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Los actos de proposición, Apuntes de Derecho Procesal

Cuales son y para que sirven los actos de proposición

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 12/12/2020

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“UNIVERSIDAD REGIONAL
AUTÓNOMA DE LOS ANDES”
UNIANDES
QUINTO DE DERECHO
“DERECHO PROCESAL NO PENAL III”
ALUMNO: WILSON DAVID SALAS
GRANDA
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
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“UNIVERSIDAD REGIONAL

AUTÓNOMA DE LOS ANDES”

UNIANDES

QUINTO DE DERECHO

“DERECHO PROCESAL NO PENAL III”

ALUMNO: WILSON DAVID SALAS

GRANDA

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

ALUMNO: Wilson David Salas Granda DOCENTE: Dr. Alfredo Carrillo CURSO: Quinto de derecho – Semipresencial MATERIA: Derecho procesal no penal III

ÍNDICE DE CONTENIDO

  1. Ensayo sobre la demanda......................................................................................................... 2 LA DEMANDA........................................................................................................................... 2 INTRODUCCIÓN.................................................................................................................... 2 DESARROLLO........................................................................................................................ 2 CONCLUSIONES.................................................................................................................... 5 REFERENCIAS................................................................................................................................ 5 2.- Un análisis sobre la cuantía y las causales de inadmisión de una demanda............................ 5 LA CUANTÍA.............................................................................................................................. 5 ANÁLISIS:.............................................................................................................................. 6 CAUSALES DE INADMISIÓN DE LA DEMANDA.......................................................................... 6 ANÁLISIS:.............................................................................................................................. 6 3.- Un mapa conceptual sobre los actos de proposición Arts. 141 al 150.................................... 7 1. Ensayo sobre la demanda LA DEMANDA INTRODUCCIÓN En el ámbito jurídico uno de los puntos más importantes que se debe tomar en cuenta para los abogados es la demanda, la cuál es la forma por la cual se apertura todo proceso, así como lo estipula el artículo 141 del (COGEP, 2020) que dice lo siguiente: Art. 141 .- Inicio del proceso. Todo proceso comienza con la presentación de la demanda a la que podrán precederle las diligencias preparatorias reguladas en este Código. DESARROLLO

peritos y otras similares. Si no tiene acceso a las pruebas documentales o periciales, se describirá su contenido, con indicaciones precisas sobre el lugar en que se encuentran y la solicitud de medidas pertinentes para su práctica.

8. La solicitud de acceso judicial a la prueba debidamente fundamentada, si es del caso. 9. La pretensión clara y precisa que se exige. 10. La cuantía del proceso cuando sea necesaria para determinar el procedimiento. 11. La especificación del procedimiento en que debe sustanciarse la causa. 12. Las firmas de la o del actor o de su procuradora o procurador y de la o del defensor salvo los casos exceptuados por la ley. En caso de que la o el actor no sepa o no pueda firmar, se insertará su huella digital, para lo cual comparecerá ante la o el funcionario judicial correspondiente, quien sentará la respectiva razón. 13. Los demás requisitos que las leyes de la materia determinen para cada caso. Es importante mencionar que no todos los requisitos se deben llenar, como lo es el caso del punto numero 3, ya que este se llena únicamente si es necesario. En la demanda también se procederá a la entrega de los siguientes documentos en caso de ser necesario en concordancia con el artículo 143 del COGEP: Art. 143 .- Documentos que se deben acompañar a la demanda. A la demanda deben acompañarse, cuando corresponda, los siguientes documentos; 1. El poder para intervenir en el proceso, cuando se actúe por medio de apoderada o apoderado o de procuradora o procurador judicial. 2. Los habilitantes que acrediten la representación de la o del actor, si se trata de persona incapaz. 3. Copia legible de la cédula de identidad o ciudadanía, pasaporte o Registro Único de Contribuyentes de la o del actor. 4. La prueba de la calidad de heredera o heredero, cónyuge, curadora o curador de bienes, administradora o administrador de bienes comunes, albacea o de la condición con que actúe la parte actora, salvo que tal calidad sea materia de la controversia. 5. Los medios probatorios de que se disponga, destinados a sustentar la pretensión, precisando los datos y toda la información que sea necesaria para su actuación.

6. En los casos de expropiación, la declaratoria de utilidad pública, el certificado de propiedad y gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad, el certificado del catastro en el que conste el avalúo del predio. 7. Los demás documentos exigidos por la ley para cada caso. La o el juzgador no ordenará la práctica de ninguna prueba en contravención a esta norma y si de hecho se practica, carecerá de todo valor probatorio. CONCLUSIONES Se afirma por tanto que la demanda es una de las partes fundamentales en el derecho ya que estas son las que permiten que se de por comienzo el proceso, por lo que es de vital importancia realizarla de manera idónea ya que esta podría ser rechazada o negada, por tanto, es suficiente decir que los futuros profesionales del derecho necesitan conocer como y bajo que factores se debe presentar una demanda ya que esto será fundamental en el ámbito laboral. REFERENCIAS CITATION Car16 \l 3082 : , (Carreño, 2016), 2.- Un análisis sobre la cuantía y las causales de inadmisión de una demanda. LA CUANTÍA Se entiende por cuantía a la cantidad de recursos monetarios que se pide o solicita a una pretensión del recurrente esta puede ser determinada en base a las reglas que expone el coger en el artículo 144 los cuales dicen lo siguiente: Art. 144 .- Determinación de la cuantía. Para la determinación de la cuantía se seguirán las siguientes reglas:

  1. Para fijar la cuantía de la demanda, se tomarán en cuenta los intereses líquidos del capital, los que estén pactados en el documento con que se proponga la demanda y los frutos que se han liquidado antes de proponerla.
  2. Cuando la demanda verse sobre derechos de valor indeterminado que se refieran a cosas susceptibles de apreciación, se fijará la cuantía atendiendo el precio de las cosas.
  3. En los procesos provenientes de arrendamiento, la cuantía se determinará por el importe de la pensión de un año o por lo que valga en el tiempo estipulado, si este es menor.

 Territorial.- Manifiesta que una persona solo puede ser demandada en su domicilio, esto para poder salvaguardar el sistema de justicia del demandado.  Materia.- Dice que un juez será competente únicamente en el área al que ha sido designado, como ejemplo un juez de lo civil no tiene competencia en penal.  Grado.- Un juez será incompetente por grado cuando se le preceda una instancia inferior o superior en caso de fuero a la que se deba presentar la demanda La inadmisión de la demanda por tanto es de gran importancia ya que permite que los jueces traten únicamente en las facultades que se las ha dispuesto la ley, además estableció una correcta aplicación de Justicia ya que no todos los jueces pueden saber sobre todas las materias legales estipuladas en el Ecuador. 3.- Un mapa conceptual sobre los actos de proposición Arts. 141 al 150 https://www.canva.com/design/DAEPaJMQKcY/share/preview? token=zALgr6WskuDz6VLQ1PEuuA&role=EDITOR&utm_content=DAEPaJMQKcY &utm_campaign=designshare&utm_medium=link&utm_source=sharebutton