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Legislación e Deontoloxía, Apuntes de Farmacia

Apuntes de Primeiro de farmacia da USC de lexislación.

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 07/11/2019

apuntessantiago
apuntessantiago 🇪🇸

7 documentos

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LEGISLACIÓN Y DEONTOLOGÍA 1 FARMACIA USC
1
TEMA 4: CÓDIGOS ÉTICOS Y DEONTOLÓGICOS
4.1.-Introducción
Todos los integrantes de las profesiones que tienen por objetivo el cuidado de la salud,
comparten una serie de valores y principios relativos a:
Sus deberes con los pacientes, la salud
Sus puntos de vista respecto a la finalidad de sus profesiones
Se recogen en códigos éticos y deontológicos.
4.2.-Código deontológico
Un código deontológico es una guía de normas precisas (principios deontológicos) para
el profesional, que:
Facilita y orienta sobre el cumplimiento de las normas morales de una
determinada profesión
Recoge los deberes de los colegiados con respecto al resto de la sociedad y a los
otros miembros de su profesión
Estas normas son de obligado cumplimiento y tienen un carácter indicativo, no
limitativo. Características:
1. Fundamento ético
2. Carácter positivo
3. Requiere el acuerdo de los miembros del colectivo
4. Respeta la conciencia del profesional
5. Es un medio para preservar la profesión de presiones externas
6. Ofrece una garantía para los pacientes y la sociedad
4.3.-Códigos éticos
La investigación en biomedicina y en ciencias de la salud a sido un instrumento clave
para aumentar el bienestar de los ciudadanos, así como para prolongar su expectativa
de vida.
La preocupación por la protección de los sujetos que participan en una investigación, ha
dado lugar a diferentes códigos éticos que han servido de referencia para:
La comunidad científica
Los comités éticos responsables de ejercer un control ético de la investigación
El resto de agentes implicados en la investigación (promotores, autoridades
sanitarias)
Un código de ética farmacéutica es una guía de conducta ajustada a la norma moral. Por
ello, se comprenden en él unos principios fundamentales de carácter universal, en
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TEMA 4: CÓDIGOS ÉTICOS Y DEONTOLÓGICOS

4.1.-Introducción Todos los integrantes de las profesiones que tienen por objetivo el cuidado de la salud, comparten una serie de valores y principios relativos a:

  • Sus deberes con los pacientes, la salud…
  • Sus puntos de vista respecto a la finalidad de sus profesiones… Se recogen en códigos éticos y deontológicos. 4.2.-Código deontológico Un código deontológico es una guía de normas precisas (principios deontológicos) para el profesional, que:
  • Facilita y orienta sobre el cumplimiento de las normas morales de una determinada profesión
  • Recoge los deberes de los colegiados con respecto al resto de la sociedad y a los otros miembros de su profesión Estas normas son de obligado cumplimiento y tienen un carácter indicativo, no limitativo. Características:
  1. Fundamento ético
  2. Carácter positivo
  3. Requiere el acuerdo de los miembros del colectivo
  4. Respeta la conciencia del profesional
  5. Es un medio para preservar la profesión de presiones externas
  6. Ofrece una garantía para los pacientes y la sociedad 4.3.-Códigos éticos La investigación en biomedicina y en ciencias de la salud a sido un instrumento clave para aumentar el bienestar de los ciudadanos, así como para prolongar su expectativa de vida. La preocupación por la protección de los sujetos que participan en una investigación, ha dado lugar a diferentes códigos éticos que han servido de referencia para: ✓ La comunidad científica ✓ Los comités éticos responsables de ejercer un control ético de la investigación ✓ El resto de agentes implicados en la investigación (promotores, autoridades sanitarias) Un código de ética farmacéutica es una guía de conducta ajustada a la norma moral. Por ello, se comprenden en él unos principios fundamentales de carácter universal, en

virtud de los cuales el farmacéutico, en el contexto social en el que se desenvuelve su actividad, ejercita su libertad de acción contemplando la dignidad de la persona. 4.4.-Juramento hipocrático Primer juramento médico-farmacéutico 4.5.-Juramento médico-declaración de ginebra Fue redactada en 1948 y su última actualización data de 2017 La II Asamblea General de la Asociación Médica Mundial, reunida en la ciudad de Ginebra del 8 al 11 de septiembre de 1948, considerando que ‘los actos inhumanos perpetrados por algunos médicos durante estos últimos años implican un desconocimiento o un lamentable quebrantamiento de la ética profesional’ y que urge establecer a éstas en toda su dignidad, aconsejó que los médicos presten, al recibir sus diplomas, un juramento hipocrático modernizado. ✓ Esta medida tiende a fija en la mente de los médicos noveles los principios fundamentales que deben regir su conducta ✓ Esta versión moderna del juramento hipocrático adoptada, deberá ser denominada, de acuerdo a una decisión de la misma asamblea, Juramento de Hipócrates, fórmula de Ginebra. En octubre de 2017, en Chicago, se aprueba una nueva versión de la Declaración de Ginebra, equivalente del juramento hipocrático, de carácter básicamente ético, que hacen aquellos que se gradúan en Medicina. La actualización ha supuesto la incorporación de dos conceptos clave: ✓ La autonomía del paciente ✓ El cuidado de la salud del propio profesional Promesa del médico como miembro de la profesión médica: ✓ Prometo solemnemente dedicar mi vida al servicio de la humanidad ✓ Velar ante todo por la salud y el bienestar de mi paciente ✓ Respetar la autonomía y la dignidad de mi paciente ✓ Velar con el máximo respecto por la vida humana ✓ No permitir que consideraciones de edad, enfermedad o incapacidad, credo, origen étnico, sexo, nacionalidad, afiliación política, raza, orientación sexual, clase social o cualquier otro factor se interpongan entre mis deberes y mi paciente. ✓ Guardar y respetar los secretos confiados a mi, incluso después del fallecimiento del paciente ✓ Ejercer mi profesión a conciencia y dignamente y conforme a la buena práctica médica

Estableció por primera vez los postulados éticos que debían regir la experimentación en humanos. Recoge como principios básicos: ✓ La necesidad del consentimiento informado y libre de la persona plenamente capaz; la ausencia de coacción. ✓ La experimentación científica fundamentada ✓ La exigencia de un acuerdo balance de riesgos y beneficios en los sujetos a humanos involucrados. ✓ La protección de los individuos ante los posibles perjuicios y lesiones que pudiera causar la investigación. Sin embargo, el código de Nuremberg dejaba el control ético de la investigación en manos del propio científico. → Código internacional de ética médica (aprobado en

4.8.-Declaración de Helsinki En la Asamblea Médica Mundial, aprobada en 1964 (Helsinki, Finlandia), revisada 7 veces → 2013 en Fortaleza (Brasil. La AMM ha promulgado la Declaración de Helsinki como una propuesta de principios éticos para investigación médica en seres humanos, incluida la investigación del material humano (muestras biológicas) y con información identificable (datos de carácter personal).La declaración está destinada principalmente a los médicos. La AMM insta a otros involucrados en la investigación médica en seres humanos a adoptar estos principios: ✓ Consentimiento informado a la experimentación médica ✓ En cualquier investigación, los intereses del sujeto siempre deben prevaleces sobre los intereses de la ciencia y de la sociedad. 4.9.-Código de deontología de la profesión farmacéutica →Doc 2 4.10.-Código español de ética farmacéutica (SEFH) Comisión de Bioética de la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (Publicado en 1998). El farmacéutico es un profesional sanitario que contribuye a mejorar la salud, a prevenirla y hacer un buen uso de los medicamentos. La actitud del farmacéutico en su ejercicio profesional deberá identificarse con la búsqueda de la excelencia en la práctica individual que tiene como objetivo alcanzar los valores éticos y profesionales que exceden al cumplimiento de la normativa legal.

Un código de ética es un documento dinámico que evoluciona con el tiempo, atendiendo a los cambios sociales y a la realidad profesional del momento histórico. Por ello parece conveniente llevar a cabo una revisión y adaptación de la primera edición del Código de Ética farmacéutica fechado en el año 1998. Fruto de este proceso de revisión realizado por expertos profesionales tanto de la farmacia hospitalaria, como de la ética, la bioética , la comunicación y el derecho, surge la presente versión. En este código ético se hacen públicos los principios y las responsabilidades del farmacéutico en relación con el paciente, con otros profesionales de la salud y con la sociedad. DOC 3 4.11.-Código ético de la farmacia comunitaria (Sociedad Española de Farmacia comunitaria, SEFAC, abril 2015) El código, desarrollado por la comisión de bioética de SEFAC, parte de la convicción de que los farmacéuticos comunitarios, al igual que otros profesionales de la salud, deben orientar su practica hacia la cualidad, más allá del cumplimiento de las normas legales que, aunque imprescindibles, no son suficientes cuando se busca la excelencia. Este código va, por tanto, más allá de los códigos deontológicos ( que se centran en los mínimos obligatorios exigibles por la ley y sancionables) y pretende promover una serie de ideales y actitudes responsables conforme a una serie de valores que refuercen el compromiso del farmacéutico comunitario con su ejercicio profesional y con la sociedad en general. 4 grandes apartados que abarcan la responsabilidad del farmacéutico con: Los pacientes y usuarios, la sociedad, la profesión y la responsabilidad de SEFAC como organización debe regirse por normas ética. DOC 4 4.12.-Códigos de buenas prácticas de la industria farmacéutica La industria farmacéutica española se compromete a promover el bienestar de los pacientes y una asistencia sanitaria de calidad llevando a cabo sus actividades según criterios éticos de profesionalidad y responsabilidad. Los laboratorios farmacéuticos, como parte integrante del sistema sanitario, pueden y deben colaborar en la generación y mantenimiento de la confianza en que las decisiones vinculadas con la prescripción de los medicamentos se llevan a cabo en base a la mejor calidad asistencial para los pacientes. Farmaindustria, la Asociación Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica, establecida en España, agrupa a la gran mayoría de los laboratorios farmacéuticos innovadores, que representan la práctica totalidad de las ventas de los medicamentos de prescripción en España. Son responsables, en gran medida, del valor que aportan las medicinas al progreso social y calidad de vida del país. El compromiso de la industria farmacéutica española de proporcionar medicamentos de la mayor calidad y eficacia