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Guia de estudio, cuestionario sobre el proceso y pasos a seguir en una inspeccion tecnica
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Art 3. CRBV. -El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines. Está constituido por personal técnico PERSONAL TECNICO: Son los expertos; se refiere a profesionales y técnicos no clasificados en otra categoría como lo son: técnicos especializados, analistas, entre otros. INSPECCION: No es más que una descripción que se hace del sitio del suceso. Art 186 Basamento Legal. Mediante la inspección de la policía o del Ministerio Público, se comprueba el estado de los lugares, cosas, los rastros y efectos materiales que existan y sean de utilidad para la investigación del hecho, o la individualización de los partícipes en el. De ello se levantará informe que describirá detalladamente esos elementos y, cuando fuere posible, se recogerán y conservarán los que sean útiles. Si el hecho no dejó rastros, ni produjo efectos materiales, o si los mismos desaparecieron o fueron alterados, se describirá el estado actual en que fueron encontrados, procurando describir el anterior, el modo, tiempo y causa de su desaparición o alteración, y la fuente de la cual se obtuvo ese conocimiento. Del mismo modo se procederá cuando la persona buscada no se halle en el lugar. Se solicitará para que presencie la inspección a quien habite o se encuentre en el lugar donde se efectúa, o, cuando esté ausente, a su encargado o encargada, y, a falta de éste o ésta a cualquier persona mayor de edad, prefiriendo a familiares del primero o primera. Si la persona que presencia el acto es el imputado o imputada y no está presente su defensor o defensora, se pedirá a otra persona que asista. De todo lo actuado se le notificará a él o la Fiscal del Ministerio Público. Artículo 187. Cadena de custodia (Antiguo basamento). Todo funcionario o funcionaria que colecte evidencias físicas debe cumplir con la cadena de custodia, entendiéndose por ésta, la garantía legal que permite el manejo idóneo de las evidencias digitales, físicas o materiales, con el objeto de evitar su modificación, alteración o contaminación desde el momento de su ubicación en el sitio del suceso o lugar del hallazgo, su trayectoria por las distintas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y forenses, la consignación de los resultados a la autoridad competente, hasta la culminación del proceso. La cadena de custodia comprende el procedimiento empleado en la inspección técnica del sitio del suceso y del cadáver si fuere el caso, debiendo cumplirse progresivamente con los pasos de protección, fijación, colección, embalaje, rotulado, etiquetado, preservación y traslado de las evidencias a las respectivas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y ciencias forenses, u órganos jurisdiccionales. Los funcionarios o funcionarias que colectan evidencias físicas deben registrarlas en la planilla diseñada para la cadena de custodia, a fin de garantizar la integridad, autenticidad, originalidad y seguridad del elemento probatorio, desde el momento de su colección, trayecto dentro de las distintas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y ciencias forenses, durante su presentación en el debate del juicio oral y público, hasta la culminación del proceso. La planilla de registro de evidencias físicas deberá contener la indicación, en cada una de sus partes, de los funcionarios o funcionarias, o personas que intervinieron en el resguardo, fijación fotográfica o por otro medio, colección, embalaje, etiquetaje, traslado, preservación, análisis, almacenaje y custodia
de evidencias físicas, para evitar y detectar cualquier modificación, alteración, contaminación o extravío de estos elementos probatorios. Los procedimientos generales y específicos, fundados en los principios básicos de la cadena de custodia de las evidencias físicas, estarán regulados por un manual de procedimiento único, de uso obligatorio para todas las instituciones policiales del territorio nacional, que practiquen entre sus labores, el resguardo, fijación fotográfica o por otro medio, colección, embalaje, etiquetaje, traslado, preservación, análisis, almacenaje y custodia de evidencias físicas, con la finalidad de mantener un criterio unificado de patrones criminalísticos. El referido Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, es competencia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia en coordinación con el Ministerio Público. Existen diferencias entre el acta de inspecciones y el acta de investigación La inspección es la diligencia mediante la cual el funcionario percibe y constata de manera directa con sus sentidos fundamentalmente el de la vista (Aun cuando pueda participar los demás). En el estado de 1. Personas vivas o muertas; 2. Lugares; 3. Rastros y otros objetos que fueran de actividad; verificando la ocurrencia de los hechos, características y demás circunstancias que sirvan para aclarecer la comisión. OBJETO DE LA INSPECCION: Es el reconocimiento personal por parte de la autoridad policial al lugar o área de terreno donde se a cometido un posible delito. Se pueden hacer las actas de inspecciones que sean necesarias; las inspecciones son realizadas por los expertos. Art 186 y 187 Basamento Legal Antiguo y Nuevo. Art 191. Inspecciones de Personas. La policía podrá inspeccionar una persona, siempre que haya motivo suficiente para presumir que oculta entre sus ropas o pertenencias o adheridos a su cuerpo, objetos relacionados con un hecho punible. Antes de proceder a la inspección deberá advertir a la persona acerca de la sospecha y del objeto buscado, pidiéndole su exhibición y procurará si las circunstancias lo permiten, hacerse acompañar de dos testigos. Art 200. Levantamiento e Identificación de Cadáveres. En caso de muerte violenta o cuando existan fundadas sospechas de que la muerte es consecuencia de la perpetración de un hecho punible, antes de procederse a la inhumación del occiso u occisa, la policía de investigaciones penales, auxiliada por el médico o médica forense, realizará la inspección corporal preliminar, la descripción de la posición y ubicación del cuerpo; evaluará el carácter de las heridas y hará los reconocimientos que sean pertinentes, además de las diligencias que le ordene el Ministerio Público. Cuando el médico o médica forense no esté disponible o no exista en la localidad donde ocurrió el hecho, la policía de investigaciones penales procederá a levantar el cadáver, disponiendo su traslado a la morgue correspondiente, o a otro lugar en donde se pueda practicar la autopsia, su identificación final y la entrega a sus familiares. La policía de investigaciones penales procurará identificar al occiso u occisa a través de cualquier medio posible.
e) Colección. f) Rotulación. g) Etiquetaje. h) Traslado. SITIO DE SUCESO O ESCENA DEL CRIMEN: En cualquier lugar de geografía nacional, a diario ocurren hechos tipificado como punible en la ley. No obstante, el funcionario policial cuando se hace presente en el lugar donde se produjo el hecho, no debe predisponerse a pensar que el hecho reviste carácter penal o, en otras palabras, que se trata de un delito. Veamos el siguiente ejemplo “se localiza el cadáver en el interior de una vivienda. El investigador se prejuicia que es un homicidio, orienta en su trabajo en este sentido; más tarde se determina que la persona haya fallecido a consecuencia de un infarto al miocardio, lo que significa que en este caso no se ha perpetrado ningún hecho punible. Es por ello, antes el hallazgo de un cadáver, sin signos violentos, se recomienda que el investigador inicie su trabajo como lo que se conoce con el nombre “averiguación muerte” hasta tanto las investigaciones no arrojen lo contrario. Con el ejemplo anterior estamos en presencia de un hecho, que ocurrió en un determinado lugar, analice su respuesta y como denominaría ese lugar: SITIO DE SUCESO: Es el lugar o área donde se ha cometido un delito, contemplado en nuestro Código Penal, como, por ejemplo: Un homicidio, una violación, un robo, un hurto, un suicidio, entre otros. IMPORTANCIA DEL SITIO DE SUCESO: Es la fuente básica de la información más importante en la investigación de un delito, de allí las evidencias observadas y colectadas en el lugar del hecho y en las zonas contiguas, son las bases fundamentales en el esclarecimiento de un hecho punible. Es el punto de partida de una investigación penal, donde el investigador, a través de la observación y colección de las diferentes evidencias localizadas allí, van a permitir la formulación de hipótesis o modos operandí en relación a los hechos, para orientar la investigación. EVIDENCIA: Viene del latín evidentia: (Certeza clara, manifiesta de una cosa, en forma de axioma) Principio o sentencia tan clara que no necesita explicación. Concepto: Son elementos u objetos de cualquier naturaleza (sólidos, líquidos, gaseosos), que van a servir en forma objetiva, para establecer la verdad durante una investigación, a favor del esclarecimiento de un hecho delictivo. Algunos autores lo definen como: El elemento físico de prueba, es un medio probatorio “real y tangible”, que para obtener su valor probatorio debe ser debidamente colectado, protegido, embalado, rotulado, trasportado, con la finalidad de cumplir con la cadena de custodia. ACTIVIDAD: Con los conceptos enunciados, los participantes definan con sus propios términos el concepto de evidencia: Según su naturaleza las evidencias pueden ser de dos clases: FIJOS: Lo conforman las huellas dactilares, corporales, manuales, rastros de neumáticos de vehículos, marcas de herramientas, escrituras que aparezcan en estructuras fijas y otros elementos que por su naturaleza, peso o condición no pueden ser movidos del lugar donde están, por lo que es aconsejable el revelado, moldeado y fotografiado de ellos. MOVILES: Son aquellos objetos o elementos físicos, que se pueden colectar y trasladar del lugar de los hechos para su analices correspondiente en el laboratorio, tales como: instrumentos, fibras,
apéndices pilosos, colillas de cigarro, armas (blancas o de fuego), proyectiles, conchas, sustancias hemáticas, seminales, segmentos de vidrios, entre otros. IMPORTANCIA DE LAS EVIDENCIAS: Las evidencias colectadas en el sitio de suceso, previo reconocimiento, evaluación e identificación basados en los conceptos científicos de la Criminalística, van a servir de fundamento legal como pruebas, para que el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, formule la respectiva acusación, ante el respectivo Juez, si hubiese imputados identificados. Las evidencias colectadas en el sitio de suceso, nos va a permitir la identificación del autor (es) de un Delito. A través de las evidencias colectadas en el sitio de suceso, se va establecer la relación que hay con el mismo sitio se suceso, la víctima y el victimario. INDICIO: Viene del latín Indicere, que significa: indicar, señalar, mostrar, conocer algo. También se puede interpretar como signo o señal, rastro o huella. Concepto: Signo aparente y probable de la existencia de una cosa. Algunos autores opinan, que de ella se derivan consecuencias de profundo significado en la concepción de la estructura y función de este medio de prueba, y de ella depende también el tratamiento procesal que habrá dársele al indicio. La importancia del indicio, cualquiera que fuese puede resultar o ser la clave en el esclarecimiento de un caso. Varios indicios, demostrables se pueden convertir en una evidencia. CLASIFICACION DEL SITIO DE SUCESO A. SITIO SUCESO ABIERTO: Es aquel lugar o área, que se encuentra desprovista de cualquier estructura física y no posee límites precisos, además se encuentra expuesto a los factores ambientales, como la lluvia, el viento, al paso de animales, etc. Ejemplo, un terreno, un potrero, vía pública, etc. B. SITIO DE SUCESO CERRADO: Es aquel lugar o área, que se encuentra provista de una estructura física, es decir, posee límites demarcados y se encuentra protegido de los factores ambientales, ejemplo: Una casa, una habitación, un apartamento, entre otros. C. SITIO SUCESO MIXTO: Es aquel lugar o área que se encuentra parcialmente protegido de los factores ambiéntales, es decir, que presenta características de los escenarios abiertos y cerrados, ejemplo: Un jardín, una escalera de un edificio, entre otros. D. SITIO DE LIBERACION: Es aquel lugar o área, donde el autor o autores, trasladan evidencias físicas, instrumentos, objetos o cadáveres, del lugar de origen de los hechos a otro sitio, con la finalidad de confundir o desviar las investigaciones y el lugar puede tener las características antes mencionadas. PROTECCION DEL SITIO DE SUCESO: Generalmente los primeros en llegar a un sitio de suceso, es la policía uniformada, bomberos, defensa civil, entre otros., son ellos los más indicados en proteger los diferentes sitios de sucesos, con el objetivo específico de no contaminar o modificar la escena del crimen, por parte de ellos o de personas extrañas, estos funcionarios tienen que tener la gran iniciativa y ser recursivo o ideársela para la conservación, preservación de los lugares de los hechos. Si tomamos en cuenta las siguientes recomendaciones será un poco más fácil el proceso investigativo, por parte de los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones científica Penales y Criminalísticas, para el momento que lleguen.
En los lugares de los hechos semi-abiertos o mixtos, se pueden aplicar las recomendaciones antes expuestas, según el caso. Igualmente, con los sitios de liberación. PASOS A SEGUIR EN EL SITIO DE SUCESO A. PROTECCIÓN DEL SITIO DE SUCESO: Como se ha indicado en el tema anterior, es fundamental mantener el sitio de suceso virgen, inicialmente esta función le corresponde al personal de la policía uniformada o cualquier otro ente que cumpla funciones como tal u otro a fines. La protección es una medida preventiva, que tiene como objetivo principal no permitir el ingreso de personas extrañas, curiosos o no competentes en el sitio de suceso, que puedan alterar, mover o destruir los elementos físicos de prueba, como: rastros, huellas, traslados de cualquier objeto de su sitio original, ya sea involuntaria o voluntaria, dentro de la misma escena del crimen, entre otros., lo que se conoce como modificación del sitio de suceso. Sin embargo, al llegar los funcionarios de cualquier tipo de Institución al lugar de una escena de crimen, si hay personas heridas, de inmediato procederá a trasladarla al centro o nosocomio asistencial más cercano, independientemente si se trata de la víctima, testigo o sospechoso, con la finalidad de socorrerlo y preservarle la vida, no obstante se continuara con la protección del lugar de los hechos y si lo fuese posible, en el traslado del herido (s), el o los funcionarios que lo acompañan tendrá la obligación de identificarlo o tomar nota de sus datos filiatorios y un pequeño relato de lo que ocurrió allí, obtenida la información, por cualquier medio le informara a los funcionarios del C.I.C.P.C. sobre tales actuaciones, en caso que el herido sea el sospechoso se pondrá bajo custodia policial, previo consentimiento del ciudadano Fiscal del Ministerio Público, que conoce la causa. El aislamiento y protección de cualquier área, es una acción que se aplica a toda clase de delito, debe realizarse en forma técnica y con profesionalismo, por parte del personal responsable de esta función, deben tener gran iniciativa, ser imaginativo en utilizar sogas, cintas amarillas debidamente rotuladas o en caso extremos puede recurrir con el apoyo del mismo personal, entrelazando las manos, con la finalidad de formar un cordón humano. La protección del lugar de los hechos será eficaz, debe de iniciarse tan pronto la policía uniformada o cualquier ente similar se apersona al lugar del suceso y se mantendrá todo el tiempo necesario hasta que los funcionarios del C.I.C.P.C., se retiren del lugar o una vez que hayan practicado todas su diligencias urgentes y necesarias en la escena del crimen, si así declarase y en su efecto hallan traslado el cadáver hasta la morgue del nosocomio. Pueden ocurrir otra circunstancia, a criterio del ciudadano Fiscal del Ministerio Público, junto con los funcionarios investigadores, determinen mantener el sitio de suceso protegido y resguardado por un tiempo determinado, si fuese necesario, con el objetivo de volver nuevamente a la escena del crimen, para buscar más evidencias, que no fueron localizadas en su debida oportunidad, evidencias éstas que podrían surgir a través de las investigaciones o cuando exista la duda de lo que ocurrió allí. B. OBSERVACIÓN EN EL SITIO DE SUCESO: Al llegar los funcionarios del C.I.C.P.C. a la escena del crimen, el jefe la comisión observara el sitio de suceso, o reconocimiento visual en forma macroscópica y detallada, por unos minutos para analizar del lugar, con el objeto de adoptar el método preciso y adecuado, para que el trabajo se realice en forma ordenada y lógica, así garantizar que las evidencias colectadas tengan validez en el proceso investigativo. ¿Qué nos permite la observación en el lugar de los hechos? Da inicio al proceso de la Inspección.
Una reconstrucción del acto delictivo. Conclusiones referentes al motivo del acto delictivo. Reconocimiento de hechos relacionados con el acto delictivo a través de las evidencias visualizadas en el sitio de suceso. Con lo antes expuesto lo ampliaríamos de la siguiente forma: “Alguien (el autor), ha realizado algo (el hecho en si), en un tiempo determinado (el momento del hecho), un determinado lugar (el lugar del hecho), de un determinado modo y forma (modos operandí), con un determinado objeto o instrumento (el arma o herramienta que utilizo para realizarlo), por una determinada razón (el motivo). Con la observación se va a delimitar, a demarcar, independientemente el tipo del sitio de suceso (abierto, cerrado o mixto) el área o camino que se va transitar o recorrer en forma continua, con la finalidad de no sacar, arrastrar, deteriorar o entrar cualquier tipo de evidencia a la escena del crimen. Es importante establecer a través de la observación cuando se llega al sitio de suceso, el estado de los interruptores, cortinas, ropa, toallas, lavamanos, ventanas, puertas, cilindro y seguros de las puertas, candados si lo hubiera, temperatura del ambiente, iluminación (natural o artificial), entre otros. C. BÚSQUEDA DE EVIDENCIAS EN EL SITIO DE SUCESO: Es la parte más importante en el proceso investigativo (escena del crimen), en ésta fase tanto el funcionario investigador, técnico y criminalística, debe de poner la sapiencia de sus conocimientos profesionales, para la búsqueda e interpretación de las evidencias localizadas en el sitio de suceso, para así establecer la relación entre la víctima, victimario y el sitio de suceso propiamente dicho, y que las evidencias colectadas allí deben estar sustentadas en el marco legal. Para el caso específico de homicidios, se observará el sitio del hecho en su conjunto: ubicación geográfica orientación a los puntos cardinales forma tamaño características generales y topográficas. Si es un sitio abierto, cerrado, mixto o de liberación, vías de acceso, muebles existentes, orden o desorden de ellos, la ubicación de las armas o instrumentos empleados en el delito y cada una de las evidencias localizadas allí (manchas o costras de sangres o de otra sustancia, marca de pisadas, barro, grasa, pintura, semen, ropas abandonadas, tatuajes producto de la pólvora o fogonazo en la víctima, impactos de proyectiles en la pared, techo, piso u objetos móviles, conchas y proyectiles en el suelo, botellas de licor, vasos, colillas de cigarros, entre otros). También es importante revisar si hay papeles incinerados, las tasas de los baños, papeleras, lavaplatos y otros sitios no imaginados, en busca de evidencias como sangre, drogas, entre otros. Igualmente se deben visualizar, trapos, toallas, papeles arrugados, alfombras, camas, entre otros., no solamente se hace un reconocimiento visual, sino también auditivo y olfativo, para dejar constancia por escrito, lo que se observa, se escucha y se olfatea. Para organizar la búsqueda de evidencias o elementos físicos probatorios, los funcionarios deben de tener en cuenta lo siguiente: Cumplir con el objetivo, es decir, desempeñar su labor con profesionalismo y mística de trabajo: “SOLO SE VE LO QUE MIRA Y SOLO SE MIRA LO QUE SE TIENE EN LA MENTE”, lo que significa que el funcionario estará preparado para rastrear toda evidencia que le trasmita información. -
En forma descriptiva. Fotográficamente. Croquis-planimetría. Video - grabación. Cibernética (reconstrucción virtual). DESCRPCION ESCRITA: Lo que denominaríamos la Inspección, es la más simple y elemental de los métodos de fijación. Básicamente, consiste en narrar por escrito utilizando las técnicas de redacción de informes, relacionado con las escena del crimen, como son: Hora, fecha, condiciones atmosféricas, visibilidad (natural o artificial), características, ubicación geográfica, orientación (norte simbólico), sus dimensiones y forma, los elementos o muebles que en el existen, la distribución de los mismos, y por supuesto, todo a lo atinente al delito investigado, incluyendo la descripción y ubicación precisa de cada evidencia que se encuentre. Nada debe de omitirse en esta descripción escrita, pues cualquier detalle puede ser clave en la investigación, aun cuando en los primeros momentos parezca desvinculado del hecho. Es conveniente, para que la información quede bien plasmada, hacerlo de lo general a lo particular, de lo particular al detalle, para que de esta forma se tenga la seguridad, que nada se deja sin mencionar. Cabe destacar, que la descripción escrita debe ser completa y minuciosa, con la finalidad, de que cualquier funcionario le corresponda continuar con la investigación sin haber asistido a la escena del crimen, pueda formarse una idea clara de cómo era éste, qué había en él, cómo se encontraba el cadáver, qué heridas presentaba, tipo de evidencias encontradas y colectadas, es decir, que no exista posteriormente ninguna duda, toda esta información, también es válida para el ciudadano Fiscal del Ministerio Público y el Ciudadano Juez u otra persona. FOTOGRAFIA: Fotografiar la escena del crimen es la reproducción permanentemente el delito. Hay casos en que los acontecimientos futuros obligan al investigador a reconstruir, por ejemplo, un cuarto con todos sus detalles, tal como estaba dispuesto para el momento del crimen. Se puede decir, que una buena fotografía es la reconstrucción constante del delito y siempre está a la disposición. En muchos casos, la fotografía hace que nuestra atención sea enfocada sobre detalles y objetos que hemos visto en la inspección de la posición, sin que antes le hubiéramos prestado atención alguna. La fotografía puede ilustrar el lugar de los hechos con toda claridad y puede influir en forma sicológica sobre el defensor, el jurado, el Fiscal del Ministerio Público y el Juez de la causa. Ninguna descripción expresa con tanta evidencia la realidad y circunstancia de un homicidio u otro delito. Una relación de fotografías orienta a las partes implicadas en el proceso (Fiscal del Ministerio Público, Investigador, Juez y Defensor) para adquirir una idea clara o un cuadro vivido del hecho que tuvo lugar. En otras palabras: Las fotografías deben poner en ejecución la historia del crimen, desde el principio hasta el fin. IMPORTANCIA DE LA FOTOGRAFIA: Las fotografías en el lugar ayudan a captar y mostrar el estado original del mismo y sirven como registro permanente de los detalles, quienes posteriormente las observe adquiera una percepción clara del lugar de los hechos y la disposición de los objetivos, además actúan como una memoria artificial. La relación de las exposiciones fotográficas ofrece un registro tangible y corroborativos para la validez de las pruebas en la comisión de un delito. Es un recurso aplicable y utilizable en el futuro, con el cual el Investigador, El Fiscal del Ministerio Público podrá apreciar circunstancias o detalles
que en las primeras diligencias pudieron omitirse, pero, en el transcurso de las averiguaciones se podrá rescatar con la ayuda de la fotografía. Las fotografías en el escenario del crimen, se pueden tomar de la siguiente manera: Conjunto o General. Detalle. Filiación. Las exposiciones fotográficas en forma general deben contener: Vista panorámica o general (primer plano). Entrada y salidas. Detalle de los objetivos con el empleo de testigo métrico y flecha indicadora. Puntos de referencia. Áreas adyacentes. Interiores. Fotografía de Conjunto o General: Son exposiciones fotográficas, que muestran el aspecto general del escenario del crimen en materia de investigación. En muchos casos se toma como punto de referencia el cadáver y/o demás objetos que forma parte de lugar de los hechos y que interesan en la investigación. Se deben de tomar de diferentes ángulos, antes de ser colectados o movidos de su estado original en que se halla en el lugar y las evidencias de prueba, debe de realizársele tomas fotográficas correspondientes. A tales efectos, se recomienda la toma de las siguientes fotografías en un escenario de crimen: Del lugar cuándo lo vio por primera vez. Del sitio en general, donde se señala la ubicación de las evidencias de prueba y tomarla de diferentes ángulos. Del lugar donde se encontraron las armas. Del sitio donde se muestra la vía de acceso a éste. De la posible entrada o salida de los delincuentes. De las huellas de pisada de zapato, animal o de neumáticos. FOTOGRAFIA DE DETALLE: Son las que se realizan sobre elementos u objetos encontrados en el escenario del crimen, que pueden ser analizados posteriormente, mediante testigo métrico, que permite valorar en la foto el tamaño real del objeto o detalle fotografiado. También se utiliza la flecha indicadora, con el fin de señalar dentro el proceso: Orificio de entrada y salida, tatuajes, herida, número de armas, número de motor o chasis de vehículos, entre otros. Se pueden tomar fotografías de detalle, entre cosas a lo siguiente: Armas de fuego o blancas. Otros objetos o instrumentos que tengan relación con los hechos. Seriales de armas o vehículos para garantizar su identificación. Impresiones dactilares latentes. Manchas de sangre, semen y otras sustancias. Fibras, apéndices pilosos, colillas, entre otros. Pequeñas particularidades o heridas presentes en el cadáver, que no se capta en la fotografía de aspecto general. FOTOGRAFÍA DE FILIACIÓN: Este tipo de fotografía es muy importante para la identificación de cadáveres, que se encuentra en un escenario de crimen y no porta documentación alguna, tan
CIBERNÉTICA: Esta moderna tecnología, se basa en la inteligencia artificial (realidad virtual), interactuando con otras ciencias como: química, física, ingeniería de tránsito y las matemáticas, todas ellas orientadas a un solo fin, el cual consolidad con reconstrucción de un hecho accidental o criminal, sin importar el tipo, con el propósito de mostrar a las autoridades competentes la presunción de la forma como ocurrieron los hechos que se investigan y quienes son los presuntos autores. - La cibernética, se relaciona con el ambiente de la inteligencia artificial, es decir, con la tecnología de las computadoras (Hardware y Software).
- Con la Criminalística, se vincula estrechamente con todo lo atinente a la investigación criminal mediante la aplicación de la pericia, metodología y de la tecnología, estudiando las pruebas materiales y descubriendo, mediante la verificación científica, uno o unos hechos delictuosos, así como la identidad de los presuntos autores, y aportando las evidencias al organismo competente de la investigación. - Con la reconstrucción, se basa todo lo relativo a la demostración física de los hechos, la forma como se originaron, como acontecieron y cuál fue el desenlace final de todas las acciones que llevaron a la comisión del hecho criminal que se investiga.
FENOMENOS CADAVERICOS TEMPRANOS: Se distinguen los siguientes: a. El enfriamiento cadavérico. b. La deshidratación. c. Livideces cadavéricas. d. La rigidez cadavérica. e. El espasmo cadavérico. a. EL ENFRIAMIENOTO CADAVERICO: Al extinguirse la vida, la producción de calor en el cuerpo se detiene y su temperatura desciende gradualmente hasta equilibrarse con medio ambiente. Esto suele ocurrir entre 15 y 20 horas por término medio… Este enfriamiento aparece primero en las partes expuestas (cara, manos, pies), luego en los miembros, pecho y dorso, a continuación, en el vientre, cuello y axilas y finalmente en las vísceras. Aceleran el enfriamiento la niñez y senilidad (un recién nacido iguala la temperatura en 5 horas), agonía larga, hemorragia previa, desnudez, intemperie, frio ambiente. Retardan el enfriamiento: buena salud previa, enfermedad febril, abrigo, calor ambiente. b. DESHIDRATACION CADAVERICA: Se debe a la perdida de agua por evaporación, que en los niños puede manifestarse como una disminución del peso a razón de 8 gramos por kilogramo de peso diario. Los principales signos de deshidratación están en los ojos y constituyen los signos de Stenon Louis y de Sommer y consiste en:
NECRODACTILIA: Es la reproducción impresa de los dibujos dactilares, depende del estado físico en que se encuentren las estructuras anatómicas del pulpejo. La macrodáctila será practicada en todas las investigaciones relativas a homicidios, en todos aquellos casos de muerte por enfermedad sin asistencia médica, como también en casos de accidentes y siniestros. Las impresiones dactilares deben ser tomadas a la mayor brevedad posible. De acuerdo a su estado físico, los dedos se clasifican en: Dedos flexibles e intactos. Dedos rígidos. Dedos deshidratados. Dedos putrefactos. SANGRE: De todos los fluidos localizados en el sitio del suceso, el más común definitivamente es la sangre. La sangre le puede proporcionar al investigador Criminal buenas pistas aun antes de que actúen los expertos del laboratorio. Así en el mismo sitio del suceso, las manchas nos pueden indicar la dirección hacia donde se dirigió la victima; si el cadáver fue trasladado, entre otras. CARACTERISTICAS MORFOLOGICAS DE LAS HUELLAS DE SANGRE: A. Caída libre. B. Arrastre. C. Salpicaduras. D. Proyección. E. Contacto. F. Limpiamiento. G. Charco. COLECCIÓN DE MANCHAS DE SANGRE:
1. Si las manchas de sangre se encuentran en ropas o telas, 2. Cuando las manchas provienen de fuente diferentes, pero del mismo sitio del hecho, deben ser embaladas por separado. 3. Las manchas frescas existentes en ropas, telas, tejidos o materiales absorbentes deben ser puestas a secar para evitar su putrefacción. LAS PRENDAS DE VESTIR Que son de importancia en la investigación de homicidios. Experticias que pueden practicar a las prendas de vestir. EXOERTICIAS QUE SE PUEDEN PRACTICR EN UN SITIO DE SUCESO DE HOMICIDIO: Hematológica. Química. Luminol. Seminal. Barrido. Física.