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Resumen sobre el mandato comercial, con diapositivas de Dragon ball Z para los fanáticos :)
Tipo: Diapositivas
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La regulación de la Relación Contractual, entre los diversos agentes que actúan y participan en la actividad empresarial, tiene un fundamento debido en base a las gestiones que un agente determinado puede practicar en representación de la empresa. Para dilucidar aquello, es importante entonces determinar que es un mandato comercial
"El mandato comercial es un contrato por el cual una persona encarga la ejecución de uno o más negocios lícitos de comercio a otra que se obliga a administrarlos gratuitamente o mediante una retribución y a dar cuenta de su desempeño".
El civil se presume gratuito cuando no se hubiera convenido que el mandatario perciba una retribución por su trabajo. Sin embargo, el mandato comercial será siempre remunerado para el mandatario, debiendo entonces el mandante cancelar por los encargos al primero. A)
En que el mercantil, siempre es remunerado y si no se pactan honorarios, se deberán los usuales en el lugar donde la operación se realice. Por lo general, el mandato mercantil es expreso, se hace constar por escrito y se inscribe en el Registro de Comercio. En algunos casos se presume: cuando se trata de los factores y dependientes por su calidad de auxiliares de comercio B)
En el mandato Mercantil el poder debe inscribirse en el Registro de Comercio por lo cual requiere necesariamente que sea en forma escrita, y en el mandato civil puede ser escrito o verbal o de otra de las maneras inteligibles existentes d)
Similitudes En ambos mandatos, el mandatario actúa en nombre y por cuenta del mandante, o sea por cuenta ajena y no propia. En cuanto a las causas de terminación del mandato mercantil son las mismas que el mandato civil, y en ambas materias el mandatario está obligado a responder por los daños y perjuicios que ocasiona el mandante por el incumplimiento o exceso de los límites establecidos.
Elementos del mandato
Annual Plan Strategy
La Correduría : No son otros que los representantes del mandante siempre y cuando ejerzan una función de los actuales corredores, de propiedades, por ejemplo El de factores y mancebos o dependientes de comercio: Trata sobre el gerente de un negocio o de un establecimiento comercial o fabril, o parte de él, que lo dirige o administra según su prudencia por cuenta de su mandante. Actualizado a nuestros días es el símil de los jefes de sucursal o gerentes, específicamente mandatados para tales efectos. La Comisión : Tomemos dicho concepto de comisionista como el símil del mandatario, al respecto el Código indica 4 clases: Para comprar, para vender, de transporte por tierra, ríos o canales navegables y finalmente para ejecutar operaciones de bancos
Es relevante distinguir lo que señala el artículo 234 del Código de Comercio, respecto a que existen tres especies de mandato comercial:
Sobre la figura de los mancebos el Código indica que son empleados subalternos que el comerciante tiene a su lado para que le auxilien en las diversas operaciones de su giro, obrando bajo su dirección inmediata. Actualmente son los empleados de confianza, especialmente mandatados para tales efectos.
La comisión; tal como lo indica el Código es siempre asalariada o remunerada; dicha comisión no se acaba por la muerte del comitente (mandante) sino que sus derechos y obligaciones pasan a sus herederos; el comitente o mandante no puede revocar a su arbitrio esta "comisión" cuando su ejecución interesa a terceros. Recordemos también que dicha comisión puede ser delegada (según el artículo 265 del Código de Comercio)
Otro aspecto importante en dicha relación es la contemplada en el artículo 278 del Código de Comercio, que indica que "fuera de su salario el comisionista no puede percibir lucro alguno de la negociación que se le hubiere encomendado. En consecuencia, deberá abonar a su comitente cualquier provecho directo o indirecto que obtuviere en el desempeño de su mandato"