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El Renacimiento de los Estudios Jurídicos: Origenes de la Glosatura - Prof. Oleart, Apuntes de Historia del Derecho

Nacimiento de estudios jurídicos en la Edad Media, enfocados en método de la glosa. Antes, artes liberales divididas en trivium y quadrivium. Estudiosos buscaban método para tratar textos jurídicos, basándose en elementos del trivium. Crearon método filológicamente eminente, vinculado al texto de la ley. Aparecieron textos legales escritos y copiados a mano. Estudiantes viajaban a Bolonia para estudiar y difundir ius commune. En España, hubo confrontación entre derecho propio y el de fuera. Estudiosos comentaban derecho feudal y se constituyeron en derecho propio. Enseñanza del derecho en Bolonia a través de lección oral. Juristas enfrentaban problema de exteriorizar pensamientos. Lección oral funcionaba en fases: comprensión y construcción.

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 09/01/2017

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El renacimiento de los estudios jurídicos
El método de la glosa -
Antes había las Artes liberales, Trivium ( gramática, retorica y dialéctica) y el
quadrivium ( aritmética, geometría, astronomía y música) eran las que estudiaban el
mundo.
Tenían que buscar un método para tratar estos textos jurídicos y utilizan conocimientos
de carácter filológico. Utilizan básicamente caracteres de Trivium. Tienen que descubrir
lo que había en el Digesto, construyen un método en relación a los textos que van
encontrando y todo a mano, con papel, tinta y muchas horas de trabajo, y esto loa trae a
diseñar un método que consta de estas características: Eminentemente filológico,
vinculado al texto de la ley, cumulativo, persigue conocer (entender) los textos de una
obra que se define como perfecta y fijarlos. Con el tiempo acaban apareciendo textos
legales con estas características, los cuales eran escritos a mano y sus copias también se
hacían a mano, Por esto aparecen los textos legales glosados, que eran textos que se
originaban de la copia marginal de lo que realmente interesaba del texto, eran una
especia de notas al pie, pero marginales.
Los estudiantes van a Bolonia a estudiar, y se produce la redifusión de este nuevo
derecho, el llamado Ius Commune, los estudiantes vuelven viendo el mundo con
categoría jurídica, transmiten los conocimientos técnicos jurídicos en sus tierras. En
España existe una recepción del Ius Commune, y esto provoca una confrontación de
fuerzas entre el derecho propio y el que viene de fuera, no saben qué hacer si estudiar el
derecho feudal, un derecho consuetudinario, del cual no hay textos, y empiezan a
comentar el derecho feudal y se constituyen de un derecho propio, con sus propias
compilaciones, el llamado Ius Commune, comentarios glosados de estos textos más
todo el derecho anterior común en toda la península y esto lo transmiten a través de la
lección oral ( eso que se lee en voz alta, modo de leer e interpretar, se cogía algún
fragmento de la ley, se leía en voz alta a los estudiantes y entonces el profesor explicaba
todo lo que sabía y tenía que ver con esa ley que estudiaba y que los estudiantes tenían
y debían estudiar)
El enseñamiento del derecho a Bolonia se realizaba a través de la lección oral. Los
juristas que enseñan se encuentran con un problema que es cómo exteriorizar eso que
están pensando. Esta faena de exteriorizar los hicieron muy pocos.
La enseñanza del derecho a Bolonia
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El renacimiento de los estudios jurídicos

• El método de la glosa -

Antes había las Artes liberales, Trivium ( gramática, retorica y dialéctica) y el quadrivium ( aritmética, geometría, astronomía y música) eran las que estudiaban el mundo.

Tenían que buscar un método para tratar estos textos jurídicos y utilizan conocimientos de carácter filológico. Utilizan básicamente caracteres de Trivium. Tienen que descubrir lo que había en el Digesto, construyen un método en relación a los textos que van encontrando y todo a mano, con papel, tinta y muchas horas de trabajo, y esto loa trae a diseñar un método que consta de estas características: Eminentemente filológico, vinculado al texto de la ley, cumulativo, persigue conocer (entender) los textos de una obra que se define como perfecta y fijarlos. Con el tiempo acaban apareciendo textos legales con estas características, los cuales eran escritos a mano y sus copias también se hacían a mano, Por esto aparecen los textos legales glosados, que eran textos que se originaban de la copia marginal de lo que realmente interesaba del texto, eran una especia de notas al pie, pero marginales.

Los estudiantes van a Bolonia a estudiar, y se produce la redifusión de este nuevo derecho, el llamado Ius Commune, los estudiantes vuelven viendo el mundo con categoría jurídica, transmiten los conocimientos técnicos jurídicos en sus tierras. En España existe una recepción del Ius Commune, y esto provoca una confrontación de fuerzas entre el derecho propio y el que viene de fuera, no saben qué hacer si estudiar el derecho feudal, un derecho consuetudinario, del cual no hay textos, y empiezan a comentar el derecho feudal y se constituyen de un derecho propio, con sus propias compilaciones, el llamado Ius Commune, comentarios glosados de estos textos más todo el derecho anterior común en toda la península y esto lo transmiten a través de la lección oral ( eso que se lee en voz alta, modo de leer e interpretar, se cogía algún fragmento de la ley, se leía en voz alta a los estudiantes y entonces el profesor explicaba todo lo que sabía y tenía que ver con esa ley que estudiaba y que los estudiantes tenían y debían estudiar)

El enseñamiento del derecho a Bolonia se realizaba a través de la lección oral. Los juristas que enseñan se encuentran con un problema que es cómo exteriorizar eso que están pensando. Esta faena de exteriorizar los hicieron muy pocos.

La enseñanza del derecho a Bolonia

  • Faena de estudio de los juristas
  • Conocimiento de las partes del Corpus iuris
  • Reflexión sobre contenidos
  • Elaboración de manera nueva de pensar jurídicamente

La lección oral funciona por fases:

  • Fase de comprensión
  • Fase de construcción

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