Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


La Jurisprudencia: Concepto, Valor y Tipos - Prof. Valls, Ejercicios de Derecho Civil

El concepto de jurisprudencia, su significado y valor en el derecho. Se distingue la jurisprudencia del tribunal supremo de la de los tribunales inferiores y se explora su creación y evolución. Además, se abordan las resoluciones de la dirección general de los registros y el notariado y la doctrina científica.

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 15/02/2018

berenicenigro
berenicenigro 🇪🇸

2.7

(7)

10 documentos

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
LECCIÓN 5: LA JURISPRUDENCIA
1. Concepto, significado y valor
Es el conjunto de los fallos que un Tribunal ha dictado en la resolución de los casos que
juzgó. Por lo tanto, se entiende que es la masa de sentencias procedentes de este. De esta
manera, se puede decir que cada Tribunal tiene su jurisprudencia. En términos jurídicos
corrientes, al hablar de jurisprudencia se alude a la procedente del Tribunal Supremo,
quedando excluida la de los tribunales inferiores. Es la jurisprudencia del TS porque es la
única jurisprudencia cuya infracción por sentencia de un tribunal inferior da lugar a que tal
sentencia pueda ser recurrida ante el propio Tribunal Supremo y casada por este.
Según el artículo 1, número 6 del CC se puede definir la jurisprudencia como el criterio o la
doctrina que de modo reiterado establece el TS al interpretar y aplicar las normas jurídicas.
Cuando el Tribunal al juzgar un nuevo caso, abandona el criterio que hasta entonces mantuvo
y adopta otro, se dice que cambia de jurisprudencia.
La jurisprudencia la crean sólo las sentencias de la Sala correspondiente. Pero, hay que
advertir: al hablar de jurisprudencia del TS en una rama jurídica (derecho civil), se entiende
no la formada por los fallos procedentes de todas sus salas, sino sólo por los que provienen de
la correspondiente a la materia de que se trate. Así que en derecho civil establece
jurisprudencia la Sala primera, o de lo civil, en derecho penal la Sala segunda o de lo
criminal.
La jurisprudencia la creaban antes sólo las primeras sentencias, y ahora, sólo parte de la
sentencia (única) que resuelve el recurso de casación.
.
.
.
2. Las resoluciones de la Dirección General de los Registro y del Notariado y la llamada
jurisprudencia registral
3. La doctrina científica
La jurisprudencia no es fuente de derecho, sino puro medio para conocerlo (fuente de conocimiento).
Esta doctrina no tiene más valor que el que le confiera la autoridad científica del autor que la
defiende, pero no obliga a los Tribunales a fallar según ella, aunque sea unánime. Cosa distinta es la
conveniencia de estudiarla para poder medir su valor intrínseco y decidir sobre su conveniencia o
inconveniencia de seguirla.

Vista previa parcial del texto

¡Descarga La Jurisprudencia: Concepto, Valor y Tipos - Prof. Valls y más Ejercicios en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

LECCIÓN 5: LA JURISPRUDENCIA

  1. Concepto, significado y valor

Es el conjunto de los fallos que un Tribunal ha dictado en la resolución de los casos que juzgó. Por lo tanto, se entiende que es la masa de sentencias procedentes de este. De esta manera, se puede decir que cada Tribunal tiene su jurisprudencia. En términos jurídicos corrientes, al hablar de jurisprudencia se alude a la procedente del Tribunal Supremo, quedando excluida la de los tribunales inferiores. Es la jurisprudencia del TS porque es la única jurisprudencia cuya infracción por sentencia de un tribunal inferior da lugar a que tal sentencia pueda ser recurrida ante el propio Tribunal Supremo y casada por este.

Según el artículo 1, número 6 del CC se puede definir la jurisprudencia como el criterio o la doctrina que de modo reiterado establece el TS al interpretar y aplicar las normas jurídicas.

Cuando el Tribunal al juzgar un nuevo caso, abandona el criterio que hasta entonces mantuvo y adopta otro, se dice que cambia de jurisprudencia.

La jurisprudencia la crean sólo las sentencias de la Sala correspondiente. Pero, hay que advertir: al hablar de jurisprudencia del TS en una rama jurídica (derecho civil), se entiende no la formada por los fallos procedentes de todas sus salas, sino sólo por los que provienen de la correspondiente a la materia de que se trate. Así que en derecho civil establece jurisprudencia la Sala primera, o de lo civil, en derecho penal la Sala segunda o de lo criminal.

La jurisprudencia la creaban antes sólo las primeras sentencias, y ahora, sólo parte de la sentencia (única) que resuelve el recurso de casación.

.

.

.

  1. Las resoluciones de la Dirección General de los Registro y del Notariado y la llamada jurisprudencia registral
  2. La doctrina científica

La jurisprudencia no es fuente de derecho, sino puro medio para conocerlo (fuente de conocimiento). Esta doctrina no tiene más valor que el que le confiera la autoridad científica del autor que la defiende, pero no obliga a los Tribunales a fallar según ella, aunque sea unánime. Cosa distinta es la conveniencia de estudiarla para poder medir su valor intrínseco y decidir sobre su conveniencia o inconveniencia de seguirla.