económico”. En este sentido, se incluyen mandatos en relación “al uso sostenido de los recursos naturales, la protección del medio ambiente, el desarrollo de la Amazonía, el derecho a vivir en un ambiente sano, el desarrollo integral de los grupos originarios de los Andes y de la Amazonía principalmente”. Del mismo modo, en el Art. 123° de la Carta Política de 1979, se manifiesta “que todos tienen derecho de habitar en un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación del paisaje y de la naturaleza. Es obligación el Estado prevenir y controlar la contaminación ambiental”. Además, el artículo 11 º y el 120 º señalan “que el Estado evalúa y preserva los recursos naturales y fomenta su racional aprovechamiento, impulsando el desarrollo de la Amazonía, le otorga regímenes especiales cuando así lo requiere”. En la Constitución Política de 1993, se aprueban cuatro artículos referidos al Ambiente, y los Recursos Naturales. Asimismo, prevalece el derecho de la persona “a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”, [Art. 2°, inciso 22]”. En el Capítulo II del Régimen económico se señala que “los recursos naturales son patrimonio de la Nación y que el Estado es soberano en su aprovechamiento y regula su uso económico (Art. 66° primer acápite)”. En el artículo 68° precisa “que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas”. Finalmente, al incorporar estos artículos a la Constitución Política de 1993, buscando un medio ambiente sano con desarrollo sostenible, nuestro país continúa con la línea de la Declaración de Río del año 1992.
Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente (ANA) Esta Ley fue aprobada en el año 2005 y señala como un principio fundamental “que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando
Esta política refiere “en base al proceso de integración de los aspectos sociales, ambientales y económicos de las políticas públicas y la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones, la Política Nacional del Ambiente es un instrumento de cumplimiento obligatorio, que orienta las actividades públicas y privadas. Del mismo modo, esta política sirve de base para la formulación del Plan Nacional de Acción Ambiental, la Agenda Nacional de Acción Ambiental y otros instrumentos de gestión pública ambiental en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental”. En tal sentido, esta política vela por la situación ambiental del Perú, considerando las políticas y lineamientos en materias de diversidad biológica, cambio climático, bosques, residuos sólidos, sustancias químicas, saneamiento, etc. Esta política constituye una herramienta imprescindible para el proceso estratégico de desarrollo del Perú, y además es la base para la conservación del ambiente, mediante el uso sostenible, responsable, y ético de la naturaleza, “contribuyendo de esta manera con el desarrollo integral, social, económico y cultural del ser humano, en permanente armonía con su entorno”. Gestión del Ambiente La gestión ambiental se rige por los principios establecidos en la Ley N° 28611, y su gestión está basada en “un proceso permanente y continuo, constituido por el conjunto estructurado de principios, normas técnicas, procesos y actividades, orientado a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la política ambiental y alcanzar así, una mejor calidad de vida y el desarrollo integral de la población, el desarrollo de las actividades económicas y la conservación del patrimonio ambiental y natural del país”. El Artículo 15 precisa que “El Sistema Nacional de Gestión Ambiental integra los sistemas de gestión pública en materia ambiental, tales como los sistemas sectoriales, regionales y locales de gestión ambiental; así como otros sistemas específicos relacionados con la aplicación de instrumentos de gestión ambiental”. Asimismo, en el Artículo 16 señala “que los instrumentos de gestión ambiental son mecanismos orientados a la ejecución de la política ambiental, sobre la base de los principios establecidos en la presente Ley, y en lo señalado en sus normas complementarias y reglamentarias. Constituyen medios operativos que son diseñados, normados y aplicados con carácter funcional o complementario, para efectivizar el cumplimiento de la Política Nacional Ambiental y las normas ambientales que rigen en el país”. El Consejo Nacional del Ambiente – CONAM
Es la Autoridad Ambiental Nacional y ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. En el Artículo 58, la Autoridad Ambiental Nacional señala que “los ministerios y sus respectivos organismos públicos descentralizados, así como los organismos regulatorios o de fiscalización, ejercen funciones y atribuciones ambientales sobre las actividades y materias señaladas en la ley. Las autoridades sectoriales con competencia ambiental, coordinan y consultan entre sí y con las autoridades de los gobiernos regionales y locales, con el fin de armonizar sus políticas, evitar conflictos o vacíos de competencia y responder, con coherencia y eficiencia, a los objetivos y fines de la presente Ley y del Sistema Nacional de Gestión Ambiental”. La Constitución Política reconoce “que la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado y privilegia el derecho fundamental a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida” (artículo 2, inciso 2). Asimismo, los artículos 66° al 69°, disponen que “el Estado debe determinar la Política Nacional del Ambiente, y que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, en el territorio nacional, así como el desarrollo sostenible de la Amazonía”. El Ministerio del Ambiente, cuya misión es “asegurar el uso sostenible, la conservación de los recursos naturales y la calidad ambiental en beneficio de las personas y el entorno, de manera normativa, efectiva, descentralizada y articulada con organizaciones públicas y privadas y sociedad civil, en el marco del crecimiento verde y la gobernanza ambiental”. Del mismo modo, su visión es “un país moderno que aproveche sosteniblemente sus recursos naturales y que se preocupe por conservar el ambiente conciliando el desarrollo económico con la sostenibilidad ambiental en beneficio de sus ciudadanos”. Asimismo, considera 7 lineamientos principales en su gestión : “a) Aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica y, en particular, de los bosques; b) Adaptación y mitigación al cambio climático; c) Manejo eficiente de los residuos sólidos; d) Gestión integral marino-costera; e) Prevención, control de la contaminación y eco-eficiencia; f) Adecuación de la institucionalidad ambiental y g) Medios de implementación de la política ambiental”. Son funciones rectoras del Ministerio del Ambiente : “a) Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política Nacional del Ambiente, aplicable a todos los niveles de gobierno; b) Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales, realizando funciones de fiscalización, supervisión, evaluación y control, así como ejercer la potestad sancionadora en materia de su competencia y dirigir el régimen de fiscalización y control ambiental y el régimen de incentivos previsto por la Ley General del Ambiente (Ley Nº 28611); c) Coordinar la implementación de la Política Nacional Ambiental con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales; y d) Prestar apoyo técnico a
d) Expedir resoluciones en el ámbito de su competencia, así como en aquellas materias que le hayan sido delegadas; e) Conducir y supervisar las acciones vinculadas a comunicación social, prensa, imagen, protocolo y relaciones públicas; f) Conducir y supervisar las acciones vinculadas a la gestión documental y atención a la ciudadanía de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia; y g) Coordinar con otros organismos de la administración pública y del sector privado los asuntos que estén dentro de su competencia”.
Las normas ambientales son disposiciones legales que señalan “los niveles de sustancias contaminantes que serán considerados aceptables y seguros para la salud del ser humano y del medio ambiente”. Estas normas son las herramientas utilizadas para resolver los problemas medioambientales. Existen 3 tipos:
La participación ciudadana es fundamental en la gestión ambiental. Su rol es central, frente a esta realidad tan importante del cuidado del medioambiente. Así pues, debe reflejar el acercamiento de los ciudadanos en relación a un buen gobierno, orientado hacia el cuidado del país, en cooperación con las entidades públicas y privadas. De esta manera, la población deberá participar de forma activa en la toma de decisiones para lograr mejorar la calidad de vida.
El término ecosistema fue propuesto por Tansley en el año 1935, quien enfatizó que “la distribución de especies y su ensamblaje estaban fuertemente influidos por el ambiente. asociado, y por tanto la comunidad biótica constituía una unidad integral junto con el ambiente físico”. El ecosistema se empieza a definir como “en conjunto y no como la suma de sus componentes individuales”, generando una repercusión importante al querer conservar y recuperar la naturaleza y los recursos que esta nos proporciona. Figura 1. Diagrama del ecosistema
▪ Al analizar un ecosistema, se estudia el sistema en su conjunto, “analizando las interacciones que se dan entre componentes, e identificando aquellos mecanismos o procesos que controlan al sistema”. Maass refiere “que los dispositivos de control incluyen mecanismos de retroalimentación positivos y negativos. Los mecanismos de retroalimentación positiva son aquéllos que sacan al ecosistema del estado particular en el que se encuentra, por ejemplo, una lluvia, la caída de un árbol o la ocurrencia de una sequía. Los mecanismos de retroalimentación negativa son aquellos que tienden a regresar al ecosistema al estado previo a la perturbación, por ejemplo, los mecanismos de restauración que se disparan después de un incendio, la evaporación del agua del suelo después de una lluvia o la formación de suelo nuevo que compensa aquél que se pierde por erosión”. Otro punto importante, es que los ecosistemas están estructurados jerárquicamente. Cada ecosistema forma parte de algo mayor y que está formado por subsistemas, operando en diversas escalas espaciales y temporales. Así tenemos la descomposición de los microbios, la caída de un árbol, que puede durar muchos años, las lluvias torrenciales, que pueden afectar muchas hectáreas de cultivo, la erupción de un volcán, etc. Todo ello genera un impacto ambiental. Figura 3. Carácter jerárquico de los procesos que ocurren en la naturaleza. Fuente: Principios Generales sobre Manejo de Ecosistemas [pág.4]. ▪ Patten y Odum (1981), señalan que “los ecosistemas naturales no son sistemas teleológicos, esto es, no están estructurados ni funcionan siguiendo un plan, diseño u objetivo predeterminado por algún controlador central, más bien cada componente, biótico o abiótico, tiene propiedades y características que
determinan su particular forma de interactuar con el resto de los componentes del sistema”. Así pues, su funcionamiento es producto del acoplamiento de los componentes, en un tiempo y en un espacio. Han sido millones de años los que ha durado dicho acoplamiento de componentes abióticos y bióticos, y esto ha ocurrido en diferentes espacios, formando los ecosistemas que existen en la actualidad como: las zonas tropicales, los glaciales, los ríos, mares, etc. Contando cada cual con características y propiedades únicas. El hombre, ha logrado transformar los ecosistemas, pasando a ser sistemas socio ecosistemas, con ambientes urbanos, zonas de cultivo, plantaciones, etc. Estos cambios pueden originar repercusiones en el medio ambiente, por ello se espera que “a mayor semejanza exista entre la estructura y el funcionamiento de un ecosistema artificial y el ecosistema natural del cual se originó, menor será el costo económico y ambiental de su mantenimiento” Maass (1991). Figura 4. Mecanismos de retroalimentación de un sistema. Fuente: Principios Generales sobre Manejo de Ecosistemas [pág.6].
En 1992 se llevó a cabo en Río de Janeiro, la Conferencia sobre Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas, (La Cumbre de la Tierra), en la cual se desarrolló una agenda de medidas en relación al cambio medioambiental, económico y político y en donde participaron delegados de 178 países. El propósito de la conferencia “fue determinar qué reformas medioambientales era necesario emprender a largo plazo, e iniciar procesos para su implantación y supervisión internacionales”.