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Preguntas y Respuestas sobre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos - Prof. Adoracion, Apuntes de Derecho Administrativo

Este documento proporciona información general sobre el tribunal europeo de derechos humanos, incluyendo su definición, misión, procedimientos y derechos y prohibiciones reconocidos por el convenio europeo de derechos humanos. Además, se detalla cómo y cuándo puede presentarse una queja ante el tribunal.

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 08/12/2016

hanifeh
hanifeh 🇪🇸

2.4

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TRIBUNAL EUROPEO DE
DERECHOS HUMANOS:
PREGUNTAS Y
RESPUESTAS
SECRETARÍA DEL TRIBUNAL
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¡Descarga Preguntas y Respuestas sobre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos - Prof. Adoracion y más Apuntes en PDF de Derecho Administrativo solo en Docsity!

TRIBUNAL EUROPEO DE

D ERECHOS HUMANOS :

PREGUNTAS Y

R ESPUESTAS

S ECRETARÍA DEL TRIBUNAL

¿QUISIERA DIRIGIR UNA

DEMANDA AL TRIBUNAL.

CUÁLES SON LAS

CONDICIONES?

¿Cuáles son las condiciones que
debo cumplir?

 Usted no tiene la obligación de ser nacional de uno de los países miembros del Consejo de Europa. Se precisa simplemente que la violación que se invoque haya sido cometida por uno de los Estados sometidos a su jurisdicción, lo cual corresponde, en general, a su territorio.

 Usted puede ser una persona física o jurídica (sociedad, asociación, etc.)

 Es necesario que usted sea directa y personalmente víctima de la infracción denunciada. No puede quejarse de una ley o de un acto en general por ejemplo porque usted lo considere injusto; ni puede quejarse en nombre de otras personas (a menos que esas personas estén claramente identificadas y que usted sea su representante oficial.)

¿Es necesario el previo
cumplimiento de algunas
condiciones ante las
jurisdicciones nacionales?

Sí. Deben haberse utilizado, en el Estado en cuestión, todos los recursos que hubiesen podido remediar la situación denunciada (se trata a menudo de una acción ante el juez o tribunal competente, seguido, en su caso, de un recurso de apelación o incluso de un recurso ante una jurisdicción superior como el Tribunal supremo o el Tribunal constitucional, si existiese) ;

 El ejercicio de estos recursos no es, en sí mismo, suficiente: es igualmente necesario que usted haya planteado sus agravios (es decir las violaciones del Convenio de las que se queja) en estos recursos.

 A partir de la fecha de la notificación de la decisión interna definitiva (en general, la decisión o sentencia de la más alta jurisdicción), usted dispone de un plazo de seis meses para presentar su demanda ante el Tribunal. Una vez expirado este plazo, el Tribunal ya no podrá aceptar su demanda.

¿Contra quién puedo dirigir una
demanda?

 Contra uno o varios de los Estados parte al Convenio que, según su parecer, haya/n infringido (por acción u omisión que le afecte directamente) el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

 El acto o actos impugnados deben emanar de una autoridad pública de ese/esos Estado(s) (por ejemplo un Tribunal o una Administración pública).

 El Tribunal no puede conocer de demandas dirigidas contra particulares o instituciones privadas como, por ejemplo, sociedades mercantiles.

¿Sobre qué temas puede tratar
mi demanda?

 Su demanda debe imperativamente tratar sobre uno de los derechos amparados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esto atañe a una amplia gama de alegaciones de violaciones. He aquí algunos ejemplos: las torturas y malos tratos de detenidos, la legalidad de una detención, las disfunciones en el desarrollo de un proceso civil o penal, la discriminación en el ejercicio de un derecho enunciado por el Convenio, los derechos de los padres, el respeto a la vida privada, a la vida familiar, al domicilio o a la correspondencia, las restricciones a la expresión de opiniones o a la comunicación o la recepción de informaciones, la libertad de reunión y de manifestación, las expulsiones y extradiciones, la confiscación de los bienes y las expropiaciones.  Usted no puede quejarse de la violación de otro instrumento jurídico que no sea el Convenio Europeo de Derechos Humanos, tales como la Declaración Universal de Derechos Humanos o la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

¿CÓMO DEBO DIRIGIRME AL

TRIBUNAL SI ME CONSIDERO

VÍCTIMA DE UNA VIOLACIÓN

DEL CONVENIO?

or medio de una carta dirigida al Tribunal exponiendo con claridad el objeto de su denuncia (en cuyo caso usted recibirá un Pformulario de demanda que deberá

cumplimentar) o mediante el envío directamente de un formulario de demanda^2 debidamente cumplimentado. La carta o formulario de demanda deben ser enviados a la siguiente dirección:

Señor Secretario del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Consejo de Europa F-67075 Strasbourg Cedex

 Usted puede escribir en una de las lenguas oficiales del Tribunal (francés o inglés), pero también en una lengua oficial de uno de los Estados miembros que hayan ratificado el Convenio.  Si Ud. interpone su demanda por telecopia, debe igualmente enviar el original por correo postal.  No hace falta que se desplace a Estrasburgo para exponer su caso oralmente. No por ello su asunto será examinado más rápidamente ni recibirá orientación jurídica por parte del Tribunal.  La Secretaría puede solicitarle documentos, información o explicaciones complementarias en relación a su demanda.  A partir del momento en que tenga a su disposición el formulario de demanda, deberá rellenarlo cuidadosamente y de forma inteligible, y enviarlo lo antes posible. La demanda deberá contener:

 un breve resumen de los hechos así como sus quejas;  Mención de los derechos garantizados por el Convenio que usted considere que han sido infringidos ;  Los recursos que hayan sido ejercitados;  Una copia de las decisiones y sentencias pronunciadas en su caso por todas las autoridades públicas implicadas ( estos documentos no le serán devueltos, por lo tanto no envíe originales, únicamente copias ) ; y

 Su firma en tanto que demandante, o la

de su representante.

 En caso de que desee preservar su anonimato, deberá informar al Tribunal inmediatamente y motivar su solicitud. El Presidente examinará su pertinencia.

 En esta fase del procedimiento, usted no precisa ser representado por abogado. Sin embargo, si usted desea acudir al Tribunal por medio de un representante, deberá adjuntar al formulario de

(^2) El formulario de demanda se encuentra disponible en nuestra página web.

demanda un poder de representación a favor del mismo.

¿Cuáles son las principales
características del
procedimiento?

 El procedimiento es escrito. Se le informará por escrito de toda decisión adoptada por el Tribunal. Las vistas son excepcionales.  El examen de su caso es gratuito.

 Aunque al inicio del procedimiento no sea necesaria la representación letrada, ésta será necesaria en el caso de que su demanda fuese notificada al Gobierno. No obstante, en la mayoría de los casos, las demandas son declaradas inadmisibles antes de ser notificadas al Gobierno.

 Usted sólo deberá sufragar sus propios gastos (tales como los honorarios de su abogado o sus gastos de investigación, o de correspondencia).  Una vez presentada su demanda ante el Tribunal, usted podrá solicitar el beneficio de la asistencia jurídica gratuita. Esta asistencia, que no es automática, no se concede de forma inmediata sino únicamente en una fase ulterior del procedimiento.

¿Como se desarrolla el
procedimiento?

 El Tribunal examina en primer lugar si su demanda es admisible : esto significa que el asunto debe respetar una serie de requisitos establecidos en el Convenio (ver “quisiera dirigir una demanda al Tribunal” en la página 3). En el caso de que las condiciones no se cumplan, su demanda será inadmitida. Si usted ha presentado diferentes quejas, el Tribunal puede declarar admisibles una o varias de ellas e inadmitir el resto.  Si su demanda o una de sus quejas se inadmite, esta decisión es firme.  Si su demanda o alguna de sus quejas se declara admisible, el Tribunal mediará entonces para que las partes (usted mismo y el Estado implicado) lleguen a un acuerdo amistoso. De no ser posible tal acuerdo, el Tribunal procederá al examen “de fondo” de la demanda, es decir, decidirá si ha existido o no una violación del Convenio.