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La ley 50/1997 que establece los números, denominaciones y ámbitos de competencia respectivos de los ministerios y las secretarías de estado en españa. Además, se detallan las funciones de las comisiones delegadas del gobierno, la relación del gobierno con el tribunal constitucional y la organización de la administración del estado.
Tipo: Ejercicios
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¡No te pierdas las partes importantes!





































































Consejo de Ministros a) Aprobar los proyectos de ley y su remisión al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado. b) Aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. c) Aprobar los Reales Decretos-Leyes y los Reales Decretos Legislativos. d) Acordar la negociación y firma de Tratados internacionales, así como su aplicación provisional. e) Remitir los Tratados internacionales a las Cortes Generales en los términos previstos en los artículos 94 y 96.2 de la Constitución.
Funcionamiento El Presidente del Gobierno convoca y preside las reuniones del Consejo de Ministros, actuando como Secretario el Ministro de la Presidencia A las reuniones del Consejo de Ministros podrán asistir los Secretarios de Estado cuando sean convocados El orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros se fijará por el Presidente del Gobierno Las reuniones del Consejo de Ministros podrán tener carácter decisorio o deliberante. Las deliberaciones del Consejo de Ministros serán
Funcionamiento Podrán ser convocados a las reuniones de las Comisiones Delegadas los titulares de aquellos otros órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado que se estime conveniente (Art. 6.3 Ley 50/1997). Las deliberaciones de las comisiones Delegadas del Gobierno serán secretas (Art. 6.5 Ley 50/1997).
Todos los actos y omisiones del Gobierno están sometidos al control político de las Cortes Generales -La distinción entre la función de dirección política y ejecutiva no implica la existencia de un ámbito de actuación del Gobierno exento de control jurisdiccional: posibilidad de examinar los elementos reglados y la posible vulneración de derechos fundamentales -Los actos del Gobierno son impugnables, según las circunstancias, ante la jurisdicción contencioso-administrativa o ante el Tribunal Constitucional.
Límites expresos a las funciones del Gobierno El Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades : a) Aprobar el proyecto de ley de presupuestos generales del Estado. b) Presentar proyectos de ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado. Delegaciones legislativas Las delegaciones legislativas otorgadas por las Cortes Generales quedarán en suspenso durante todo el tiempo que el Gobierno esté en funciones como consecuencia de la