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Clasificación de Dolo: Dolo Directo, Indirecto y Eventual, Ejercicios de Introducción a la Filosofía

La clasificación de dolo en derecho penal, diferenciando entre dolo directo o de primer grado, dolo indirecto o de segundo grado y dolo eventual. El autor describe las intenciones y resultados de cada tipo de dolo.

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 14/11/2021

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Nombre del estudiante: Marco Antonio Vazquez Cachón
Nombre del trabajo: Clasificación de dolo.
Fecha de entrega: 15-11-21
Campus: Villahermosa
Nivel: Licenciatura
Semestre/Cuatrimestre: 1ro
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¡Descarga Clasificación de Dolo: Dolo Directo, Indirecto y Eventual y más Ejercicios en PDF de Introducción a la Filosofía solo en Docsity!

Nombre del estudiante: Marco Antonio Vazquez Cachón

Nombre del trabajo: Clasificación de dolo.

Fecha de entrega: 15 - 11 - 21

Campus: Villahermosa

Nivel: Licenciatura

Semestre/Cuatrimestre: 1ro

Clasificación de dolo

Dolo directo o de primer grado:

  • Es la conducta dolosa básica. El autor de un delito tiene intención de cometer ese acto contrario a la ley, lo ejecuta y obtiene un resultado. Por ejemplo, una persona que planifica el asesinato de otra.
  • En el dolo directo se conoce y se quiere ejecutar una conducta cuyos resultados obtenidos son los que se esperan, y para efectos de comparación podemos decir que es la consumación del delito principal. Dolo indirecto o de segundo grado:
  • En el dolo indirecto, el sujeto quiere realizar una conducta con un fin o meta que quiere alcanzar, pero para conseguirlo tendrá que provocar necesariamente otros resultados que no quiere, pero los acepta y sigue adelante con su actuar; por esta razón, el dolo indirecto también se le denomina dolo de consecuencias.
  • Denominado por otros autores "dolo de consecuencias necesarias" o dolo directo de segundo grado. Se da cuando se produce un resultado no querido directamente pero que es consecuencia necesaria y está inevitablemente unido al resultado que se pretende conseguir, de tal forma que si esto último se produce se producirá siempre, también, aquel. Dolo eventual:
  • En derecho penal el dolo eventual se podría definir (con un lenguaje no técnico) como aquella persona que aun sabiendo el resultado y el daño que puede provocar una determinada acción, continúa haciéndolo y no descarta el resultado que puede llegar a ocurrir.
  • El dolo eventual se presenta cuando el sujeto activo al ejecutar su conducta delictiva asume que para lograrla es posible que cometa otros delitos que, si bien no son su intención principal, a pesar de ello está dispuesto a cometerlos y sigue actuando para alcanzar su fin perseguido, conformándose con la posibilidad de obtener resultados accesorios y dejar la no producción de estos a la surte.